🍎 ESTIMADOR DOCENTE Estimá tu sueldo docente por cargo y antigüedad
Partimos del piso salarial garantizado por la paritaria nacional y le sumamos cargo, horas y años de antigüedad.
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Clave del cálculola provincia cambia todo
Un recibo tiene más capas
El básico no es el bolsillo.
📍Jurisdicción
Paritarias y adicionales varían por provincia: los básicos provinciales suelen superar el piso nacional.
📚Cargo y horas
Un cargo no se compara directo con horas cátedra.
🧾Descuentos
Jubilación, obra social, PAMI y Ganancias afectan el neto.
⚖️ Es el piso nacional, no tu grilla provincial.El mockup incluía un selector de jurisdicción con importes de demostración: no se publicó porque no hay grilla provincial verificada. Consultá la paritaria de tu provincia para el número exacto.
Básico por cargo sobre el piso nacional garantizado 2026 (jornada simple, sin antigüedad)
Cómo se ajusta el piso de referencia según la jerarquía del cargo.
| Cargo | Coef. s/ maestro de grado | Básico de referencia (jornada simple) |
|---|
| Maestro de grado / primario | 1,00 | $500.000 |
| Profesor de secundaria | 1,00 | $500.000 |
| Preceptor | 1,00 | $500.000 |
| Vicedirector | 1,20 | $600.000 |
| Director | 1,35 | $675.000 |
Piso salarial mínimo docente garantizado por la paritaria nacional 2026: $500.000 (maestro de grado, jornada simple ≈ 20 hs cátedra, sin antigüedad). Es un PISO de referencia: los básicos provinciales suelen ser bastante mayores. La antigüedad suma 10% del básico por año. Verificá el valor vigente de tu provincia y cargo.
El sueldo docente en Argentina tiene una particularidad estructural: es responsabilidad concurrente del Estado Nacional y de cada provincia. La Constitución Nacional (art. 5) y las leyes federales delegan la administración del sistema educativo a las provincias y CABA, pero el Estado Nacional sostiene complementos como el Incentivo Docente (Ley 25.053) y, durante varios períodos, el FONID (Fondo Nacional de Incentivo Docente) que se suman al básico provincial. El resultado es que un mismo cargo —digamos, maestro de grado de jornada simple— puede tener sueldos significativamente diferentes según la provincia donde se ejerza.Las paritarias docentes operan en dos niveles: paritaria nacional convocada por el Ministerio de Capital Humano con las cinco entidades sindicales nacionales (CTERA, UDA, AMET, SADOP, CEA) que fija pisos mínimos para todo el país, y paritarias provinciales entre cada gobierno y sus sindicatos locales (SUTEBA en PBA, UTE-CTERA en CABA, AMSAFE en Santa Fe, UEPC en Córdoba, etc.). Los aumentos suelen ser trimestrales o cuatrimestrales según la inflación.
La estructura del recibo combina el básico por cargo (maestro de grado, profesor por hora cátedra, preceptor, vicedirector, director), antigüedad (típicamente 10% del básico por año hasta cierto tope), adicionales por zona desfavorable o ruralidad, dedicación full o parcial y cantidad de horas o cargos asumidos. La docencia tiene además un régimen previsional especial con condiciones diferenciadas respecto del SIPA común (edad jubilatoria y tasa de sustitución específicas).
Esta calculadora toma cargo, antigüedad y horas semanales, y devuelve el básico estimado, el bruto con adicionales típicos y el neto después de aportes.
Cómo se calcula
basico_cargo = tabla_basico[cargo] × proporcion_horas
antiguedad = basico_cargo × min(anios × 0.10, 1.0) # 10% por año hasta 10 años
incentivo_docente = monto_FONID_o_similar_si_aplica
adicional_zona = basico_cargo × bonus_zona_si_aplica
bruto = basico_cargo + antiguedad + incentivo_docente + adicional_zona + presentismo
aportes = bruto × 0.17 # jubilación + obra social + PAMI (algunas provincias varían)
ganancias = aplicar_escala_art94(bruto - aportes)
neto = bruto - aportes - ganancias
Cargos y proporciones típicas
| Cargo | Equivalente horas | Adicional jerárquico |
|---|
| Maestro de grado / primario | Jornada simple o completa | — |
|---|
| Profesor secundaria | Por hora cátedra (tope 60 horas) | — |
|---|
| Preceptor | Cargo simple | — |
|---|
| Vicedirector | Cargo con responsabilidad | +15-25% del básico |
|---|
| Director | Cargo con responsabilidad | +25-40% del básico |
|---|
| Supervisor / Inspector | Cargo jerárquico superior | +30-45% del básico |
|---|
Marco normativo
Ley 26.206 (Ley de Educación Nacional) — marco general del sistema educativo argentino.
Ley 26.075 (Financiamiento Educativo) — objetivos de inversión nacional y provincial.
Ley 25.053 — creación del FONID (Fondo Nacional de Incentivo Docente).
Estatutos del Docente provinciales — Ley 14.473 (nacional, supletoria) y normas equivalentes en cada provincia (Ley 10.579 PBA, Ley CABA 14.473, etc.).
Régimen jubilatorio docente — Ley 24.016 (Jubilaciones del Personal Docente) con tasa de sustitución y edad jubilatoria diferenciadas.
Resoluciones del Ministerio de Capital Humano sobre paritarias nacionales y de los Ministerios de Educación provinciales.Aspectos diferenciales
Antigüedad escalonada: 10% por año hasta el primer décimo (típicamente 10 años); cap alrededor del 100-120%.
Adicional por título docente: suma cuando el cargo lo exige específicamente.
Zona desfavorable / ruralidad: 15-30% adicional según la jurisdicción.
Doble cargo: posible hasta el máximo de horas cátedra reglamentario; suma incompatibilidades si superpone con cargo jerárquico.
Régimen previsional especial: la Ley 24.016 reconoce edad jubilatoria reducida (60 mujer / 65 hombre con 25 años de servicios docentes acreditados) y haber del 82% móvil bajo ciertas condiciones, sujetos a reformas y litigios.Cuándo NO se aplica esta calculadora
Docentes universitarios (CCT 1.246/15 y normas propias de cada universidad nacional).
Personal no docente de escuelas (auxiliares, administrativos): tienen CCT 1.250/13.
Docentes privados con CCT 318/99 (SADOP) — la estructura es similar pero los básicos varían.
Educadores comunitarios y de programas socioeducativos con contrato no encuadrado en el Estatuto.
Preguntas frecuentes
Lo que más se consulta.
¿Cómo funcionan las paritarias docentes en Argentina?⌄
Operan en dos niveles: la paritaria nacional, que convoca el Ministerio de Capital Humano con las cinco entidades sindicales nacionales (CTERA, UDA, AMET, SADOP y CEA) y fija pisos mínimos para todo el país, y las paritarias provinciales entre cada gobierno y sus sindicatos locales (SUTEBA en PBA, UTE en CABA, AMSAFE en Santa Fe, UEPC en Córdoba). Los aumentos suelen ser trimestrales o cuatrimestrales según la inflación.
¿Cómo se calcula la antigüedad docente?⌄
La antigüedad suma típicamente 10% del básico por cada año de servicio, hasta topear alrededor del 100% a los 10 años (algunas jurisdicciones llegan al 120%). Es uno de los adicionales que más pesa en el recibo de un docente con trayectoria.
¿Por qué el sueldo docente cambia tanto según la provincia?⌄
Porque el sistema educativo es responsabilidad concurrente de la Nación y de cada provincia: la Nación garantiza un piso mínimo y aporta complementos como el Incentivo Docente (Ley 25.053), pero el grueso del básico lo fija cada provincia por su propia paritaria. Por eso un mismo cargo puede pagar montos muy distintos según dónde se ejerza.
¿Cómo es la jubilación docente?⌄
La docencia tiene un régimen previsional especial (Ley 24.016), con edad jubilatoria reducida —60 años la mujer y 65 el hombre, con 25 años de servicios docentes acreditados— y un haber del 82% móvil bajo ciertas condiciones. Está sujeto a reformas y litigios, por lo que conviene verificar las condiciones vigentes.
¿Cuánto suma un cargo jerárquico sobre el básico?⌄
Los cargos de conducción cobran un adicional sobre el básico del cargo de base: vicedirector suele sumar entre 15% y 25%, director entre 25% y 40%, y supervisor o inspector entre 30% y 45%, según la jurisdicción.
¿Qué es el adicional por zona desfavorable o ruralidad?⌄
Es un plus que reconoce el ejercicio en escuelas rurales o de zonas desfavorables, que va del 15% al 30% adicional según la jurisdicción. Se suma al básico cuando el destino del cargo lo justifica.
¿Qué es el Incentivo Docente (FONID)?⌄
Es una suma que aporta el Estado Nacional para complementar el básico provincial, creada por la Ley 25.053 (Fondo Nacional de Incentivo Docente). Se suma al recibo como un complemento nacional que existió durante varios períodos junto con el sueldo provincial.
¿Se puede tener doble cargo o acumular horas?⌄
Sí: un docente puede sumar dos cargos u horas cátedra en distintas escuelas hasta el máximo reglamentario (en secundaria, tope de 60 horas cátedra). El doble cargo puede generar incompatibilidades si se superpone con un cargo jerárquico.