Calculadoras para República Dominicana
Salario neto, liquidación, auxilio de cesantía, regalía pascual, ISR e ITBIS. Datos oficiales de la DGII, la TSS y el Ministerio de Trabajo (Código de Trabajo, Ley 16-92). Gratis.
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Datos clave de República Dominicana 2026
Los valores oficiales que usan todas nuestras calculadoras dominicanas. Uso libre con atribución (CC-BY 4.0).
| Concepto | Valor 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Salario mínimo sector privado (empresa grande) | RD$ 29.988 /mes | Comité Nacional de Salarios (CNS-01-2025) |
| Salario mínimo (mediana / pequeña / micro) | RD$ 27.489,6 · RD$ 18.421,2 · RD$ 16.993,2 | CNS · Ministerio de Trabajo |
| Salario mínimo zonas francas | RD$ 20.875 /mes | CNS-03-2025 |
| AFP — pensiones (descuento del trabajador) | 2,87% | TSS · SIPEN (Ley 87-01) |
| SFS — salud (descuento del trabajador) | 3,04% | TSS · SISALRIL |
| Total descuento TSS del empleado | 5,91% (AFP + SFS) | TSS (tss.gob.do) |
| Exención anual de ISR | RD$ 416.220 (RD$ 34.685/mes) | DGII · Art. 296 Cód. Tributario |
| Escala de ISR (tasas marginales) | 0% · 15% · 20% · 25% | DGII (congelada desde 2018) |
| ITBIS (tasa general) | 18% | DGII · Ley 253-12 |
| Auxilio de cesantía (Art. 80) | 6 / 13 días fijos · 21 días/año (1–5 a.) · 23 días/año (+5 a.) | Código de Trabajo · Ley 16-92 |
| Preaviso (Art. 76) | 7 / 14 / 28 días según antigüedad | Código de Trabajo · Ley 16-92 |
| Regalía pascual (doble sueldo) | Salario anual ÷ 12 · EXENTA de ISR | Art. 219 Cód. Trabajo · Ley 16-92 |
| Divisor universal de nómina | 23,83 días/mes (hora = ÷ 191) | Reglamento 258-93 · MT |
Última revisión: 2026-06-22. Fuentes: Ministerio de Trabajo, TSS, DGII y BCRD. La escala del ISR está congelada desde 2018; el salario mínimo lo fija el CNS por sector.
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¿Cómo se calcula la liquidación laboral en República Dominicana?
La liquidación reúne las prestaciones que el Código de Trabajo (Ley 16-92) ordena pagar al terminar el contrato: el preaviso (Art. 76: 7, 14 o 28 días según antigüedad), el auxilio de cesantía (Art. 80), las vacaciones no disfrutadas y la proporción de la regalía pascual. Todo se calcula sobre el salario diario = salario mensual ÷ 23,83, el divisor universal de nómina dominicano.
¿Cuánto es la cesantía y cómo se calcula?
El auxilio de cesantía (Art. 80) depende de la antigüedad: 6 días para 3–6 meses, 13 días para 6 meses a 1 año (montos fijos), luego 21 días de salario por cada año entre 1 y 5 años, y 23 días por cada año a partir de los 5 años. Se calcula sobre el salario diario ordinario (salario mensual ÷ 23,83) y solo aplica en despido sin causa o desahucio.
¿Qué es la regalía pascual y cuándo se paga?
La regalía pascual (Art. 219), también llamada salario de Navidad o "doble sueldo", equivale al salario ordinario devengado entre enero y diciembre dividido entre 12. Para un sueldo fijo y año completo es prácticamente un sueldo extra. Se paga antes del 20 de diciembre, está EXENTA de ISR y NO cotiza a la TSS, con un tope de 5 salarios mínimos. No incluye horas extra, propinas ni participación en beneficios.
¿Cuánto me descuenta la TSS del salario?
Al trabajador se le descuenta un 5,91% de la TSS: 2,87% para la AFP (pensiones) y 3,04% para el SFS (salud, SeNaSa/ARS). Estos descuentos se topan en el salario cotizable máximo: RD$ 232.230 para salud y RD$ 464.460 para pensiones. El empleador aporta aparte (SFS, AFP, riesgos laborales y solidaridad).
¿Cuál es el salario mínimo en República Dominicana 2026?
No hay un salario mínimo único: el Comité Nacional de Salarios lo fija por sector y tamaño de empresa. En el sector privado no sectorizado es de RD$ 29.988 en empresas grandes, RD$ 27.489,6 en medianas, RD$ 18.421,2 en pequeñas y RD$ 16.993,2 en microempresas. En zonas francas es de RD$ 20.875. Hotelería, construcción y otros sectores tienen sus propias resoluciones.
¿Cuánto ISR pago sobre mi sueldo en 2026?
El ISR de personas físicas usa una escala anual progresiva (congelada desde 2018): el ingreso anual hasta RD$ 416.220 (RD$ 34.685/mes) está exento. Entre RD$ 34.685 y RD$ 52.027,42 mensuales se paga 15% sobre el excedente; entre RD$ 52.027,42 y RD$ 72.260,25, 20%; y por encima de RD$ 72.260,25/mes, 25%. La base es el salario menos la AFP y el SFS, que son deducibles.
¿Qué es el ITBIS y cuánto se paga?
El ITBIS (Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios) es el IVA dominicano. La tasa general es del 18% (DGII, Ley 253-12). Hay una tasa reducida del 16% para ciertos alimentos (yogurt, café, aceites, azúcares, cacao) y exenciones del 0% para la canasta básica, medicinas, salud, educación, transporte y alquiler de vivienda.
¿Cómo se calcula el salario diario y el valor de la hora?
El salario diario es el salario mensual dividido entre 23,83 (el divisor universal de nómina, del Reglamento 258-93), y el valor de la hora es el salario mensual dividido entre 191. Estos divisores se usan en toda la nómina dominicana: cesantía, preaviso, vacaciones, regalía y horas extra. Las horas extra entre la 44 y la 68 semanal se pagan con un recargo del 35%.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley?
Las vacaciones (Art. 177) se generan a partir del año de trabajo: 14 días laborables con menos de 5 años de antigüedad y 18 días a partir de los 5 años. Se pagan sobre el salario ordinario. Si no se completa el año, en contrato indefinido corresponde una proporción (por ejemplo, 7 días a los 6 meses).