Del salario acordado a lo que llega a tu cuenta.
Calculá AFP, SFS e ISR con las reglas dominicanas. Entendé cuánto se descuenta y por qué.
Cada peso tiene un destino
El gráfico separa lo que cobrás de los aportes y la retención.
Cómo llegamos al resultado
No todo lo que descuenta la nómina es impuesto.
AFP financia pensiones, SFS cubre salud e ISR aparece sólo cuando la base anual supera la exención.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me descuenta la TSS de mi sueldo?
El trabajador aporta 5,91% del salario cotizable: 2,87% al AFP (pensiones, tu cuenta de capitalización individual) y 3,04% al SFS (salud, tu ARS o SeNaSa). Sobre un sueldo de RD$ 50.000 eso son RD$ 2.955 al mes. El empleador aporta bastante más por su cuenta —7,10% de AFP, 7,09% de SFS y el seguro de riesgos laborales— pero eso no sale de tu bolsillo. Los topes de cotización vigentes desde febrero son RD$ 232.230 para salud y RD$ 464.460 para pensiones: sobre el exceso no se cotiza.
¿Desde qué salario se empieza a pagar ISR en República Dominicana?
La exención anual es de RD$ 416.220, que equivale a RD$ 34.685 por mes de base gravable. Pero ojo con un detalle que cambia la cuenta: la base no es tu bruto, es tu bruto menos AFP y SFS. Como esos descuentos son el 5,91%, en la práctica empezás a pagar ISR recién con un bruto de alrededor de RD$ 36.864 al mes.
¿Cuáles son los tramos de la escala del ISR?
Cuatro tramos anuales, sobre la base ya descontada de AFP y SFS: 0% hasta RD$ 416.220; 15% sobre el excedente entre RD$ 416.220 y RD$ 624.329; RD$ 31.216 fijos más 20% sobre el excedente entre RD$ 624.329 y RD$ 867.123; y RD$ 79.776 fijos más 25% de ahí en adelante. Es progresiva: la tasa alta sólo pega sobre la parte del sueldo que entra en ese tramo, nunca sobre todo.
¿Por qué la escala del ISR no se actualiza?
El Art. 327 del Código Tributario obliga a ajustarla cada año por inflación, pero las leyes de presupuesto vienen suspendiendo ese ajuste desde 2018. El resultado es un impuesto que se traga aumentos que sólo compensaban la inflación: cada año hay más asalariados dentro de la escala sin que haya subido su poder de compra. La reforma aprobada en la Ley 30-26 modifica la escala recién a partir del 1 de enero de 2027, con una exención más alta y un tramo superior nuevo; durante este año la DGII mantiene la escala heredada.
¿Cómo se calcula el valor de mi hora?
Salario mensual dividido 191 horas. Ese 191 sale de la jornada legal de 44 horas semanales: 44 × 52 ÷ 12 ≈ 191 horas al mes. Para el valor del día el divisor es 23,83 días, del Reglamento 258-93, que es el mismo que usa la calculadora oficial del Ministerio de Trabajo y el que manda en cesantía, preaviso, vacaciones y regalía. Si en tu empresa dividen por 30 días, te están pagando el día más barato de lo que corresponde.
¿Cuánto se paga una hora extra?
Depende de en qué franja cae. Las horas que exceden las 44 semanales y no pasan de 68 se pagan con un recargo del 35%; las que superan las 68 horas semanales, con 100% de recargo, es decir el doble de la hora ordinaria. Trabajar un día feriado también lleva 100% de recargo. Y hay un tope: 80 horas extra por trimestre.
¿El recargo nocturno se suma al de horas extra?
Sí, y se acumulan de forma multiplicativa. El recargo nocturno del 15% se aplica primero sobre la hora ordinaria, y sobre esa hora ya recargada corre después el recargo de hora extra. Una hora extra nocturna entre 44 y 68 horas termina valiendo 1,15 × 1,35 = 1,55 veces la hora ordinaria. Además, si tu jornada mixta incluye más de tres horas nocturnas, toda la jornada se computa como nocturna.
¿La regalía pascual paga ISR o TSS?
Ninguno de los dos. La regalía pascual —el "doble sueldo" de diciembre— está expresamente exenta del ISR y no cotiza a la TSS, según la Ley 87-01 y la Resolución 72-03 del CNSS. Se cobra completa. Por eso tu ingreso anual real no son 12 sueldos netos sino 12 netos más una regalía íntegra.
¿Cuál es el salario mínimo en República Dominicana?
No hay uno solo: el Comité Nacional de Salarios lo fija por sector y por tamaño de empresa. En el sector privado no sectorizado va de RD$ 16.993 en microempresas a RD$ 29.988 en empresas grandes, pasando por RD$ 18.421 en pequeñas y RD$ 27.490 en medianas. Zonas francas (RD$ 20.875), hotelería y construcción tienen resoluciones propias. El tamaño de la empresa se define por cantidad de trabajadores o por ventas anuales: basta exceder uno de los dos parámetros para subir de categoría.
¿Qué pasa si mi sueldo supera los topes de cotización?
Sobre el excedente simplemente no se cotiza. El tope de SFS es RD$ 232.230 —diez salarios mínimos cotizables— y el de AFP RD$ 464.460, veinte salarios mínimos cotizables. Un sueldo de RD$ 300.000 cotiza salud sólo hasta el tope, así que el descuento de SFS deja de crecer, pero el de AFP sigue. El efecto práctico es que a partir de ahí tu tasa de descuento total baja, aunque el ISR sube.
¿Por qué mi neto no coincide con el que me da RR. HH.?
Las causas típicas son cuatro: que en tu empresa apliquen un plan de salud complementario o un seguro que se descuenta aparte, que tengas préstamos o cooperativa con descuento por nómina, que la retención de ISR se ajuste a fin de año por ingresos variables (comisiones, bonos), o que tu empresa use el divisor de 30 días en lugar del legal. Este cálculo cubre las deducciones de ley: cualquier descuento adicional es contractual y debe estar en tu volante de pago.
¿Puedo recuperar ISR retenido de más?
Sí. Si durante el año te retuvieron más de lo que corresponde —por ejemplo, porque cobraste un bono grande un mes y después bajaron tus ingresos—, en la declaración jurada anual (formulario IR-1) queda un saldo a favor que podés compensar o pedir en devolución a la DGII. Los asalariados con un único empleador normalmente no declaran porque la retención mensual ya cierra la cuenta, pero declarar es la vía para recuperar el exceso.