República Dominicana · arts. 219 y 223 · Ley 16-92

Lo que cobrás además del sueldo: regalía y bonificación.

La regalía pascual es un derecho de todos y se paga antes del 20 de diciembre; la bonificación depende de que la empresa haya tenido utilidades y tiene un tope en días de salario. Acá salen las dos cuentas juntas, con sus topes y sus plazos.

Regalía: salario devengado del año ÷ 12 Tope de la regalía: RD$ 149.940 4 calculadoras adentro

Tu caso

¿Cuál es tu situación?

Los dos pagos se calculan distinto según cuánto tiempo llevás en la empresa y cómo esté armado tu salario.

Mi caso es otro

Ajusta la estimación

Tu salario y tu tiempo en la empresa

Todo en pesos dominicanos. Si trabajaste el año entero, dejá 12 meses y 0 días.

RD$

Sin horas extra, nocturnidad ni propinas: sólo el salario ordinario.

Meses completos del año calendario en curso.

Se computan al divisor diario legal.

RD$

Suma de comisiones habituales devengadas en el año. Las horas extra no van acá.

Define el tope de la bonificación: 45 o 60 días de salario.

RD$

Opcional. Sirve para ver el pool que se reparte (10%). Dejá 0 si no la conocés.

Sólo para estimar cómo se reparte el pool de la bonificación.

Cálculo orientativo según los datos y reglas indicados. Convenios, topes y situaciones particulares pueden cambiar el resultado; verificá con RR. HH., el organismo laboral o un profesional.

Cómo se forma el total

Las dos cuentas, por separado

Primero la regalía pascual del Art. 219, después la participación en beneficios del Art. 223. Montos en pesos dominicanos.

La regalía es fija y segura; la bonificación depende de las utilidades y del tope por antigüedad. Juntas son la diferencia entre 12 y casi 14 sueldos al año.

    Respuesta rápida

    Qué te corresponde

    Tu regalía equivale a un mes de salario y se paga sin descuentos. Regalía pascual = salario ordinario devengado en el año ÷ 12, o sea un sueldo entero

    Plazo:

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se calcula la regalía pascual?

    Es el total del salario ordinario que devengaste entre enero y diciembre dividido entre 12. Con un sueldo fijo y el año completo eso da exactamente un mes de salario, que es de donde viene el apodo de "doble sueldo". Si trabajaste sólo parte del año, el devengado es menor y la regalía sale proporcional, sin ninguna penalidad.

    ¿Cuándo se paga la regalía y qué pasa si no me la pagan?

    A más tardar el 20 de diciembre. Si tu empleador no cumple, podés presentar una querella ante la Representación Local de Trabajo del Ministerio de Trabajo. Es una de las infracciones que el Ministerio persigue de forma más activa en diciembre, y no prescribe con el año: la deuda sigue siendo exigible.

    ¿La regalía paga impuestos o TSS?

    No. Está expresamente exenta del ISR y no cotiza a la TSS, por la Ley 87-01 y la Resolución 72-03 del CNSS. Se cobra íntegra. Si en tu volante de diciembre aparece un descuento de AFP, SFS o ISR sobre la regalía, es un error de nómina que hay que reclamar.

    ¿Hay un tope para la regalía?

    Sí: cinco salarios mínimos. Tomando como referencia el mínimo del sector privado no sectorizado para empresas grandes (RD$ 29.988), el tope queda en RD$ 149.940. Quien gana más que eso al mes cobra el tope, no un sueldo entero. Es un límite que en la práctica sólo afecta a salarios altos.

    ¿Qué entra y qué no entra en la base de la regalía?

    Entra el salario ordinario, incluidas las comisiones habituales, porque forman parte del salario. No entran las horas extra, el recargo nocturno, la propina legal del 10%, los viáticos ni la propia participación en los beneficios. La regla es simple: lo ordinario suma, lo extraordinario no.

    ¿Qué diferencia hay entre regalía y bonificación?

    La regalía es un derecho de todo trabajador, se calcula sobre tu propio salario y no depende de cómo le fue a la empresa. La bonificación es el reparto del 10% de las utilidades netas del ejercicio: si la empresa no ganó, no hay nada que repartir. Además la regalía está exenta de ISR y la bonificación no.

    ¿Cuál es el tope de la bonificación?

    Depende de tu antigüedad: 45 días de salario ordinario si llevás menos de 3 años en la empresa, y 60 días si llevás 3 años o más. Aunque el reparto del 10% te asignara más, cobrás el tope. Por eso, en empresas muy rentables con nómina chica, casi todo el mundo termina cobrando exactamente el tope.

    ¿Cuándo se paga la bonificación?

    Entre 90 y 120 días después del cierre del ejercicio fiscal de la empresa. Para una empresa con cierre en diciembre, eso cae entre finales de marzo y finales de abril. No tiene una fecha única como la regalía porque depende del cierre contable de cada empresa.

    ¿Qué empresas no pagan bonificación?

    Las de zonas francas; las agrícolas, industriales, forestales y mineras durante sus tres primeros años de operación; y las agrícolas cuyo capital no exceda un millón de pesos. También queda fuera, obviamente, cualquier empresa que haya cerrado el ejercicio con pérdidas.

    ¿Me corresponde bonificación si entré este año?

    Sí, proporcional al tiempo trabajado dentro del ejercicio que generó las utilidades, y con el tope de 45 días por tener menos de 3 años de servicio. Lo que no corresponde es bonificación por un ejercicio en el que no estuviste en la empresa.

    ¿Cómo verifico que me pagaron bien la regalía?

    Sumá el salario ordinario de todos tus volantes de pago del año, dividí entre 12 y compará con lo que te depositaron en diciembre. Si cobrás sueldo fijo, el resultado tiene que ser un sueldo completo. Las diferencias más frecuentes aparecen cuando hubo aumento a mitad de año o cuando cobrás comisiones: en los dos casos la regalía debería reflejarlo.