Chile · liquidación de sueldo

¿Cuánto me queda líquido del sueldo bruto?

De tu bruto salen cuatro descuentos: AFP, salud, seguro de cesantía e Impuesto Único de Segunda Categoría. Pon tu sueldo, elige tu AFP y tu sistema de salud y mira el desglose peso por peso. Si lo que tienes es el líquido y quieres saber qué bruto negociar, cambia el caso más abajo.

UTM del mes: $71.649 UF de hoy: $40.844,79 Topes imponibles: 90 UF y 135.2 UF Art. 43 N°1 LIR · DL 3.500 · Ley 19.728 4 casos en una sola página

Tu caso

¿Cuál es tu situación?

Partimos por el caso más común: tienes el bruto del contrato y quieres saber cuánto llega a tu cuenta.

Mi caso es otro

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Tus datos de la liquidación

Todo mensual y en pesos chilenos. En el caso "sé el líquido que quiero", el primer campo es el líquido objetivo; en el caso de mes incompleto, es el bruto del mes completo.

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Bruto imponible, salvo en el caso "sé el líquido que quiero", donde es el líquido objetivo.

%

Sólo se usa en el caso Isapre. En Fonasa se aplica el 7% legal.

Cada hijo con derecho descuenta $12.996 del impuesto del mes.

Porcentaje sobre el sueldo base del sector público. En el sector privado depende de lo pactado en tu contrato.

Sólo se usa en el caso de mes incompleto. Déjalo en 30 para un mes completo.

Base del valor hora. La jornada máxima legal viene bajando por la Ley 21.561 (44 → 42 → 40 horas).

Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.

Cómo se forma el total

Descuento por descuento

Las barras comparan cada concepto contra el mayor de la liquidación.

Compara lo que llega a tu cuenta contra cada descuento obligatorio: AFP, comisión de la administradora, salud, seguro de cesantía e Impuesto Único.

    Respuesta rápida

    Qué te corresponde

    En Fonasa te descuentan la AFP, un 7% de salud, un 0,6% de cesantía y, si tu renta imponible lo alcanza, el Impuesto Único. AFP: 10% de cotización obligatoria más la comisión de tu administradora

    Plazo:

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto me descuentan del sueldo bruto en Chile?

    En el caso típico, entre un 17% y un 20% antes de impuestos: 10% de cotización obligatoria de AFP, la comisión de tu administradora (hoy entre 0,49% y 1,45% según cuál sea), un 7% de salud si estás en Fonasa y un 0,6% de seguro de cesantía si tienes contrato indefinido. Sobre eso, si tu renta líquida imponible supera 13,5 UTM, se suma el Impuesto Único de Segunda Categoría, que es progresivo y llega hasta el 40%.

    ¿Qué AFP me descuenta menos?

    La cotización obligatoria del 10% es idéntica en todas: lo único que cambia es la comisión. Hoy las más baratas son AFP Uno (0,49%) y Modelo (0,58%), y las más caras ProVida (1,45%), Capital y Cuprum (1,44%). Entre la más barata y la más cara hay casi un punto porcentual de tu renta imponible todos los meses, lo que en un sueldo de un millón y medio son varias decenas de miles de pesos al año que no van a tu fondo sino a la administradora.

    ¿Qué es el tope imponible y a quién le pega?

    Es la renta máxima sobre la que se calculan las cotizaciones. Está fijado en UF, así que cambia todos los días con el valor de la UF: hoy son 90 UF para AFP y salud y 135.2 UF para el seguro de cesantía. Lo que ganas por encima de ese tope no cotiza, así que los descuentos previsionales dejan de crecer aunque el sueldo siga subiendo. El Impuesto Único, en cambio, no tiene tope: se calcula sobre toda tu renta líquida imponible.

    ¿Desde qué sueldo empiezo a pagar Impuesto Único?

    El primer tramo del Art. 43 N°1 de la Ley de la Renta llega hasta 13,5 UTM mensuales y tiene tasa 0%. Como la base del impuesto es tu bruto menos AFP, menos salud y menos cesantía, el sueldo bruto en el que empiezas a pagar es bastante más alto que 13,5 UTM en pesos. Y como la UTM se reajusta todos los meses, ese umbral se mueve: por eso esta página usa el valor vigente y no un número fijo.

    ¿El SIS me lo descuentan a mí?

    No. El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia lo paga íntegramente el empleador, aunque se calcule sobre tu renta imponible. Por eso no aparece como descuento tuyo en la liquidación y esta calculadora tampoco lo resta de tu líquido. Sí encarece lo que le cuestas a la empresa, que es un cálculo distinto.

    Estoy en Isapre y me descuentan más del 7%. ¿Está bien?

    Sí. El 7% es el mínimo legal de cotización de salud. Si tu plan Isapre cuesta más, esa diferencia —el excedente— también se descuenta de tu sueldo. Si el plan cuesta menos del 7%, el saldo queda a tu favor como excedente de cotización. Por eso dos personas con el mismo bruto pueden llevarse líquidos distintos.

    ¿El seguro de cesantía es obligatorio?

    En contrato indefinido sí: el trabajador aporta 0,6% de su renta imponible y el empleador un 2,4% adicional. En contrato a plazo fijo o por obra el aporte lo hace sólo el empleador (3%), así que ese 0,6% no aparece en tu liquidación y tu líquido es algo mayor a igual bruto.

    ¿Cuánto bruto tengo que pedir para llevarme un líquido determinado?

    Como regla gruesa, divide el líquido que quieres por 0,80 para una primera aproximación en sueldos bajos y medios; en sueldos altos el Impuesto Único empuja esa cifra bastante más arriba, y por encima del tope imponible vuelve a aplanarse porque las cotizaciones dejan de crecer. El caso "sé el líquido que quiero" de esta página lo resuelve exacto con tus propios parámetros.

    ¿Cómo se calcula un mes incompleto?

    La legislación laboral chilena usa el mes comercial de 30 días. El sueldo proporcional es el bruto mensual dividido en 30 y multiplicado por los días efectivamente trabajados, sin importar si el mes calendario tuvo 28 o 31. Sobre ese bruto proporcional se aplican los mismos descuentos previsionales y tributarios que sobre un mes completo.

    ¿Cuánto vale mi hora de trabajo?

    El valor de la hora ordinaria sale del Art. 32 del Código del Trabajo: sueldo mensual ÷ 30 × 28 ÷ horas de la jornada semanal pactada. Con la Ley 21.561 la jornada máxima legal viene bajando de 45 a 40 horas de forma gradual, así que a igual sueldo el valor hora sube cada vez que baja la jornada. Ese valor hora es la base sobre la que se calcula el recargo del 50% de las horas extraordinarias.

    ¿La asignación de zona extrema paga cotizaciones e impuesto?

    La asignación de zona del DL 249 es un porcentaje sobre el sueldo base para el sector público, y es remuneración imponible y tributable: entra en la base de AFP, salud, cesantía e Impuesto Único. En el sector privado no existe una asignación de zona obligatoria: si la recibes, es porque está pactada en tu contrato o en un instrumento colectivo, y su tratamiento depende de cómo esté pactada.

    ¿Por qué mi liquidación real da distinto a esta estimación?

    Las diferencias más habituales vienen de haberes no imponibles (colación, movilización, asignación familiar), de bonos y horas extra que sí son imponibles, de descuentos voluntarios como APV o créditos de caja de compensación, y del reajuste mensual de la UTM y diario de la UF, que mueven tanto el impuesto como los topes. Esta página estima el caso base de un sueldo fijo mensual.

    ¿Los honorarios a boleta se calculan igual?

    No. Quien emite boleta de honorarios no tiene AFP, salud ni cesantía descontados en una liquidación: se le practica una retención sobre el bruto y luego cotiza de forma obligatoria en la Operación Renta del año siguiente. El cálculo de esta página aplica a trabajadores con contrato de trabajo dependiente.