Domingo o festivo no es un concepto que deba sumarse a ciegas. Hay que saber si era jornada ordinaria, extra, diurna o nocturna. También importa el tratamiento del descanso y la fecha.
Identificá el día
Anotá fecha, horario y si era un día habitual de trabajo. La calculadora de recargos Colombia permite separar eventos, pero la fuente de MinTrabajo debe prevalecer.
Separá conceptos
Mostrá salario ordinario, recargo, hora extra y descanso compensatorio en líneas distintas. Así se puede revisar si un porcentaje se aplicó dos veces.
Revisá cambios de calendario normativo
Algunas reglas pueden tener implementación progresiva o cambios por período. Toda nota debe indicar fecha de consulta y no presentar un porcentaje sin contexto.
Domingo ordinario o extra: la diferencia en pesos
Ejemplo para después del 15 de julio de 2026, con salario $2.100.000 y hora base de $10.000. El recargo dominical es del 90%. Que sea domingo no convierte por sí solo la hora en extra: también debe exceder la jornada correspondiente.
| Una hora en domingo | Factor | Valor de las horas | Adicional sobre el valor ordinario |
|---|---|---|---|
| Ordinarias diurnas | 1 + 0,90 | $19.000 | $9.000 |
| Ordinarias nocturnas | 1 + 0,90 + 0,35 | $22.500 | $12.500 |
| Extras diurnas | 1 + 0,90 + 0,25 | $21.500 | $11.500 |
| Extras nocturnas | 1 + 0,90 + 0,75 | $26.500 | $16.500 |
En la extra nocturna no se agrega otra vez el 35% nocturno: el 75% es el recargo de esa hora extra nocturna. Tampoco se multiplica 1,90 por 1,75; en estos ejemplos los recargos se suman sobre la misma hora base.
La fecha y el descanso también importan
Hasta el 30 de junio de 2026, reemplazá el 90% dominical por 80%. El divisor cambia recién el 15 de julio. Si trabajaste en fechas a ambos lados de un corte, liquidá los bloques por separado. El derecho a descanso compensatorio requiere revisar si el trabajo dominical fue ocasional o habitual y las condiciones aplicables; la tabla calcula dinero y no sustituye esa revisión.
Transparencia editorial
Fuentes consultadas
Última revisión editorial: 9 de septiembre de 2026. Contrastamos montos y procedimiento con documentación pública.
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Cómo preparamos esta nota
La nota tiene autor, fecha de publicación y fecha de revisión. Cuando trata montos, normas o datos que cambian, enlazamos la fuente primaria disponible y señalamos la fecha que usamos. Cuando explica una cuenta propia, mostramos el razonamiento y los supuestos para que puedas repetirlo.
Preguntas frecuentes
¿Trabajar un festivo siempre es hora extra?
¿El descanso compensatorio elimina el pago?
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