Si trabajaste un domingo o un festivo en julio, el desprendible que te llega este mes es el primero que debería reflejar el recargo del 90%. Subió el 1 de julio de 2026 y no todos los empleadores actualizan la nómina a tiempo. Esta guía te explica qué buscar en el recibo, cómo verificar la cuenta con tus propias horas y qué hacer si el número no cuadra.
Hay un detalle que casi nadie está mirando: julio de 2026 viene partido en dos. El 1 de julio subió el recargo al 90%, pero el 15 de julio bajó la jornada máxima a 42 horas, y eso cambia el valor de tu hora ordinaria — que es la base sobre la que se calcula el recargo. Un domingo del 5 de julio y uno del 19 de julio no valen lo mismo, aunque los dos lleven 90%. Si tu empleador liquidó todo el mes con la misma tarifa, hay algo mal.
1. Qué cambió el 1 de julio de 2026
El recargo por trabajo dominical y festivo pasó del 80% al 90%. El cambio no es una decisión del empleador ni una negociación: está en el artículo 14 (transitorio) de la Ley 2466 de 2025, que fijó un cronograma de aumentos escalonados hasta llegar al 100% en 2027.
El Ministerio del Trabajo estimó que el aumento beneficia a cerca de 962.000 personas en el país: quienes trabajan domingos y festivos en comercio, salud, seguridad, hotelería, call centers y transporte, entre otros sectores que no paran el fin de semana.
2. El cronograma: de 75% a 100%
La Ley 2466 de 2025 no subió el recargo de un solo golpe: lo repartió en tres saltos anuales. El calendario completo:
| Desde | Recargo | Multiplicador de la hora | Estado |
|---|---|---|---|
| Hasta junio de 2025 | 75% | × 1,75 | Vencido |
| 1 de julio de 2025 | 80% | × 1,80 | Vencido |
| 1 de julio de 2026 | 90% | × 1,90 | Vigente ahora |
| 1 de julio de 2027 | 100% | × 2,00 | Próximo |
Dos cosas que conviene tener claras sobre este cronograma:
- Son pisos, no techos. El empleador puede pagar el 100% desde ya si quiere. Pagar por encima del mínimo legal nunca está prohibido — lo que no puede es pagar por debajo. Si tu empresa ya te liquida al 100%, no hay error: hay un beneficio.
- Manda la fecha en que trabajaste, no la fecha en que te pagan. Un domingo trabajado el 28 de junio de 2026 se paga al 80%, aunque el recibo te llegue en julio. Uno trabajado el 5 de julio va al 90%. Si tu corte de nómina es quincenal o cruza meses, revisa esto con cuidado.
3. Cómo se calcula el recargo del 90%
Todo el cálculo arranca en un solo número: tu hora ordinaria. Se obtiene dividiendo tu salario mensual entre el divisor de horas del mes. Con el salario mínimo de 2026, que es de $1.750.905, la cuenta da así:
- Hora ordinaria = $1.750.905 ÷ 210 = $8.337,64 (divisor vigente desde el 15 de julio de 2026 — más sobre esto en el punto 4)
- Recargo del 90% = $8.337,64 × 0,90 = $7.503,88
- Hora del domingo = $8.337,64 + $7.503,88 = $15.841,52
Y una jornada completa de 8 horas diurnas en domingo o festivo, con el salario mínimo, queda en aproximadamente $126.732. Ese es el número que deberías poder reconstruir con tu recibo en la mano.
Cómo aparece eso en el desprendible
Aquí viene la parte que confunde a mucha gente. El total de $126.732 casi nunca aparece como una sola línea. Se descompone en dos:
| Concepto | Cuenta | Valor (8 h, salario mínimo) |
|---|---|---|
| Horas ordinarias | $8.337,64 × 8 | $66.701,12 |
| Recargo dominical 90% | $7.503,88 × 8 | $60.031,04 |
| Total del domingo | ≈ $126.732 |
Si te pagan por mes (y no por horas), es muy probable que en el recibo solo veas la línea del recargo — los $60.031 —, porque las 8 horas ordinarias ya vienen incluidas dentro de tu salario mensual. No es un error: es la forma habitual de liquidar. Lo que tienes que verificar en ese caso es que la línea del recargo esté calculada al 90% y no al 80%.
Para hacerlo con tu salario real, usa la calculadora de recargo dominical y festivo 2026: pones tu salario y las horas trabajadas, y te devuelve el recargo que te corresponde.
Ojo con la base: el auxilio de transporte no entra
Este es uno de los errores más caros y menos detectados. La hora ordinaria se calcula sobre el salario ($1.750.905), no sobre el total que recibes con el auxilio de transporte ($1.750.905 + $249.095 = $2.000.000).
Se nota en la cuenta: si el auxilio entrara en la base, la hora ordinaria daría $2.000.000 ÷ 220 = $9.090,91 en lugar de los $7.958,66 que da el cálculo oficial con el divisor de 220. El auxilio de transporte no es salario y por eso queda fuera de la base del recargo.
4. Por qué julio de 2026 viene partido en dos
Además del recargo, en julio de 2026 se movió otra pieza: desde el 15 de julio la jornada máxima legal bajó a 42 horas semanales. Al bajar la jornada, baja el divisor mensual de horas — pasó de 220 a 210. Y como tu salario mensual sigue siendo el mismo, dividirlo entre menos horas hace que tu hora ordinaria suba:
| Período de julio 2026 | Divisor | Hora ordinaria (mínimo) | Hora del domingo (× 1,90) | 8 h en domingo |
|---|---|---|---|---|
| 1 al 14 de julio | 220 | $7.958,66 | $15.121,45 | ≈ $120.972 |
| Desde el 15 de julio | 210 | $8.337,64 | $15.841,52 | ≈ $126.732 |
La hora ordinaria sube 4,76% — y como el recargo se calcula sobre ella, el recargo sube en la misma proporción. No hubo que cambiar el porcentaje: subió la base.
La consecuencia práctica: quien trabaje domingos después del 15 de julio cobra más que antes por dos motivos combinados — el recargo pasó de 80% a 90%, y encima la hora sobre la que se aplica ese 90% es más alta.
La calculadora de horas extras 2026 trabaja con el mismo divisor, si quieres ver la jornada de 42 horas aplicada a tu caso.
5. Cuando el domingo además es de noche
Los recargos no se reemplazan entre sí: se suman. Si trabajas un domingo en horario nocturno, te corresponden los dos recargos, y ambos se calculan sobre la misma hora ordinaria.
El recargo nocturno es del 35%. Y aquí hay otro cambio reciente que mucha gente todavía no tiene incorporado: desde el 25 de diciembre de 2025 la jornada nocturna arranca a las 7:00 p.m., no a las 9:00 p.m. como era antes. Lo cambió el artículo 10 de la Ley 2466 de 2025, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Jornada diurnaDe 6:00 a.m. a 7:00 p.m. Sin recargo nocturno. Si es domingo o festivo, aplica solamente el 90%.
- Jornada nocturnaDe 7:00 p.m. a 6:00 a.m. Recargo del 35%. Si además es domingo o festivo, se suma al 90%.
Esas dos horas que se corrieron (de 7 a 9 de la noche) ahora son nocturnas y pagan recargo. Es una franja muy común en comercio, restaurantes y turnos de tarde: si cierras a las 9 p.m. un domingo, las últimas dos horas llevan 90% + 35%.
La cuenta cuando los dos recargos concurren: se suman los porcentajes sobre la hora ordinaria, 90% + 35% = 125% de recargo, es decir hora ordinaria × 2,25. Con el salario mínimo y el divisor de 210, una hora nocturna en domingo queda en $8.337,64 × 2,25 = $18.759,69.
Para el detalle del nocturno por separado está la calculadora de recargo nocturno 2026.
6. Cómo auditar tu recibo de nómina de julio
Este es el procedimiento concreto para revisar el desprendible. Toma unos 10 minutos y solo necesitas el recibo y tu registro de turnos.
- Cuenta los domingos y festivos que trabajasteAnota las fechas exactas y las horas de cada uno. Sepáralos en dos grupos: los del 1 al 14 de julio y los del 15 en adelante. Marca también cuáles tuvieron horas después de las 7:00 p.m.
- Calcula tu hora ordinariaDivide tu salario mensual entre 220 para los días del 1 al 14, y entre 210 desde el 15. Con el mínimo: $7.958,66 y $8.337,64 respectivamente. Si ganas más del mínimo, usa tu salario real — el método es idéntico.
- Ubica la línea del recargo dominicalBusca en el recibo un concepto que diga "recargo dominical", "recargo festivo", "dominical" o similar. Debería estar separado de las horas ordinarias y de las horas extras. Si no aparece ninguna línea y trabajaste domingos, ese es el primer problema.
- Verifica el porcentaje aplicadoDivide el valor del recargo entre las horas de domingo que trabajaste, y luego divide ese resultado entre tu hora ordinaria. Tiene que dar 0,90 (o más). Si da 0,80, te liquidaron con la tarifa vieja.
- Revisa que julio tenga dos tarifasSi trabajaste domingos antes y después del 15, tienen que estar liquidados a valores distintos. Una sola tarifa para todo el mes es señal de que no aplicaron el nuevo divisor de 210.
- Suma el nocturno si correspondePor cada hora trabajada entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. de un domingo o festivo, tiene que haber además un 35% de recargo nocturno. Suele aparecer como una línea aparte.
- Confirma la base de cálculoVerifica que el recargo esté calculado sobre tu salario y no sobre el salario más el auxilio de transporte. Con el mínimo, la hora base correcta desde el 15 de julio es $8.337,64.
- Guarda la evidenciaDescarga o fotografía el desprendible y guarda tu registro de turnos del mes. Si hay que reclamar, vas a necesitar demostrar qué días trabajaste y qué te pagaron.
7. Qué hacer si te pagaron el 80%
Que el recibo esté mal no siempre es mala fe: en julio se juntaron dos cambios (el recargo y el divisor) y muchos departamentos de nómina no alcanzaron a actualizar el software. Pero el error hay que corregirlo igual, y la plata te la deben.
- Rehaz la cuenta antes de reclamarLlega con el número, no con la sospecha. Calcula cuánto te correspondía y cuánto te pagaron, y arma la diferencia domingo por domingo.
- Pide el detalle de liquidación a Recursos HumanosTienes derecho a saber cómo se calculó tu pago. Pídelo por escrito (por correo, para que quede registro): hora base usada, porcentaje aplicado y horas reconocidas.
- Plantéalo por escrito y cita la normaMenciona el artículo 14 transitorio de la Ley 2466 de 2025 y la fecha desde la que rige el 90%: 1 de julio de 2026. En la mayoría de los casos alcanza con esto — es una norma vigente y verificable, no una interpretación.
- Si no lo corrigen, escala al Ministerio del TrabajoEl Ministerio del Trabajo recibe reclamos por pago incompleto de recargos y puede intervenir. Antes de llegar ahí, asegúrate de tener la evidencia del punto anterior y la respuesta (o el silencio) de la empresa.
8. Los festivos también llevan recargo
Una confusión frecuente: el recargo se llama "dominical" y mucha gente asume que aplica solo los domingos. No es así. La norma habla de trabajo dominical y festivo, y el 90% aplica igual en los dos casos.
Colombia tiene un calendario de festivos cargado, con varios lunes festivos por traslado a lo largo del año. Para quien trabaja en comercio, salud o turismo son varias jornadas al año con recargo del 90% que muchas veces pasan sin reclamarse.
Dos precisiones que conviene tener presentes:
- Un festivo entre semana lleva el mismo 90% que un domingo. No importa que caiga lunes o jueves: si es festivo de ley, el recargo es idéntico.
- Si el festivo además cae domingo, no se duplica. Es un solo día con recargo, no dos recargos superpuestos. Lo que sí se suma, como vimos, es el recargo nocturno si trabajas después de las 7:00 p.m.
9. El contexto: qué más se movió en 2026
El recargo del 90% no llegó solo. Los números de referencia de 2026:
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| Salario mínimo mensual (SMLMV) | $1.750.905 |
| Auxilio de transporte | $249.095 |
| Total mensual (mínimo + auxilio) | $2.000.000 |
| Recargo dominical y festivo (desde 1-jul) | 90% |
| Recargo nocturno (desde las 7:00 p.m.) | 35% |
| Jornada máxima semanal (desde 15-jul) | 42 horas |
El salario mínimo de 2026 quedó en $1.750.905, un aumento del 23,0% frente a los $1.423.500 de 2025. Vale la pena aclararlo porque circula mucho el dato de "23,78%", que no cuadra con las cifras oficiales: $1.423.500 × 1,23 da exactamente $1.750.905. El aumento es del 23,0% justo.
Ojo con ese redondeo a $2.000.000: como vimos en el punto 3, para calcular recargos solo cuenta el salario, no el total con el auxilio incluido.
Fuentes oficiales
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Última revisión editorial: 14 de julio de 2026. Contrastamos montos y procedimiento con documentación pública.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pagan por trabajar un domingo en Colombia en 2026?
¿Cómo se calcula el recargo dominical del 90%?
¿El 90% es lo que vale la hora del domingo?
¿Por qué mi domingo de julio vale distinto según la fecha?
¿Qué pasa si mi empleador me sigue pagando el 80%?
¿El recargo dominical se suma al recargo nocturno?
¿Los festivos también tienen recargo dominical?
¿El auxilio de transporte entra en el cálculo del recargo?
¿Mi empleador puede pagarme más del 90%?
¿Hasta cuánto va a subir el recargo dominical?
¿Cómo reviso que mi recibo de nómina esté bien calculado?
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