Finanzas

Bonus anual neto🇦🇷

Actualizado mayo de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de bonus anual neto según bonus bruto y alícuota ganancias %. Devuelve retención Ganancias junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie.

Última revisión: 26 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina, ARCA (ex AFIP) — normativa tributaria, INDEC — Índices económicos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Resolver rápido una duda sobre bonus anual neto sin papel y lápiz.
  • Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
  • Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
  • Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.

Ejemplo de cálculo

  1. $2M al 27%
  2. $540k retenido
Resultado: Neto $1.46M

Cómo funciona

5 min de lectura

El bonus anual (también llamado bonus, prima por objetivos, gratificación extraordinaria) es una compensación variable que muchos empleadores otorgan a sus trabajadores en relación de dependencia por cumplimiento de objetivos individuales, grupales o de la compañía. A diferencia del aguinaldo (SAC, sueldo anual complementario, regulado por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo), el bonus no es obligatorio por ley: surge de la voluntad del empleador o de acuerdos colectivos específicos.

Desde el punto de vista fiscal y previsional, el bonus es una remuneración: tributa Impuesto a las Ganancias (4ta categoría, Ley 20.628), aportes jubilatorios (11 % SIPA), obra social (3 %), PAMI (3 %) y, en el caso de los empleados sin sindicatura propia, cuota sindical si corresponde. La retención de Ganancias en el mes de pago suele ser alta porque acumula con el resto del año y empuja al trabajador a una alícuota marginal mayor.

Esta calculadora estima la retención de Ganancias y el bonus neto a partir del monto bruto y la alícuota efectiva aplicable. Es útil para anticipar el impacto fiscal antes de recibir el pago y planificar el destino del dinero (ahorro, inversión, consumo).

Cómo se calcula

retención_ganancias = bonus_bruto × alícuota_marginal_aplicable
bonus_neto = bonus_bruto - retención_ganancias - aportes_personales

aportes_personales (SIPA + OS + PAMI) ≈ 17 % del bonus bruto

Importante: la calculadora estima la retención de Ganancias por aplicación directa de una alícuota. En la realidad, la liquidación es más compleja porque depende del acumulado anual: el bonus puede llevar al trabajador a un escalón superior solo por el mes de pago, generando retención puntual mayor a la marginal del año.

Escala vigente del Impuesto a las Ganancias 4ta categoría

Tramo de ganancia neta acumuladaAlícuota marginal
Primer tramo5 %
Segundo tramo9 %
Tercer tramo12 %
Cuarto tramo15 %
Quinto tramo19 %
Sexto tramo23 %
Séptimo tramo27 %
Octavo tramo31 %
Noveno tramo35 %

Los topes de cada tramo se actualizan anualmente por RIPTE (artículo 30 de la Ley 20.628 modificada). La alícuota "marginal" se aplica únicamente sobre la porción de ganancia que cae dentro del tramo, no sobre el total.

Marco legal

  • Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) — define el concepto de remuneración y las gratificaciones.

  • Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) — 4ta categoría, escala progresiva.

  • Ley 24.241 (SIPA) — aportes jubilatorios.

  • RG ARCA 4003-E (2017) y modificaciones — reglamenta la retención de Ganancias por el empleador.

  • Decreto 70/2023 y Ley 27.737 — reformas a Ganancias / Impuesto a los Ingresos Personales (el llamado "Impuesto a los Ingresos Altos" que reemplazó a Ganancias en 2024).
  • Aportes personales sobre el bonus

    Además de Ganancias, el bonus está alcanzado por:

    ConceptoAlícuota orientativaDestino
    Aporte jubilatorio11 %SIPA (Ley 24.241)
    Aporte obra social3 %Obra social del trabajador
    Aporte PAMI3 %Régimen jubilados (Ley 19.032)
    Cuota sindical (si aplica)1 %-3 %Sindicato del trabajador

    Total aportes personales: aproximadamente 17 %.

    El empleador también paga contribuciones patronales (~23 %–27 %) que no se descuentan del bonus pero forman parte del costo laboral total.

    Estrategias para optimizar el impacto fiscal

  • Diferir parte al año siguiente: si la empresa lo acepta, partir el bonus entre diciembre y enero reduce el acumulado anual y, por ende, la alícuota marginal aplicable.

  • Aumentar deducciones: aportes voluntarios a obra social, donaciones (entidades reconocidas), gastos médicos, alquiler (con tope), seguros de vida — todo lo permitido por art. 85 Ley 20.628.

  • Cargas de familia: actualizar declaración SiRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

  • Considerar momento del pago: cobrar el bonus en un mes con menor ingreso ordinario reduce el efecto "empujón" a la alícuota marginal.
  • Liquidación anual y devolución/ajuste

    En marzo del año siguiente, el empleador realiza la liquidación anual definitiva del Impuesto a las Ganancias del trabajador. Si la retención mensual acumulada fue mayor a lo que efectivamente correspondía, se devuelve la diferencia en el sueldo de marzo. Si fue menor, se retiene el saldo en abril/mayo.

    Si el trabajador tiene múltiples empleadores o ingresos por otras fuentes, debe presentar declaración jurada anual de Ganancias (Formulario 711) y reconciliar todo a nivel personal.

    Limitaciones del cálculo

    El cálculo es estimativo. La retención real puede diferir por:

  • Aplicación correcta de la escala progresiva sobre la ganancia neta anual (no solo el bonus).

  • Deducciones específicas declaradas en SiRADIG (cargas de familia, hipoteca, donaciones, etc.).

  • Beneficios sectoriales (zonas desfavorecidas, regímenes especiales).

  • Acumulación con otros conceptos no remunerativos o bonificaciones del mismo período.

  • Posible aplicación del régimen de "sueldos altos" o "Ingresos Personales" según última reforma.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias), la Ley 20.744 (LCT), la RG ARCA 4003-E y las modificaciones introducidas por la Ley 27.737.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Bonus tributa?

    Sí, como renta de 4ta categoría. Bonus anual: cálculo de retención de Ganancias sobre premio.

    ¿Alícuota?

    Depende del escalón de ingresos anuales total. Esta calculadora te da el cálculo de bonus anual neto según bonus bruto y alícuota ganancias %.

    ¿Aportes?

    Sí, jubilación (11%), OS (3%), PAMI (3%) sobre el bonus.

    ¿Mismo día?

    Retención se practica al pagar.

    ¿Mejor cobrar junio o diciembre?

    Depende de tu proyección anual: si supera el tope, pagás más.

    ¿Diferido?

    A veces empresas pagan parte en enero siguiente para 'partir' el impacto fiscal.

    ¿Ajuste final?

    En marzo siguiente se hace liquidación anual ajustando.

    ¿Qué retorno esperar del mercado?

    S&P 500 histórico: ~10% nominal anual (7% real ajustado por inflación). Pasado no predice futuro pero es referencia.

    ¿Por qué me retienen tanto al cobrar el bonus?

    Porque el bonus se suma al acumulado anual de Ganancias y empuja al trabajador al siguiente escalón marginal. Si tu sueldo mensual te ubica en alícuota 23% y el bonus de $2M te lleva a 27% para ese mes, retienen al 27% (el escalón superior). En la liquidación final de marzo siguiente, ARCA reajusta y devuelve el excedente si correspondiera.

    ¿Cómo puedo bajar el impacto de Ganancias sobre el bonus?

    Cargá todas tus deducciones en SiRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones) antes del pago: cargas de familia, alquiler (con tope), gastos médicos, donaciones, intereses hipoteca, seguros de vida, servicio doméstico. Cada deducción reduce la ganancia neta sujeta a impuesto. Si tu empresa lo permite, negociar diferir parte del bonus a enero del año siguiente reduce el acumulado anual del actual.

    ¿El bonus paga aguinaldo (SAC) proporcional?

    Sí. La gratificación habitual y normal (más de un período) integra la base del SAC según el Art. 121 LCT. La empresa debe sumar el bonus al promedio del semestre para calcular el aguinaldo. Si el bonus es de pago único excepcional, hay debate doctrinario pero la jurisprudencia laboral mayoritaria lo incluye en SAC.

    ¿Qué pasa si renuncio antes de cobrar el bonus prometido?

    Depende del contrato/política interna. Si la política está escrita y exige permanencia al cierre del período (devengamiento), perdés el bonus por renuncia previa. Si el bonus ya se devengó (objetivos cumplidos al momento de la baja) y solo falta el pago, la jurisprudencia laboral suele reconocerlo como crédito laboral exigible. Conviene tener el reglamento del programa de bonus por escrito.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.

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