Finanzas

Pensión alimentaria detalle

💰 Calculá la cuota alimentaria por hijo como porcentaje del sueldo del alimentante, según el Código Civil y Comercial (arts. 658-676). Estimación orientativa, sin registro.

  • Datos InfoLEG · junio de 2026
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Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).

La cuota alimentaria de un hijo menor de edad en Argentina se regula por el Código Civil y Comercial (arts. 658 a 676) y la jurisprudencia habitual fija entre el 20% y el 25% del ingreso neto del alimentante por un hijo, subiendo por cada hijo adicional (30-35% por dos hijos, 40-45% por tres). La cuota debe cubrir alimentación, vivienda, vestimenta, educación, salud y esparcimiento, y se actualiza por IPC trimestral o índice de salarios (según convenio o sentencia). Esta calculadora toma el sueldo neto del alimentante, la cantidad de hijos y el ingreso del otro progenitor (cuando aporta), y devuelve el monto mensual sugerido según los criterios jurisprudenciales, el porcentaje que representa sobre el sueldo del obligado y una observación con la base aplicada según la cantidad de hijos. Útil para juicios de alimentos, acuerdos extrajudiciales y asesoramiento legal.

Cuándo usar esta calculadora

  • Un padre a punto de firmar un acuerdo extrajudicial por 2 hijos quiere llegar con una cifra de referencia: la calc le sugiere la cuota mensual dentro del rango del 30-35% del sueldo neto que suele aplicar la jurisprudencia.
  • Una madre que va a iniciar demanda de alimentos por un hijo necesita saber qué monto reclamar: la calc le muestra la cuota y el porcentaje orientativo (20-25% del ingreso neto del alimentante).
  • Un progenitor que también percibe ingresos quiere ver cómo pesa su aporte: al cargar el ingreso del otro progenitor, la calc pondera ambos y ajusta la cuota sugerida.
  • Alguien que ya recibe una cuota y sospecha que quedó baja compara el monto que le pasan contra el porcentaje sugerido según la cantidad de hijos, para decidir si pide una revisión.

Rangos orientativos de cuota alimentaria por cantidad de hijos

HijosRango mínimo (% ingreso neto)Rango máximo (% ingreso neto)Nota
1 hijo20%25%Criterio jurisprudencial mayoritario
2 hijos30%35%Incremento proporcional por hijo adicional
3 hijos40%45%Puede requerir revisión judicial según capacidad económica
4 o másCaso por casoEl juez pondera capacidad económica y necesidades

Fuente: jurisprudencia argentina basada en Código Civil y Comercial (Ley 26.994), arts. 658 a 676 (InfoLEG, 2026). Los porcentajes son orientativos; el monto lo fija el juez o el acuerdo homologado.

Cómo funciona

La cuota alimentaria para hijos menores de edad en Argentina está regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), en los artículos 658 a 676 y, complementariamente, por los artículos 537 a 554. Es una obligación de orden público: ambos progenitores deben proveer alimentos a los hijos durante la minoría de edad (y, en general, hasta los 21 años; hasta los 25 años si el hijo se encuentra cursando estudios o capacitación que le impide proveer su sustento).

La cuota cubre todo lo necesario para una vida digna: alimentación, vivienda, vestimenta, salud, educación, esparcimiento y los gastos vinculados al crecimiento del menor. La jurisprudencia argentina suele fijar entre el 20% y el 25% del ingreso neto del alimentante para un hijo, con incrementos según cantidad de hijos. Esta calculadora estima el porcentaje sugerido a partir del sueldo neto del progenitor alimentante, la cantidad de hijos y el ingreso del otro progenitor (cuando aporta), aplicando los criterios jurisprudenciales más extendidos.

Cómo se calcula

porcentaje_orientativo:
   1 hijo   → 20% a 25% del sueldo neto
   2 hijos  → 30% a 35% del sueldo neto
   3 hijos  → 40% a 45% del sueldo neto
   4 o más  → caso por caso, considerando capacidad económica

si el otro progenitor tiene ingresos:
   cuota = porcentaje × sueldo_neto × proporcion_aportes
           (la fórmula la define el juez ponderando ambos ingresos y la tenencia)

actualizacion:
   IPC trimestral / RIPTE / Canasta del Indec / fórmula del convenio

La cuota se actualiza automáticamente según la fórmula que disponga la sentencia o el convenio: típicamente IPC o RIPTE, con revisión semestral o trimestral.

Composición de la cuota

RubroCobertura típica
AlimentaciónComida diaria, dieta especial si corresponde
ViviendaProporcional al techo del menor
VestimentaRopa y calzado adecuados a la edad
SaludCobertura médica, prepaga o copagos
EducaciónColegio (público o privado), útiles, uniformes, transporte
EsparcimientoActividades extracurriculares, deportes, salidas
ComunicaciónConectividad para fines educativos

Gastos extraordinarios (cirugías, viajes de estudio, eventos puntuales) se pagan fuera de la cuota base, también en proporción a la capacidad económica de los progenitores.

Marco normativo

  • Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), arts. 658 a 676 — obligación alimentaria respecto de los hijos.

  • CCC arts. 537 a 554 — obligación alimentaria entre parientes (parientes consanguíneos, en línea recta o colateral).

  • Ley 24.270 — Impedimento de Contacto con Hijos Menores; ofrece marco para casos de incumplimiento grave.

  • Ley 26.061 (Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes) — interés superior del niño como criterio rector.

  • Convención sobre los Derechos del Niño (jerarquía constitucional, art. 75 inc. 22 CN).

  • Ley 27.611 ("Mil Días") — refuerza derechos alimentarios desde la gestación.

  • CCC art. 660 — incluye expresamente las tareas de cuidado personal como contribución de uno de los progenitores: el progenitor que se queda con los hijos aporta también con su trabajo doméstico.
  • Mecanismos de cumplimiento

  • Acuerdo extrajudicial homologado por el juez de familia (vía más rápida).

  • Demanda de alimentos: el juez fija la cuota mediante sentencia.

  • Embargo automático del sueldo ante incumplimiento (Ley 27.499 reformatoria del CCC).

  • Inhibición general de bienes del deudor moroso.

  • Registro de Deudores Alimentarios Morosos (provincial): inhabilita para gestionar pasaporte, licencia de conducir, cargos públicos.

  • Acción penal por incumplimiento doloso reiterado (art. 1 Ley 13.944).
  • Cuándo NO se aplica

  • Cuando el hijo cumple 21 años y ya tiene capacidad de proveer su sustento (sin estudios ni discapacidad).

  • Cuando el hijo cumple 25 años habiendo terminado o abandonado los estudios.

  • Cuando hay emancipación anticipada por matrimonio o decisión judicial.

  • En casos de adopción plena por otro tutor: cesa la obligación del progenitor biológico.

  • Cuando el alimentante prueba imposibilidad económica absoluta (caso excepcional, el juez igualmente puede fijar una cuota mínima vinculada al SMVM).

  • Ejemplo de cálculo

    $1.5M 2 hijos madre $500k
    ~$360k
    32%

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué porcentaje del sueldo corresponde de cuota alimentaria?
    La jurisprudencia argentina suele fijar, sobre el ingreso neto del alimentante, un 20-25% por un hijo, 30-35% por dos y 40-45% por tres; con cuatro o más se evalúa caso por caso. Son rangos orientativos: el monto definitivo lo fija el juez o el acuerdo homologado ponderando la capacidad económica y las necesidades del menor.
    ¿Qué gastos cubre la cuota alimentaria?
    La cuota debe cubrir todo lo necesario para una vida digna del hijo: alimentación, vivienda, vestimenta, salud, educación (colegio, útiles, transporte) y esparcimiento. Está regulada por el Código Civil y Comercial (arts. 658 a 676).
    ¿Los gastos extraordinarios están incluidos en la cuota?
    No. Los gastos extraordinarios —cirugías, tratamientos, viajes de estudio, eventos puntuales— se pagan por fuera de la cuota base, también en proporción a la capacidad económica de cada progenitor.
    ¿Hasta qué edad se paga la cuota alimentaria?
    En general hasta los 21 años, y hasta los 25 si el hijo cursa estudios o una capacitación que le impide sostenerse por sí mismo. Cesa antes si hay emancipación por matrimonio o decisión judicial, o adopción plena por otro tutor.
    ¿Quién fija el monto de la cuota?
    Lo fija el juez de familia por sentencia en un juicio de alimentos, o las partes mediante un acuerdo extrajudicial que luego el juez homologa (la vía más rápida). La calculadora solo da un valor de referencia previo.
    ¿Qué pasa si el alimentante no paga?
    El incumplimiento habilita el embargo automático del sueldo, la inhibición general de bienes, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (que inhabilita para gestionar pasaporte, licencia o cargos públicos) y, en casos de incumplimiento doloso reiterado, acción penal por la Ley 13.944.
    ¿Cómo influye el ingreso del otro progenitor?
    El juez pondera los ingresos de ambos progenitores y la proporción de aportes. Además, el CCC (art. 660) reconoce las tareas de cuidado personal como aporte económico: el progenitor que convive con los hijos ya contribuye con su trabajo doméstico.
    ¿Cómo se actualiza la cuota con la inflación?
    La cuota se actualiza automáticamente según la fórmula que disponga la sentencia o el convenio, típicamente por IPC del INDEC o por RIPTE, con revisión trimestral o semestral, para que no se licúe frente a la inflación.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de finanzas con fórmula verificada automáticamente contra Código Civil y Comercial (Ley 26.994) arts. 658 a 676 — obligación alimentaria respecto de los hijos, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Pensión alimentaria detalle. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-pension-alimentaria-hijo-porcentaje-sueldo-detallada

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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