Declarar renta no depende de una sola cifra: se revisan ingresos, patrimonio, consumos, consignaciones y otras condiciones del año gravable. Primero reuní tus certificados y verificá los topes vigentes en UVT; después compará tu situación con la información de DIAN. Esta guía te orienta a agosto de 2026 sin inventar valores que pueden actualizarse.
Empezá por el año gravable
La declaración se presenta en un año, pero analiza operaciones del año gravable anterior. En 2026 tenés que saber qué período fiscal estás revisando y cuáles son las fechas de vencimiento del calendario tributario vigente.
No mezcles ingresos del año actual con los que corresponden a la declaración. Guardá certificados laborales, extractos, retenciones, inversiones y documentos de bienes del período correcto.
Revisá las condiciones de obligación
DIAN utiliza topes y condiciones expresados en UVT o pesos según el requisito. Pueden importar ingresos brutos, patrimonio al cierre, consumos con tarjeta, compras, consignaciones y responsabilidad tributaria. Superar una condición no siempre significa que debas pagar; puede significar que debés presentar la declaración.
Podés revisar si debés declarar renta ingresando los datos del año gravable. Para el número exacto de UVT y fechas, consultá DIAN vigente.
Ordená ingresos y deducciones
Separá salarios, honorarios, arrendamientos, dividendos, pensiones, rendimientos y ganancias ocasionales. Después reuní aportes, retenciones, dependientes, intereses y deducciones que la norma permita. No restes un gasto sólo porque tenés factura: debe cumplir la condición tributaria.
La herramienta de renta para personas naturales puede ayudarte a ordenar la información, pero no reemplaza la declaración presentada ni la asesoría cuando hay patrimonio, negocios o ingresos del exterior.
Decidí qué necesitás hacer
Hay tres resultados posibles: no estás obligado, estás obligado y no surge impuesto a pagar, o estás obligado y existe saldo. Los tres requieren revisar el detalle. No presentar porque “no tengo que pagar” puede ser un error si la obligación formal existe.
Fuente y alcance
Para verificar el marco general consultá DIAN — Impuestos para personas. La fuente respalda el criterio; los importes, requisitos y circunstancias particulares deben confirmarse para la fecha de uso.
Transparencia editorial
Cómo preparamos esta nota
La nota tiene autor, fecha de publicación y fecha de revisión. Cuando trata montos, normas o datos que cambian, enlazamos la fuente primaria disponible y señalamos la fecha que usamos. Cuando explica una cuenta propia, mostramos el razonamiento y los supuestos para que puedas repetirlo.
Preguntas frecuentes
¿Declarar renta significa pagar?
¿Qué es la UVT?
¿Qué documentos guardo?
¿Qué pasa si tengo ingresos del exterior?
¿Te sirve Hacé Cuentas?
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