El lunes 27 de julio de 2026 vence la declaración jurada de Ganancias (y, en su caso, Bienes Personales) del período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas. Es la fecha límite que fijó ARCA cuando prorrogó el cronograma original de junio, y alcanza tanto al régimen general como al nuevo Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Incluye presentación y pago. Faltan pocos días: si todavía no la presentaste, esta es la semana.
Checklist de última semana
Para llegar al 27 sin correr:
- Verificá tu clave fiscal nivel 3 hoy mismo: recuperarla puede llevar días si no la usás hace tiempo.
- Juntá ingresos y deducciones: recibos de sueldo, facturas, intereses, alquileres; familia a cargo, alquiler de vivienda, prepaga, servicio doméstico.
- Armá el detalle de tu patrimonio al 31/12 si te toca Bienes Personales.
- Estimá el saldo antes de cargar con la calculadora de Ganancias 4ta categoría o la de renta financiera, según tu caso.
- No lo dejes para el lunes 27: el portal de ARCA suele saturarse sobre el cierre.
Por qué la fecha es el 27 de julio
El cronograma original ubicaba el vencimiento a mediados de junio de 2026, escalonado según la terminación de tu CUIT (aproximadamente entre el 11 y el 17 de junio para presentar, con el pago a los pocos días). Con la prórroga, ese calendario quedó reemplazado por una única fecha límite: el 27 de julio de 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas.
| Concepto | Antes (cronograma original) | Ahora (prórroga) |
|---|---|---|
| Presentación DJ | ~11 al 17 de junio (según CUIT) | 27 de julio de 2026 |
| Pago del saldo | mediados de junio | 27 de julio de 2026 |
| Alcance | Personas humanas y sucesiones indivisas — régimen general y Declaración Jurada Simplificada | |
¿Quién tiene que presentar?
En líneas generales, tenés que presentar la declaración jurada de Ganancias si estás en alguno de estos casos:
- Estás inscripto en el impuesto a las Ganancias.
- Tuviste rentas no alcanzadas por la retención del empleador (por ejemplo, segundo trabajo, honorarios, alquileres, renta financiera).
- Sos empleado en relación de dependencia y tus ingresos brutos anuales superaron el piso que fija ARCA para quedar obligado a informar (en ese caso presentás la DJ informativa).
- Tenés que tributar Bienes Personales por superar el mínimo no imponible.
Si sos empleado y querés ver cuánto te retienen o si te corresponde devolución, estimalo con la calculadora de Ganancias de 4ta categoría. Y si tuviste rentas de inversiones (plazo fijo, CEDEARs, obligaciones negociables), mirá la calculadora de renta financiera (impuesto cedular).
Qué necesitás para presentarla
- Clave fiscal nivel 3 y acceso al portal de ARCA.
- El detalle de todos tus ingresos del año (recibos de sueldo, facturas, intereses, alquileres cobrados).
- Tus deducciones: familiares a cargo, alquiler de vivienda, prepaga, intereses de crédito hipotecario, donaciones, servicio doméstico.
- El detalle de tu patrimonio al 31/12 (para Bienes Personales): inmuebles, autos, saldos bancarios, inversiones.
Cargar bien las deducciones es lo que más cambia el resultado final. Calculá el impacto de cada una: deducciones SiRADIG y deducción por familiares a cargo.
¿Qué pasa si no presento a tiempo?
No presentar la declaración jurada en término genera multas automáticas (multa por no presentación) más intereses resarcitorios sobre el saldo impago, que se calculan por día de atraso. Aunque te dé saldo cero o a favor, si estás obligado a presentar, la DJ hay que hacerla igual. A esta altura ya no queda margen: el vencimiento es el 27 de julio y el portal de ARCA suele saturarse sobre el cierre, así que conviene presentar antes del último día.
Cómo estimar cuánto vas a pagar
Antes de sentarte a cargar la DJ, conviene tener una estimación para no llevarte sorpresas. Usá estas calculadoras según tu caso:
- Ganancias 4ta categoría — si sos empleado en relación de dependencia.
- Renta financiera (cedular) — si tuviste intereses, CEDEARs o resultados de compraventa.
- SiRADIG — para ver cómo bajan tus deducciones la base imponible.
No es asesoramiento contable: es información para que llegues ordenado. Para tu caso puntual, consultá con un contador matriculado.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo tengo tiempo de presentar Ganancias 2026?
¿Cuándo vencía originalmente?
¿La prórroga incluye el pago o solo la presentación?
¿Quién está obligado a presentar la declaración jurada de Ganancias?
Soy empleado y me retienen Ganancias del sueldo, ¿igual tengo que presentar?
¿Qué pasa si no presento en término?
¿Dónde se presenta?
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