Guía y estimación impositiva

¿Qué me puedo deducir de Ganancias y cuánto me baja?

Partimos del caso más habitual: empleado en relación de dependencia que alquila. Cargá el alquiler, las cargas de familia y la prepaga, y mirá cuánto baja tu base imponible y cuánto impuesto dejás de pagar. Si tu situación es otra, la cambiás abajo.

Actualizado 27-07-2026 Arts. 30 y 85 LIG · topes vigentes 3 calculadoras adentro

Tu caso

¿Cuál es tu situación?

Partimos del caso más frecuente. Si el tuyo es distinto, cambialo.

Mi caso es otro

Afiná la estimación

Completá lo que sepas

Podés dejar los valores de ejemplo y volver después. Cada campo pesa sólo si corresponde a tu caso.

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En relación de dependencia, el bruto del recibo. Si sos autónomo, tu utilidad mensual antes de deducciones personales.

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Se deduce el 40%, con tope de la ganancia no imponible anual. Dejalo en 0 si no alquilás.

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Tope del 5% de la ganancia neta anual. Dejalo en 0 si no pagás prepaga.

Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.

Cómo se forma el total

Cuánto deducís y cuánto impuesto te ahorra

Las barras comparan cada concepto con el más grande del cálculo.

El donut muestra cuánto aporta cada concepto al total deducible del año: alquiler, cargas de familia y prepaga. Si un rubro no aparece, es porque el tope lo dejó en cero o no corresponde a tu caso.

    Respuesta rápida

    Qué te corresponde

    Podés deducir el 40% del alquiler, con tope de la ganancia no imponible anual. El 40% de lo que pagás de alquiler de tu vivienda (art. 85 inc. h LIG)

    Plazo:

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto del alquiler puedo deducir de Ganancias?

    El 40% de lo que pagás de alquiler de tu vivienda, según el art. 85 inc. h de la ley 20.628. Ese 40% tiene un tope: no puede superar la ganancia no imponible del período. Con un alquiler alto, el tope te recorta y el excedente se pierde.

    ¿Puedo deducir el alquiler si tengo un departamento heredado?

    No. La deducción exige no ser titular de ningún inmueble, en ninguna proporción. Si figurás como condómino de una propiedad heredada, aunque sea de un porcentaje chico, quedás fuera del beneficio.

    ¿Qué documentación me piden por el alquiler?

    El contrato de locación registrado en ARCA y un comprobante por cada mes que declarás. El locador tiene que emitir factura o recibo con su CUIT. Sin comprobante, ese mes no entra en la deducción.

    ¿Cuánto se deduce por cónyuge y por cada hijo?

    Son importes fijos anuales que ARCA actualiza por IPC cada semestre. El cónyuge computa aproximadamente el doble que un hijo menor, y el hijo incapacitado para el trabajo computa el doble que un hijo menor. El hub usa los valores vigentes del art. 30 inc. b y te muestra el total mensual y anual.

    ¿Hasta qué edad puedo deducir un hijo?

    Hasta los 18 años. Después de esa edad sólo se puede deducir si está incapacitado para el trabajo, sin límite de edad. Estudiar no habilita a seguir deduciéndolo.

    ¿Los dos padres pueden deducir al mismo hijo?

    Sí, pero cada uno computa el 50% del importe, o uno solo lo toma al 100%. No se puede deducir entero dos veces: si ARCA lo detecta, ajusta la liquidación anual y queda saldo a pagar.

    ¿Cuál es el tope de la deducción de prepaga?

    El 5% de la ganancia neta del período. La cuota de medicina prepaga y los honorarios médicos comparten ese mismo tope: no es un 5% para cada concepto. Lo que excede se pierde, no se traslada al año siguiente.

    ¿Los honorarios médicos se deducen enteros?

    No. Se computa el 40% de lo facturado y sólo por la parte que la obra social o prepaga no te reintegró, y siempre dentro del tope del 5% de la ganancia neta.

    ¿Un monotributista puede deducir alquiler o prepaga?

    No. El monotributo es un régimen simplificado con cuota fija que reemplaza a Ganancias: no hay base imponible que reducir. Si además tenés un sueldo en relación de dependencia, por ese sueldo sí computás todas las deducciones.

    ¿Cuánto impuesto me ahorra realmente una deducción?

    No te ahorra el monto deducido: te ahorra ese monto multiplicado por tu alícuota marginal de la escala del art. 94. Si caés en el tramo del 27%, cada peso deducido te devuelve 27 centavos de impuesto. Por eso el hub muestra el total deducible y, aparte, el ahorro real.

    ¿Dónde se cargan estas deducciones?

    En el portal SiRADIG - Trabajador de ARCA, con clave fiscal. El empleador las toma para calcular la retención mensual. Lo que no cargues no entra ni en la retención ni en la liquidación anual: esa plata no vuelve sola.

    ¿Qué otras deducciones existen además de estas tres?

    Intereses de crédito hipotecario, servicio doméstico, seguros de vida y de retiro, sepelio, donaciones, aportes a sociedades de garantía recíproca, alquileres percibidos con el régimen especial y los aportes obligatorios a cajas previsionales. Cada una tiene su tope propio y todas se cargan en el SiRADIG.