Calculadora de Herencia Legítima Argentina🌎 Actualizado mayo de 2026
La legítima hereditaria es la porción del patrimonio que la ley reserva obligatoriamente para los herederos forzosos (descendientes, cónyuge y ascendientes). Esta calculadora te muestra cómo se reparte la herencia según el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN).
Cuándo usar esta calculadora
- Querés saber cuánto te corresponde de la herencia de un familiar.
- Necesitás planificar tu sucesión y saber qué podés testar libremente.
- Querés verificar que un testamento respete la legítima.
- Necesitás estimar la porción de cada heredero para una sucesión.
- Sos abogado y necesitás un cálculo rápido de porciones hereditarias.
Ejemplo: Patrimonio $50.000.000, 2 hijos y cónyuge
- Patrimonio total: $50.000.000.
- Herederos: 2 hijos + cónyuge sobreviviente.
- Legítima (2/3):
50.000.000 × 2/3= $33.333.333. - Porción disponible (1/3): $16.666.667.
- Reparto legítima: cónyuge concurre con hijos en partes iguales (como un hijo más).
- Cada uno:
33.333.333 / 3= $11.111.111 (cónyuge + hijo 1 + hijo 2).
Cómo funciona
2 min de lecturaCómo funciona la herencia legítima en Argentina
El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN, Ley 26.994) establece que ciertos herederos tienen derecho a una porción mínima del patrimonio que no puede ser afectada por testamento.
Herederos forzosos y sus legítimas
| Heredero | Legítima | Porción disponible |
|---|---|---|
| Descendientes (hijos, nietos) | 2/3 del patrimonio | 1/3 |
| Cónyuge sobreviviente | 1/2 del patrimonio | 1/2 |
| Ascendientes (padres, abuelos) | 1/2 del patrimonio | 1/2 |
Cuando concurren varios tipos de herederos, se aplica la legítima mayor. Ejemplo: hijos + cónyuge → legítima 2/3 (la de los descendientes).
Cómo se reparte entre herederos del mismo orden
Bienes propios vs. gananciales
En el matrimonio, los bienes gananciales (adquiridos durante el matrimonio) se dividen: 50% es del cónyuge sobreviviente y solo el otro 50% entra en la sucesión. Los bienes propios (anteriores al matrimonio o recibidos por herencia/donación) entran completos.
Porción disponible
Es lo que queda después de la legítima. El causante puede disponer de ella libremente por testamento (a un amigo, una ONG, etc.).
Mejora a favor de heredero con discapacidad
El CCyCN permite usar la porción disponible para "mejorar" a un heredero con discapacidad (art. 2448).
Esta calculadora es orientativa
La distribución real depende de muchos factores (bienes propios vs. gananciales, testamento, donaciones en vida, etc.). Consultá un abogado para tu caso específico.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la legítima hereditaria?
Es la porción del patrimonio que la ley reserva para los herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres). No puede ser afectada por testamento.
¿Cuánto le corresponde a cada hijo de herencia?
La legítima de descendientes es 2/3 del patrimonio, dividida en partes iguales entre todos los hijos.
¿El cónyuge hereda igual que un hijo?
Sobre bienes propios del causante, sí: el cónyuge hereda como un hijo más. Sobre bienes gananciales, el cónyuge ya tiene el 50% por sociedad conyugal.
¿Puedo desheredar a un hijo?
Solo en casos excepcionales (injurias graves, intento de homicidio, etc.) y debe hacerse por testamento con causa expresada. La legítima es casi intocable.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Se aplica la sucesión intestada: todo se reparte entre los herederos forzosos según las reglas del CCyCN, sin porción disponible.
¿Los nietos heredan si su padre/madre ya falleció?
Sí, por derecho de representación: los nietos ocupan el lugar de su padre/madre fallecido y reciben la porción que le hubiera correspondido.
¿Cuánto puedo dejar por testamento a alguien que no es heredero?
La porción disponible: 1/3 si hay descendientes, 1/2 si hay cónyuge o ascendientes. Si no hay herederos forzosos, podés testar el 100%.
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
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Última revisión: 18 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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