Pensión viudez: porcentaje cónyuge
💰 Calculá pensión viudez: porcentaje cónyuge según haber jubilatorio del fallecido y hijos menores. Obtené pensión mensual al instante.
- Datos verificados · junio de 2026
- Editado por Martín Rodríguez
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Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).
Cuándo usar esta calculadora
- Una viuda cuyo marido jubilado cobraba un haber y no tienen hijos con derecho a pensión quiere estimar cuánto va a cobrar: la calc le muestra el 70% del haber del fallecido.
- Un viudo con dos hijos menores en concurrencia necesita entender por qué su porcentaje baja: la calc le indica que cobra el 50% y que cada hijo percibe el 20% aparte.
- Una conviviente que acredita más de 5 años de convivencia quiere saber qué le corresponde antes de ir a la UDAI: la calc estima su pensión igual que la de un cónyuge supérstite.
- Un familiar que ayuda con el trámite de una viuda con tres hijos quiere prever el prorrateo: la calc refleja que, al superar el 100% del haber, la pensión del cónyuge y la de cada hijo se recalculan proporcionalmente.
Porcentaje del haber para el cónyuge supérstite según hijos con derecho (Ley 24.241, art. 98)
El cónyuge o conviviente cobra 70% si no hay hijos con derecho y 50% si los hay; cada hijo cobra 20%. La suma de todas las pensiones no puede superar el 100% del haber: si lo excede, se prorratea.
| Hijos con derecho | % cónyuge | % por cada hijo | Total grupo familiar | Pensión del cónyuge (haber $500.000) |
|---|---|---|---|---|
| Solo cónyuge (0 hijos) | 70% | — | 70% | $350.000/mes |
| 1 hijo | 50% | 20% | 70% | $250.000/mes |
| 2 hijos | 50% | 20% | 90% | $250.000/mes |
| 3 hijos | 45,45% | 18,18% | 100% (tope, prorrateo) | $227.273/mes |
| 4 hijos | 38,46% | 15,38% | 100% (tope, prorrateo) | $192.308/mes |
Porcentajes según Ley 24.241 (SIPA), art. 98 (incisos a, b, c y pauta II). El cónyuge cobra 70% sin hijos o 50% con hijos; cada hijo 20%. Si la suma supera el 100% del haber (3 o más hijos), todas las pensiones se recalculan manteniendo las proporciones (prorrateo). El haber definitivo y la concurrencia de causahabientes los determina ANSES sobre el legajo previsional.
Cómo funciona
Esta calculadora estima la pensión mensual a partir del haber del fallecido y la cantidad de hijos menores en concurrencia. El resultado es orientativo: la determinación oficial la realiza ANSES en base al legajo previsional completo, el cálculo del haber definitivo y la verificación de los demás causahabientes.
Cómo se calcula
porcentaje del cónyuge supérstite (Ley 24.241, art. 98):
sin hijos con derecho a pensión → 70% del haber del causante (inc. a)
con hijos con derecho a pensión → 50% del haber del causante (inc. b)
cada hijo con derecho a pensión → 20% del haber del causante (inc. c)
tope (pauta II): la suma de TODAS las pensiones ≤ 100% del haber.
si 50% + 20% × hijos supera el 100% (3 o más hijos),
se prorratea manteniendo las proporciones.
ejemplos de concurrencia:
solo cónyuge → cónyuge 70% (total 70%)
cónyuge + 1 hijo → cónyuge 50% + hijo 20% (total 70%)
cónyuge + 2 hijos → cónyuge 50% + 2 × 20% (total 90%)
cónyuge + 3 hijos → 50% + 60% = 110% → prorrateo:
cónyuge 45,45% + cada hijo 18,18% (total 100%)
pension_del_conyuge = haber_del_fallecido × porcentaje_del_conyugeSi no hay cónyuge ni conviviente con derecho a pensión, el 50% del inciso b) se reparte en partes iguales entre los hijos y se suma al 20% de cada uno (pauta I del art. 98). Si concurren cónyuge y conviviente, hay reglas específicas de coexistencia.
Beneficiarios habilitados (art. 53 Ley 24.241)
| Beneficiario | Requisitos |
|---|---|
| Viuda / viudo (cónyuge supérstite) | Matrimonio civil inscripto. El conviviente con derecho lo excluye si el cónyuge fue declarado culpable de la separación o el divorcio |
| Conviviente | Convivencia pública, notoria y singular durante al menos 5 años inmediatos al fallecimiento; se reduce a 2 años si hay descendencia reconocida por ambos |
| Hijos e hijas solteros (e hijas viudas) hasta 18 años | Que no gocen de otra jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que opten por esta pensión |
| Hijos incapacitados para el trabajo | Sin límite de edad, si la incapacidad existía al fallecer el causante o al cumplir los 18 años |
Concurrencia y exclusión
Marco normativo
Trámite ante ANSES
1. Solicitar turno en una UDAI vía anses.gob.ar o telefónicamente al 130.
2. Reunir documentación: DNI del solicitante; partida de defunción del causante; partida de matrimonio inscripta o información sumaria judicial para acreditar convivencia; partidas de nacimiento de hijos a cargo.
3. Acreditar a los demás causahabientes si hay (hijos menores, hijos discapacitados con certificado médico).
4. Presentarse en el turno con todo el legajo.
5. ANSES emite la resolución y empieza la liquidación. Plazos: 60 a 120 días hábiles en casos simples.
6. Cobertura PAMI automática para el titular y los causahabientes.
Cuándo NO se aplica
Ejemplo de cálculo
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje del haber cobra el cónyuge viudo?
¿Cuánto cobra cada hijo con derecho a pensión?
¿Tiene derecho a pensión el conviviente sin matrimonio?
¿Puedo cobrar la pensión si ya tengo jubilación propia?
¿La pensión por fallecimiento es vitalicia?
¿Cómo influyen los hijos en el porcentaje del cónyuge?
¿Qué documentación necesito para tramitar la pensión en ANSES?
¿Rige igual para el matrimonio igualitario?
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
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Actualizado: junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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Rodríguez, M. (2026). Pensión viudez: porcentaje cónyuge. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-pension-viudez-porcentaje-conyuge
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