Vida cotidiana

División de bienes en el divorcio: calculadora para Argentina

Calculá cómo se reparten los bienes gananciales y propios en un divorcio en Argentina según el CCyCN. Ingresá los valores y conocé tu parte al instante.

  • Datos verificados · junio de 2026
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Cómo usar esta calculadora

Usá los pasos de esta herramienta y revisá debajo la fórmula, los supuestos y sus límites.

Paso a paso
01
Ingresá los bienes ganancialesIndicá el valor total de bienes adquiridos durante el matrimonio (inmuebles, autos, ahorros, inversiones).
02
Ingresá bienes propios de cada cónyugeIndicá el valor de bienes propios de cada uno (anteriores al matrimonio o heredados). Estos no se reparten.
03
Indicá deudas comunesSi hay deudas del matrimonio (hipoteca, préstamos familiares), ingresá el monto total.

Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).

En Argentina, los bienes adquiridos durante el matrimonio (gananciales) se reparten 50% y 50% al divorciarse. Los bienes propios (anteriores al matrimonio o heredados) quedan para su titular. Esta calculadora te ayuda a estimar el reparto según el Código Civil y Comercial (CCyCN).

Cuándo usar esta calculadora

  • Estás por divorciarte y querés saber cómo se reparten los bienes.
  • Necesitás estimar tu patrimonio post-divorcio.
  • Querés entender la diferencia entre bienes propios y gananciales.
  • Estás negociando un convenio de divorcio y necesitás una referencia.
  • Querés saber si un bien específico es propio o ganancial.

Bienes gananciales vs. propios en el régimen de comunidad de ganancias (CCyCN Arts. 463-504)

Tipo de bienEjemplos¿Se divide al divorciarse?Artículo CCyCN
GanancialSueldos y honorarios durante el matrimonioSí, 50/50Art. 465
GanancialInmueble comprado durante el matrimonio con ingresos comunesSí, 50/50Art. 465
GanancialAhorros, plazos fijos y fondos generados en matrimonioSí, 50/50Art. 465
GanancialVehículo adquirido con sueldos del matrimonioSí, 50/50Art. 465
GanancialFondo de comercio creado durante el matrimonioSí, 50/50Art. 465
PropioBienes que cada uno tenía antes de casarseNo, quedan para su titularArt. 464
PropioHerencia recibida durante el matrimonioNo, quedan para su titularArt. 464
PropioDonación personal a uno de los cónyugesNo, quedan para su titularArt. 464
PropioIndemnización por daño personal (ej. accidente)No, quedan para su titularArt. 464
PropioBien comprado con dinero propio acreditableNo, si se prueba el origenArt. 464

Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), Arts. 464-465 — Régimen de comunidad de ganancias (2015)

Cómo funciona

Cómo se dividen los bienes en un divorcio en Argentina

El Código Civil y Comercial (CCyCN) establece dos regímenes patrimoniales: comunidad de ganancias (por defecto) y separación de bienes (por elección, desde 2015).

Régimen de comunidad de ganancias (el más común)

Aplica si no eligieron otro al casarse o no cambiaron el régimen durante el matrimonio:

  • Bienes gananciales: todo lo adquirido durante el matrimonio se divide 50% y 50%.

  • Bienes propios: los que cada uno tenía antes de casarse o recibió por herencia/donación, no se dividen.
  • Tabla: ¿qué es ganancial y qué es propio?

    TipoEjemplos¿Se divide?
    GanancialSueldos, ahorros durante el matrimonioSí, 50/50
    GanancialInmueble comprado durante el matrimonioSí, 50/50
    GanancialAuto adquirido con sueldos del matrimonioSí, 50/50
    GanancialInversiones y plazos fijos generados en matrimonioSí, 50/50
    PropioBienes que tenías antes de casarteNo, quedan para vos
    PropioHerencia recibida durante el matrimonioNo, quedan para vos
    PropioDonación personalNo, quedan para vos
    PropioIndemnización por daño personalNo, quedan para vos
    PropioBien comprado con dinero propio (hay que probarlo)No, si se acredita el origen

    Fórmula del reparto

    Tu parte = (Gananciales ÷ 2) + Bienes propios tuyos − (Deudas comunes ÷ 2)
    Parte del otro = (Gananciales ÷ 2) + Bienes propios del otro − (Deudas comunes ÷ 2)

    Deudas comunes

    Las deudas contraídas durante el matrimonio para beneficio de la familia (hipoteca, préstamos del hogar) son comunes y se dividen 50/50. Las deudas personales las paga quien las contrajo.

    Régimen de separación de bienes

    Si eligieron este régimen (puede elegirse al casarse o cambiarse durante el matrimonio ante escribano), cada uno conserva lo suyo sin división de gananciales.

    Compensación económica (art. 441 CCyCN)

    El cónyuge que quedó en peor situación económica por el matrimonio (por ejemplo, dejó de trabajar para cuidar hijos) puede reclamar una compensación económica al divorciarse.

    Vivienda familiar

    El juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar al cónyuge que tenga la custodia de los hijos por un plazo determinado, independientemente de quién sea el propietario.

    Ejemplo: $30M gananciales, $5M propios tuyos, $3M propios del otro, $4M deudas

    Bienes gananciales totales: $30.000.000.
    50% gananciales para cada uno: $30.000.000 ÷ 2 = $15.000.000.
    Deudas comunes: $4.000.000 ÷ 2 = $2.000.000 a cargo de cada uno.
    Tu parte: $15.000.000 (gananciales) + $5.000.000 (propios tuyos) − $2.000.000 (deuda) = $18.000.000.
    Parte del otro: $15.000.000 (gananciales) + $3.000.000 (propios) − $2.000.000 (deuda) = $16.000.000.
    Tu patrimonio post-divorcio sería de $18.000.000 y el del otro cónyuge $16.000.000.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se dividen los bienes en un divorcio en Argentina?
    Los bienes gananciales (adquiridos durante el matrimonio) se dividen 50% y 50% entre ambos cónyuges. Los bienes propios (anteriores al matrimonio o heredados) quedan para su titular y no entran en el reparto. Esto rige el régimen de comunidad de ganancias, que es el régimen por defecto en Argentina (CCyCN Arts. 463-504).
    ¿Qué son los bienes gananciales?
    Todo lo adquirido durante el matrimonio con esfuerzo o ingresos de cualquiera de los cónyuges: sueldos, ahorros, propiedades compradas, inversiones, plazo fijo, fondo de comercio creado durante el matrimonio, etc.
    ¿La casa comprada durante el matrimonio se divide?
    Sí, es un bien ganancial y se divide 50/50 el valor. En la práctica, generalmente uno compra la parte del otro o se vende el inmueble y se reparte el producido. Si hay hijos, el juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar al cónyuge conviviente.
    ¿Qué pasa con la herencia que recibí durante el matrimonio?
    Es un bien propio y no se divide al divorciarse. Las herencias y donaciones son siempre propias del cónyuge que las recibió, aunque hayan llegado durante el matrimonio.
    ¿Las deudas también se dividen?
    Las deudas contraídas para beneficio de la familia (hipoteca, préstamos del hogar) sí se dividen 50/50. Las deudas personales de cada cónyuge (tarjeta personal, préstamo propio) las paga quien las contrajo.
    ¿Puedo quedarme con la casa si tengo la custodia de los hijos?
    El juez puede atribuirte el uso de la vivienda familiar por un plazo determinado (no necesariamente definitivo). La propiedad sigue siendo de ambos o se liquida según el régimen patrimonial. El uso es diferente a la titularidad del bien.
    ¿Qué es la separación de bienes y cómo cambia el divorcio?
    La separación de bienes es el otro régimen patrimonial disponible en Argentina desde 2015. Si eligieron este régimen al casarse (o lo cambiaron durante el matrimonio ante escribano), cada uno conserva los bienes a su nombre y no hay división de gananciales al divorciarse.
    ¿Qué es la compensación económica y cuándo corresponde?
    Es un derecho del cónyuge que quedó en peor situación económica por el matrimonio (por ejemplo, dejó de trabajar para cuidar a los hijos). Se solicita al juez al divorciarse y puede ser un pago único o una renta periódica. Está regulada en el art. 441 del CCyCN.
    ¿Un bien comprado con dinero propio durante el matrimonio es ganancial?
    Si se puede probar que el dinero utilizado era propio (anterior al matrimonio o de una herencia), el bien puede ser calificado como propio aunque se compró durante el matrimonio. Esta prueba requiere documentación (origen del dinero) y muchas veces intervención judicial.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de vida cotidiana con fórmula verificada automáticamente contra CCyCN - Arts. 463-504: Régimen patrimonial del matrimonio, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). División de bienes en el divorcio: calculadora para Argentina. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-division-bienes-divorcio

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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