Calculadora de División de Bienes en Divorcio🌎 Actualizado mayo de 2026
En Argentina, los bienes adquiridos durante el matrimonio (gananciales) se reparten 50% y 50% al divorciarse. Los bienes propios (anteriores al matrimonio o heredados) quedan para su titular. Esta calculadora te ayuda a estimar el reparto.
Cuándo usar esta calculadora
- Estás por divorciarte y querés saber cómo se reparten los bienes.
- Necesitás estimar tu patrimonio post-divorcio.
- Querés entender la diferencia entre bienes propios y gananciales.
- Estás negociando un convenio de divorcio y necesitás una referencia.
- Querés saber si un bien específico es propio o ganancial.
Ejemplo: $30M gananciales, $5M propios tuyos, $3M propios del otro
- Bienes gananciales: $30.000.000.
- 50% gananciales para cada uno: $15.000.000.
- Tu parte: $15.000.000 (gananciales) + $5.000.000 (propios) = $20.000.000.
- Parte del otro: $15.000.000 (gananciales) + $3.000.000 (propios) = $18.000.000.
Cómo funciona
2 min de lecturaCómo se dividen los bienes en un divorcio en Argentina
El Código Civil y Comercial (CCyCN) establece dos regímenes patrimoniales para el matrimonio: comunidad de ganancias (por defecto) y separación de bienes (por elección).
Régimen de comunidad de ganancias (por defecto)
Es el que aplica si no eligieron otro al casarse:
Qué es ganancial y qué es propio
| Ganancial (se divide) | Propio (no se divide) |
|---|---|
| Sueldo y ahorros durante el matrimonio | Bienes anteriores al matrimonio |
| Inmuebles comprados durante el matrimonio | Herencias recibidas |
| Auto comprado con sueldos | Donaciones |
| Inversiones y plazo fijo | Bienes adquiridos con dinero propio |
| Fondo de comercio creado en matrimonio | Indemnización por daño personal |
Deudas
Las deudas contraídas durante el matrimonio para beneficio de la familia son comunes y se dividen 50/50. Las deudas personales las paga quien las contrajo.
Separación de bienes
Si eligieron este régimen, cada uno conserva lo suyo y no hay división de bienes gananciales. Es menos común en Argentina.
Compensación económica
El CCyCN (art. 441) permite pedir una compensación económica al cónyuge que quedó en peor situación por el divorcio (por ejemplo, si dejó de trabajar para cuidar a los hijos).
Vivienda familiar
El juez puede atribuir la vivienda familiar al cónyuge que tenga la custodia de los hijos, independientemente de quién sea el propietario, por un plazo determinado.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se dividen los bienes en un divorcio en Argentina?
Los bienes gananciales (adquiridos durante el matrimonio) se dividen 50% y 50%. Los bienes propios quedan para su titular.
¿Qué son los bienes gananciales?
Todo lo adquirido durante el matrimonio con esfuerzo o ingresos de cualquiera de los cónyuges: sueldos, ahorros, propiedades compradas, inversiones, etc.
¿La casa comprada durante el matrimonio se divide?
Sí, es un bien ganancial. Se divide 50/50 el valor. Generalmente uno compra la parte del otro o se vende y se reparte.
¿Qué pasa con la herencia que recibí durante el matrimonio?
Es un bien propio y no se divide. Las herencias y donaciones son siempre propias del que las recibió.
¿Las deudas también se dividen?
Las deudas contraídas para beneficio de la familia sí se dividen 50/50. Las deudas personales son de quien las contrajo.
¿Puedo quedarme con la casa si tengo la custodia de los hijos?
El juez puede atribuirte el uso de la vivienda familiar por un plazo determinado, pero la propiedad sigue siendo de ambos (o se divide).
¿Qué es la compensación económica post-divorcio?
Es un derecho del cónyuge que quedó en peor situación económica por el matrimonio (ej: dejó de trabajar). Se pide al juez y puede ser un pago único o periódico.
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
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Última revisión: 18 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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