Finanzas

Bienes Personales 2026: tramos y alícuota🇦🇷

Actualizado mayo de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: ARCA / Ley 27.743 — Tramos y alícuotas Bienes Personales 2026
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de Bienes Personales 2026: tramos y alícuota según patrimonio declarable y valor vivienda. Devuelve base imponible junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie.

Última revisión: 26 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina, ARCA (ex AFIP) — normativa tributaria, INDEC — Índices económicos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Resolver rápido una duda sobre Bienes Personales 2026: tramos y alícuota sin papel y lápiz.
  • Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
  • Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
  • Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.

Ejemplo de cálculo

  1. Patrimonio $500M, vivienda $200M
  2. ~$2M
Resultado: ~$2M

Cómo funciona

5 min de lectura

El Impuesto sobre los Bienes Personales (IBP) es un tributo nacional patrimonial que grava la tenencia de bienes al 31 de diciembre de cada año en cabeza de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. Está regulado por la Ley 23.966 (Título VI), sancionada en 1991 y reformada múltiples veces, con la última gran modificación introducida por la Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, 2024).

Se trata de un impuesto progresivo por tramos: cuanto mayor es el patrimonio que supera el mínimo no imponible, mayor es la alícuota aplicable. Comprende tanto bienes situados en el país (inmuebles, automotores, depósitos bancarios, acciones, criptomonedas, vehículos) como bienes en el exterior (cuentas off-shore, inmuebles en el exterior, sociedades constituidas afuera). Los bienes en el exterior pueden tener alícuota agravada, salvo que se acceda al régimen de repatriación.

La vivienda única destinada a casa-habitación tiene un tratamiento especial: está exenta hasta cierto valor (que la Ley 27.743 elevó significativamente). Esta calculadora estima la base imponible, identifica el tramo aplicable, calcula el impuesto y lo presenta con su alícuota efectiva.

Cómo se calcula

patrimonio_total = sumatoria(bienes_alcanzados)   // país + exterior
base_imponible = patrimonio_total - vivienda_exenta - mínimo_no_imponible

si base_imponible <= 0:
    impuesto = 0
si base_imponible > 0:
    impuesto = aplicar_escala_progresiva_por_tramos(base_imponible)

Escala progresiva post-Ley 27.743 (orientativa)

Tramo de base imponible (millones $)Alícuota aplicable
Tramo 10,5 %
Tramo 20,75 %
Tramo 31,00 %
Tramo 41,25 %

Los topes de los tramos y el mínimo no imponible se actualizan anualmente conforme a la fórmula prevista por la propia Ley 27.743 (atada al IPC del INDEC) y se reflejan en la Resolución General de ARCA correspondiente al año fiscal.

Mínimo no imponible y exención de vivienda

La Ley 27.743 introdujo dos beneficios clave:

  • Mínimo no imponible elevado: el primer tramo significativo del patrimonio queda fuera del impuesto.

  • Exención de vivienda única: la casa-habitación queda exenta hasta un tope alto, equivalente a aproximadamente el doble del mínimo no imponible.

  • Reducción progresiva de alícuotas hasta 2027: la ley prevé bajar gradualmente las alícuotas hasta llegar a 0,25 % en el ejercicio 2027.
  • Los valores específicos para el ejercicio en curso se publican en la Resolución General de ARCA correspondiente al año fiscal.

    Bienes alcanzados (gravados)

  • Inmuebles ubicados en el país y en el exterior.

  • Automotores, aeronaves, embarcaciones.

  • Depósitos bancarios y dinero en efectivo (en pesos y moneda extranjera).

  • Títulos públicos no exentos, ON, FCI, acciones que no coticen.

  • Criptomonedas y criptoactivos.

  • Bienes de uso personal (joyas, obras de arte, antigüedades).

  • Participaciones societarias (con liquidación especial).
  • Bienes exentos

  • Cuotas sociales y aportes en cooperativas.

  • Bienes inmateriales (marcas, patentes, llave) en ciertos casos.

  • Títulos públicos nacionales emitidos en pesos.

  • Plazos fijos en pesos.

  • Vivienda única hasta el tope de exención.

  • Cuentas de capitalización en regímenes específicos.
  • Marco legal

  • Ley 23.966 (Título VI) — Impuesto sobre los Bienes Personales.

  • Decreto Reglamentario 127/96 — reglamenta el impuesto.

  • Ley 27.743 (2024) — Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Introdujo el actual esquema progresivo, elevó mínimos, creó el REIBP (régimen especial) y dispuso reducción gradual de alícuotas hasta 2027.

  • Resoluciones Generales ARCA — fijan los valores actualizados por ejercicio fiscal.

  • Convenios para evitar la doble imposición — relevantes para residentes con bienes en países con tratados activos.
  • REIBP — Régimen Especial de Ingreso del Impuesto

    La Ley 27.743 creó el REIBP: un sistema voluntario por el cual el contribuyente paga por adelantado los impuestos correspondientes a los ejercicios 2024 a 2027 con una alícuota reducida y consolidada. Quien adhiere queda dispensado del impuesto en esos ejercicios siguientes y obtiene cierta protección frente a aumentos futuros. Es una decisión técnica que conviene analizar caso por caso con un contador.

    Valuación de los bienes

    Cada bien tiene una regla de valuación específica:

  • Inmuebles: el mayor entre valuación fiscal y valor de adquisición/costo actualizado, según jurisdicción.

  • Vehículos: tabla de valuación de DNRPA o valor de plaza, el mayor.

  • Depósitos: saldo al 31/12 a tipo de cambio comprador BCRA.

  • Acciones que cotizan: cotización del último día hábil del año.

  • Acciones que no cotizan: valor patrimonial proporcional.

  • Criptomonedas: cotización al 31/12 en mercado de referencia.
  • Limitaciones del cálculo

    Esta calculadora estima el impuesto sobre la base de los datos cargados. No contempla:

  • Diferencias por bienes en el exterior con alícuota agravada (cuando no se repatrian).

  • Bonificaciones por cumplidor (5 % de bonificación para quienes nunca tributaron Bienes Personales o quienes cumplieron en los últimos 5 años).

  • Acceso al REIBP.

  • Casos especiales: sucesiones indivisas, regímenes específicos, convenios para evitar doble imposición.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley 23.966 (Título VI), la Ley 27.743 y las Resoluciones Generales de ARCA del ejercicio fiscal en curso.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Mínimo no imponible 2026?

    ~$292M actualizado. Por encima tributás sobre el exceso.

    ¿Vivienda exenta?

    Hasta ~$584M la vivienda única está exenta. Esta calculadora te da el cálculo de Bienes Personales 2026: tramos y alícuota según patrimonio declarable y valor vivienda.

    ¿Alícuotas?

    0.5%, 0.75%, 1%, 1.25% según tramos del exceso. Calculá Bienes Personales 2026 con nueva escala progresiva y mínimo no imponible actualizado.

    ¿Reasa?

    Régimen Especial de Adelanto Simplificado: pagás menos si cumplís condiciones.

    ¿Exterior?

    Bienes afuera: alícuota agravada (0.7% a 2.25%).

    ¿Qué pasa si no declaro?

    Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).

    ¿Se puede pagar en cuotas?

    Sí, AFIP ofrece planes de pagos con reducción de intereses. Las cuotas varían según el monto y se pueden financiar a 12-60 meses.

    ¿Cuándo se actualiza?

    La mayoría de los topes e impuestos se ajustan semestralmente (enero y julio) según RIPTE, IPC o otros índices. Los sellos e inmobiliarios: anualmente.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.