Impuestos

4ta categoría Ganancias: empleado

💰 Calculá 4ta categoría Ganancias: empleado ingresando bruto anual con SAC. Obtené base imponible al instante. Gratis, sin registro.

  • Datos verificados · junio de 2026
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Cómo usar esta calculadora

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Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).

Si trabajás en relación de dependencia, tu sueldo tributa por la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, la escala progresiva de 9 tramos que va del 5% al 35% sobre el excedente de cada tramo. Esta calculadora toma tu bruto anual con aguinaldo incluido, le resta las deducciones personales y los aportes, ubica tu base imponible en la escala del artículo 94 y te devuelve el impuesto anual estimado más la alícuota efectiva. Sirve para cruzar lo que te retiene el empleador, ver cómo te pega un aumento o anticipar la liquidación anual antes de que llegue.

Cuándo usar esta calculadora

  • Un empleado en relación de dependencia que quiere cruzar lo que le retiene el empleador: carga el bruto anual con SAC y la calc le devuelve la base imponible y el impuesto anual estimado para comparar contra el recibo.
  • Alguien a quien le ofrecen un aumento y quiere ver cuánto queda realmente en mano: compara la base imponible y la alícuota efectiva antes y después del incremento.
  • Un trabajador soltero sin cargas que quiere saber si llega a pagar Ganancias: la calc resta el mínimo no imponible más la deducción especial (juntos ≈ $29,9M anuales en 2026) y muestra si la base queda en cero.
  • Quien anticipa la liquidación anual antes de cargar el F-572 en SiRADIG: obtiene el impuesto anual estimado para prever si le queda saldo a favor o a pagar.

Deducciones personales de Ganancias 4ª categoría (anual 2026)

Concepto (art. 30 LIG)Importe anual
Ganancia no imponible (inc. a)$5.151.802,50
Deducción especial empleados (inc. c, apt. 2)$24.728.652,02
Cónyuge / conviviente a cargo (inc. b.1)$4.851.964,66
Hijo a cargo (inc. b.2)$2.446.863,48
Hijo incapacitado (inc. b.2.1)$4.893.726,96

Valores anuales primer semestre 2026 (AFIP/ARCA). Un empleado soltero sin cargas combina GNI + deducción especial ≈ $29.880.455 antes de tributar. Se restan de la ganancia bruta para obtener la base imponible.

Cómo funciona

El Impuesto a las Ganancias en Argentina clasifica los ingresos en cuatro categorías según su origen, y cada empleado en relación de dependencia tributa por la cuarta categoría: trabajo personal, sueldos, jubilaciones, pensiones, honorarios de cargos públicos. Es la categoría con más contribuyentes del país y la que más cambios sufrió en los últimos años, con sucesivas reformas que ajustaron mínimos no imponibles, deducciones personales y escalas para acompañar (o no) la inflación.

A partir de la Ley 27.743 (Paquete Fiscal 2024) y sus actualizaciones, la escala se compone de 9 tramos con alícuotas que van del 5% al 35% sobre el excedente del tramo anterior. La Tabla del artículo 94 LIG y las deducciones del artículo 30 (mínimo no imponible, cónyuge, hijos, etc.) se actualizan semestralmente por RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) cada enero y julio.

Esta calculadora toma tu bruto anual con SAC incluido, le aplica las deducciones personales vigentes, busca el tramo de la escala donde cae tu base imponible y devuelve el impuesto anual estimado más la alícuota efectiva (impuesto / bruto). Útil para empleados que quieren cruzar el cálculo contra lo retenido por el empleador, para evaluar el impacto de un aumento salarial, o para anticipar la liquidación anual de F-572.

Cómo se calcula

brutoAnualConSAC = sueldoBrutoMensual * 13
baseImponible    = brutoAnualConSAC - aportesSeguridadSocial - deduccionesPersonales
impuesto         = aplicarEscalaArt94(baseImponible)
alicuotaEfectiva = impuesto / brutoAnualConSAC

Escala vigente 4ta categoría (Art. 94 LIG)

TramoExcedente sobreHastaImporte fijo+ % sobre excedente
10Mínimo del tramo 1$05%
2Tramo 1Tramo 2$ del tramo9%
3Tramo 2Tramo 3$ del tramo12%
4Tramo 3Tramo 4$ del tramo15%
5Tramo 4Tramo 5$ del tramo19%
6Tramo 5Tramo 6$ del tramo23%
7Tramo 6Tramo 7$ del tramo27%
8Tramo 7Tramo 8$ del tramo31%
9Tramo 8en adelante$ del tramo35%

Los valores monetarios exactos se publican cada enero y julio en la tabla oficial de ARCA (ex-AFIP), por lo que esta calculadora se sincroniza con la última versión disponible.

Deducciones personales aplicables

  • Mínimo No Imponible (MNI): monto fijo deducible que toda persona puede aplicar.

  • Cónyuge conviviente sin ingresos propios: monto fijo adicional.

  • Hijos menores de 18 años o incapacitados: monto por cada hijo a cargo.

  • Aportes obligatorios a SIPA, obra social, INSSJP: descuento sobre el bruto.

  • Gastos médicos, alquiler, donaciones: deducibles con tope porcentual.

  • Deducción especial 4ta categoría: aplica solo a empleados en relación de dependencia.
  • Marco legal

  • Ley de Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628 t.o. 2019) — Texto base del impuesto.

  • Ley 27.743 (2024) — Paquete fiscal: reordenamiento de escalas y deducciones.

  • Decreto Reglamentario 862/2019 y modificatorios — Reglamentación operativa.

  • RG (AFIP) 4003 y sucesoras — Régimen de retención del empleador (SiRADIG).

  • Resoluciones ARCA semestrales — Actualización de tablas y deducciones por RIPTE.
  • Cuándo NO se aplica

  • Monotributistas: tributan por régimen simplificado, no por escala de 4ta categoría.

  • Autónomos puros: si bien tienen 4ta categoría, tienen deducción especial diferente.

  • Bonos exentos o no remunerativos: algunos conceptos del recibo no integran la base imponible.

  • Indemnizaciones por despido hasta tope: exentas según artículo 27 LIG.

  • Jubilaciones bajo determinados topes: exentas según el haber.
  • Limitaciones

    El cálculo asume un único empleador. Si tenés pluriempleo (más de un sueldo), la retención del empleador principal no captura el total real y vas a tener que presentar declaración jurada anual. Tampoco contempla deducciones puntuales (medicina prepaga, alquiler de vivienda, intereses hipotecarios, personal doméstico) que requieren carga manual en SiRADIG.

    Ejemplo de cálculo

    $24M bruto anual
    ~$1.2M impuesto
    ~$1.2M
    Disclaimer: Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias?
    Es la categoría que grava el trabajo personal en relación de dependencia: sueldos, jubilaciones, pensiones y honorarios de cargos públicos. Es la que más contribuyentes tiene en el país y la que más reformas de mínimos, deducciones y escalas sufrió en los últimos años.
    ¿Cuántos tramos tiene la escala y qué alícuotas van?
    Desde la Ley 27.743, la escala del art. 94 LIG tiene 9 tramos con alícuotas del 5% al 35% sobre el excedente de cada tramo. Los valores monetarios se actualizan cada enero y julio por RIPTE.
    ¿Qué deducciones personales puedo aplicar?
    El mínimo no imponible, la deducción especial de empleados, el cónyuge o conviviente a cargo y los hijos menores de 18 o incapacitados, además de los aportes obligatorios. También gastos médicos, alquiler y donaciones con tope.
    ¿A partir de qué sueldo empiezo a pagar?
    Un empleado soltero sin cargas combina la ganancia no imponible y la deducción especial, que en el primer semestre 2026 suman ≈ $29,9M anuales. Recién tributa sobre lo que su base imponible supere ese piso.
    ¿En qué se diferencia de un monotributista?
    El monotributo paga una cuota fija mensual por un régimen simplificado; la cuarta categoría tributa según la escala progresiva sobre la base imponible. Un monotributista no tributa por esta escala.
    ¿Tengo que presentar declaración jurada si tengo dos trabajos?
    Sí. Con pluriempleo, el empleador principal no retiene sobre el total real de tus ingresos, así que vas a tener que presentar la declaración jurada anual para reconciliar lo que falta.
    ¿Qué conceptos del recibo no pagan Ganancias?
    Algunos bonos exentos o no remunerativos no integran la base, y las indemnizaciones por despido están exentas hasta el tope del art. 27 LIG. También quedan exentas las jubilaciones que estén por debajo de determinados topes.
    ¿Cada cuánto se actualizan los mínimos y la escala?
    La tabla del art. 94 y las deducciones del art. 30 se actualizan semestralmente por RIPTE, cada enero y julio. Por eso la calc se sincroniza con la última versión publicada por ARCA.

    Datos completos y verificables

    Tabla de referencia oficial, citable y actualizada (CC-BY): 📊 Impuesto a las Ganancias 2026: escalas, mínimos y deducciones.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de impuestos con fórmula verificada automáticamente contra ARCA (ex AFIP) — RG 4003/2017: régimen de retención de 4ª categoría (SiRADIG), según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: 30 de junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora
    Formato APA

    Rodríguez, M. (2026). 4ta categoría Ganancias: empleado. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-cuarta-categoria-empleado-empresa-argentina

    BibTeX
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      author       = {Rodríguez, Martín},
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