4ta categoría Ganancias: empleado🇦🇷
Actualizado mayo de 2026En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de 4ta categoría Ganancias: empleado según bruto anual con sac. Devuelve base imponible junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie.
Cuándo usar esta calculadora
- Resolver rápido una duda sobre 4ta categoría Ganancias: empleado sin papel y lápiz.
- Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
- Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
- Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.
Ejemplo de cálculo
- $24M bruto anual
- ~$1.2M impuesto
Cómo funciona
4 min de lecturaEl Impuesto a las Ganancias en Argentina clasifica los ingresos en cuatro categorías según su origen, y cada empleado en relación de dependencia tributa por la cuarta categoría: trabajo personal, sueldos, jubilaciones, pensiones, honorarios de cargos públicos. Es la categoría con más contribuyentes del país y la que más cambios sufrió en los últimos años, con sucesivas reformas que ajustaron mínimos no imponibles, deducciones personales y escalas para acompañar (o no) la inflación.
A partir de la Ley 27.743 (Paquete Fiscal 2024) y sus actualizaciones, la escala se compone de 9 tramos con alícuotas que van del 5% al 35% sobre el excedente del tramo anterior. La Tabla del artículo 94 LIG y las deducciones del artículo 30 (mínimo no imponible, cónyuge, hijos, etc.) se actualizan semestralmente por RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) cada enero y julio.
Esta calculadora toma tu bruto anual con SAC incluido, le aplica las deducciones personales vigentes, busca el tramo de la escala donde cae tu base imponible y devuelve el impuesto anual estimado más la alícuota efectiva (impuesto / bruto). Útil para empleados que quieren cruzar el cálculo contra lo retenido por el empleador, para evaluar el impacto de un aumento salarial, o para anticipar la liquidación anual de F-572.
Cómo se calcula
brutoAnualConSAC = sueldoBrutoMensual * 13
baseImponible = brutoAnualConSAC - aportesSeguridadSocial - deduccionesPersonales
impuesto = aplicarEscalaArt94(baseImponible)
alicuotaEfectiva = impuesto / brutoAnualConSACEscala vigente 4ta categoría (Art. 94 LIG)
| Tramo | Excedente sobre | Hasta | Importe fijo | + % sobre excedente |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 0 | Mínimo del tramo 1 | $0 | 5% |
| 2 | Tramo 1 | Tramo 2 | $ del tramo | 9% |
| 3 | Tramo 2 | Tramo 3 | $ del tramo | 12% |
| 4 | Tramo 3 | Tramo 4 | $ del tramo | 15% |
| 5 | Tramo 4 | Tramo 5 | $ del tramo | 19% |
| 6 | Tramo 5 | Tramo 6 | $ del tramo | 23% |
| 7 | Tramo 6 | Tramo 7 | $ del tramo | 27% |
| 8 | Tramo 7 | Tramo 8 | $ del tramo | 31% |
| 9 | Tramo 8 | en adelante | $ del tramo | 35% |
Los valores monetarios exactos se publican cada enero y julio en la tabla oficial de ARCA (ex-AFIP), por lo que esta calculadora se sincroniza con la última versión disponible.
Deducciones personales aplicables
Marco legal
Cuándo NO se aplica
Limitaciones
El cálculo asume un único empleador. Si tenés pluriempleo (más de un sueldo), la retención del empleador principal no captura el total real y vas a tener que presentar declaración jurada anual. Tampoco contempla deducciones puntuales (medicina prepaga, alquiler de vivienda, intereses hipotecarios, personal doméstico) que requieren carga manual en SiRADIG.
Revisión editorial
Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley de Ganancias, la Ley 27.743, las resoluciones generales de ARCA y la Tabla del Art. 94 LIG publicada semestralmente.
Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.
Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.
Preguntas frecuentes
¿4ta categoría?
Ingresos del trabajo personal en relación de dependencia, pensiones, jubilaciones.
¿1ra, 2da, 3ra?
1ra: inmuebles. 2da: capitales. 3ra: empresas. 4ta: trabajo personal.
¿Escala 2026?
9 tramos de 5% a 35%. Más alto: 35% sobre el excedente del último tramo.
¿Diferencia con monotributo?
Monotributo paga cuota fija. 4ta paga según escala progresiva.
¿Qué pasa si no declaro?
Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).
¿Se puede pagar en cuotas?
Sí, AFIP ofrece planes de pagos con reducción de intereses. Las cuotas varían según el monto y se pueden financiar a 12-60 meses.
¿Cuándo se actualiza?
La mayoría de los topes e impuestos se ajustan semestralmente (enero y julio) según RIPTE, IPC o otros índices. Los sellos e inmobiliarios: anualmente.
¿Qué pasa si vivo en otra provincia?
Los impuestos nacionales (Ganancias, IVA) son iguales en todo el país. Los provinciales (Sellos, IIBB, Inmobiliario) cambian por jurisdicción.
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.
Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.