Finanzas

SiRADIG: impacto deducciones declaradas🇦🇷

Actualizado mayo de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

Esta calculadora te da el cálculo de siRADIG: impacto deducciones declaradas según sueldo bruto anual y total deducciones siradig. Devuelve sin declarar junto con contexto para interpretar el valor. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie.

En finanzas personales las decisiones se mejoran cuando los números están claros. Esta calculadora te da el cálculo de siRADIG: impacto deducciones declaradas según sueldo bruto anual y total deducciones siradig. Devuelve sin declarar junto con contexto para interpretar el valor. El cálculo corre en tu navegador: no guardamos tus datos, no requiere registro y es gratis. Los valores de referencia se revisan periódicamente contra las fuentes oficiales citadas al pie.

Última revisión: 26 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina, ARCA (ex AFIP) — normativa tributaria, INDEC — Índices económicos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Resolver rápido una duda sobre siRADIG: impacto deducciones declaradas sin papel y lápiz.
  • Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
  • Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
  • Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.

Ejemplo de cálculo

  1. $24M sueldo + $3M deducc
  2. Ahorro ~$600k
Resultado: $600k

Cómo funciona

4 min de lectura

El SiRADIG-Trabajador (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) es la herramienta web que ARCA (ex AFIP) puso a disposición de los empleados en relación de dependencia para que declaren ante su empleador las deducciones personales que van a aplicar durante el año fiscal. Bien usado, baja la retención mensual y mejora el bolsillo desde el primer recibo de sueldo. Mal usado —o no usado—, deriva en una retención calculada sobre el sueldo bruto sin descuentos, que recién se podrá recuperar con la DDJJ anual del año siguiente, descontando inflación.

La lógica es simple: el empleador actúa como agente de retención y aplica la escala del artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628, t.o. Decreto 824/2019). Cuanto más declares en SiRADIG, menor es la base imponible y menor la retención mensual. Si no declarás nada, el cálculo se hace solo con las deducciones automáticas que ya tiene el empleador (mínimo no imponible, deducción especial, aportes de seguridad social), y todas las deducciones personales adicionales —cónyuge, hijos, alquileres, prepaga, gastos médicos, intereses hipotecarios, donaciones, servicio doméstico, educación— se pierden mes a mes hasta la presentación anual.

Esta calculadora toma tu sueldo bruto anual y el total de deducciones que pensás cargar en el SiRADIG y devuelve cuánto te retienen sin declarar, cuánto con la declaración cargada y el ahorro mensual concreto.

Cómo se calcula

ganancia_neta_sin_dec = sueldo_bruto_anual - aportes_obligatorios - deducciones_automaticas
retencion_sin_dec = aplicar_escala_art94(ganancia_neta_sin_dec)

ganancia_neta_con_dec = ganancia_neta_sin_dec - deducciones_siradig
retencion_con_dec = aplicar_escala_art94(ganancia_neta_con_dec)

ahorro_anual = retencion_sin_dec - retencion_con_dec

La escala del art. 94 LIG va por tramos progresivos y los valores de MNI, cargas de familia y tramos se actualizan semestralmente por RIPTE (Resolución General 4003 y modificatorias).

Principales deducciones que se cargan en SiRADIG

ConceptoTope orientativoComprobante
Cónyuge / convivienteImporte anual fijado por RG 4003Vínculo + ausencia de ingresos superiores al MNI
Hijos menores de 18 o incapacitadosImporte anual por hijoActa nacimiento / certificado discapacidad
Alquiler de viviendaHasta 40% del alquiler con tope anualContrato + recibos
Prepaga (titular + familia)Hasta 5% de ganancia netaDetalle anual emitido por la prepaga
Honorarios médicos / odontológicos40% del facturado, tope 5% ganancia netaFacturas tipo "C" o "A"
Intereses hipotecarios vivienda únicaHasta el tope publicado por ARCAResumen del banco
Servicio domésticoSueldo + cargas hasta topeComprobante de pago a la ART y aportes
DonacionesHasta 5% de ganancia netaRecibo de la entidad receptora
Seguros de vidaHasta tope publicado por ARCAPóliza + comprobantes

Marco normativo

  • Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) texto ordenado por Decreto 824/2019 — base del régimen.

  • Resolución General ARCA/AFIP 4003 — régimen de retención sobre sueldos en relación de dependencia.

  • Resoluciones complementarias — actualización semestral de MNI, deducciones del art. 30 y tramos del art. 94.

  • Decreto 280/2024 y normas relacionadas — modificaciones recientes al esquema vigente (Impuesto a las Ganancias 4ta categoría).
  • Cuándo NO se aplica

  • Trabajadores en monotributo (no sufren retención de Ganancias del régimen art. 94 LIG).

  • Autónomos puros (presentan DDJJ anual y no usan SiRADIG-Trabajador).

  • Jubilados y pensionados con haber por debajo del nuevo Impuesto Cedular sobre haberes (régimen específico).

  • Empleados con sueldo neto por debajo del MNI: no hay retención independientemente del SiRADIG.
  • Recomendaciones prácticas

  • Cargá las deducciones antes del cierre de liquidación mensual del empleador (típicamente entre el día 1 y 15 de cada mes).

  • Actualizá el SiRADIG cada vez que cambia algo: nuevo alquiler, nacimiento de un hijo, cambio de prepaga.

  • Hacé la declaración anual final del SiRADIG entre enero y marzo del año siguiente para regularizar diferencias y obtener devolución si correspondiera.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra fuentes oficiales: textos vigentes de la Ley 20.628, Resolución General ARCA/AFIP 4003 y las tablas actualizadas de MNI y tramos publicadas por el organismo en su micrositio de Ganancias 4ta categoría.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿SiRADIG-TRABAJADOR?

    Servicio web AFIP para cargar deducciones y que tu empleador retenga menos.

    ¿Cuándo?

    Antes de cada cierre mensual de liquidación.

    ¿Qué cargar?

    Prepaga, alquiler, hijos, cónyuge, donaciones, honorarios médicos, intereses hipoteca.

    ¿No declaro?

    Te retienen el máximo. Podés recuperar lo pagado en exceso con declaración anual.

    ¿Obligatorio?

    No, pero te conviene para mejorar flujo mensual.

    ¿Qué pasa si no declaro?

    Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).

    ¿Se puede pagar en cuotas?

    Sí, AFIP ofrece planes de pagos con reducción de intereses. Las cuotas varían según el monto y se pueden financiar a 12-60 meses.

    ¿Cuándo se actualiza?

    La mayoría de los topes e impuestos se ajustan semestralmente (enero y julio) según RIPTE, IPC o otros índices. Los sellos e inmobiliarios: anualmente.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.