Ganancias sobre aguinaldo (SAC)🇦🇷
Actualizado mayo de 2026Ver cálculo paso a paso
El Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo tiene un esquema particular: la AFIP exige prorratear el SAC mes a mes como si fuera una doceava parte del salario devengado cada mes, desde enero, en vez de gravarlo íntegro en junio y diciembre.
El Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo tiene un esquema particular: la AFIP exige prorratear el SAC mes a mes como si fuera una doceava parte del salario devengado cada mes, desde enero, en vez de gravarlo íntegro en junio y diciembre. La razón es evitar un 'salto' de tramo en los meses de pago. En la práctica, eso significa que el empleador suma 1/12 del SAC estimado a la base mensual de retención, recalcula el impuesto acumulado y retiene la diferencia contra lo ya retenido. Esta calculadora toma tu mejor sueldo del semestre, el acumulado anual y las deducciones cargadas en el SiRADIG para devolverte la retención específica del SAC, el neto en mano del aguinaldo y el contraste contra el escenario sin prorrateo, útil para entender el recibo y prever correcciones en la declaración jurada final.
Cuándo usar esta calculadora
- Resolver rápido una duda sobre ganancias sobre aguinaldo (SAC) sin papel y lápiz.
- Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
- Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
- Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.
Ejemplo de cálculo
- $2M bruto
- SAC $1M → Gan ~$200k
Cómo funciona
4 min de lecturaEl Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo, regulado por los artículos 121 a 123 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), se paga en dos cuotas: una al 30 de junio y otra al 18 de diciembre. Cada cuota equivale al 50% del mayor sueldo mensual del semestre anterior. El problema con Ganancias es que ese ingreso adicional puede empujar al empleado a tramos superiores de la escala progresiva del Art. 94 LIG y generar un "salto fiscal" abrupto en los meses de pago.
Para evitar esa distorsión, ARCA (ex-AFIP) establece —vía la RG 4003— el mecanismo de prorrateo: en lugar de gravar todo el aguinaldo en el mes de pago, el empleador suma 1/12 del SAC estimado a la base mensual desde enero y recalcula la retención acumulada. De esta forma, el SAC se grava distribuido a lo largo del año fiscal, evitando saltos bruscos. En la liquidación final anual (marzo del año siguiente), se reconcilia el total contra lo efectivamente retenido.
Esta calculadora estima el SAC semestral según tu sueldo bruto mensual, calcula el impacto anual de Ganancias asumiendo el prorrateo correcto y devuelve la retención específica adicional que corresponde por concepto SAC. Útil para verificar que el empleador esté aplicando bien el mecanismo, anticipar el neto en mano de junio y diciembre, y entender por qué la retención mensual puede ser distinta cuando todavía no llegaste al tope.
Cómo se calcula
SAC_semestral = mejorSueldoSemestre / 2
SAC_anualEstimado = SAC_semestral * 2
baseAnualConSAC = sueldoBrutoAnual + SAC_anualEstimado
baseProrrateadaMensual = baseAnualConSAC / 12
impuestoAnualGanancias = aplicarEscalaArt94(baseProrrateadaMensual * 12 - aportes - deducciones)
Retencion mensual = impuestoAnualGanancias / 12
Retencion específica del SAC ≈ impuestoAnual_conSAC - impuestoAnual_sinSACComparación con y sin prorrateo
| Escenario | Impacto en el recibo | Riesgo |
|---|---|---|
| Prorrateo correcto (RG 4003) | Retención mensual estable | Pequeño ajuste en liquidación anual |
| Sin prorrateo (incorrecto) | Salto fiscal en junio/diciembre | Posible salto a tramo superior por mes |
| Sub-retención todo el año | Sueldo neto más alto | Deuda al ARCA en abril |
| Sobre-retención por error | Devolución en liquidación anual | Inmoviliza capital |
El prorrateo es obligatorio para empleadores: una retención mal calculada puede generar reclamos del empleado o ajustes en fiscalización.
Marco normativo
Casos donde el cálculo se complica
Cuándo NO se aplica
Limitaciones
Esta calculadora asume sueldo bruto estable durante el año, sin variaciones por aumentos o pagos extraordinarios. Si el sueldo subió a mitad de año, el mejor sueldo semestral cambia y con él el SAC. Tampoco contempla el impacto de deducciones cargadas en SiRADIG (medicina prepaga, alquiler, gastos médicos, intereses hipoteca) que reducen sensiblemente la retención. Para una liquidación precisa, conviene cruzar con el recibo de junio y consultar con liquidador.
Revisión editorial
Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra el texto vigente de la Ley de Ganancias, la LCT, la RG (AFIP) 4003 y las resoluciones semestrales de ARCA sobre escalas y deducciones.
Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.
Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.
Preguntas frecuentes
¿Prorrateo?
AFIP pide prorratear el SAC en 12 cuotas cada mes para la retención.
¿Solteros vs casados?
El SAC no cambia, pero las deducciones cambian el neto.
¿Medio aguinaldo?
Mitad junio, mitad diciembre. Cada uno se retiene proporcionalmente.
¿Si cambio de trabajo?
El SAC proporcional del anterior sigue siendo deducible si no se cobró.
¿Qué pasa si no declaro?
Multas + intereses (6% mensual resarcitorios + 8% si hay juicio ejecutivo). Si es omisión dolosa, puede haber sanciones penales (Ley Penal Tributaria).
¿Se puede pagar en cuotas?
Sí, AFIP ofrece planes de pagos con reducción de intereses. Las cuotas varían según el monto y se pueden financiar a 12-60 meses.
¿Cuándo se actualiza?
La mayoría de los topes e impuestos se ajustan semestralmente (enero y julio) según RIPTE, IPC o otros índices. Los sellos e inmobiliarios: anualmente.
¿Qué pasa si vivo en otra provincia?
Los impuestos nacionales (Ganancias, IVA) son iguales en todo el país. Los provinciales (Sellos, IIBB, Inmobiliario) cambian por jurisdicción.
Fuentes y referencias
Metodología y confianza
Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.
Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
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