Guía práctica de Hacé Cuentas

¿Cómo se calcula el sueldo en Argentina en 2026?

Cómo se calcula el sueldo en Argentina 2026: diferencia entre bruto y neto, qué descuentos te hacen y cómo se calculan el aguinaldo y las horas extras.

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Antes de empezar

Qué vas a poder resolver

Si trabajás en Argentina, entender tu sueldo es fundamental para planificar tu economía familiar, negociar aumentos, reclamar diferencias o evaluar ofertas laborales. El recibo de sueldo tiene múltiples componentes (básico de convenio, antigüedad, presentismo, adicionales remunerativos y no remunerativos, horas extras) y descuentos obligatorios (jubilación, obra social, PAMI, cuota sindical y, si corresponde, Ganancias).

El monto y la estructura dependen de tu Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), tu antigüedad, tu categoría y tu carga familiar. La Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744) fija el piso de derechos para todos los trabajadores registrados: aguinaldo, vacaciones, licencias, indemnizaciones y descanso. Los convenios de cada gremio mejoran ese piso con básicos y adicionales propios, actualizados por paritarias (en contextos de alta inflación suelen ser trimestrales o incluso mensuales).

Esta guía reúne todo lo que necesitás saber: cómo se pasa de bruto a neto, qué te descuentan y por qué, cómo se calculan el aguinaldo, las horas extras, las vacaciones, las licencias y la indemnización por despido, además de los sueldos por gremio y profesión. Incluye 40+ calculadoras específicas. Los valores de salario mínimo, topes de Ganancias y básicos de convenio se actualizan permanentemente: confirmá siempre el dato vigente en argentina.gob.ar/trabajo, el sindicato correspondiente o ARCA / ANSES.

01
Capítulo 1 de 13

¿Cuál es la diferencia entre sueldo bruto y neto?

El sueldo bruto es lo que figura en tu contrato y en la parte superior del recibo. El neto (o "de bolsillo") es lo que efectivamente cobrás, después de los descuentos obligatorios que el empleador retiene y deposita.

Descuento% sobre el bruto remunerativoDestino
Jubilación (SIPA)11%Tu futura jubilación (ANSES)
Obra social (Ley 23.660)3%Tu cobertura médica
PAMI / INSSJP (Ley 19.032)3%Obra social de jubilados
Cuota sindical1% a 3%Sindicato (según CCT)
Ganancias 4ta categoría5% a 35%ARCA (solo si superás el MNI)

Los tres aportes básicos suman 17%. Con la cuota sindical, el descuento ronda el 18-20%, así que el neto suele ser el 80-83% del bruto. Si además pagás Ganancias, el neto baja más.

Importante: los aportes solo se calculan sobre los conceptos remunerativos (básico, antigüedad, presentismo, horas extras). Los conceptos no remunerativos (algunos adicionales acordados en paritarias, viáticos sin comprobante en ciertos casos) no sufren aportes ni cuentan para aguinaldo ni indemnización, lo que abarata el costo para el empleador pero te perjudica a largo plazo.

Sueldo en mano vs costo laboral: el empleador, además de tu bruto, paga contribuciones patronales (aprox. 24-27% extra sobre el bruto) destinadas a jubilación, obra social, asignaciones familiares y ART. Por eso el costo laboral total para la empresa es bastante mayor que tu bruto.

02
Capítulo 2 de 13

Ejemplo paso a paso: cómo calcular el sueldo en mano desde $1.200.000 bruto

Veamos el cálculo completo, peso por peso, para un trabajador con un sueldo bruto de $1.200.000, afiliado a un sindicato con cuota del 2,5% y sin Impuesto a las Ganancias (su sueldo está por debajo del mínimo no imponible). Para hacer la cuenta automática con tu propio sueldo, usá la calculadora de sueldo en mano.

Paso 1 — Aportes fijos obligatorios (17%)

Concepto%Monto
Jubilación (SIPA)11%$132.000
Obra social3%$36.000
PAMI / Ley 19.0323%$36.000
Subtotal aportes17%$204.000

Paso 2 — Cuota sindical (2,5%)

Cuota sindical = $1.200.000 × 0,025 = $30.000.

Paso 3 — Total de descuentos

Total = $204.000 + $30.000 = $234.000.

Paso 4 — Sueldo neto en mano

Neto = $1.200.000 − $234.000 = $966.000. El trabajador cobra $966.000 en mano, un 19,5% menos que el bruto.

¿Y si pagás Ganancias? Si el bruto supera el mínimo no imponible, se resta además la retención de Ganancias. Por ejemplo, un soltero sin hijos con bruto de $2.500.000: al restar el 17% de aportes ($425.000) queda $2.075.000; luego se descuentan la ganancia no imponible y la deducción especial (deducciones personales), y sobre el saldo se aplica la escala progresiva del 5% al 35%. El neto en mano termina rondando $1.950.000–$1.975.000 (21-22% menos que el bruto). El detalle de cómo funciona Ganancias y qué deducciones podés cargar está más abajo.

Tabla rápida bruto → neto (17% de aportes + 2,5% de sindicato, sin Ganancias):

Sueldo brutoDescuentos (~19,5%)Neto en mano
$600.000$117.000$483.000
$800.000$156.000$644.000
$1.000.000$195.000$805.000
$1.200.000$234.000$966.000
$1.500.000$292.500$1.207.500
$2.000.000$390.000$1.610.000

A partir del mínimo no imponible de Ganancias el neto baja más: el impuesto puede representar un 5-15% adicional sobre el bruto en los tramos más altos. Hacé tu cuenta exacta en la calculadora de sueldo en mano.

03
Capítulo 3 de 13

¿Qué descuentos tiene el sueldo y por qué?

Cada línea de descuento en tu recibo tiene un destino concreto. Conocerlas te permite controlar que el recibo esté bien liquidado:

  • Jubilación (11%): va al SIPA y financia las jubilaciones actuales; cuenta como aporte para tu propia jubilación futura. Necesitás 30 años de aportes para jubilarte por el régimen general (65 hombres / 60 mujeres).

  • Obra social (3%): financia tu cobertura médica. Podés derivar estos aportes a una prepaga complementando la diferencia.

  • PAMI / INSSJP (3%): sostiene la obra social de los jubilados; no te da cobertura ahora, sino al jubilarte.

  • Cuota sindical y aportes solidarios: solo si estás afiliado al sindicato (cuota sindical) o si el CCT prevé un aporte solidario para todos los trabajadores del convenio, estés afiliado o no.

  • Seguro de vida obligatorio, seguro de sepelio, FAECYS (comercio): pequeños aportes según el convenio.
  • Cómo detectar un error: verificá que el básico coincida con tu categoría del CCT, que la antigüedad sea correcta (suele ser 1% del básico por año), que los descuentos sean exactamente los porcentajes legales y que no falten adicionales que te corresponden. Ante dudas, pedí asesoría gratuita al sindicato o al Ministerio de Trabajo.

    04
    Capítulo 4 de 13

    Aguinaldo (SAC) 2026: cómo se calcula y cuándo se cobra

    El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, es un sueldo extra que se paga en dos cuotas:

  • 1ra cuota: vence el 30 de junio (con tolerancia de 4 días hábiles).

  • 2da cuota: vence el 18 de diciembre.
  • Fórmula: cada cuota es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada en el semestre correspondiente. Se computan todos los conceptos remunerativos (básico, antigüedad, presentismo y el promedio de horas extras del semestre); no entran los no remunerativos.

    SAC proporcional: si entraste o saliste a mitad de semestre, cobrás la parte proporcional según los días trabajados:

    > SAC proporcional = (mejor sueldo / 2) × (días trabajados del semestre / 182)

    Por ejemplo, si te despiden o renunciás en septiembre, cobrás el SAC del segundo semestre proporcional a los días desde julio.

    Ganancias sobre el aguinaldo: ARCA prorratea el SAC en 12 cuotas mensuales para el cálculo de la retención, de modo que no notes un salto grande de impuesto en junio y diciembre.

    05
    Capítulo 5 de 13

    ¿Cómo se calculan las horas extras al 50% y al 100%?

    La jornada legal máxima es de 8 horas diarias o 48 semanales. El trabajo por encima de ese límite se paga como hora extra, con recargo:

    TipoRecargoCuándo
    Extra al 50%+50% sobre la hora normalDías hábiles, después de la jornada
    Extra al 100%+100% (el doble)Sábados desde las 13 h, domingos y feriados

    Valor de la hora normal: se obtiene dividiendo el sueldo mensual por la cantidad de horas mensuales (habitualmente 200 hs para jornada completa, según el convenio). La hora extra al 50% vale esa hora × 1,5; la del 100%, × 2.

    Topes legales (Ley 11.544 y decretos): hasta 30 horas extras mensuales y 200 anuales sin autorización especial. Las horas extras son remunerativas: pagan aportes y se promedian para el cálculo del aguinaldo y de las vacaciones.

    Trabajo nocturno: la jornada nocturna (21 h a 6 h) tiene una duración máxima menor (7 horas) o un adicional equivalente; si se combina con horas extras, los recargos se acumulan.

    06
    Capítulo 6 de 13

    ¿Cuántos días de vacaciones corresponden y cómo se pagan?

    Las vacaciones anuales pagas (Art. 150 LCT) se otorgan según la antigüedad al 31 de diciembre del año que se toman:

    AntigüedadDías corridos
    Hasta 5 años14 días
    De 5 a 10 años21 días
    De 10 a 20 años28 días
    Más de 20 años35 días

    Requisito de tiempo trabajado: para tener el período completo necesitás haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año. Si no, te corresponde 1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados.

    Cómo se paga: las vacaciones se cobran antes de salir y se calculan distinto al sueldo común: el sueldo mensual se divide por 25 (no por 30) y se multiplica por los días de licencia, lo que hace que el día de vacaciones valga un poco más que el día normal.

    Cuándo: el empleador fija las fechas dentro del período de octubre a abril y debe avisar con 45 días de anticipación. Las vacaciones no se pueden pagar en dinero salvo en la liquidación final al terminar la relación laboral (vacaciones no gozadas).

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    Capítulo 7 de 13

    Licencias especiales pagas (LCT)

    La LCT garantiza licencias especiales pagas además de las vacaciones. Los días mínimos son:

  • Nacimiento de hijo (trabajador): 2 días corridos.

  • Matrimonio: 10 días corridos (Art. 158).

  • Fallecimiento de cónyuge/conviviente, hijos o padres: 3 días corridos. Por hermano: 1 día.

  • Examen (estudiante secundario/universitario/terciario): 2 días corridos por examen, con máximo de 10 días por año (Art. 149).

  • Licencia por maternidad: 90 días (45 antes y 45 después del parto, redistribuibles). El sueldo lo paga ANSES como asignación, no el empleador.

  • Licencia por adopción: prevista en algunos convenios y proyectos; verificá el caso concreto.
  • Muchos convenios colectivos mejoran estos pisos (más días de paternidad, licencias por mudanza, por trámites, por cuidado de familiar enfermo). Revisá tu CCT, porque casi siempre supera el mínimo legal.

    Licencia por enfermedad (enfermedad inculpable): cobrás el 100% del sueldo hasta 3 meses si tenés menos de 5 años de antigüedad, y hasta 6 meses si tenés más. Si tenés cargas de familia, los plazos se duplican.

    08
    Capítulo 8 de 13

    ¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa?

    Si te despiden sin causa (Art. 245 LCT), tenés derecho a una liquidación final que incluye:

    1. Indemnización por antigüedad: 1 mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año de servicio (o fracción mayor a 3 meses). Hay un tope de 3 veces el promedio del salario del CCT aplicable (tope Vizzoti morigerado por jurisprudencia).
    2. Preaviso: 1 mes de sueldo si tenés menos de 5 años de antigüedad, 2 meses si tenés más. Si el empleador no preavisa, lo paga como indemnización sustitutiva.
    3. Integración del mes de despido: si te despiden a mitad de mes, cobrás los días que faltaban para completar el mes.
    4. SAC proporcional: la parte del aguinaldo del semestre en curso.
    5. Vacaciones no gozadas: proporcionales al tiempo trabajado en el año, esta vez sí pagadas en dinero.

    Período de prueba: durante los primeros 3 meses no corresponde indemnización por antigüedad ni preaviso largo (solo un preaviso breve).

    Casos especiales con mayor protección: despido por embarazo o maternidad (estabilidad agravada, +13 sueldos), despido por matrimonio, y supuestos de fuerza mayor o falta de trabajo (Art. 247), donde la indemnización se reduce a la mitad.

    09
    Capítulo 9 de 13

    Salario mínimo, paritarias y embargo de sueldo

    Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM): es el piso legal para un trabajador de jornada completa. Lo fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el SMVM y se actualiza periódicamente. Sirve de base para la AUH, becas, el seguro de desempleo y otros beneficios. Consultá el valor vigente en argentina.gob.ar, porque cambia varias veces al año.

    Paritarias: son las negociaciones entre el sindicato y las cámaras empresarias que fijan los aumentos del básico de convenio. En contextos de alta inflación suelen pactarse en tramos trimestrales o incluso mensuales, a veces con sumas no remunerativas que luego se incorporan al básico. Tu aumento real depende de la paritaria de tu gremio, no del SMVM.

    Embargo de sueldo: el sueldo es relativamente inembargable para proteger al trabajador. Los topes generales:

  • Sueldos hasta el SMVM: inembargables (salvo cuota alimentaria).

  • Sueldos mayores al SMVM: se puede embargar hasta el 10% del excedente si no supera el doble del SMVM, y hasta el 20% del excedente si lo supera.

  • La cuota alimentaria tiene reglas propias y puede superar esos topes.
  • Esto significa que aunque tengas deudas, una parte de tu sueldo siempre queda protegida.

    10
    Capítulo 10 de 13

    Sueldos por gremio (CCT) 2026

    Cada sector tiene su Convenio Colectivo de Trabajo con básicos, categorías y adicionales propios, actualizados por paritarias. Los principales:

  • UOM (metalúrgicos, autopartes): CCT 260/75, categorías 1 a 7.

  • Empleados de Comercio: CCT 130/75, el más numeroso del país (administrativos, vendedores, maestranza, cajeros).

  • UOCRA (construcción): básico por categoría y zona, con régimen propio de despido (Fondo de Cese Laboral en lugar de indemnización).

  • Docentes: por cargo, antigüedad y provincia (cada jurisdicción negocia su propia paritaria).

  • Empleadas de casas particulares: Ley 26.844, 5 categorías, con o sin retiro.

  • Bancarios (La Bancaria): incluye participación en las ganancias ("producto bruto").

  • Camioneros (FEDCAM): básico por rama más viáticos.

  • SMATA (mecánicos del automotor): convenio propio similar al de UOM.

  • Gastronómicos (UTHGRA): mozos, cocineros, con adicionales por categoría.

  • Choferes de colectivo (UTA): servicio urbano e interurbano.
  • Los básicos cambian con cada paritaria: verificá el valor vigente con tu sindicato.

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    Calculadoras para este capítulo

    9 herramientas
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    Capítulo 11 de 13

    Sueldos por profesión y sector público

    Algunos puestos se rigen por escalafones propios, colegios profesionales o el mercado abierto:

  • Médicos residentes: beca de hospital público más guardias; varía mucho por jurisdicción.

  • Enfermeros: FATSA y escalafones públicos, con adicionales por guardia y especialidad.

  • Abogados en relación de dependencia: escala según el estudio o la empresa.

  • Policías y militares: por grado, antigüedad y suplementos (zona, riesgo, función).

  • Programadores / IT: mercado abierto con rangos por seniority (junior, semi-senior, senior, lead), frecuentemente dolarizados.

  • Aeronáuticos: pilotos y tripulantes de cabina, con adicionales por horas de vuelo.

  • Empleados públicos nacionales (SINEP): agrupamientos y niveles del escalafón general.

  • Municipales: escalafón propio de cada municipio.
  • Muchos de estos puestos combinan un básico de escalafón con adicionales que pesan mucho en el neto final.

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    Capítulo 12 de 13

    Ganancias del empleado: cómo pagar menos legalmente

    Si tu sueldo bruto supera el Mínimo No Imponible (MNI), sos contribuyente de Ganancias de 4ta categoría y el empleador te retiene mes a mes. La buena noticia: podés bajar mucho la retención declarando deducciones en SiRADIG-Trabajador (servicio online de ARCA):

  • Cónyuge / conviviente a cargo (sin ingresos propios mayores al MNI).

  • Hijos menores de 18 o con discapacidad sin límite de edad.

  • Alquiler de vivienda: 40% del alquiler pagado, con tope del MNI (requiere contrato registrado).

  • Prepaga: hasta el 5% de la ganancia neta.

  • Honorarios médicos tuyos y de tu familia a cargo: 40% con tope.

  • Servicio doméstico registrado, donaciones, intereses de crédito hipotecario y cuota sindical.
  • Si no cargaste las deducciones a tiempo y te retuvieron de más, podés recuperar el excedente en la declaración jurada anual o pedir la devolución. Los montos máximos de cada deducción se ajustan por RIPTE: confirmá los valores vigentes en ARCA.

    13
    Capítulo 13 de 13

    Comparar ofertas: monotributo, dólares y otros países

    Antes de aceptar un cambio de trabajo o un esquema de contratación, conviene comparar bien:

  • Empleo vs Monotributo vs Autónomo: trabajar "en relación de dependencia" te da aguinaldo, vacaciones pagas, indemnización, obra social y aportes. Facturar como monotributista por el mismo ingreso te deja más "en mano" hoy, pero perdés esos derechos y tenés que cubrir vos la obra social y la jubilación. Simulá ambos escenarios con el mismo ingreso bruto.

  • Sueldo en dólares / dolarizado: muchas empresas (sobre todo IT) pactan el sueldo en dólares o ajustado por tipo de cambio. Por regla del BCRA se paga en pesos, convirtiendo al tipo de cambio acordado (oficial, MEP o paralelo según el caso). Compará siempre el poder adquisitivo real.

  • Ofertas en otros países hispanos: si evaluás emigrar, los descuentos y el neto cambian mucho según el sistema de cada país (ISR/IMSS en México, retención en Colombia, AFP/salud en Chile).
  • Dudas comunes

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se calcula el sueldo en mano (neto) desde el bruto?
    Restá del bruto los aportes obligatorios: 11% jubilación + 3% obra social + 3% PAMI = 17%, más la cuota sindical (1-3% según tu CCT). El sueldo en mano ronda el 80-83% del bruto si no pagás Ganancias. Si tu sueldo supera el mínimo no imponible, además se descuenta Ganancias (5% a 35% sobre el excedente), y el neto baja más. Usá la calculadora de bruto a neto para tu caso exacto.
    ¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC) en 2026?
    Cada cuota del aguinaldo es el 50% de tu mejor remuneración mensual del semestre. La primera se cobra hasta el 30 de junio y la segunda hasta el 18 de diciembre. Si trabajaste solo parte del semestre, cobrás proporcional: (mejor sueldo / 2) × (días trabajados / 182).
    ¿Cuánto me corresponde de indemnización por despido sin causa?
    1 mes de tu mejor remuneración por cada año trabajado (o fracción mayor a 3 meses), con un tope según el CCT (Art. 245 LCT). Sumás el preaviso (1 mes si tenés menos de 5 años, 2 si tenés más), la integración del mes de despido, el SAC proporcional y las vacaciones no gozadas. Durante el período de prueba (primeros 3 meses) no hay indemnización por antigüedad.
    ¿Cómo se pagan las horas extras?
    Al 50% adicional en días hábiles después de la jornada normal, y al 100% (el doble) los sábados desde las 13 h, domingos y feriados. El tope legal es de 30 horas extras mensuales y 200 anuales. Las horas extras son remunerativas: pagan aportes y se promedian para el aguinaldo.
    ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
    14 días hasta 5 años de antigüedad, 21 días de 5 a 10 años, 28 días de 10 a 20 años y 35 días con más de 20 años (Art. 150 LCT). Se cobran antes de salir, calculando el día de vacaciones dividiendo el sueldo por 25 (no por 30), por lo que vale un poco más que el día normal.
    ¿Cómo sé si mi sueldo está mal liquidado?
    Revisá el recibo línea por línea: el básico de tu categoría del CCT, la antigüedad (típicamente 1% del básico por año), los adicionales y los descuentos (11% jub + 3% OS + 3% PAMI + cuota sindical). Si algo no coincide, hablá con RRHH o consultá al sindicato; la asesoría sindical suele ser gratuita.
    ¿Puedo renunciar y cobrar indemnización?
    No. La renuncia voluntaria no genera indemnización. Solo corresponde por despido sin causa, despido con causa injustificada, resolución indirecta por incumplimiento grave del empleador (te considerás despedido), o por mutuo acuerdo con indemnización pactada (Art. 241).
    ¿Qué pasa con el aguinaldo si me despiden en septiembre?
    Cobrás el SAC proporcional del segundo semestre: días trabajados (julio a septiembre = aprox. 92 días) dividido 182, por medio sueldo. Se incluye en la liquidación final junto con la indemnización, el preaviso y las vacaciones no gozadas.
    ¿Puedo tener dos trabajos registrados?
    Sí, salvo que tu contrato tenga cláusula de exclusividad. Cada empleador aporta a tu misma cuenta jubilatoria. Para Ganancias, los ingresos de ambos empleos se suman y uno de los empleadores (normalmente el de mayor remuneración) actúa como agente de retención por el total.
    ¿Cuánto es el salario mínimo vital y móvil en 2026?
    Lo fija el Consejo del Salario y se actualiza varias veces al año, por lo que conviene consultar el valor vigente en argentina.gob.ar. El SMVM es la base de cálculo para la AUH, becas, el seguro de desempleo y los topes de embargo de sueldo.
    ¿Mi empresa puede bajarme el sueldo?
    No de forma unilateral. Una reducción del salario es motivo de resolución indirecta con derecho a indemnización (te podés considerar despedido). Solo puede bajar por acuerdo escrito con el trabajador, típicamente en crisis empresariales y con homologación del Ministerio de Trabajo.
    ¿Qué cobro durante una licencia por enfermedad?
    En enfermedad inculpable cobrás el 100% del sueldo: hasta 3 meses si tenés menos de 5 años de antigüedad y hasta 6 meses si tenés más; los plazos se duplican si tenés cargas de familia. Si es accidente o enfermedad laboral, la cobertura la brinda la ART. Pasados los plazos, podés acceder a prestaciones de ANSES.
    ¿Cómo renuncio sin perder derechos?
    Por carta documento o telegrama de renuncia (gratuito en el correo para el trabajador), indicando la fecha efectiva con el preaviso correspondiente. Cobrás SAC proporcional, vacaciones no gozadas y los días trabajados, pero no indemnización ni preaviso (eso solo aplica al despido sin causa).
    ¿Es válido pactar el sueldo en dólares?
    Sí, se puede pactar, pero por regla del BCRA se debe pagar en pesos convirtiendo al tipo de cambio acordado. Muchas empresas (sobre todo de IT) pagan 'dolarizado' usando el dólar MEP o paralelo para compensar la inflación. Compará siempre el poder adquisitivo real en pesos.
    ¿Conviene facturar como monotributista en vez de estar en relación de dependencia?
    Depende. En relación de dependencia tenés aguinaldo, vacaciones pagas, indemnización, obra social y aportes incluidos. Como monotributista te queda más 'en mano' hoy, pero perdés esos derechos y pagás vos la obra social y la jubilación. Simulá ambos escenarios con el mismo ingreso antes de decidir; además, facturar las mismas tareas de tu empleo sería evasión.
    ¿Cuánto pueden embargarme del sueldo?
    El sueldo hasta el monto del SMVM es inembargable (salvo cuota alimentaria). Por encima del SMVM se puede embargar hasta el 10% del excedente si no supera el doble del SMVM, y hasta el 20% si lo supera. La cuota alimentaria tiene reglas propias y puede ser mayor.
    ¿Qué son las paritarias y cómo afectan mi sueldo?
    Son las negociaciones entre el sindicato y las cámaras empresarias que fijan los aumentos del básico de convenio. En contextos inflacionarios suelen pactarse en tramos trimestrales o mensuales, a veces con sumas no remunerativas que luego se incorporan al básico. Tu aumento real depende de la paritaria de tu gremio, no del salario mínimo.
    ¿Qué licencias especiales pagas me garantiza la ley?
    La LCT garantiza mínimos: 2 días por nacimiento de hijo, 10 días por matrimonio, 3 días por fallecimiento de familiar directo (1 por hermano), 2 días por examen (tope 10 al año) y 90 días por maternidad (pagados por ANSES). Muchos convenios mejoran estos pisos, así que revisá tu CCT.
    ¿Cuánto me descuentan del sueldo en Argentina?
    Los descuentos obligatorios suman un 17% fijo: 11% de jubilación (SIPA), 3% de obra social y 3% de PAMI. A esto se suma la cuota sindical (generalmente 2-3%) y, si tu sueldo supera el mínimo no imponible, el Impuesto a las Ganancias. En total, los descuentos van del 19% al 35% según tu situación. Por ejemplo, un bruto de $1.200.000 sin Ganancias y con 2,5% de sindicato deja $966.000 en mano (19,5% menos).
    ¿Cuándo se paga Impuesto a las Ganancias sobre el sueldo?
    Cuando tu remuneración bruta, después de restar los aportes (17%) y las deducciones personales (ganancia no imponible, deducción especial, cargas de familia), da un saldo positivo: esa es la 'ganancia neta sujeta a impuesto'. El umbral depende de tu situación: un soltero sin hijos empieza a pagar antes que alguien casado con hijos. La escala es progresiva (5% a 35%): solo pagás sobre el excedente, así que un aumento nunca te hace cobrar menos en mano.
    ¿La cuota sindical es obligatoria?
    Si estás afiliado al sindicato, sí. Si no estás afiliado, igualmente muchos convenios colectivos establecen un 'aporte solidario' (entre 1% y 2,5%) que aplica a todos los trabajadores encuadrados en el convenio, estén o no afiliados. Revisá tu recibo y tu CCT para saber qué te corresponde.
    ¿Cuánto cuesta realmente un empleado para la empresa?
    Además del sueldo bruto, la empresa paga contribuciones patronales de aproximadamente el 28-29% (jubilación, PAMI, asignaciones familiares, fondo de empleo, obra social). Para un bruto de $1.200.000, el costo laboral total para el empleador ronda los $1.546.000. Estas contribuciones no aparecen como descuento en tu recibo ni reducen tu neto.
    ¿Qué pasa con los beneficios no remunerativos?
    Los conceptos no remunerativos (viáticos sin rendición, algunos bonos pactados como no remunerativos) no tienen descuentos de jubilación, obra social ni PAMI, y no tributan Ganancias. Pero tampoco cuentan para el aguinaldo ni la indemnización, lo que te perjudica a largo plazo. Además ARCA fiscaliza de cerca estos conceptos y muchos terminan recalificados como remunerativos.
    Transparencia

    Fuentes y referencias

    Estas son las fuentes principales que usamos para revisar datos, criterios y fórmulas.