Finanzas

Seguro de caución alquiler🇦🇷

Actualizado mayo de 2026
Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:

El mercado de alquileres en Argentina tiene normativa específica (DNU 70/2023 vigente), índices de actualización (ICL del BCRA), comisiones inmobiliarias y gastos recurrentes como expensas. Costo de seguro de caución para garantizar alquiler (alternativa a propietaria). Los valores están actualizados a 2026 y se revisan periódicamente para mantenerte al día. Esta calculadora de seguro de caución alquiler aplica la fórmula estándar del área usando alquiler mensual, plazo para darte un resultado instantáneo. Es útil para quienes necesitan estimar seguro de caución alquiler antes de tomar una decisión — sirve tanto como referencia personal como punto de partida para una consulta profesional. Trabajamos con valores y fórmulas verificables (documentadas en la sección de fuentes al pie), y actualizamos la calculadora cuando cambia la normativa o los parámetros aplicables. Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento profesional específico. Para decisiones críticas (legales, médicas, fiscales, financieras) consultá con un profesional matriculado.

Última revisión: 26 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: BCRA — Banco Central de la República Argentina, ARCA (ex AFIP) — normativa tributaria, INDEC — Índices económicos 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Resolver rápido una duda sobre seguro de caución alquiler sin papel y lápiz.
  • Comparar escenarios o alternativas con números concretos.
  • Usar el resultado como referencia en una conversación o decisión.
  • Verificar si un valor que te dieron cuadra con el cálculo estándar.

Ejemplo de cálculo

  1. $400k alquiler, 24 meses
  2. ~$160k prima
Resultado: $160k

Cómo funciona

4 min de lectura

El seguro de caución para alquiler es una de las alternativas más usadas para reemplazar la tradicional garantía propietaria cuando el inquilino no tiene un familiar o conocido con un inmueble libre de gravámenes para ofrecer. La aseguradora, mediante una póliza emitida bajo la regulación de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), se compromete a indemnizar al propietario por los daños emergentes del incumplimiento del contrato: alquileres impagos, daños al inmueble dentro de los topes pactados y, en algunos productos, expensas adeudadas.

A diferencia del seguro tradicional, el cauto no protege al asegurado-tomador (el inquilino) sino al beneficiario (el propietario), y el inquilino debe reintegrar a la aseguradora lo que ésta haya pagado si se gatilla la cobertura. Es decir: la aseguradora no "cubre" al inquilino frente al propietario; le garantiza al propietario que el inquilino va a cumplir y, si no cumple, le adelanta el dinero y se subroga para reclamárselo.

La prima es un costo único o cuotificado que paga el inquilino al inicio del contrato (a veces renovable anualmente) y suele oscilar entre el 5% y el 15% del alquiler total del período según plazo, monto y calificación crediticia del solicitante. La calculadora toma el alquiler mensual y el plazo del contrato y devuelve la prima estimada y el prorrateo mensual del costo.

Cómo se calcula

total_alquileres = alquiler_mensual × plazo_meses
prima = total_alquileres × alicuota_aseguradora
prorrateo_mensual = prima / plazo_meses

La alícuota típica se mueve entre 0,5% y 1,5% por mes de cobertura del alquiler de referencia, lo que para contratos de 24-36 meses arroja primas del orden del 10-15% del alquiler total.

Comparativa con otras garantías de alquiler

GarantíaCosto aproximadoQuién la usaRiesgo principal
Propietaria con inmuebleSello provincial + comisión inmobiliariaEl inquilino con red familiar / propiaInmovilizar el inmueble del garante
Seguro de caución5-15% del alquiler totalInquilino sin garante propietarioCosto upfront alto
Garantía solidaria (recibo de sueldo)Sin costo directoInquilino con sueldo formal altoAceptación limitada de propietarios
Depósito en efectivo1-3 meses adelantadosCualquiera con cash disponibleInmoviliza capital líquido
Aval bancarioComisión bancaria + interesesInquilino con relación bancaria sólidaCosto financiero recurrente

Marco normativo

  • Código Civil y Comercial, arts. 1.187 a 1.226 (Ley 26.994) — régimen del contrato de locación.

  • DNU 70/2023 — libertad de pacto en alquileres, incluida la garantía aceptable.

  • Ley 17.418 (Ley de Seguros) — régimen general del contrato de seguro.

  • Ley 20.091 (Entidades de Seguros) y resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) — autorización y supervisión de aseguradoras de caución.

  • Ley 24.240 (Defensa del Consumidor) — protección al inquilino-tomador frente a cláusulas abusivas.
  • Cuándo NO conviene contratar seguro de caución

  • Si tu propietario admite garantía propietaria sin costo y vos podés ofrecerla, suele ser más barato a largo plazo.

  • Si el contrato es muy corto (6-12 meses) y la prima upfront no se justifica frente a un depósito.

  • Si tu calificación crediticia o veraz tiene alertas: la aseguradora puede rechazar la póliza o aplicar prima recargada que supere el costo de otras garantías.

  • Si el propietario no acepta caución como garantía (todavía hay propietarios que sólo aceptan garantía propietaria, especialmente fuera de los grandes centros urbanos).
  • Aspectos a verificar en la póliza

  • Suma asegurada: que cubra al menos 6-12 meses de alquiler más expensas y daños razonables.

  • Exclusiones: muchas pólizas excluyen daños dolosos, uso comercial no declarado o subalquiler.

  • Plazo de denuncia del siniestro por parte del propietario (típicamente 90 días).

  • Subrogación: cómo y cuándo la aseguradora reclama al inquilino lo pagado.

  • Renovación: si el contrato se prorroga, casi siempre hay que renovar la póliza y pagar prima nueva.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido se contrasta contra fuentes oficiales: textos vigentes del Código Civil y Comercial (Ley 26.994), DNU 70/2023, Ley 17.418 de Seguros y resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación que regulan los productos de caución.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Seguro caución?

    Reemplaza la garantía propietaria. La aseguradora cubre al propietario si el inquilino no paga.

    ¿Costo?

    10-20% del alquiler mensual (pago único al inicio).

    ¿Aprobación?

    Inquilino debe calificar: recibo sueldo, antigüedad, sin deudas.

    ¿Propietario exige?

    Cada vez más aceptan caución como garantía válida.

    ¿Renovación?

    Debe renovarse cada vez que se renueva el contrato.

    ¿Qué garantías pide el propietario?

    Propietaria (garante con inmueble), seguro de caución (aseguradora cubre), recibo de sueldo 3x el alquiler, o fianza solidaria.

    ¿Puedo rescindir antes de tiempo?

    Sí, pagando indemnización: 1 mes si rescinds en el primer año, 1.5 meses si es después. La ley permite preaviso de 3 meses.

    ¿Los aumentos tienen tope?

    Con DNU 70/2023: libre pacto. Sin DNU: anual por ICL (BCRA). Negociable entre partes al firmar.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 26 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos. Leé nuestra política de privacidad.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.

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