Alquiler/Aumento de alquiler
Calculadora de alquiler

¿Cuánto vas a pagar en tu próximo ajuste?

Calculá tu nueva cuota según el índice y las fechas de tu contrato. Usamos datos oficiales del BCRA y del INDEC.

Datos privados Fuentes oficiales ICL al 16 de ago de 2026

Calculá tu aumento

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¿Cómo se actualiza tu contrato?
Otros escenarios
Datos del ajuste
Usar un coeficiente ICL exacto
Tu alquiler nuevo sería$0
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Pagás hoy$0
Desde el próximo ajuste$0

El contrato manda: índice, frecuencia, moneda y topes tienen que estar escritos ahí.

Resultado explicado

Entendé de dónde sale el aumento

Sin fórmulas escondidas: te mostramos el índice aplicado, la diferencia en pesos y cómo impacta en tu presupuesto.

Antes y después del ajuste

Alquiler actual$0
Aumento$0
Nueva cuota$0
Coeficiente aplicado1,0000Aumento porcentual0%
Elegí bien el índice

¿Qué dice tu contrato?

Cada modalidad se calcula distinto. Te ayudamos a identificar cuál corresponde en tu caso.

El más habitual

ICL del BCRA

Para contratos que indican “Índice para Contratos de Locación”. Usa la serie diaria oficial.

Inflación

IPC del INDEC

Para contratos que ajustan por inflación acumulada entre los meses publicados.

Libre acuerdo

Porcentaje pactado

Para ajustes trimestrales, cuatrimestrales o semestrales con una tasa definida.

Tu contrato en el tiempo

Qué fecha tenés que usar

El error más común es volver a usar la fecha de firma después de haber tenido un ajuste.

Firma del contrato

Es la fecha inicial sólo si todavía no tuviste ningún aumento.

Último ajuste

Desde acá se calcula el próximo si ya hubo aumentos anteriores.

Próximo ajuste

La fecha en la que empieza a regir tu nueva cuota.

Tu resultado, explicado

El índice y las fechas definen cuánto vas a pagar

Los contratos anteriores al DNU 70/2023 mantienen las reglas con las que fueron firmados. En los contratos nuevos, las partes pueden acordar plazo, moneda, índice y frecuencia. Por eso esta calculadora parte de lo que dice tu contrato y no de una regla única.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el coeficiente ICL?

Coeficiente = ICL del día del ajuste ÷ ICL del día de inicio (o del último ajuste). Ejemplo con datos del BCRA: contrato del 15/03/2024 (ICL 9,88) con ajuste el 15/03/2025 (ICL 23,11) da 23,11 ÷ 9,88 = 2,3391. Un alquiler de $400.000 pasa a $935.628 (+133,9%). El ICL siempre es mayor a 1 en contextos inflacionarios.

¿Dónde consigo el valor del ICL del día?

En la web oficial del BCRA, en "Principales variables": buscá "Índice para Contratos de Locación (ICL-2020=1)". Se publica todos los días hábiles y tiene serie completa desde el 01/07/2020. Este hub ya trae la serie oficial cargada, así que sólo ponés las dos fechas.

¿Cada cuánto se actualiza un contrato por ICL?

Depende de la ley aplicable. Ley 27.551 (jul 2020 a oct 2023): ajuste anual, en el aniversario. Ley 27.737 (oct a dic 2023): semestral por índice Casa Propia, no por ICL. Post DNU 70/2023: se pacta libremente, y lo más habitual pasó a ser IPC trimestral.

¿La Ley de Alquileres sigue vigente?

No: el DNU 70/2023 la derogó en diciembre de 2023. Hoy rige libertad contractual: plazo, moneda, índice y frecuencia se pactan entre las partes. Los contratos firmados antes siguen con la ley de su momento hasta vencer — el último contrato Ley 27.551 vence en octubre de 2026.

¿Conviene el ajuste trimestral o el semestral?

Con inflación perfectamente constante da lo mismo a los 12 meses: el factor acumulado es el mismo en las cuatro frecuencias. Lo que cambia es la distribución del pago. Con inflación alta el propietario prefiere ajustes frecuentes para no perder valor real, y el inquilino los prefiere espaciados para diferir el impacto.

¿Por qué la inflación acumulada no es la suma de las mensuales?

Porque es compuesta: cada mes se aplica sobre precios que ya subieron. Dos meses al 10% dan 21% acumulado, no 20%. Y 5% mensual durante 12 meses da 79,6%, no 60%. La brecha crece con el plazo y con la tasa.

¿Conviene un contrato de 2 o de 3 años?

Depende de cuánto pensás quedarte, la cláusula de rescisión y las condiciones pactadas. Un plazo mayor reduce la frecuencia de renegociación, pero no garantiza un precio más conveniente. Compará índice, frecuencia, depósito, expensas y salida.

¿Qué índice puedo pactar para actualizar el alquiler?

Desde el DNU 70/2023 se acuerda libremente: IPC del INDEC, ICL del BCRA, UVA (que ajusta por CER), la fórmula Casa Propia, dólar oficial o MEP, o un porcentaje fijo o escalonado entre las partes.

¿El ajuste se aplica de forma retroactiva?

No. Cada ajuste rige para el período siguiente: al llegar la fecha pactada el alquiler se recalcula y ese monto nuevo corre de ahí en adelante. Tampoco se confunde con un aumento por mejoras o servicios agregados, que es otra cosa.

¿Qué pasa si mi contrato es en UVA o en dólares?

No uses esta fórmula salvo que el contrato lo indique. En UVA se multiplica la cantidad pactada por el valor UVA correspondiente. En moneda extranjera manda la cláusula de moneda, pago y eventual conversión. Si es ambigua, conviene asesorarse antes de pagar una diferencia discutida.

¿Puedo negociar que no se aplique el aumento?

Sólo con acuerdo del propietario y por adenda firmada por las dos partes. Durante la Ley 27.551 el ICL era obligatorio e irrenunciable. Hoy los contratos ya firmados mantienen sus condiciones salvo que ambas partes las cambien por escrito.

¿Qué gastos se olvidan al comparar alquileres?

Expensas, servicios, seguro de caución o garantía, depósito, comisión inmobiliaria cuando corresponda y rescisión anticipada. Comparalos por separado porque no todos se actualizan con el índice del alquiler.

Fuentes oficiales

Índice para Contratos de Locación (ICL-2020=1) — serie diariaBanco Central de la República Argentina · serie desde 01/07/2020Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional, nivel generalINDEC · publicación mensualLey 27.551 de Alquileres (texto original)Boletín Oficial de la República ArgentinaDNU 70/2023 — deroga la Ley de Alquileres y libera plazo e índiceBoletín Oficial de la República Argentina · 21-12-2023Código Civil y Comercial (Ley 26.994), arts. 1196-1221 — locación de inmueblesArgentina.gob.ar
Comparador de escenarios

Cuánto pagarías con distintos aumentos

Esta comparación sirve para entender magnitudes. El único método aplicable es el que corresponde a tu contrato.

Con ICLCon IPCCon porcentaje pactado

No uses el escenario más barato: verificá fecha de firma, índice y frecuencia escritos en el contrato.

Respuesta comprobable

La respuesta, sin vueltas

Con ICL, el aumento es el cociente entre el ICL de las dos fechas.

Partimos del caso más habitual: contrato con ajuste por ICL del BCRA. Poné tu alquiler y las dos fechas y mirá la cuota nueva. Si tu contrato ajusta por otro índice, lo cambiás abajo.

Qué entra

  • Coeficiente = ICL del día del ajuste ÷ ICL del día del último ajuste (o de la firma)
  • Datos diarios oficiales del BCRA desde el 01/07/2020
  • El ICL mezcla mitad IPC (inflación) y mitad RIPTE (salarios)

Qué puede cambiarla

  • Como fecha de inicio va la de tu ÚLTIMO ajuste, no la de la firma: ese monto ya incluye los aumentos previos. Si usás la firma, contás la inflación dos veces
  • Si tu contrato es en UVA o en dólares, el ICL no aplica

Plazo o próximo paso: en contratos Ley 27.551 el ajuste es anual, en el aniversario del contrato.

Fuentes principales: Banco Central de la República Argentina · INDEC

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