Finanzas Guía actualizada

Cómo calcular antigüedad laboral y días trabajados

Cómo contar años, meses y días de antigüedad y por qué cambia vacaciones, indemnización y otros derechos laborales.

Imagen editorial sobre cómo calcular antigüedad laboral y días trabajados

Contar antigüedad parece una resta de fechas, pero cada derecho puede aplicar una regla distinta.

Cálculo calendario

Partí de la fecha de ingreso y avanzá años completos, luego meses completos y finalmente días. Evitá dividir días totales por 365 porque los meses y años bisiestos generan diferencias.

Indemnización

El artículo 245 computa un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor de tres meses, una vez superado el período de prueba. Esa regla no convierte la antigüedad real: solo define los años indemnizables.

Vacaciones

Para determinar el tramo de 14, 21, 28 o 35 días se considera la antigüedad que el trabajador tendría al 31 de diciembre del año correspondiente.

Días trabajados

Cuando necesitás días hábiles, feriados y licencias deben tratarse por separado. No confundas días calendario con días efectivamente trabajados.

Período de prueba

El régimen general vigente contempla seis meses y posibles ampliaciones convencionales. Ese período cuenta como tiempo de servicio, aunque la extinción durante prueba tenga reglas específicas.

Usá la calculadora de antigüedad y luego aplicá la herramienta específica del beneficio.

Cómo verificar este cálculo en un caso real

Tu antigüedad se cuenta desde el primer día de trabajo efectivo, incluyendo período de prueba. Impacta directamente en vacaciones, indemnización, plus salarial y licencias.

Antes de decidir, separá los datos comprobables de los supuestos. Los importes, porcentajes, fechas o rendimientos pueden cambiar; por eso conviene repetir el cálculo cuando cambie cualquiera de esas variables. La Calculadora y contador de antigüedad laboral sirve para contrastar escenarios con la misma metodología.

  • Seleccioná la fecha en que empezaste a trabajar (primer día efectivo, incluyendo prueba).
  • Si querés calcular a una fecha diferente a hoy, ingresá la fecha deseada.
  • Presioná Calcular para ver tu antigüedad desglosada en años, meses y días.

Tomá el resultado como una estimación reproducible: anotá la fuente de cada dato, redondeá solamente al final y comprobá si existe una regla local o contractual que modifique el caso general. Esa revisión evita que una cuenta matemáticamente correcta se aplique a un supuesto equivocado.

Fuente y alcance

Para revisar el marco o la metodología consultá Ley 20.744 (LCT) - Arts. 18, 92 bis, 150, 245. La fuente respalda el criterio indicado; los datos variables y el caso particular deben verificarse al momento de usarlo.

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Cómo preparamos esta nota

La nota tiene autor, fecha de publicación y fecha de revisión. Cuando trata montos, normas o datos que cambian, enlazamos la fuente primaria disponible y señalamos la fecha que usamos. Cuando explica una cuenta propia, mostramos el razonamiento y los supuestos para que puedas repetirlo.

Preguntas frecuentes

¿Divido días por 365?
No es lo más preciso; contá años, meses y días calendario.
¿Una fracción de 4 meses suma un año?
Para el artículo 245 sí, si ya se superó el período de prueba.
¿Qué fecha se usa para vacaciones?
La antigüedad proyectada al 31 de diciembre del año correspondiente.
¿El período de prueba cuenta como antigüedad?
Sí, cuenta como tiempo de servicio.
¿Días corridos y hábiles son iguales?
No. Los hábiles excluyen descansos y pueden excluir feriados según el cálculo.
¿Las licencias cortan antigüedad?
Depende del tipo de licencia y norma; no debe suponerse sin revisar.
¿Para qué sirve la fecha exacta?
Para vacaciones, liquidación, preaviso y otros cálculos con cortes específicos.

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