Paraguay · Presupuesto familiar

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3 calculadoras adentro Fórmulas originales reutilizadas Revisado el 28/07/2026

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    Qué te corresponde

    En Paraguay la cuota alimentaria la fija el juez según la capacidad del obligado y las necesidades del hijo (Ley 1680/2001). No hay porcentaje legal fijo: en la práctica ronda 20%–50% del ingreso, expresada en jornales mínimos. Esto es orientativo. La cuota alimentaria en Paraguay **la fija el juez** según la capacidad del obligado y las necesidades del hijo (Ley 1680/2001). **No hay un porcentaje legal fijo.** En la práctica ronda entre el 20% y el 50% del ingreso según la cantidad de hijos, y se expresa en **jornales mínimos** (art. 189) para reajustarse con el salario mínimo. Esta calculadora es solo orientativa: el monto definitivo lo decide el juzgado.

    Plazo:

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto corresponde de cuota alimentaria en Paraguay?

    No hay un monto ni porcentaje fijo por ley: **lo fija el juez** según la capacidad del obligado y las necesidades del hijo. En la práctica suele rondar entre el 20% y el 50% del ingreso según la cantidad de hijos.

    ¿Es cierto que se paga el 25% del sueldo?

    El "25% del sueldo" fue un criterio del régimen anterior que **quedó atrás** como regla rígida. Hoy rige la proporcionalidad: el juez pondera ingresos y necesidades caso por caso.

    ¿Por qué la cuota se expresa en jornales mínimos?

    El art. 189 de la Ley 1680/2001 dispone fijarla en **jornales mínimos** para que se **reajuste automáticamente** cuando aumenta el salario mínimo, sin necesidad de un nuevo juicio.

    ¿Qué incluye la asistencia alimenticia?

    Según el art. 97, comprende el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica, la educación y la recreación del hijo; y, si tiene discapacidad, también su habilitación y rehabilitación.

    ¿Cómo sabe el juez cuánto gana el obligado?

    Pide informe de sueldo al empleador o información a la administración tributaria si es independiente. Si no se puede probar el ingreso, estima el nivel de vida (alquiler, vehículo, consumos).

    ¿La cuota cambia si tengo más hijos?

    Sí, tiende a ser mayor cuantos más hijos haya, pero siempre dentro de la proporcionalidad: se distribuye considerando las necesidades de cada hijo y la capacidad del obligado.

    ¿Se puede modificar la cuota después?

    Sí. La cuota puede aumentarse o reducirse si cambian las circunstancias (los ingresos del obligado o las necesidades del hijo). Se solicita al juzgado que la fijó.