Paraguay · Instituto de Previsión Social
¿Cuánto aportás al IPS y qué te devuelve?
El 9% que ves en el recibo es sólo una parte. Esta cuenta te muestra el aporte completo que entra a tu nombre, lo que le cuesta tu puesto a la empresa, cuándo vas a poder jubilarte y con qué haber, y cuánto cobrás de subsidio si sos madre.
Aporte obrero: 9% · patronal: 16,5% Jubilación ordinaria: 60 años y 25 de aportes Maternidad: 18 semanas al 100% 4 calculadoras adentro
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Base del aporte. El salario mínimo vigente es Gs. 3.044.000.
Sirve para ver el costo de la planilla completa, no sólo de un puesto.
Determina a qué modalidad de jubilación podés acceder.
Los que figuran en tu certificado de aportes, no los años trabajados.
Es la base del haber jubilatorio: el promedio de los últimos 10 años de salarios declarados.
Cálculo orientativo según los datos y reglas indicados. Convenios, topes y situaciones particulares pueden cambiar el resultado; verificá con RR. HH., el organismo laboral o un profesional.
Cómo se forma el total
Tus aportes y tus prestaciones
Primero lo que se aporta cada mes, después lo que ese aporte te habilita a cobrar.
Muestra cómo se reparte el aporte total entre lo que descuentan de tu recibo y lo que agrega el empleador, dividido entre el fondo del IPS y la porción que va a Salud Pública.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se aporta al IPS en total?
El 25,5% del salario. El trabajador pone el 9%, que se descuenta del recibo, y el empleador el 16,5%, que paga aparte del sueldo. De ese aporte patronal, 14 puntos van al IPS propiamente dicho y 2,5 al Ministerio de Salud Pública.
¿El aporte patronal lo pago yo?
No. Es un costo del empleador, adicional a tu sueldo. Un error muy común es leer "25,5% de aportes" y suponer que ése es el descuento del recibo: lo que te descuentan a vos es sólo el 9%. Del lado de la empresa, en cambio, cada empleado cuesta el bruto más el 16,5%, y eso sin contar aguinaldo, vacaciones ni la provisión por indemnización.
¿Qué cubre el IPS con mi aporte?
Atención médica para vos y tu grupo familiar declarado, subsidio por enfermedad y reposo, subsidio de maternidad, prestaciones por accidente de trabajo y la jubilación. Es un régimen contributivo: los meses sin aportes no cuentan ni para la cobertura ni para la antigüedad previsional.
¿Cuáles son los requisitos para jubilarse en el IPS?
Hay tres modalidades. La ordinaria pide 60 años de edad y 25 de aportes, y paga el 100% del promedio de los últimos 120 salarios. La anticipada pide 55 años y 30 de aportes, y arranca en el 80% del promedio, subiendo 4 puntos por cada año que esperes hasta llegar al 100% a los 60. La proporcional pide 65 años y al menos 15 de aportes, con un haber reducido en proporción a lo aportado.
¿Sobre qué salario se calcula mi jubilación?
Sobre el promedio de los últimos 120 salarios declarados, es decir los últimos 10 años. Es el dato que más gente subestima: los años finales de carrera pesan todo. Si en esa década te declararon por el mínimo o pasaste tiempo sin aportar, el haber va a reflejar eso aunque antes hayas ganado bien.
¿Conviene jubilarse anticipadamente?
Depende de cuánto puedas esperar. A los 55 años cobrás el 80% del promedio, y cada año que esperás suma 4 puntos hasta el 100%. Esos 20 puntos de diferencia son de por vida, así que la pregunta real es cuántos años vas a cobrar el haber: cuanto más larga la expectativa, más caro sale adelantar.
¿Puedo aportar al IPS si trabajo por mi cuenta?
Sí, existe el régimen del trabajador independiente, con afiliación voluntaria y un aporte del 13% de la renta declarada, con piso en un salario mínimo. Pero cubre sólo jubilación y pensiones, no el seguro de salud, que es la diferencia grande con el aporte del 9% del trabajador dependiente. Los aportes se pueden pagar mensual, trimestral o anualmente.
¿Cuánto paga el IPS por maternidad?
El 100% del salario durante 126 días, que son 18 semanas de permiso. El IPS lo abona fraccionado en 5 cuotas, calculadas sobre el salario del último mes antes del parto. No es un porcentaje reducido: es el salario completo.
¿Qué pasa si mi empleador no me declara o me declara por menos?
Es una infracción y te afecta dos veces: hoy, porque podés quedar sin cobertura médica o sin derecho al subsidio; y en el futuro, porque tu jubilación se calcula sobre lo declarado. Podés consultar tu historial de aportes en el portal del IPS y denunciar la irregularidad ante el IPS y el MTESS. Cuanto antes, mejor: reconstruir años viejos es mucho más difícil.
¿Los años aportados en otra caja me sirven?
El IPS no es el único régimen previsional del país: existen la Caja Fiscal para funcionarios públicos, la Caja Bancaria, las cajas municipales y otras. Cada una tiene requisitos propios y esta cuenta aplica sólo al IPS. Si aportaste en más de un régimen, consultá el reconocimiento recíproco de servicios antes de asumir que los años se suman automáticamente.
¿Se puede seguir trabajando después de jubilarse?
La compatibilidad entre el haber y una nueva actividad depende del régimen y del tipo de jubilación. Antes de firmar un nuevo contrato, consultá tu caso puntual en el IPS: hay situaciones en las que reingresar como asalariado suspende o modifica el haber, y otras en las que no.