Ecuador / Trabajo / IESS, aportes y jubilación
Tu historia laboral, explicada

Lo que aportás hoy define lo que podés cobrar mañana.

Calculá tu aporte al IESS, proyectá cuándo podrías jubilarte y entendé la pensión, la jubilación patronal y el montepío sin mezclar beneficios.

✓ Aporte personal y patronal✓ Requisitos por edad✓ Pensión estimada
Elegí tu situación

¿Qué necesitás saber del IESS?

Mostramos todos los casos, pero cada uno carga únicamente los datos que cambian el resultado.

LO QUE SE APORTA
LO QUE SE COBRA

Datos de tu aporte

Todo en dólares. Usá la materia gravada del mes.

$
Incluye sueldo, horas extra y comisiones; no incluye décimos.

Estimación informativa. La historia laboral oficial del IESS es la que manda.

Tu aporte personal

Descuento mensual en relación de dependencia.

APORTE
SALE DE TU SUELDO
$75,60
Cómo se completa el aporte20,60%

Vos aportás 9,45% y la empresa completa 11,15%.

No es una sola cuenta

Tres bases, tres resultados distintos.

El aporte se calcula sobre la materia gravada; la pensión usa los mejores años; la patronal exige permanencia con la misma empresa.

APORTE MENSUAL

Tu remuneración gravada

Sueldo, horas extra y comisiones. Los décimos quedan afuera de la base.

PENSIÓN IESS

Los cinco mejores años

Al promedio se le aplica un coeficiente creciente según tus años imponibles.

JUBILACIÓN PATRONAL

La misma empresa

La plena se consolida al llegar a 25 años con el mismo empleador y es adicional al IESS.

Requisitos de vejez

Más aportes permiten jubilarte antes.

60AÑOS DE EDAD

Con 30 años o más de aportación.

65AÑOS DE EDAD

Con al menos 15 años de aportación.

70AÑOS DE EDAD

Con el mínimo de 10 años aportados.

40AÑOS APORTADOS

Coeficiente referencial del 100% del promedio.

Preguntas frecuentes

Tu jubilación, sin atajos confusos.

Las diferencias que más cambian la proyección.

El mínimo son 10 años de aportes y exige 70 años de edad. Con 15 años podés acceder a los 65 y con 30 años, a los 60.
No. Son beneficios independientes y pueden cobrarse juntos cuando se cumplen los requisitos de cada uno.
Baja el aporte actual, pero también puede reducir el promedio utilizado para calcular la pensión futura.
En la Historia Laboral del portal del IESS. Ese registro oficial prevalece sobre cualquier estimación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se aporta al IESS en Ecuador?

En relación de dependencia el aporte total es del 20,60% de la materia gravada: 9,45% que se descuenta al trabajador y 11,15% que paga el empleador. Los décimos no aportan. El afiliado voluntario paga el 17,60% completo sobre el ingreso que declara, con base mínima de un SBU, porque no tiene empleador que ponga la parte patronal.

¿Qué pasa si el empleador paga la planilla tarde?

La planilla vence el día 15 del mes siguiente al período trabajado; desde el 16 corre la mora patronal. El IESS cobra un interés sobre el capital adeudado a una tasa que publica el Banco Central cada mes más el recargo del instituto —en torno al 13,33% anual—, acumulado día a día. Aparte del interés existe la responsabilidad patronal: si ocurre una contingencia mientras hay mora, el empleador responde por la prestación.

¿Cuántos años hay que aportar para jubilarse por el IESS?

El mínimo para la pensión de vejez son 10 años, es decir 120 aportaciones, y con ese mínimo la edad exigida es de 70 años. Con 15 años de aporte la edad baja a 65, y con 30 años o más se puede acceder a los 60. Por debajo de 10 años no hay pensión: lo que corresponde es la devolución de los aportes.

¿Cómo se calcula la pensión de vejez?

Se toma el promedio de los cinco mejores años de aportación y se le aplica un coeficiente que crece con los años imponibles: alrededor del 43,5% con 10 a 14 años, el 60% con 20 a 24, el 80% con 30 a 34, y el 100% con 40 años o más. Además hay pisos mínimos ligados al SBU. Es una estimación: el cálculo definitivo lo hace el IESS con tu historia laboral.

¿La jubilación patronal reemplaza a la del IESS?

No, son independientes y se cobran las dos. La jubilación patronal del art. 216 la paga el empleador a quien cumplió 25 años o más en la misma empresa, con un fondo global equivalente al 5% de la remuneración anual promedio por cada año de servicio. La pensión del IESS la paga el instituto con los aportes de toda tu vida laboral, en cualquier empresa.

¿Qué pasa si tengo 20 años en la empresa y me despiden?

Entre los 20 y los 25 años de servicio con el mismo empleador no hay jubilación patronal plena, pero si es el empleador quien termina la relación corresponde una parte proporcional de ese beneficio, además de la indemnización por despido. A partir de los 25 años el derecho a la jubilación patronal ya está consolidado.

¿Cuánto cobra la viuda o el viudo de un afiliado?

El 60% de la pensión que recibía el causante o de la que le habría correspondido. Cada hijo con derecho a orfandad suma un 20% de esa misma pensión. Si entre todos superan el 100% de la pensión del causante, cada cuota se reduce proporcionalmente para no pasar ese techo, y el conjunto nunca puede quedar por debajo de la pensión mínima que fija el IESS.

¿Conviene afiliarse voluntariamente al IESS?

Depende de qué busques. La afiliación voluntaria cuesta el 17,60% del ingreso declarado, con base mínima de un SBU, y da cobertura de salud, pensiones y riesgos sin relación laboral. Para quien trabaja por su cuenta suele ser la única forma de seguir sumando aportaciones hacia la jubilación. Lo que conviene mirar es sobre qué ingreso declaras: la base baja abarata la cuota hoy y achica la pensión mañana.

¿Hay que afiliar a la empleada doméstica desde el primer día?

Sí, sin excepciones y aunque el trabajo sea por horas o por pocos días a la semana. La remuneración mínima del trabajo del hogar a jornada completa es de un SBU ($482,00), con aporte personal del 9,45% y patronal del 11,15%, más décimos, vacaciones y fondos de reserva desde el mes 13. No afiliar expone al empleador al interés de mora y a la responsabilidad patronal por cualquier contingencia.

¿Los décimos y los fondos de reserva aportan al IESS?

Los décimos tercero y cuarto no: están fuera de la materia gravada y por eso no se les descuenta el 9,45% ni generan aporte patronal. Los fondos de reserva tampoco son materia gravada: son un beneficio del 8,33% que se paga mensualizado o se acumula en tu cuenta individual del IESS.

¿Puedo seguir aportando después de jubilarme?

Sí. Un pensionista que vuelve a trabajar en relación de dependencia sigue aportando, y esos aportes pueden dar lugar a una mejora de la pensión según la normativa vigente. Consulta el caso concreto en el IESS antes de tomar la decisión, porque las condiciones cambian según el tipo de pensión que ya recibes.

¿Dónde veo mis aportaciones reales?

En la Historia Laboral del portal del IESS, con tu número de cédula y clave. Ahí figuran las aportaciones mes a mes, los períodos de mora patronal, tu fondo de reserva y tu fondo de cesantía. Es el dato que manda: cualquier estimación, esta incluida, se compara contra esa historia.

Fuentes

IESS — Aportes, historia laboral y prestacionesIESS — Mora patronalMinisterio del Trabajo — Código del Trabajo (art. 216, jubilación patronal)Banco Central del Ecuador — Tasas de interés referencialesMinisterio del Trabajo — Salario Básico Unificado vigente

Respuesta comprobable

La respuesta, sin rodeos

En relación de dependencia aportas el 9,45% de la materia gravada y el empleador el 11,15%: el IESS recibe el 20,60% de tu remuneración cada mes.

El aporte al IESS cambia según cómo estés afiliado: en relación de dependencia se reparte entre vos y la empresa, como voluntario lo pagas entero, y en el trabajo del hogar hay reglas propias. Del otro lado de esa cuenta está lo que vas a cobrar: la pensión de vejez, la jubilación patronal que paga la empresa a los 25 años, y el montepío que queda para la familia.

Qué incluye

  • Aporte personal del 9,45%, que se descuenta de tu rol
  • Aporte patronal del 11,15%, que paga la empresa además del sueldo
  • Base de cálculo: la materia gravada, o sea sueldo, horas extra y comisiones, sin los décimos
  • El aporte cubre salud, pensiones, riesgos del trabajo y cesantía

Qué puede cambiarla

  • Estimación informativa. Tasas, costos, comisiones y condiciones reales dependen de cada entidad y contrato; compará la documentación oficial antes de decidir.
  • La planilla se paga hasta el día 15 del mes siguiente: desde el 16 el empleador entra en mora patronal y el IESS le cobra interés
  • La afiliación es obligatoria desde el primer día de trabajo: no depende del período de prueba ni de la duración del contrato

Plazo o próximo paso: la planilla vence el día 15 del mes siguiente al período trabajado.

Fuentes principales: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social · Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

Transparencia editorial

Quién responde por esta guía

Estado editorial visible en metodología
Autor y editor responsableFundador y editor responsable de Hacé Cuentas.
Cómo se verificaLa autoría y el método están explicados en las páginas editoriales.
Fuentes y métodoLa página explica sus supuestos y límites.Ver metodología →

Elegí tu situación

Consulta principal:IESS en Ecuador

¿Qué querés resolver?

Herramientas relacionadas en otros países e idiomas

Revisá el idioma, las unidades y los supuestos de cada herramienta.