Calculá tu licencia de maternidad
Estimá los días y cómo se reparte el pago entre el IESS y tu empleador.
🔒 No guardamos la información que ingresás.
Calculá qué te corresponde por maternidad, paternidad o reposo médico. Y si necesitás estimar una pensión alimenticia, aplicamos la tabla oficial vigente.
Así te mostramos solamente los datos que hacen falta y el resultado que realmente estás buscando.
Estimá los días y cómo se reparte el pago entre el IESS y tu empleador.
🔒 No guardamos la información que ingresás.
Resultado orientativo con las reglas seleccionadas.
Una vista directa de los días, el responsable del pago y la condición que suele generar más dudas.
IESS 75% y empleador 25%. Comienza antes de la fecha probable de parto.
La paga íntegramente el empleador. Cesárea, prematuridad o enfermedad amplían el plazo.
Los primeros días los paga la empresa; después entra el subsidio del IESS.
La cuenta da el piso legal. El juez puede determinar un monto mayor según el caso.
El plazo depende del caso, pero el recorrido suele ser el mismo.
La tabla sirve para anticipar el piso del monto, pero no reemplaza el proceso judicial.
Las reglas importantes explicadas en lenguaje cotidiano.
Doce semanas, es decir 84 días, según el art. 152 del Código del Trabajo. En caso de nacimiento múltiple el plazo se extiende diez días más, o sea 94 días. La licencia empieza dos semanas antes de la fecha probable de parto, y durante todo ese período la madre cobra el 100% de su remuneración.
Los dos. El IESS subsidia el 75% de la remuneración y el empleador completa el 25% restante, de modo que la madre percibe el 100%. Para acceder al subsidio del IESS hacen falta al menos 12 aportaciones mensuales previas; si no se llega a ese mínimo, la remuneración queda íntegramente a cargo del empleador.
Quince días calendario por un parto normal, tras la reforma de la Ley Orgánica del Derecho al Cuidado Humano. Suben a 20 días si hubo cesárea o parto múltiple, a 23 si el hijo nació prematuro o requiere cuidados especiales, y a 25 días si nació con enfermedad degenerativa, terminal o irreversible, o con discapacidad severa. En todos los casos la paga el empleador al 100%.
No. Es una confusión frecuente: las ampliaciones por cesárea y por nacimiento prematuro que trajo la reforma de 2023 se aplican a la licencia de paternidad. La licencia de maternidad solo se extiende por nacimiento múltiple, con diez días adicionales sobre las doce semanas.
Terminada la licencia de maternidad, la madre tiene derecho a una jornada reducida de seis horas —o a dos horas diarias de permiso, según cómo se organice— hasta que el hijo cumpla doce meses de edad, sin que eso afecte su remuneración. Es un derecho independiente de la licencia y no se descuenta de ella.
Los primeros 3 días los cubre el empleador al 100% de la remuneración. Desde el cuarto día entra el subsidio del IESS, calculado sobre el promedio de la materia gravada de los últimos meses: arranca en el 75% y baja después a alrededor de dos tercios, con un tope de 185 días por enfermedad no profesional. Los tramos exactos los fija la normativa del IESS.
Se agota el subsidio por enfermedad no profesional. A partir de ahí el caso se evalúa por otras vías: la comisión de valuación de incapacidades del IESS puede derivar en una pensión por incapacidad, o la relación laboral puede terminar según lo que prevé el Código del Trabajo. Si el origen fue un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, el régimen aplicable es el de Riesgos del Trabajo, con sus propias prestaciones.
El piso absoluto de la tabla vigente es de $135,54 al mes por un hijo de 0 a 2 años y de $142,14 por uno de 3 años en adelante: el 28,12% y el 29,49% de un SBU en el nivel más bajo. Ese mínimo se aplica incluso si el alimentante gana menos de un SBU o no declara ingresos, porque la tabla toma un SBU como base mínima referencial.
Sobre el ingreso del alimentante descontando el aporte personal al IESS del 9,45%, según el acuerdo ministerial vigente y la jurisprudencia constitucional. Es decir que un sueldo de mil dólares se calcula sobre novecientos cinco y medio, no sobre mil. Esa base se expresa en SBU para ubicar el nivel de la tabla.
Solo en los dos niveles más bajos de ingreso. Del tercer nivel en adelante el acuerdo fija un porcentaje único para uno o más beneficiarios: lo que cambia es que ese monto total se reparte entre todos los hijos, así que la pensión por hijo baja aunque el porcentaje sea el mismo.
Sí. La tabla es un piso, no un techo. El juez puede fijar una pensión mayor atendiendo a las necesidades del beneficiario y a la capacidad económica real del alimentante, incluidos ingresos que no figuran en un rol de pagos. Lo que no puede es fijar una pensión por debajo del mínimo de la tabla.
La trabajadora embarazada o en período de lactancia tiene estabilidad reforzada: un despido en ese período es ineficaz y da lugar a indemnizaciones agravadas además de las ordinarias. Durante el reposo médico validado por el IESS la relación laboral se suspende, no termina: el despido en ese contexto se trata como despido intempestivo con las consecuencias del art. 188.
Respuesta comprobable
La licencia de maternidad es de 12 semanas —84 días— y se cobra el 100% de la remuneración: el IESS subsidia el 75% y el empleador paga el 25%.
Las licencias de maternidad, paternidad y enfermedad tienen dos preguntas: cuántos días te corresponden y de qué bolsillo sale la plata. Casi nunca sale de uno solo: en maternidad el IESS pone el 75% y el empleador el 25%; en enfermedad los primeros días los paga la empresa y recién después entra el subsidio. Y si la familia se separa, aparece una tercera cuenta: la pensión alimenticia, que tiene tabla oficial y piso legal.
Plazo o próximo paso: la licencia se solicita con el certificado del IESS; el subsidio se tramita en línea y se acredita una vez validado el aviso de reposo.
Fuentes principales: Ministerio del Trabajo del Ecuador · Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
Transparencia editorial
Elegí tu situación
Consulta principal:Licencias por hijos y enfermedad en Ecuador
Tu próximo paso
Usá el resultado que acabás de obtener para avanzar con una cuenta directamente relacionada.
Revisá el idioma, las unidades y los supuestos de cada herramienta.
Instalá Hacé Cuentas en tu iPhone