Finanzas

Calculadora de edad de jubilación en Uruguay (Ley 20.130)

Calculá a qué edad te podés jubilar en Uruguay según tu año de nacimiento y tus años de servicio, con la tabla de transición de la reforma Ley 20.130 (de 60 a 65 años) y la causal de edad avanzada.

  • Datos verificados · julio de 2026
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Datos actualizados: · Fuente: BPS / Ley 20.130
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Calculadora específica para Uruguay. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Uruguay.

¿A qué edad te podés jubilar en Uruguay? Depende de tu año de nacimiento y de tus años de servicio. La reforma de la seguridad social (Ley N° 20.130) eleva la edad mínima de la causal común de 60 a 65 años de forma gradual: cuanto más joven sos, más tarde te podés jubilar.

Quienes nacieron hasta 1972 conservan la edad de 60 años; los de 1973 se jubilan a los 61, 1974 a los 62, 1975 a los 63, 1976 a los 64, y desde 1977 en adelante a los 65. En todos los casos seguís necesitando 30 años de servicios reconocidos.

Si no llegás a 30 años, existe la causal de edad avanzada, que permite jubilarte más tarde con menos aportes: 65 años con 25 de servicio, 66/23, 67/21, 68/19, 69/17 o 70/15. Con menos de 15 años no se configura una causal contributiva. Ingresá tu año de nacimiento y tus años de servicio para ver a qué edad te podés jubilar.

Cuándo usar esta calculadora

  • Saber a qué edad te podés jubilar según tu año de nacimiento tras la reforma.
  • Ver cuántos años de servicio te faltan para la causal común (30 años).
  • Chequear si te conviene esperar a la causal de edad avanzada.
  • Planificar el retiro conociendo la edad mínima que te toca en la transición.
  • Entender por qué dos personas de distinta edad se jubilan a edades distintas.
  • Estimar la edad de jubilación si tenés menos de 30 años de aportes.
  • Comparar la causal común con la de edad avanzada para tu caso.

Edad mínima de jubilación según año de nacimiento (Ley 20.130)

Año de nacimientoEdad mínima (causal común)Años de servicio
Hasta 197260 años30
197361 años30
197462 años30
197563 años30
197664 años30
1977 en adelante65 años30

Causal común: 30 años de servicio en todos los casos. Causal de edad avanzada (menos aportes): 65/25, 66/23, 67/21, 68/19, 69/17, 70/15 (edad/años).

Cómo funciona

Cómo se determina la edad de jubilación

Si tenés 30 años de servicio o más → causal común, a la edad mínima según tu año de nacimiento
Si tenés menos de 30 años       → causal de edad avanzada (a mayor edad, menos años se exigen)
Si tenés menos de 15 años        → no se configura causal contributiva

Tabla de transición de la causal común (Ley 20.130)

Año de nacimientoEdad mínimaAños de servicio
Hasta 197260 años30
197361 años30
197462 años30
197563 años30
197664 años30
1977 en adelante65 años30

La reforma sube la edad mínima de a un año por año de nacimiento hasta llegar a los 65 para quienes nacieron desde 1977. Es una transición: no todos pasan de golpe a 65.

Causal de edad avanzada

Si no llegás a los 30 años de servicio, podés jubilarte por edad avanzada, que exige más edad pero menos aportes:

EdadAños de servicio
65 años25
66 años23
67 años21
68 años19
69 años17
70 años15

Con menos de 15 años de servicio no se configura una causal jubilatoria contributiva; en ese caso se evalúan prestaciones no contributivas (como la pensión a la vejez).

Cuándo empieza a regir la causal común del nuevo sistema

Como se trata de un período de transición entre regímenes, las jubilaciones de la causal común del nuevo Sistema Previsional Común comienzan a otorgarse a partir de 2033. Hasta entonces, quienes configuran causal lo hacen por el régimen anterior/transición.

Qué NO resuelve esta calculadora

  • No calcula el monto de la jubilación (eso depende del sueldo básico jubilatorio y la tasa de reemplazo).

  • No contempla regímenes especiales (bonificados, militares, policiales, cajas paraestatales como la Notarial o la Bancaria).

  • No valida cómputos de servicios ni topes; el reconocimiento de años lo hace el BPS.
  • Disclaimer

    Calculadora orientativa. La edad y los años exactos los determina el BPS según tu historia laboral. Consultá tu situación en el BPS antes de tomar decisiones.

    Ejemplo: nacido en 1975 con 32 años de servicio

    Año de nacimiento: 1975 → la edad mínima de la causal común es 63 años (transición Ley 20.130).
    Años de servicio: 32, que superan los 30 exigidos por la causal común.
    Como ya cumplís los 30 años de servicio, te jubilás por causal común.
    Edad de jubilación: 63 años.
    Te podés jubilar a los 63 años (causal común)

    Preguntas frecuentes

    ¿A qué edad me puedo jubilar en Uruguay con la reforma?
    Depende de tu año de nacimiento. La edad mínima de la causal común sube de 60 a 65 años: nacidos hasta 1972 a los 60, 1973 a los 61, 1974 a los 62, 1975 a los 63, 1976 a los 64 y desde 1977 a los 65, siempre con 30 años de servicio.
    ¿Cuántos años de aportes necesito para jubilarme?
    Para la causal común necesitás 30 años de servicios reconocidos. Con menos de 30 años podés acceder por edad avanzada, que exige menos aportes pero más edad (por ejemplo, 25 años a los 65 o 15 años a los 70).
    ¿Qué es la causal de edad avanzada?
    Es una vía para jubilarse sin llegar a los 30 años de servicio: a mayor edad se exigen menos aportes. La escala es 65 años con 25 de servicio, 66/23, 67/21, 68/19, 69/17 y 70/15. Con menos de 15 años no se configura causal contributiva.
    Nací en 1980, ¿a qué edad me jubilo?
    A los 65 años, porque naciste después de 1977. La transición de la Ley 20.130 fija la edad mínima de la causal común en 65 años para todos los nacidos desde 1977, siempre con 30 años de servicio.
    Si nací antes de 1973, ¿me afecta la reforma?
    No en la edad mínima: quienes nacieron hasta 1972 conservan la edad de 60 años para la causal común. La suba gradual de la edad empieza con los nacidos en 1973 (61 años).
    ¿La reforma ya está vigente para jubilarse?
    La transición de edades ya rige. Sin embargo, por ser un período de transición, las jubilaciones de la causal común del nuevo Sistema Previsional Común comienzan a otorgarse a partir de 2033; hasta entonces se aplica el régimen anterior/transición.
    ¿Puedo jubilarme antes juntando más años de aportes?
    Con 30 años de servicio configurás la causal común y te jubilás a la edad mínima que te corresponde por tu año de nacimiento; sumar más años no baja esa edad, pero sí mejora la tasa de reemplazo (el monto).
    ¿Esta edad aplica a todas las cajas?
    La transición de la Ley 20.130 es común al sistema general (BPS). Los regímenes especiales y las cajas paraestatales (Notarial, Bancaria, Profesionales) tienen sus propias reglas; verificá tu caja si corresponde.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de finanzas con fórmula verificada automáticamente contra BPS — Jubilación normal por el nuevo Sistema Previsional Común, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de edad de jubilación en Uruguay (Ley 20.130). Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/uy/calculadora-edad-jubilacion-uruguay

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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