Finanzas

Calculadora de licencia anual en Uruguay 2026 (días y pago)

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: MTSS / Ley 12.590
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
$U
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La licencia anual es el período de vacaciones pagas que la ley uruguaya garantiza a todo trabajador. El régimen base son 20 días por cada año calendario completo trabajado, pero ese número crece con la antigüedad: se suma 1 día extra cada 4 años a partir del quinto año. Así, quien tiene entre 1 y 4 años de antigüedad goza de 20 días; entre 5 y 8 años, 21 días; entre 9 y 12, 22 días; y la escalera sigue sumando un día cada cuatro años. Es un premio a la permanencia en el empleo. Si no trabajaste el año completo (por ejemplo, ingresaste a mitad de año), la licencia se prorratea por los meses efectivamente trabajados. Y el pago de esos días se calcula con el jornal de licencia: el sueldo nominal dividido entre 30, multiplicado por la cantidad de días. Esta calculadora te dice cuántos días de licencia te corresponden según tu antigüedad y cuánto se paga por ellos, aplicando el régimen del Ministerio de Trabajo (MTSS, Ley 12.590). Los montos van en pesos uruguayos ($U).

Días de licencia por antigüedad y pago del jornal de licencia — Uruguay (sueldo $U 50.000, año completo)
AntigüedadDías de licenciaJornal de licencia ($U)Pago de la licencia ($U)
1 a 4 años201.66733.333
5 a 8 años211.66735.000
9 a 12 años221.66736.667
13 a 16 años231.66738.333
17 a 20 años241.66740.000
21 a 24 años251.66741.667

Base de 20 días por año completo (Ley 12.590) + 1 día cada 4 años a partir del 5º año de antigüedad, sin tope. Jornal de licencia = sueldo nominal ÷ 30 (acá $U 50.000 ÷ 30 = $U 1.666,67). Pago = jornal × días. Aparte se cobra el salario vacacional (100% del jornal LÍQUIDO por los mismos días). Año incompleto: se prorratea por meses (× meses ÷ 12). Fuente: MTSS / BPS.

Última revisión: 21 de junio de 2026 Verificado por Fuente: MTSS — Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley 12.590 — Licencia anual, BPS — Banco de Previsión Social 100% privado

En Uruguay la licencia anual es de 20 días por cada año calendario completo trabajado, más 1 día extra cada 4 años de antigüedad a partir del 5º año (21 días entre los 5 y 8 años, 22 entre los 9 y 12, y así). Si no trabajaste el año completo, los días se prorratean por meses. El pago de la licencia se calcula con el jornal de licencia, que es el sueldo nominal dividido entre 30, multiplicado por los días. Ejemplo: con 6 años de antigüedad y un sueldo de $U 50.000 te corresponden 21 días y un pago de $U 35.000.

Cuándo usar esta calculadora

  • Saber cuántos días de licencia te corresponden según tu antigüedad.
  • Calcular el día extra de licencia que ganás al cumplir 5, 9 o 13 años en el empleo.
  • Estimar cuánto te van a pagar por tus días de licencia (jornal de licencia).
  • Calcular la licencia proporcional si ingresaste a mitad de año.
  • Verificar si te están liquidando bien los días de vacaciones.
  • Planificar tus vacaciones sabiendo cuántos días tenés disponibles.
  • Trabajador con 6 años de antigüedad y $U 50.000: 21 días, pago de $U 35.000.
  • Empleado con 2 años que trabajó 6 meses: licencia proporcional de 10 días.
  • Persona que cumple 5 años revisa que ahora le corresponden 21 días en vez de 20.
  • Trabajador con 13 años verifica que ya goza de 23 días de licencia anual.

Ejemplo: 6 años de antigüedad, año completo, sueldo $U 50.000

  1. Días base: 20 días por año completo trabajado.
  2. Días extra: con 6 años de antigüedad (5 o más) corresponde 1 día extra → 21 días.
  3. Jornal de licencia: $U 50.000 / 30 = $U 1.666,67 por día.
  4. Pago: $U 1.666,67 × 21 días = $U 35.000.
Resultado: 21 días de licencia — pago de $U 35.000

Cómo funciona

2 min read

Cómo se calcula la licencia anual en Uruguay

La licencia tiene dos componentes: la cantidad de días (que depende de la antigüedad) y el pago de esos días.

Días base = 20 por año calendario completo
Días extra = 1 cada 4 años, a partir del 5º año
Días totales = días base + días extra
Días (año incompleto) = días totales × meses trabajados ÷ 12
Pago de licencia = (sueldo nominal / 30) × días

Los 20 días base

Todo trabajador tiene derecho a 20 días de licencia por cada año calendario completo trabajado. Es el piso legal de la Ley 12.590, irrenunciable.

El día extra por antigüedad

A la base de 20 se suma 1 día por cada 4 años de antigüedad, contado a partir del 5º año. La escalera queda así:

AntigüedadDías de licencia
1 a 4 años20
5 a 8 años21
9 a 12 años22
13 a 16 años23
17 a 20 años24

Cada cuatro años se gana un día más, sin tope práctico para la mayoría de las carreras laborales.

El prorrateo por meses

Si no trabajaste el año calendario completo (por ejemplo, ingresaste en julio), la licencia se genera en proporción a los meses trabajados: días totales × meses ÷ 12. Un trabajador con derecho a 20 días que trabajó 6 meses genera 10 días.

El pago: el jornal de licencia

Los días de licencia se pagan con el jornal de licencia, que es el sueldo nominal dividido entre 30, multiplicado por la cantidad de días. Aparte de este pago, el trabajador cobra el salario vacacional, una suma adicional para el mejor goce de la licencia (que se calcula sobre el jornal líquido).

Licencia, salario vacacional y aguinaldo: no confundir

Son tres cosas distintas. La licencia es el pago de los días de vacaciones (este cálculo). El salario vacacional es un extra que se suma para disfrutar esos días. El aguinaldo (SAC) es un doceavo de lo percibido en el semestre, ajeno a las vacaciones. Los tres conviven en un mismo año laboral.

Qué NO incluye este cálculo

  • El salario vacacional: es una partida adicional aparte (tiene su propia calculadora).

  • Licencias especiales: por estudio, matrimonio, paternidad, duelo o enfermedad, que tienen regímenes propios.

  • Convenios más favorables: algunos convenios colectivos otorgan más días que el mínimo legal.

  • Licencia no gozada al egresar: si te vas con días pendientes, se liquidan en la liquidación final.
  • Disclaimer

    Cálculo orientativo basado en la Ley 12.590 y el régimen general del MTSS. Los días exactos pueden variar según el convenio colectivo del sector y la forma de computar la antigüedad. Para casos particulares, verificá con el Ministerio de Trabajo (MTSS) o tu sindicato.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días de licencia me corresponden en Uruguay?

    20 días por cada año calendario completo trabajado, más 1 día extra cada 4 años de antigüedad a partir del 5º año. Entre 5 y 8 años son 21 días, entre 9 y 12 son 22, y así sucesivamente.

    ¿Cuándo gano el día extra de licencia?

    Al cumplir el 5º año de antigüedad sumás el primer día extra (pasás de 20 a 21 días). Después, un día más cada 4 años: a los 9 años llegás a 22, a los 13 a 23, a los 17 a 24.

    ¿Cómo se paga la licencia?

    Con el jornal de licencia, que es el sueldo nominal dividido entre 30, multiplicado por los días de licencia. Con un sueldo de $U 50.000 y 21 días: (50.000/30) × 21 = $U 35.000.

    ¿Qué pasa si no trabajé el año completo?

    La licencia se prorratea por los meses trabajados: días totales × meses ÷ 12. Un trabajador con derecho a 20 días que trabajó 6 meses genera 10 días de licencia.

    ¿La licencia es lo mismo que el salario vacacional?

    No. La licencia es el pago de los días de vacaciones (jornal de licencia). El salario vacacional es una suma adicional para el mejor goce de esos días, que se calcula sobre el jornal líquido. Se cobran juntos pero son rubros distintos.

    ¿Los 20 días de licencia son hábiles o corridos?

    Son días de licencia computados según el régimen legal uruguayo. La base de 20 días corresponde al año completo y aumenta con la antigüedad. Conviene coordinar las fechas con el empleador respetando el mínimo legal.

    ¿Puedo renunciar a la licencia y que me la paguen?

    No. La licencia es un derecho irrenunciable y debe gozarse efectivamente. Solo se paga sin gozar cuando termina la relación laboral y quedan días pendientes (licencia no gozada en la liquidación final).

    Con 13 años de antigüedad, ¿cuántos días tengo?

    23 días. La base son 20, y a partir del 5º año sumás 1 día cada 4 años: 21 a los 5, 22 a los 9 y 23 a los 13 años de antigüedad.

    ¿El convenio de mi sector puede dar más días?

    Sí. Los 20 días más el día por antigüedad son el mínimo legal. Algunos convenios colectivos otorgan más días de licencia, que siempre prevalecen si son más favorables al trabajador.

    ¿Qué pasa con la licencia que no llegué a tomarme si me voy?

    Se liquida como licencia no gozada en la liquidación final, pagando el jornal de licencia por cada día pendiente, más el salario vacacional proporcional correspondiente.

    Fuentes y referencias