Impuestos

IRPF Uruguay 2026: calculá tu retención mensual

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: DGI / BPS Comunicado R 5/2026
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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El IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) grava los sueldos de los trabajadores uruguayos en relación de dependencia bajo la Categoría II. No es un porcentaje plano: se aplica una escala progresiva por franjas medidas en BPC y luego se descuenta un crédito por deducciones (aportes a BPS, hijos a cargo, alquiler). Esta calculadora estima cuánto te retienen del sueldo mes a mes con los valores 2026 (BPC $U 6.864) de DGI y BPS.

IRPF Uruguay 2026 — retención mensual estimada según sueldo nominal (sin hijos)
Sueldo nominalIRPF mensual aprox.Tasa efectiva
$U 48.048$U 00%
$U 70.000$U 3420,5%
$U 90.000$U 2.7943,1%
$U 120.000$U 9.4157,8%
$U 150.000$U 16.14510,8%
$U 200.000$U 27.36113,7%
$U 300.000$U 50.73416,9%

Estimación con BPC 2026 = $U 6.864, escala IRPF Categoría II y crédito por deducciones del 14%/8% sobre los aportes personales a BPS (sin hijos ni otras deducciones). Fuente: DGI / BPS. Los valores reales varían según deducciones cargadas.

Última revisión: 21 de junio de 2026 Verificado por Fuente: DGI – IRPF (Texto Ordenado, Título 7), BPS – Comunicado R 5/2026 (escalas y BPC), IMPO – Decreto N° 11/026 (BPC 2026) 100% privado

El IRPF de los trabajadores en Uruguay (Categoría II) se calcula con una escala progresiva por franjas en BPC: 0% hasta 7 BPC ($U 48.048/mes), y luego 10%, 15%, 24%, 25%, 27%, 31% y 36% en los tramos siguientes. Al impuesto primario se le resta un crédito por deducciones (14% si el nominal es menor a 15 BPC, 8% si es mayor o igual), que incluye los aportes a BPS y 20 BPC anuales por hijo a cargo. Un sueldo nominal de $U 120.000 paga unos $U 9.415 de IRPF por mes.

Cuándo usar esta calculadora

  • Trabajador en relación de dependencia que quiere saber cuánto IRPF le van a retener del recibo
  • Persona que recibió un aumento y necesita estimar cómo cambia su retención mensual
  • Empleado con hijos menores a cargo que quiere ver cuánto baja el IRPF por la deducción
  • Quien compara una oferta laboral nominal contra otra para entender el impacto fiscal real
  • Contribuyente preparando la declaración jurada anual de junio para anticipar ajustes
  • Empleador o estudio contable que verifica la retención de IRPF de la nómina

Sueldo nominal de $U 120.000, sin hijos

  1. Tramo 7–10 BPC: $U 20.592 × 10% = $U 2.059
  2. Tramo 10–15 BPC: $U 34.320 × 15% = $U 5.148
  3. Tramo 15 BPC hasta $U 120.000: $U 17.040 × 24% = $U 4.090
  4. Impuesto primario = $U 11.297
  5. Crédito por deducciones (14% de los aportes BPS ≈ $U 13.440) = $U 1.882
  6. IRPF mensual = $U 11.297 − $U 1.882 = $U 9.415 (tasa efectiva 7,85%)
Resultado: $U 9.415 de IRPF por mes (≈ $U 112.980 al año)

Cómo funciona

2 min read

Cómo se calcula el IRPF en Uruguay (Categoría II)

El IRPF de los trabajadores en relación de dependencia se liquida con una escala progresiva por franjas. La unidad de medida es la BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones), que en 2026 vale $U 6.864 (Decreto N° 11/026). Cada tramo de la escala se expresa en cantidad de BPC y paga su tasa marginal solo sobre la porción del sueldo que cae dentro de él.

Paso 1 — Impuesto primario (escala progresiva)

Se aplica esta escala mensual sobre el sueldo nominal:

Franja (BPC)Tramo mensual 2026Tasa
0 – 7hasta $U 48.0480%
7 – 10$U 48.048 – $U 68.64010%
10 – 15$U 68.640 – $U 102.96015%
15 – 30$U 102.960 – $U 205.92024%
30 – 50$U 205.920 – $U 343.20025%
50 – 75$U 343.200 – $U 514.80027%
75 – 115$U 514.800 – $U 789.36031%
más de 115desde $U 789.36036%

El mínimo no imponible es 7 BPC ($U 48.048/mes): si ganás menos que eso, no pagás IRPF. Por encima, solo tributa el excedente de cada tramo.

Paso 2 — Crédito por deducciones

Las deducciones en Uruguay no se restan de la base imponible: generan un crédito que se descuenta del impuesto primario. La tasa del crédito depende del sueldo:

  • 14% si el nominal es menor a 15 BPC ($U 102.960).

  • 8% si el nominal es mayor o igual a 15 BPC.
  • Las principales deducciones son:

  • Los aportes personales a BPS (montepío 15% + FONASA + FRL).

  • 20 BPC anuales por cada hijo menor a cargo (se prorratea por mes), o 40 BPC anuales si el hijo tiene discapacidad. Cuando los dos padres declaran, cada uno computa la mitad.

  • Aportes a cajas profesionales y otras partidas admitidas.
  • Paso 3 — IRPF a retener

    IRPF mensual = máximo(0 ; impuesto primario − crédito por deducciones)

    El empleador retiene este monto cada mes y, además, suele anticipar un porcentaje extra para cubrir el IRPF del aguinaldo. En junio de cada año se presenta la declaración jurada anual ante DGI, donde se ajustan diferencias (por ejemplo, si trabajaste en varias empresas o tuviste deducciones que no se cargaron mes a mes).

    Contexto legal

    El IRPF está regulado por el Título 7 del Texto Ordenado de DGI y las escalas 2026 surgen del Comunicado BPS R 5/2026 junto con los decretos de actualización de la BPC. La retención mensual es a cuenta del impuesto anual: por eso el resultado de esta calculadora es una estimación que puede ajustarse en la declaración.

    Qué NO incluye este cálculo

  • Deducción por alquiler de vivienda (hasta el 6% del monto pagado, con condiciones): no está incluida; cargala como "otras deducciones" si corresponde.

  • Crédito hipotecario para vivienda única.

  • El IRPF del aguinaldo y el salario vacacional, que se calculan aparte.

  • Rentas de otra categoría (alquileres que cobrás, intereses, dividendos): tributan por la Categoría I con tasas distintas.

  • El IASS, que reemplaza al IRPF para jubilados y pensionistas.
  • Esta herramienta es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un contador ni la liquidación oficial de DGI.

    Preguntas frecuentes

    ¿A partir de qué sueldo se paga IRPF en Uruguay en 2026?

    El mínimo no imponible es de 7 BPC mensuales, equivalente a $U 48.048 (7 × $U 6.864). Por debajo de ese nominal no se retiene IRPF. Apenas lo superás, solo tributa la parte que excede ese piso.

    ¿Las deducciones se restan del sueldo o del impuesto?

    Del impuesto. En Uruguay las deducciones no bajan la base imponible: generan un crédito (14% del monto deducible si el nominal es menor a 15 BPC, u 8% si es mayor o igual) que se descuenta del impuesto primario calculado con la escala.

    ¿Cuánto deduce cada hijo a cargo?

    20 BPC anuales por hijo menor ($U 137.280 al año en 2026), o 40 BPC si el hijo tiene discapacidad. Ese monto se multiplica por la tasa de crédito (14% u 8%). Si ambos padres lo declaran, cada uno computa la mitad.

    ¿El IRPF es progresivo o es un porcentaje fijo?

    Es progresivo por franjas. Cada tramo de la escala paga su tasa marginal solo sobre la porción del sueldo que cae dentro de él, así que la tasa efectiva siempre es menor que la marginal del último tramo alcanzado.

    ¿Por qué me retienen IRPF si después me devuelven en la declaración?

    La retención mensual es a cuenta del impuesto anual. Si tus deducciones reales (alquiler, hijos, aportes) fueron mayores a las cargadas mes a mes, o trabajaste menos meses, la declaración jurada de junio ajusta y puede generar una devolución.

    ¿Puedo deducir el alquiler de mi vivienda?

    Sí, podés computar hasta el equivalente al 6% del alquiler pagado en el año como deducción, siempre que el contrato esté identificado con el RUT del arrendador. Esta calculadora no lo incluye por defecto: sumalo en 'otras deducciones'.

    ¿El aguinaldo paga IRPF?

    Sí, el aguinaldo (sueldo anual complementario) integra la renta gravada. Por eso el empleador suele retener un porcentaje adicional durante el año para anticipar el IRPF que generará el aguinaldo en junio y diciembre.

    ¿Qué pasa si trabajo en dos empleos a la vez?

    Cada empleador retiene como si fuera tu único ingreso, lo que casi siempre deja una diferencia a pagar. En la declaración jurada anual se suman ambos sueldos y se recalcula el IRPF total sobre la escala completa.

    ¿El IRPF y el IASS se pagan juntos?

    No. El IRPF grava a los trabajadores activos y el IASS a jubilados y pensionistas. Son impuestos distintos y no se aplican sobre la misma renta: una pasividad paga IASS, un sueldo paga IRPF.

    Fuentes y referencias