laboral

Calculadora de la pensión de incapacidad permanente (total y absoluta) en España

Calcula cuánto se cobra por incapacidad permanente en España: total (55%), cualificada (75%), absoluta (100%) y gran invalidez. Introduce la base reguladora y el grado reconocido.

  • Datos Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · julio de 2026
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¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente en España? Depende del grado reconocido y de tu base reguladora. Esta calculadora te da la cuantía aplicando los porcentajes vigentes.

  • Incapacidad permanente parcial: no da pensión mensual, sino una indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora.

  • Total: 55% de la base reguladora (te impide tu profesión habitual, pero puedes hacer otra).

  • Total cualificada: 75% (55% + 20%) si tienes 55 años o más, sin trabajo y con difícil reinserción.

  • Absoluta: 100% de la base reguladora (te impide toda profesión). Exenta de IRPF.

  • Gran invalidez: 100% más un complemento para la persona que te asiste. También exenta de IRPF.
  • A diferencia de la total, la absoluta y la gran invalidez no tributan en el IRPF. Introduce la base reguladora y el grado para ver la cuantía mensual y anual.

    Cuándo usar esta calculadora

    • Calcular cuánto se cobra por incapacidad permanente total (55%).
    • Ver la cuantía de la incapacidad absoluta (100%).
    • Estimar la total cualificada al cumplir 55 años (75%).
    • Conocer la indemnización de la incapacidad parcial (24 mensualidades).
    • Comparar la cuantía neta de la total (tributa) y la absoluta (exenta).
    • Saber la pensión anual en 14 pagas por grado.
    • Estimar el complemento de gran invalidez.

    Cómo funciona

    Grados de incapacidad permanente y cuantía

    Pensión = base reguladora × porcentaje del grado

    GradoQué reconocePrestación
    ParcialMerma ≥33% en tu profesión, pero puedes seguirIndemnización única de 24 mensualidades
    TotalTe impide tu profesión habitual55% de la base reguladora
    Total cualificadaTotal + 55 años, sin trabajo75% (55% + 20%)
    AbsolutaTe impide toda profesión100% de la base reguladora
    Gran invalidezAbsoluta + necesitas ayuda de otra persona100% + complemento

    La incapacidad parcial: indemnización, no pensión

    La parcial no genera pensión mensual: se paga una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora, en un único pago. Es compatible con seguir trabajando en la misma profesión.

    El +20% de la total cualificada

    La incapacidad permanente total puede subir del 55% al 75% (el llamado "complemento del 20%") cuando el pensionista tiene 55 años o más, no realiza trabajo y por sus circunstancias se presume difícil que encuentre empleo en otra actividad.

    El complemento de gran invalidez

    En la gran invalidez, además del 100% de la base reguladora, se añade un complemento destinado a remunerar a la persona que atiende al beneficiario. Por ley, ese complemento no puede ser inferior al 45% de la base reguladora (su cálculo exacto combina la base mínima de cotización y la base del trabajador).

    Fiscalidad: qué tributa y qué no

  • La incapacidad permanente total tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo.

  • La absoluta y la gran invalidez están exentas de IRPF: se cobran íntegras.
  • Disclaimer

    ⚠️ Cálculo orientativo. La base reguladora exacta, el grado y el complemento del 20% o de gran invalidez los determina el INSS a través del Equipo de Valoración de Incapacidades. Existen pensiones mínimas y máximas que pueden ajustar la cuantía. Consulta tu resolución oficial.

    Ejemplo: base reguladora de 1.500 €, incapacidad permanente total (55%)

    Porcentaje: incapacidad permanente total → 55% de la base reguladora.
    Cuantía: 1.500 € × 55% = 825 €/mes.
    Anual (14 pagas): 825 € × 14 = 11.550 €.
    Si fuera absoluta (100%): 1.500 €/mes (21.000 €/año) y exenta de IRPF.
    Con una base reguladora de 1.500 €, la incapacidad permanente total supone 825 €/mes (11.550 €/año). La total tributa en el IRPF; la absoluta (1.500 €/mes) estaría exenta.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente total?
    El 55% de la base reguladora. Con una base de 1.500 €, serían 825 €/mes en 14 pagas (11.550 €/año). Puede subir al 75% (total cualificada) si tienes 55 años o más y no trabajas.
    ¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente absoluta?
    El 100% de la base reguladora, y además está exenta de IRPF, así que se cobra íntegra. Con una base de 1.500 €, serían 1.500 €/mes (21.000 €/año en 14 pagas).
    ¿Qué es la incapacidad permanente total cualificada?
    Es la incapacidad total con un complemento del 20%, lo que eleva la pensión del 55% al 75% de la base reguladora. Se reconoce a quienes tienen 55 años o más, no trabajan y difícilmente encontrarán otro empleo.
    ¿La incapacidad parcial da una pensión mensual?
    No. La incapacidad permanente parcial se compensa con una indemnización única equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora, pagada de una sola vez. Es compatible con seguir trabajando en tu profesión.
    ¿La pensión de incapacidad permanente tributa en el IRPF?
    La total tributa como rendimiento del trabajo. La absoluta y la gran invalidez están exentas de IRPF, por lo que se perciben sin retención. Es una diferencia importante en el importe neto.
    ¿Qué complemento tiene la gran invalidez?
    Se suma al 100% de la base reguladora un complemento para retribuir a la persona que atiende al beneficiario. Por ley no puede ser inferior al 45% de la base reguladora; su cálculo combina la base mínima de cotización y la base del trabajador.
    ¿Puedo trabajar cobrando una incapacidad permanente total?
    Sí, en una profesión distinta a la que te incapacitó. La total impide tu profesión habitual, pero es compatible con otro empleo. La absoluta y la gran invalidez son, en general, incompatibles con un trabajo salvo actividades marginales.
    ¿Hay pensión mínima en la incapacidad permanente?
    Sí. Existen cuantías mínimas garantizadas según el grado y la situación familiar (con o sin cónyuge a cargo), que se revisan cada año. Si el porcentaje sobre la base reguladora da menos, se eleva a la mínima correspondiente.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra Seguridad Social — Incapacidad permanente: grados y cuantía, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de la pensión de incapacidad permanente (total y absoluta) en España. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/es/calculadora-incapacidad-permanente-total-absoluta-cuantia-espana

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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