Finanzas Guía actualizada

¿Te echaron o renunciaste? Todos los números que tenés que revisar antes de firmar

Indemnización por despido, liquidación final, sueldo de convenio y servicio doméstico: qué te corresponde cobrar en cada caso, cómo verificarlo paso a paso y los errores más comunes en las liquidaciones.

Cuando termina una relación laboral —sea despido, renuncia o mutuo acuerdo— hay una liquidación que firmar. Y firmar sin revisar los números es la forma más cara de ahorrarse veinte minutos. Esta guía recorre qué te corresponde en cada escenario y te deja las herramientas para verificar cada rubro antes de dar el okey.

Si te despidieron sin causa: la indemnización

El despido sin causa dispara la indemnización por antigüedad: un mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción mayor a tres meses), calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual. A eso se suman el preaviso (si no te lo dieron trabajado), la integración del mes de despido y los rubros de toda liquidación final.

Los errores clásicos: tomar como base un sueldo sin los rubros habituales (comisiones, horas extra recurrentes), redondear la antigüedad para abajo, u omitir la integración. Antes de firmar, pasá tus datos por la sala de indemnización por despido: cargás sueldo, fecha de ingreso y fecha de egreso, y te devuelve el desglose rubro por rubro para comparar contra lo que te ofrecen.

Si renunciaste: también cobrás (menos, pero cobrás)

Renunciar no significa irte con las manos vacías. Te corresponden los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas del período en curso. Lo que no cobrás es indemnización ni preaviso (al contrario: lo debés vos, aunque casi nunca se ejecuta).

La calculadora de liquidación final cubre los tres escenarios —renuncia, despido con causa y sin causa— y es la forma más rápida de saber si el recibo final que te dieron cierra o le falta un rubro.

El paso previo: ¿tu sueldo de base está bien?

Toda liquidación se calcula sobre tu remuneración, así que si venías cobrando por debajo del convenio, la liquidación también va a estar mal. Cada actividad tiene su escala salarial: comercio, gastronomía, construcción, camioneros, sanidad. En la sala de sueldos por convenio podés verificar la categoría que te corresponde y el básico vigente de tu actividad. Si detectás diferencias, esas diferencias también se reclaman —y elevan la base de cálculo de la indemnización.

Caso especial: empleadas de casas particulares

El servicio doméstico tiene su propio régimen (Ley 26.844): categorías propias, escala salarial propia, y una liquidación con particularidades —la indemnización se calcula distinto y existe el tope de la mejor remuneración. Si sos empleador o trabajadora del sector, la sala de empleada doméstica resuelve sueldo por hora o mensual, aportes, aguinaldo y liquidación final con las reglas específicas del régimen.

Checklist antes de firmar cualquier liquidación

  • Base de cálculo: ¿incluye todos los rubros habituales? Compará contra tu escala de convenio.
  • Antigüedad: fracción mayor a 3 meses cuenta como año entero.
  • Aguinaldo y vacaciones proporcionales: van siempre, incluso en renuncia.
  • Preaviso e integración: solo en despido sin causa; verificá con la calculadora de indemnización.
  • Plazo: el empleador tiene 4 días hábiles para pagar la liquidación final.

Firmar "en disconformidad" no te quita derechos, pero lo más sólido es llegar a la firma sabiendo el número correcto. Diez minutos con la liquidación final hecha por tu cuenta valen más que cualquier discusión posterior.

Preguntas frecuentes

¿Qué me corresponde si me despiden sin causa?
Indemnización por antigüedad (un sueldo por año trabajado o fracción mayor a 3 meses), preaviso, integración del mes de despido, días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas.
¿Cobro algo si renuncio?
Sí: días trabajados del mes, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas. No corresponde indemnización ni preaviso a tu favor.
¿Sobre qué sueldo se calcula la indemnización?
Sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, incluyendo rubros que cobrás de forma habitual como comisiones u horas extra recurrentes.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar la liquidación final?
Cuatro días hábiles desde la extinción de la relación laboral.
¿Qué pasa si me pagaban por debajo del convenio?
Podés reclamar las diferencias salariales, y además esas diferencias elevan la base de cálculo de la indemnización y la liquidación final.

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