Calculadora de liquidación final por despido de empleada de casa particular
Calculá la liquidación final de una empleada doméstica por despido sin causa según Ley 26.844: antigüedad, preaviso, SAC y vacaciones. AR 2026.
- Datos InfoLEG · julio de 2026
- Editado por Martín Rodríguez
- Cálculo privado en tu dispositivo
Ver cálculo paso a paso
Ver el paso a paso de esta cuenta
Ver detalle período a período
Cómo usar esta calculadora
El cálculo principal primero. La explicación necesaria, inmediatamente después.
Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).
Esta calculadora resuelve la liquidación final por despido sin causa según los Arts. 48 y 49 de la Ley 26.844, sumando: indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes del despido, SAC proporcional y vacaciones proporcionales. Sirve tanto para empleadores que quieren saber cuánto deben pagar al desvincular, como para trabajadoras y trabajadores que necesitan verificar lo que les corresponde.
La diferencia clave con la LCT es que el régimen de casas particulares no tiene tope convencional (no hay convenio colectivo que limite la base como pasa con Comercio o UOM), por lo que no se aplica el fallo Vizzoti ni los topes del Art. 245 LCT. La base es siempre el mejor sueldo mensual del último año trabajado. Otra diferencia importante: el preaviso es más corto (10 días si tenés menos de 1 año, contra 15 días en LCT).
La autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y los conflictos se resuelven ante el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (TTPP), organismo administrativo con jurisdicción nacional creado por la propia Ley 26.844. La registración y aportes se hacen vía AFIP a través del Régimen Simplificado del Personal de Casas Particulares.
Cuándo usar esta calculadora
- Tenés una empleada que viene 3 veces por semana desde hace 4 años y querés calcular cuánto le tenés que pagar si la desvinculás.
- Sos abogado/a y armás el reclamo de una trabajadora doméstica con 8 años de antigüedad y sueldo mensual de $480.000.
- Vas a vender o alquilar tu casa y necesitás cerrar la relación laboral con la persona que limpia: cuánto te sale el despido sin causa.
- La empleada renunció pero querés ofrecerle un acuerdo voluntario superior a lo que le correspondería por ley, y necesitás el número base.
- Tenés que liquidar a una cuidadora de un familiar fallecido y querés calcular la liquidación final (cuidado de personas, categoría 3).
- Querés comparar el costo de mantener a una empleada vs. contratar una empresa de limpieza, contemplando el costo eventual del despido.
- Sos casero que se va a retirar y necesitás calcular cuánto te corresponde como categoría 3 con vivienda incluida.
- Querés proteger a tu ex empleada que trabajó sin registración para presentar reclamo formal por Ley 24.013.
- Sos heredero que liquida la casa familiar y debe cerrar relación con personal contratado por la persona fallecida.
Tramos legales Ley 26.844 — preaviso, vacaciones y aportes por antigüedad y jornada
Valores aplicados por la calculadora según Arts. 30, 42 y 48 de la Ley 26.844 (Régimen Especial Personal de Casas Particulares, 2013). Base de indemnización (Art. 48): 1 sueldo mensual × años computables, sin tope. Fracción > 3 meses suma 1 año adicional.
| Antigüedad | Preaviso (Art. 42) | Vacaciones anuales (Art. 30) | Años computables (Art. 48) |
|---|---|---|---|
| Menos de 1 año | 10 días corridos | 14 días corridos (primer período) | Meses > 3 → suma 1 año; si no, 0 |
| 1 a 4 años (preaviso: hasta 5 años inclusive) | 1 mes (30 días) | 14 días corridos (anios 1–4); 21 días a partir de 5 años exactos | Años completos + 1 si fracción > 3 meses |
| Más de 5 años hasta 10 años | 2 meses (60 días) | 21 días corridos | Años completos + 1 si fracción > 3 meses |
| Más de 10 años hasta 20 años | 2 meses (60 días) | 28 días corridos | Años completos + 1 si fracción > 3 meses |
| Más de 20 años | 2 meses (60 días) | 35 días corridos | Años completos + 1 si fracción > 3 meses |
Atención: el umbral de preaviso y el de vacaciones tienen breakpoints distintos a los 5 años. Preaviso de 1 mes aplica hasta 5 años inclusive (totalMeses ≤ 60); vacaciones de 21 días aplica desde 5 años exactos (anios ≥ 5). Régimen previsional por horas semanales (mismo empleador): < 16 hs → aportes jubilatorios y obra social voluntarios (ART obligatorio); 16–24 hs y > 24 hs → jubilación + obra social + ART obligatorios. La indemnización por antigüedad es siempre exigible sin importar el régimen horario ni si la trabajadora estaba registrada. Valor jornal vacaciones = sueldo mensual ÷ 25 (Art. 30 Ley 26.844 y fórmula .ts línea 95). Fuente: Art. 30, 42, 48 Ley 26.844; liquidacion-final-empleada-casa-particular.ts líneas 64–96.
Cómo funciona
Qué es la liquidación final de una empleada de casa particular
La liquidación final es la suma de dinero que el empleador debe pagar a la trabajadora doméstica al finalizar la relación laboral por despido sin causa. Está regulada por la Ley 26.844 y se compone de cinco rubros principales: indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes del despido, SAC proporcional y vacaciones proporcionales.
Antes de 2013, el servicio doméstico se regía por el Decreto-Ley 326/56, que daba muchísimos menos derechos. La Ley 26.844 fue una conquista histórica del sector y equiparó la mayoría de los derechos al régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744), aunque con algunas particularidades importantes que se mantienen.
Cómo se calcula la liquidación final según Ley 26.844
1. Indemnización por antigüedad (Art. 48)
Es el rubro principal. La fórmula es:
Indemnización antigüedad = mejor sueldo mensual × años computablesDonde años computables = años completos + 1 año adicional si la fracción de meses supera los 3.
Ejemplo: 4 años y 5 meses → 5 años computables. 4 años y 2 meses → 4 años computables.
Diferencia importante con LCT: en el régimen de casas particulares no hay convenio colectivo que establezca topes a la base, por lo que no se aplica el fallo Vizzoti. La base es siempre la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año, sin tope.
2. Preaviso (Art. 42)
Si el empleador no avisa con anticipación, debe pagar:
| Antigüedad | Preaviso |
|---|---|
| Menos de 1 año | 10 días |
| Entre 1 y 5 años | 1 mes |
| Más de 5 años | 2 meses |
Diferencia con LCT: el LCT establece 15 días para menos de 3 meses y 1 mes hasta 5 años. En el régimen de casas particulares es 10 días para menos de 1 año (más corto).
3. Integración del mes del despido (Art. 43)
Días del mes que la trabajadora no llegó a trabajar porque se la despidió antes de fin de mes. Se calcula como sueldo × días_faltantes / 30.
4. SAC proporcional (Art. 39)
Igual al régimen general: (mejor sueldo / 2) × (meses trabajados del semestre / 6). Las cuotas se devengan al 30 de junio y al 31 de diciembre.
5. Vacaciones proporcionales (Art. 30)
Días de vacaciones según antigüedad, prorrateados por los meses trabajados del año en curso. Valor del jornal = sueldo / 25.
| Antigüedad | Días de vacaciones |
|---|---|
| Hasta 5 años | 14 días corridos |
| 5 a 10 años | 21 días |
| 10 a 20 años | 28 días |
| Más de 20 años | 35 días |
Categorías UPACP del CCT 56/75
El Convenio Colectivo de Trabajo 56/75 firmado entre la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) y representantes empleadores fija escalas salariales por categoría. Hay 5 categorías oficiales:
| Categoría | Tareas | Ejemplos |
|---|---|---|
| 1ra | Supervisión | Gobernanta, mayordomo (coordina otro personal) |
| 2da | Cuidado de personas | Cuidado de niños, adultos mayores enfermos o con discapacidad |
| 3ra | Caseros | Personal con vivienda en la propiedad |
| 4ta | Tareas específicas | Cocinero/a especializada |
| 5ta | Tareas generales | Limpieza, lavado, planchado, cocina común |
> La mayoría de las trabajadoras del país están encuadradas en categoría 5ta (tareas generales), que tiene la escala salarial base más baja.
Las escalas se actualizan por paritarias firmadas entre UPACP y las cámaras empleadoras (suelen revisarse 2-3 veces al año). Los valores vigentes se publican en el sitio oficial de UPACP y en AFIP.
Régimen previsional según horas semanales
Las obligaciones del empleador respecto a aportes dependen de las horas semanales trabajadas para ese mismo empleador:
| Horas semanales | Jubilación | Obra social | ART |
|---|---|---|---|
| < 16 hs | Voluntaria | Voluntaria | Obligatoria |
| 16 a 24 hs | Obligatoria | Obligatoria | Obligatoria |
| > 24 hs | Obligatoria | Obligatoria | Obligatoria |
La contribución se hace vía AFIP por el Régimen Simplificado del Personal de Casas Particulares (formulario 102/RT). Importante: el derecho a la indemnización por despido es siempre exigible, independientemente de las horas trabajadas o de si estaba registrada o no.
Errores comunes
1. Pensar que sin registración no hay derecho a indemnización: la antigüedad se cuenta desde el primer día de trabajo real, esté o no registrada. La Ley 24.013 incluso permite reclamar el blanqueo y duplicar la indemnización.
2. Confundir preaviso de LCT con Ley 26.844: si tenés menos de 1 año son 10 días, no 15.
3. Aplicar tope Vizzoti: no corresponde porque no hay CCT con tope (sólo hay escalas salariales mínimas).
4. No pagar SAC sobre la indemnización: el SAC proporcional es un rubro separado del Art. 245-análogo.
5. Asumir que pagar en efectivo "borra" la antigüedad: no. Si hay pruebas (mensajes, transferencias, testigos del barrio), la antigüedad se acredita igual.
Ejemplo: empleada categoría 1 (tareas generales), 4 años 5 meses, $450.000/mes, 20 hs/semana
450.000 × 5 = $2.250.000.450.000 × 1 = $450.000.450.000 × 15/30 = $225.000.450.000 / 2 × 3/6 = $112.500.7 × 18.000 = $126.000.Casos resueltos
Caso 1: Despido sin causa — 4 años 5 meses, $450.000/mes, 20 hs/semana
María limpia en una casa de Belgrano hace 4 años y 5 meses, viene 3 veces por semana (20 hs/sem total), cobra $450.000 al mes. El empleador la despide sin causa.
Caso 2: Cuidadora cat. 2 con 10 años y embarazo en curso
Trabajadora de cuidado de adultos mayores con 10 años de antigüedad, sueldo $800.000/mes, 24 horas semanales. Empleador la despide sin causa estando ella en el 7° mes de embarazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto le tengo que pagar a la chica de limpieza si la despido sin causa?
¿Le tengo que pagar indemnización si la tenía sin registrar?
¿Hay tope a la indemnización por antigüedad en empleadas de casas particulares?
¿Cuántos días de preaviso tengo que dar?
¿La indemnización paga Impuesto a las Ganancias?
¿Si trabajaba sólo 2 días a la semana, igual le corresponde indemnización?
¿Qué pasa si la trabajadora renuncia? ¿Hay que pagarle algo?
¿Cómo se acredita la antigüedad si no había contrato escrito?
¿Qué pasa con la liquidación si el empleador (titular del hogar) fallece?
¿Hay indemnización agravada por embarazo o matrimonio?
¿Es válida la rescisión por mutuo acuerdo?
Fuentes y referencias
- Ley 26.844 arts. 42, 43, 48 y 49 — Régimen Especial Personal de Casas Particulares (preaviso, integración e indemnización por antigüedad) — InfoLEG (2013-04-12)
- Decreto 467/2014 — Reglamentación de la Ley 26.844 — InfoLEG (2014-04-01)
- ARCA (AFIP) — Régimen Simplificado del Personal de Casas Particulares (registración y aportes) — ARCA (AFIP) (2026-01-01)
- CNTCP — Resolución 2/2026: escalas salariales del Personal de Casas Particulares (B.O. 12-03-2026) — Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (2026-03-12)
Metodología y confianza
Calculadora de finanzas con fórmula verificada automáticamente contra Ley 26.844 arts. 42, 43, 48 y 49 — Régimen Especial Personal de Casas Particulares (preaviso, integración e indemnización por antigüedad), según nuestra política editorial y metodología.
Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.
Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.
Rodríguez, M. (2026). Calculadora de liquidación final por despido de empleada de casa particular. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-liquidacion-final-empleada-casa-particular-despido-art-49
Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.