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Calculadora del IPI 2026 en República Dominicana: impuesto al patrimonio inmobiliario (1%)

Calculá tu IPI 2026 en República Dominicana: 1% sobre el excedente del valor de tus inmuebles por encima de RD$10.695.494. Incluye exención de mayores de 65 y descuento de pensionados extranjeros. Sin registro.

  • Datos verificados · junio de 2026
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Datos actualizados: · Fuente: DGII — impuestos inmobiliarios
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El IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) es el impuesto anual que cobra la DGII en República Dominicana sobre el valor de los inmuebles que tiene una persona física. No lo paga todo el mundo: solo grava el excedente por encima de un mínimo exento, que para 2026 es de RD$10.695.494 (se ajusta por inflación cada año).

La tasa es del 1% anual sobre ese excedente, y se paga en dos cuotas semestrales: el 11 de marzo y el 11 de septiembre.

Esta calculadora te dice cuánto IPI te corresponde. Ingresá el valor total de tus inmuebles y, si aplica, marcá si sos mayor de 65 años con un único inmueble (exento) o pensionado/rentista de fuente extranjera (con un descuento del 50%).

Cuándo usar esta calculadora

  • Un propietario de varios inmuebles calcula cuánto IPI debe pagar este año según el valor total.
  • Alguien que está por comprar una segunda propiedad estima si superará el mínimo exento y empezará a pagar IPI.
  • Un mayor de 65 años con una sola vivienda confirma que está exento del impuesto.
  • Un pensionado extranjero residente verifica el descuento del 50% sobre su IPI.
  • Un contribuyente divide el IPI anual en las dos cuotas semestrales para planificar el pago de marzo y septiembre.

IPI anual según el valor total de los inmuebles (mínimo exento RD$10.695.494, tasa 1%)

Valor de los inmueblesExcedente gravadoIPI anual (1%)Cuota semestral
RD$ 10.000.000RD$ 0RD$ 0 (exento)RD$ 0
RD$ 12.000.000RD$ 1.304.506RD$ 13.045RD$ 6.523
RD$ 15.000.000RD$ 4.304.506RD$ 43.045RD$ 21.523
RD$ 20.000.000RD$ 9.304.506RD$ 93.045RD$ 46.523
RD$ 30.000.000RD$ 19.304.506RD$ 193.045RD$ 96.523

El IPI solo grava el excedente por encima de RD$10.695.494 (mínimo exento 2026). Mayores de 65 con único inmueble: exentos. Pensionados/rentistas extranjeros (Ley 171-07): −50% sobre el IPI.

Cómo funciona

Qué es el IPI

El IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) es un impuesto anual que la DGII cobra a las personas físicas por el valor de los inmuebles que poseen. La idea es gravar solo los patrimonios inmobiliarios altos: por eso existe un mínimo exento, y solo se paga sobre lo que lo supera.

Cómo se calcula

excedente = max(0, valor de los inmuebles − mínimo exento)
IPI anual = excedente × 1%

Para 2026, el mínimo exento es RD$10.695.494. Si el valor total de tus inmuebles no lo supera, no pagás IPI. Si lo supera, pagás el 1% solo sobre la diferencia (el excedente), no sobre todo el valor.

Cuándo se paga

El IPI se paga en dos cuotas semestrales iguales:

  • Primera cuota: 11 de marzo.

  • Segunda cuota: 11 de septiembre.
  • Cada cuota es la mitad del IPI anual.

    Exenciones y descuentos

    SituaciónEfecto en el IPI
    Mayor de 65 años con un único inmueble (su vivienda)Exento (no paga IPI)
    Pensionado o rentista de fuente extranjera (Ley 171-07)Descuento del 50% sobre el IPI
    Valor de inmuebles bajo el mínimo exentoNo paga IPI

    La exención de los mayores de 65 años aplica solo si ese inmueble es su único patrimonio inmobiliario y constituye su vivienda. Si tiene más de una propiedad, no califica para esta exención.

    Qué inmuebles cuentan

    El IPI grava los inmuebles de personas físicas: viviendas, solares urbanos y, en general, las propiedades destinadas a vivienda o uso particular por encima del mínimo. La tasación la realiza la DGII según sus criterios de avalúo (ubicación, metros, construcción), que pueden diferir del precio de compra.

    Cómo usar el resultado

  • Excedente gravado: la parte del valor que efectivamente paga impuesto (lo que supera el mínimo exento).

  • IPI anual: el 1% de ese excedente.

  • Cuota semestral: lo que pagás en marzo y en septiembre.
  • Esta herramienta es una estimación orientativa. El monto y las exenciones finales dependen de la tasación que haga la DGII y de tu situación particular. Confirmá siempre con la DGII antes de pagar.

    Ejemplo: inmuebles por RD$15.000.000, sin exenciones

    Mínimo exento 2026: RD$10.695.494.
    Excedente gravado = RD$15.000.000 − RD$10.695.494 = RD$4.304.506.
    IPI anual = RD$4.304.506 × 1% = RD$43.045,06.
    Cuota semestral = RD$43.045,06 ÷ 2 = RD$21.522,53 (se paga el 11 de marzo y el 11 de septiembre).
    IPI anual de RD$43.045,06, equivalente a dos cuotas semestrales de RD$21.522,53.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es el IPI en República Dominicana?
    El IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) es un impuesto anual del 1% que cobra la DGII sobre el valor de los inmuebles de personas físicas, pero solo sobre el excedente por encima de un mínimo exento (RD$10.695.494 en 2026). Si el valor de tus inmuebles no supera ese mínimo, no pagás IPI.
    ¿Cuánto es el mínimo exento del IPI en 2026?
    Para 2026 el mínimo exento es de RD$10.695.494. Este monto se ajusta cada año por inflación, según lo establece la DGII. El 1% solo se aplica sobre el valor que supera ese mínimo (el excedente), no sobre el valor total del inmueble.
    ¿Cómo se calcula el IPI?
    Se resta el mínimo exento al valor total de tus inmuebles para obtener el excedente, y sobre ese excedente se aplica el 1%. Por ejemplo, con inmuebles por RD$15.000.000: excedente = 15.000.000 − 10.695.494 = RD$4.304.506; IPI anual = 4.304.506 × 1% = RD$43.045.
    ¿Cuándo y cómo se paga el IPI?
    El IPI se paga en dos cuotas semestrales iguales: la primera vence el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año. Cada cuota es la mitad del IPI anual. El pago se realiza ante la DGII; no pagarlo en plazo genera recargos e intereses.
    ¿Los mayores de 65 años pagan IPI?
    No, si cumplen una condición: que el inmueble sea su único patrimonio inmobiliario y constituya su vivienda. En ese caso están exentos del IPI. Si la persona mayor de 65 tiene más de una propiedad, no califica para esta exención y tributa de forma normal sobre el excedente.
    ¿Qué descuento tienen los pensionados o rentistas extranjeros?
    Los pensionados y rentistas de fuente extranjera que residen en el país, bajo el régimen de incentivos de la Ley 171-07, tienen un descuento del 50% sobre el IPI. Es decir, pagan la mitad del impuesto que correspondería normalmente sobre el excedente de sus inmuebles.
    ¿El IPI se calcula sobre el precio que pagué por el inmueble?
    No necesariamente. El IPI se calcula sobre el valor que la DGII asigna al inmueble según su tasación (ubicación, metros, tipo de construcción), que puede diferir del precio de compra. Esta calculadora usa el valor que ingresás; verificá con la DGII cuál es el valor tasado de tus propiedades.
    ¿Qué pasa si tengo varios inmuebles?
    El IPI considera el valor total del patrimonio inmobiliario gravado de la persona física. Se suman los valores de los inmuebles, se resta el único mínimo exento y se aplica el 1% sobre el excedente total. Tener varias propiedades también te excluye de la exención de mayores de 65 años.
    ¿Esta calculadora reemplaza la liquidación oficial de la DGII?
    No. Es una estimación orientativa. El monto final del IPI depende de la tasación que haga la DGII de cada inmueble y de tu situación particular (exenciones, descuentos). Usala para planificar tus pagos de marzo y septiembre, pero confirmá la liquidación oficial con la DGII.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de impuestos con fórmula verificada automáticamente contra DGII — impuestos inmobiliarios, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora del IPI 2026 en República Dominicana: impuesto al patrimonio inmobiliario (1%). Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/do/calculadora-ipi-republica-dominicana

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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