Auxilio de cesantía República Dominicana 2026 (Art. 80)
Ver cálculo paso a paso
El auxilio de cesantía es la principal prestación que cobra un trabajador en República Dominicana cuando lo despiden sin causa o el empleador lo desahucia. Está en el Art. 80 del Código de Trabajo (Ley 16-92) y se calcula en días de salario por año de antigüedad. La fórmula es simple: tomás tu salario diario (sueldo mensual ÷ 23,83, el divisor universal de nómina dominicano) y lo multiplicás por los días que te corresponden según cuánto tiempo trabajaste. Cuanto más antiguo, más días por año: de 21 días/año pasás a 23 días/año al superar los 5 años. Ingresá tu salario y tu antigüedad (años y meses) y te decimos cuántos días te tocan y cuánto suman en pesos. Recordá: la cesantía no se paga si renunciás (solo en despido o desahucio), está exenta de ISR y no cotiza a la TSS.
| Antigüedad | Días de cesantía | Cesantía con salario RD$30.000 |
|---|---|---|
| Menos de 3 meses | Sin derecho | RD$ 0 |
| 3 a 6 meses | 6 días (fijo) | RD$ 7.554 |
| 6 meses a 1 año | 13 días (fijo) | RD$ 16.366 |
| 1 año | 21 días | RD$ 26.437 |
| 3 años | 63 días | RD$ 79.312 |
| 5 años | 105 días | RD$ 132.187 |
| 6 años | 138 días | RD$ 173.731 |
| 10 años | 230 días | RD$ 289.551 |
Salario diario = RD$30.000 ÷ 23,83 = RD$1.258,92. De 1 a 5 años: 21 días por año; más de 5 años: 23 días por año. Exenta de ISR y sin TSS.
El auxilio de cesantía en República Dominicana (Art. 80) se calcula multiplicando los días que te corresponden por tu salario diario (sueldo mensual ÷ 23,83). La escala es: 6 días entre 3 y 6 meses, 13 días entre 6 meses y 1 año, 21 días por cada año de 1 a 5 años, y 23 días por cada año si superás los 5 años. Con un salario de RD$30.000 y 3 años de antigüedad, son 63 días = RD$79.312. La cesantía está exenta de ISR y no cotiza a la TSS.
Cuándo usar esta calculadora
- Un trabajador con salario de RD$30.000 y 3 años de antigüedad calcula 63 días de cesantía = RD$79.312.
- Una empleada con 6 años verifica que su cesantía pasa a 23 días por año, no 21, por superar los 5 años.
- Alguien con 8 meses de antigüedad confirma que le corresponden 13 días fijos, no proporcionales por mes.
- Un trabajador despedido compara la oferta de la empresa con el cálculo legal del Art. 80 para ver si le pagan completo.
- Una persona que está por renunciar entiende que perdería la cesantía y la usa como argumento para negociar un desahucio.
- Un empleador estima cuánto le costaría la cesantía de un empleado antiguo antes de decidir una reducción de personal.
- Alguien en período de prueba (menos de 3 meses) comprueba que todavía no genera derecho a cesantía.
- Un trabajador con 12 años de antigüedad calcula su cesantía a 23 días × 12 años para planificar su salida.
Ejemplo: salario RD$30.000, 3 años de antigüedad
- Salario diario = RD$30.000 ÷ 23,83 = RD$1.258,92.
- Antigüedad 3 años → tramo de 21 días por año.
- Días de cesantía = 21 × 3 = 63 días.
- Cesantía = 63 días × RD$1.258,92 = RD$79.312.
- Exenta de ISR y sin descuentos de TSS.
Cómo funciona
2 min readCómo se calcula el auxilio de cesantía (Art. 80)
El auxilio de cesantía es un derecho del trabajador cuando el contrato termina por desahucio del empleador o despido injustificado. Se calcula así:
Cesantía = Días según antigüedad × Salario diario
Salario diario = Salario mensual ÷ 23,83El 23,83 es el divisor universal de nómina dominicano (Reglamento 258-93): una jornada de 44 horas semanales son 5,5 días, y 5,5 × 52 ÷ 12 = 23,83 días/mes.
La escala de días por antigüedad
El Art. 80 fija cuántos días de salario se pagan según el tiempo trabajado:
| Antigüedad | Días de cesantía |
|---|---|
| Menos de 3 meses | Sin derecho |
| 3 a 6 meses | 6 días (suma fija) |
| 6 meses a 1 año | 13 días (suma fija) |
| 1 a 5 años | 21 días por cada año |
| Más de 5 años | 23 días por cada año |
Dos detalles clave:
1. Los dos primeros tramos son sumas fijas, no "por año". Quien tiene 4 meses cobra 6 días; quien tiene 8 meses cobra 13 días.
2. El salto a 23 días ocurre al superar los 5 años. Un trabajador de 6 años cobra 23 × 6 = 138 días, no 21 × 6.
Ejemplos según antigüedad (salario RD$30.000)
Con un salario diario de RD$1.258,92:
| Antigüedad | Días | Cesantía |
|---|---|---|
| 6 meses | 6 | RD$7.554 |
| 1 año | 21 | RD$26.437 |
| 3 años | 63 | RD$79.312 |
| 5 años | 105 | RD$132.187 |
| 6 años | 138 | RD$173.731 |
| 10 años | 230 | RD$289.551 |
Cuándo NO se cobra cesantía
Impuestos y descuentos
La cesantía es una indemnización, no un salario: está exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y no cotiza a la TSS (seguridad social). Se cobra completa, sin descuentos.
Qué NO incluye este cálculo
La cesantía es solo una parte de la liquidación. Además te corresponden el preaviso, las vacaciones no disfrutadas, la regalía pascual proporcional y el salario pendiente. Para el total, usá la calculadora de liquidación completa. Esta herramienta es una estimación orientativa; el monto final depende de tu antigüedad exacta y del motivo de la terminación.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el auxilio de cesantía en República Dominicana?
Se multiplican los días que te corresponden por tu salario diario (sueldo mensual ÷ 23,83). La escala del Art. 80 es: 6 días entre 3 y 6 meses, 13 días entre 6 meses y 1 año, 21 días por cada año de 1 a 5 años, y 23 días por cada año si superás los 5 años.
¿Cuántos días de cesantía me corresponden por año?
Entre 1 y 5 años de antigüedad, son 21 días por cada año trabajado. A partir de los 5 años cumplidos, el cálculo sube a 23 días por cada año. Por ejemplo, con 6 años cobrás 23 × 6 = 138 días.
¿Cobro cesantía si renuncio?
No. El auxilio de cesantía solo se paga cuando el empleador termina el contrato por desahucio o despido injustificado. Si vos renunciás (dimisión), perdés la cesantía y el preaviso, aunque conservás vacaciones, regalía y salario pendiente.
¿Qué pasa si tengo menos de un año de antigüedad?
Seguís teniendo derecho a cesantía si superás los 3 meses, pero en tramos fijos: 6 días entre 3 y 6 meses, y 13 días entre 6 meses y 1 año. Por debajo de 3 meses no se genera cesantía.
¿La cesantía paga impuestos o descuentos de la TSS?
No. La cesantía es una indemnización exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y no cotiza a la TSS. Se cobra completa, sin descuentos de seguridad social ni retención de renta.
¿Por qué se divide entre 23,83 para sacar el salario diario?
Porque la jornada legal dominicana es de 44 horas semanales, equivalente a 5,5 días por semana. Multiplicado por 52 semanas y dividido entre 12 meses da 23,83 días por mes. Es el divisor del Reglamento 258-93, el mismo que usa la calculadora oficial del Ministerio de Trabajo.
¿Cuánto cesantía me toca con 5 años exactos?
Con 5 años cumplidos seguís en el tramo de 21 días por año (105 días en total). El salto a 23 días por año aplica cuando superás los 5 años. La diferencia se nota al sexto año, donde el cálculo pasa a 23 días por cada año trabajado.
¿La cesantía se calcula sobre el salario bruto o el neto?
Sobre el salario ordinario bruto, sin descontar AFP ni SFS. El salario diario se obtiene dividiendo el sueldo mensual bruto entre 23,83. No se incluyen horas extra, comisiones variables ni la regalía pascual en la base de la cesantía.
¿Esta calculadora reemplaza el cálculo oficial?
Es una estimación orientativa basada en el Art. 80 del Código de Trabajo y el divisor 23,83. El monto final depende de tu antigüedad exacta y del motivo de la terminación. Ante un conflicto, consultá al Ministerio de Trabajo o a un abogado laboral.