Calculadora de Plus por Antigüedad
Calculá el adicional por antigüedad de tu sueldo: 1% por año del básico (CCT 130/75 Comercio) y otros convenios. Monto exacto 2026.
- Datos Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social · julio de 2026
- Editado por Martín Rodríguez
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- — Se clarificó el resumen y se mejoró la tabla de porcentajes acumulados.
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Cómo usar esta calculadora
Usá los pasos de esta herramienta y revisá debajo la fórmula, los supuestos y sus límites.
Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).
Es un concepto remunerativo previsto en los convenios colectivos (CCT). Tributa aportes ANSES y se suma en aguinaldo, vacaciones e indemnización por despido. Ley 20.744 lo reconoce explícitamente.
Porcentajes por convenio: Comercio (CCT 130/75) paga 1% del básico por año. Gastronómicos, 2%. Construcción, 3%. El tuyo depende de tu convenio específico — verificá con RR.HH. o tu recibo.
Cuándo usar esta calculadora
- Querés saber cuánto representan tus años de antigüedad en tu sueldo.
- Necesitás verificar que el adicional por antigüedad del recibo esté bien calculado.
- Vas a cumplir un año más y querés saber cuánto suma.
- Comparás dos empleos con distinta antigüedad reconocida.
- Sos de RRHH y necesitás liquidar el adicional por antigüedad.
Porcentaje total acumulado por antigüedad y convenio
Porcentaje que representa el plus sobre el sueldo básico según años cumplidos y tasa del CCT
| Años de antigüedad | Comercio CCT 130/75 (1%/año) | Gastronómicos CCT 389/04 (2%/año) | Construcción UOCRA (3%/año) |
|---|---|---|---|
| 1 | 1% | 2% | 3% |
| 3 | 3% | 6% | 9% |
| 5 | 5% | 10% | 15% |
| 10 | 10% | 20% | 30% |
| 15 | 15% | 30% | 45% |
| 20 | 20% | 40% | 60% |
| 25 | 25% | 50% | 75% |
Fórmula: porcentaje total = años de antigüedad × tasa por año del CCT. El importe mensual = sueldo básico de convenio × porcentaje total / 100. El impacto anual = importe mensual × 13 (12 meses + SAC, art. 121 LCT 20.744). Tasas: CCT 130/75 (Comercio) 1% anual; CCT 389/04 (Gastronómicos) 2% anual; UOCRA (Construcción) 3% anual. Algunos convenios fijan tope a los 25 años de antigüedad.
Cómo funciona
Cómo funciona el plus por antigüedad
El adicional por antigüedad es un concepto remunerativo que reconoce la permanencia del trabajador en la empresa. Está establecido por cada convenio colectivo de trabajo (CCT) y no por la LCT directamente.
Porcentajes por convenio
| Convenio | % por año |
|---|---|
| Comercio (CCT 130/75) | 1% del básico |
| Gastronómicos (CCT 389/04) | 2% |
| UOCRA (Construcción) | 3% |
| Metalúrgicos (UOM) | 1% |
| Bancarios | 1% (con tope) |
Fórmula
Plus antigüedad = Sueldo básico × (porcentaje por año × años de antigüedad)Ejemplo para Comercio con 10 años:
800.000 × (1% × 10) = 800.000 × 10% = $80.000Características importantes
1. Es remunerativo: paga aportes, se incluye en aguinaldo y en la base de indemnización.
2. Se calcula sobre el básico: no sobre el bruto total (no se aplica sobre presentismo u otros adicionales).
3. Puede tener tope: algunos convenios limitan el máximo (ej: hasta 25 años).
4. Se acumula año a año: cada año sumás un porcentaje más.
Impacto real
El plus por antigüedad tiene un efecto cascada:
Antigüedad reconocida
Algunos convenios reconocen antigüedad de empleos anteriores en la misma actividad. Otros solo cuentan la antigüedad en la empresa actual. Revisá tu CCT.
Ejemplo: 8 años de antigüedad, Comercio (1% por año)
800.000 × 8% = $64.000.64.000 × 13 (12 meses + SAC) = $832.000.Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el plus por antigüedad en Comercio?
¿Cómo se calcula el adicional por antigüedad del CCT 130/75 (Comercio)?
¿El plus por antigüedad es obligatorio?
¿Se calcula sobre el básico o sobre el bruto?
¿Hay un tope de años para el plus?
¿El plus por antigüedad impacta en el aguinaldo?
¿Pierdo el plus si me cambian de categoría?
¿Me reconocen antigüedad de otro empleo?
Fuentes y referencias
- CCT 130/75 — Empleados de Comercio (adicional por antigüedad 1% anual del básico) — Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social (1975-07-25)
- Ley 20.744 (LCT) — adicional por antigüedad como concepto remunerativo; SAC art. 121 e indemnización art. 245 — InfoLEG (1976-09-27)
- Ley 24.241 art. 6 y 9 — el adicional remunerativo integra la base de aportes y contribuciones — InfoLEG (1993-10-18)
Historial de actualizaciones
Registro de cambios de datos, fórmula y contenido de esta calculadora.
- Se clarificó el resumen y se mejoró la tabla de porcentajes acumulados.
Metodología y confianza
Calculadora de finanzas con fórmula verificada automáticamente contra CCT 130/75 — Empleados de Comercio (adicional por antigüedad 1% anual del básico), según nuestra política editorial y metodología.
Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.
Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.
Rodríguez, M. (2026). Calculadora de Plus por Antigüedad. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-plus-antiguedad
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