Cálculo de Retenciones 2026 (AFIP/ARCA RG 830)
Calculá retenciones 2026 de AFIP/ARCA por régimen general (RG 830): honorarios, alquileres y servicios. Mínimo no imponible y alícuota actualizada. Al instante.
- Datos InfoLEG · julio de 2026 · Martín Rodríguez
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Usá los pasos de esta herramienta y revisá debajo la fórmula, los supuestos y sus límites.
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Calculadora específica para Argentina. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Argentina (ARCA, BCRA, ANSES).
El problema es que la cuenta no siempre es simple: hay que identificar el régimen correcto, verificar si el importe supera el mínimo no retenible del mes, aplicar la alícuota correspondiente y saber qué formulario generar. Un error en cualquiera de esos pasos puede derivar en una retención mal liquidada, una diferencia en la DDJJ anual del proveedor o una multa para el agente de retención.
Esta calculadora resuelve el paso más concreto: dado un importe bruto y el régimen aplicable, te devuelve la retención exacta, el neto que debe percibir el cobrador y una interpretación del resultado. No reemplaza al contador para casos complejos —actividades mixtas, certificados de no retención (RG 2616), o situaciones donde el proveedor acreditó exclusión—, pero sí te da el número correcto en segundos para los casos estándar.
A diferencia de otras herramientas genéricas, esta calculadora aplica la alícuota vigente de cada régimen y aclara en qué supuestos no corresponde retener aunque el importe sea alto (por ejemplo, si el proveedor es monotributista o presenta constancia de no retención). Los cálculos corren en tu navegador: no se guardan datos, no hay registro y no tiene costo.
Cuándo usar esta calculadora
- Una consultora de CABA paga $850.000 en honorarios a un arquitecto responsable inscripto: la calc confirma que supera el mínimo no retenible de la RG 830 y determina la retención de Ganancias al 10%, es decir $85.000 retenidos y $765.000 netos a transferir.
- Un comercio de Rosario alquila un local por $600.000 mensuales: necesita saber si retiene Ganancias al 6% sobre el excedente del mínimo no retenible antes de acreditar el pago al propietario.
- Una PYME verifica si el pago de $120.000 a un proveedor de limpieza supera el mínimo mensual de retención: si no lo supera, no corresponde retener aunque ambas partes sean responsables inscriptos.
- Un estudio contable liquida los pagos de fin de mes a varios proveedores de servicios profesionales y usa la calculadora para obtener los importes a retener por cada uno antes de cargarlos en el sistema SIRE.
- Un propietario quiere entender por qué la inmobiliaria le acredita menos de lo pactado: ingresa el alquiler bruto y el régimen de alquileres para verificar si la retención aplicada es correcta.
- Una empresa industrial paga $2.300.000 a una transportista por fletes: calcula la retención correspondiente al régimen de transporte de carga (alícuota diferenciada) para no cometer un error en la liquidación.
- Un freelancer inscripto en IVA quiere anticipar cuánto le van a retener en una factura de $500.000 por desarrollo de software para saber cuánto efectivo recibirá y si necesita pedir un préstamo puente.
- Un administrador de consorcios revisa si las expensas extraordinarias pagadas a un contratista superan el umbral que obliga a retener, antes de aprobar la orden de pago en asamblea.
Retenciones RG 830 por regimen: alicuota, retencion y neto (ejemplo $500.000 brutos)
Cuanto retiene AFIP segun el tipo de pago, calculado sobre un comprobante de $500.000
| Regimen (RG 830) | Alicuota | Retencion sobre $500.000 | Neto que cobra el proveedor |
|---|---|---|---|
| Servicios / consultoria (inscripto en Ganancias) | 2% | $10.000 | $490.000 |
| Alquiler de inmueble urbano | 6% | $30.000 | $470.000 |
| Profesional liberal (abogado, contador, ingeniero) | 10% | $50.000 | $450.000 |
| No inscripto en Ganancias | 28% | $140.000 | $360.000 |
Valores calculados con la formula de esta calc: retencion = importe_bruto x alicuota; neto = importe_bruto - retencion. Alicuotas segun RG AFIP 830/2000 y sus modificatorias (fuente: InfoLEG). Monotributistas no estan alcanzados por este regimen. Los minimos no retenibles vigentes pueden excluir pagos bajos; verificar en micrositio ARCA.
Cómo funciona
El mecanismo cumple dos funciones: por un lado, le asegura al fisco un flujo de recaudación anticipada antes de que el contribuyente presente su DDJJ anual; por otro, fuerza la trazabilidad de las operaciones porque cada retención queda asociada a un CUIT y a un comprobante específico. Para el pagador, la responsabilidad es solidaria: si no retenés cuando correspondía, podés terminar pagando vos el impuesto del proveedor más intereses y multa.
Esta calculadora resuelve el caso estándar: ingresás el importe bruto del pago y elegís el régimen aplicable (profesionales liberales, alquileres de inmuebles, no inscriptos, etc.), y obtenés la retención, el neto a transferir al proveedor y una interpretación del resultado.
Cómo se calcula
retencion = importe_bruto × alicuota_del_regimen
neto_a_transferir = importe_bruto - retencionLa calculadora aplica la alícuota del régimen elegido directamente sobre el importe bruto del comprobante: no descuenta ningún mínimo antes de aplicar el porcentaje. En la operatoria real, la RG 830 además prevé un mínimo no retenible por concepto —si un pago no lo supera, no corresponde retener—, así que verificá el mínimo vigente del régimen en ARCA antes de liquidar pagos chicos.
Alícuotas orientativas por régimen
| Régimen | Alícuota inscripto | Alícuota no inscripto | Cómo se aplica |
|---|---|---|---|
| Profesionales liberales (abogados, contadores, ingenieros) | 10% | 28% | Sobre el importe bruto |
| Locación de inmuebles urbanos | 6% | 28% | Sobre el importe bruto |
| Servicios técnicos / consultoría | 2% | 28% | Sobre el importe bruto |
| Comisiones y corretajes | 3% | 28% | Sobre el importe bruto |
| Transporte de carga | 0,25% / 1,25% | 28% | Sobre el importe bruto |
| Limpieza, seguridad, mantenimiento | 2% | 28% | Sobre el importe bruto |
Los mínimos no retenibles se actualizan por resolución de ARCA y se publican en el micrositio del organismo.
Marco normativo
Casos en que NO corresponde retener
Cuándo NO se aplica esta calculadora
> 🪪 Antes de cargar un proveedor, validá su CUIT: detectás errores de tipeo al instante y evitás rechazos de AFIP/ARCA.
Ejemplo de cálculo
Preguntas frecuentes
¿Qué es la retención AFIP/ARCA en el régimen general y qué norma la regula?
¿Cómo se calcula exactamente la retención? ¿Sobre qué base se aplica la alícuota?
¿Qué alícuotas aplica la RG 830 según el tipo de servicio o actividad?
¿A un monotributista se le retiene Ganancias cuando le pagás un servicio?
¿Qué es el certificado de no retención y cómo afecta el cálculo?
¿Cuándo y cómo se ingresa la retención retenida al fisco?
¿Qué recibe el cobrador después de que le retienen y cómo lo usa?
¿Qué pasa si el agente de retención no retiene o retiene de menos?
¿Hay retención de IVA además de Ganancias? ¿Son dos cálculos distintos?
¿El mínimo no retenible se aplica por pago o se acumula en el mes?
¿Cómo afecta la inflación a los mínimos no retenibles y cada cuánto se actualizan?
¿Se puede usar esta calculadora para retenciones provinciales de Ingresos Brutos?
Fuentes y referencias
- Resolución General AFIP 830/2000 — régimen general de retención del Impuesto a las Ganancias (alícuotas y mínimos no retenibles) — InfoLEG (2000-04-26)
- Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias), t.o. Decreto 824/2019 — InfoLEG (2019-12-06)
- Resolución General AFIP 2616/2009 — retención a monotributistas y certificados de no retención — InfoLEG (2009-06-22)
- ARCA (ex AFIP) — micrositio Regímenes de Retención (mínimos no retenibles vigentes) — ARCA (2026-01-01)
Metodología y confianza
Calculadora de impuestos con fórmula verificada automáticamente contra Resolución General AFIP 830/2000 — régimen general de retención del Impuesto a las Ganancias (alícuotas y mínimos no retenibles), según nuestra política editorial y metodología.
Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.
Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.
Rodríguez, M. (2026). Cálculo de Retenciones 2026 (AFIP/ARCA RG 830). Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/calculadora-retencion-afip-cuit-regimen-general
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