laboral

Calculadora de Vacaciones — Perú 2026

Calculá tus vacaciones en Perú 2026: 30 días de descanso, cuánto es el pago vacacional según tu sueldo y cuándo cobrás el pago triple por vacaciones no gozadas (D.Leg. 713).

  • Datos verificados · julio de 2026
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Datos actualizados: · Fuente: MTPE / SUNAFIL — Descanso vacacional
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Cómo usar esta calculadora

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Calculadora específica para Perú. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Perú.

En Perú, las vacaciones son un derecho del régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo 713. El trabajador que cumple un año completo de servicios —y una jornada mínima— tiene derecho a 30 días calendario de descanso remunerado. La remuneración vacacional equivale a una remuneración mensual (la que percibirías si estuvieras trabajando) y debe pagarse antes del inicio del descanso.

Esta calculadora te dice cuánto te corresponde cobrar por tus vacaciones según tu sueldo, y —lo más consultado— cuándo se activa el pago triple por vacaciones no gozadas. La usan trabajadores que van a salir de descanso, quienes renunciaron o fueron cesados sin haber gozado sus vacaciones, y quienes quieren saber si su empleador les debe una indemnización.

El punto clave que mucha gente desconoce: si no gozás tus vacaciones dentro del año siguiente a aquel en que se generó el derecho, y no sos personal de dirección o de confianza que decide su propio descanso, el empleador debe pagarte tres remuneraciones por ese periodo. Ingresá tu sueldo y tu situación para ver el detalle.

Cuándo usar esta calculadora

  • Calcular cuánto cobrás de pago vacacional con un sueldo de S/ 3.000 antes de salir de descanso.
  • Saber si te corresponde el pago triple por no haber gozado tus vacaciones a tiempo.
  • Estimar la indemnización por vacaciones no gozadas si renunciaste sin tomarlas.
  • Entender por qué el gerente de tu empresa no cobra la indemnización aunque no descanse.
  • Verificar cuánto te debe el empleador si acumulaste dos periodos vacacionales sin gozar.
  • Comparar el pago vacacional de un sueldo de S/ 1.500 frente a uno de S/ 5.000.
  • Calcular las vacaciones de un trabajador con sueldo variable usando el promedio de los últimos meses.
  • Saber cuánto recibís si vas a gozar solo parte de tus 30 días y vender el resto (con acuerdo).
  • Estimar el monto que reclamarías ante SUNAFIL por vacaciones no pagadas.
  • Entender qué parte del pago triple está libre de aportes a AFP/ONP e impuesto a la renta.

Vacaciones en Perú — pago según tu sueldo 2026

Remuneración mensualPago vacacionalIndemnización (no gozadas)Pago triple
S/ 1.130 (RMV)S/ 1.130S/ 1.130S/ 3.390
S/ 1.500S/ 1.500S/ 1.500S/ 4.500
S/ 2.500S/ 2.500S/ 2.500S/ 7.500
S/ 3.000S/ 3.000S/ 3.000S/ 9.000
S/ 5.000S/ 5.000S/ 5.000S/ 15.000

Régimen general de la actividad privada (D.Leg. 713). El pago triple aplica a trabajadores que no son personal de dirección. La indemnización está inafecta a aportes e impuesto a la renta.

Cómo funciona

Cómo se calculan las vacaciones en Perú

Días de descanso   = 30 días calendario por año completo de servicios
Pago vacacional    = 1 remuneración mensual (se paga antes del descanso)
Pago triple (no gozadas) = sueldo del mes trabajado + remuneración vacacional + indemnización

El derecho nace al cumplir un año de servicios y siempre que se cumpla el récord vacacional (número mínimo de días efectivamente trabajados según la jornada). La remuneración vacacional se calcula con la remuneración vigente al momento del descanso; si el sueldo es variable (comisiones, destajo), se toma el promedio de las últimas semanas o meses según corresponda.

El pago triple, paso a paso

El Art. 23 del D.Leg. 713 establece que si el trabajador no goza el descanso dentro del año siguiente a aquel en que adquirió el derecho, percibe:

1. La remuneración por el trabajo realizado (el sueldo que ya cobró por seguir trabajando).
2. La remuneración vacacional (el récord que igual le correspondía).
3. Una indemnización equivalente a una remuneración, por no haber descansado.

Esas tres remuneraciones son el famoso "pago triple". La indemnización no está afecta a aportes previsionales (AFP/ONP) ni a impuesto a la renta de 5ta. No aplica a gerentes ni personal de dirección que deciden libremente cuándo tomar su descanso.

Ejemplos resueltos

Ejemplo 1 — Sueldo S/ 1.500, no gozadas: pago triple = 3 × 1.500 = S/ 4.500; además del sueldo trabajado, el empleador adeuda S/ 3.000 (récord + indemnización).

Ejemplo 2 — Sueldo S/ 5.000, va a gozar: cobra la remuneración vacacional de S/ 5.000 antes de salir; no hay indemnización.

Ejemplo 3 — Gerente, sueldo S/ 8.000, no gozadas: cobra la remuneración vacacional de S/ 8.000, pero no la indemnización por ser personal de dirección.

Pago vacacional por sueldo (referencial)

RemuneraciónPago vacacional (1 sueldo)Pago triple (no gozadas)Indemnización
S/ 1.130S/ 1.130S/ 3.390S/ 1.130
S/ 1.500S/ 1.500S/ 4.500S/ 1.500
S/ 3.000S/ 3.000S/ 9.000S/ 3.000
S/ 5.000S/ 5.000S/ 15.000S/ 5.000

Qué integra la remuneración vacacional

Concepto¿Integra?
Sueldo básico
Asignación familiar
Comisiones / destajo (promedio)
Horas extras habituales (promedio)
Gratificaciones de julio y diciembreNo (se pagan aparte)
UtilidadesNo

Diferencia con las vacaciones truncas

Si trabajaste menos de un año y cesás, no te corresponde el descanso completo sino las vacaciones truncas: un dozavo de la remuneración vacacional por cada mes completo. Esta calculadora cubre el año completo y el pago triple; para el cese antes del año, usá la de truncas.

Errores comunes

  • Creer que las vacaciones se "pierden" si no se toman: no se pierden; se convierten en pago triple para el trabajador común.

  • Descontar aportes de la indemnización: la indemnización por no gozar está inafecta.

  • Aplicar el pago triple a un gerente: el personal de dirección que decide su descanso está excluido de la indemnización.

  • Olvidar que el pago vacacional va antes del descanso: debe abonarse previo al inicio de las vacaciones.
  • Disclaimer

    Cálculo orientativo del régimen laboral general de la actividad privada. Regímenes especiales (microempresa, agrario, construcción civil, hogar) tienen reglas propias. Ante una controversia, consultá con SUNAFIL o un abogado laboralista.

    Ejemplo: sueldo S/ 3.000, vacaciones no gozadas

    Remuneración vacacional (récord): 1 sueldo = S/ 3.000.
    Indemnización por no gozar (no es personal de dirección): 1 sueldo = S/ 3.000, libre de aportes.
    Sumado al sueldo del mes trabajado sin descansar (S/ 3.000), el concepto suma 3 remuneraciones.
    Pago triple = 3 × S/ 3.000 = S/ 9.000. Además del sueldo, el empleador adeuda S/ 6.000.
    Pago triple S/ 9.000 · adeudado extra S/ 6.000

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden al año en Perú?
    En el régimen general de la actividad privada te corresponden 30 días calendario de descanso remunerado por cada año completo de servicios, siempre que cumplas el récord vacacional (mínimo de días efectivamente trabajados).
    ¿Cuánto se paga por las vacaciones?
    La remuneración vacacional equivale a una remuneración mensual (la que percibirías si estuvieras trabajando) y se paga antes de iniciar el descanso. Si el sueldo es variable, se usa el promedio de los últimos periodos.
    ¿Qué es el pago triple de vacaciones?
    Es el pago que corresponde cuando no gozás tu descanso dentro del año siguiente al que se generó el derecho y no sos personal de dirección: tres remuneraciones (la del mes trabajado, la vacacional y una indemnización). Para un sueldo de S/ 3.000 son S/ 9.000.
    ¿La indemnización por vacaciones no gozadas paga aportes o impuestos?
    No. La indemnización por no haber gozado el descanso está inafecta a aportes a AFP/ONP y al impuesto a la renta de 5ta categoría. Se paga íntegra.
    ¿Los gerentes cobran el pago triple?
    No. El personal de dirección y de confianza que decide libremente la oportunidad de su descanso está excluido de la indemnización por vacaciones no gozadas. Cobra la remuneración vacacional, pero no el tercer sueldo.
    ¿Puedo vender mis vacaciones?
    Podés reducir el descanso de 30 a 15 días y "vender" los otros 15 mediante acuerdo escrito con el empleador, que te paga esa parte. No se pueden vender los 30 días completos: el descanso físico mínimo es de 15 días.
    ¿Las gratificaciones cuentan para el pago de vacaciones?
    No. Las gratificaciones de julio y diciembre no integran la remuneración vacacional; se pagan por separado. Sí integran el básico, la asignación familiar y el promedio de comisiones u horas extras habituales.
    ¿Qué pasa con mis vacaciones si renuncio antes del año?
    Si cesás con menos de un año de servicios, te corresponden vacaciones truncas: un dozavo de la remuneración vacacional por cada mes completo trabajado, más los días proporcionales. No aplica el descanso completo de 30 días.
    ¿Cuánto tiempo tengo para gozar mis vacaciones?
    Debés gozarlas dentro del año siguiente a aquel en que adquiriste el derecho. Si vence ese plazo sin descansar, se activa el pago triple (para el trabajador común).

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra MTPE / SUNAFIL — Descanso vacacional (D.Leg. 713), según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de Vacaciones — Perú 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/pe/calculadora-vacaciones-peru

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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