laboral

Calculadora de antigüedad laboral y derechos por tiempo de servicios

Calculá tu antigüedad laboral en Perú 2026 (años, meses y días) y qué te da: 30 días de vacaciones, CTS e indemnización por despido arbitrario (1,5 remuneraciones/año).

  • Datos Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo · julio de 2026
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Calculadora específica para Perú. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Perú.

En Perú, tu antigüedad laboral (el tiempo de servicios desde tu fecha de ingreso) define beneficios que crecen con los años. A más antigüedad, más CTS acumulada (≈ 1 remuneración por año, depositada cada mayo y noviembre) y, sobre todo, una indemnización por despido arbitrario mayor: 1,5 remuneraciones por cada año de servicios, con tope de 12 (art. 38 de la LPCL). Las vacaciones son fijas en 30 días al año. Esta calculadora te dice cuántos años, meses y días llevás y qué te corresponde.

Cuándo usar esta calculadora

  • Querés saber exactamente cuántos años, meses y días de servicios llevás.
  • Necesitás estimar tu indemnización por despido arbitrario según tu antigüedad.
  • Vas a calcular tu CTS y necesitás el tiempo de servicios exacto.
  • Querés verificar que tu empleador computa bien tu antigüedad para la liquidación.
  • Estás evaluando una salida y querés saber cuántas remuneraciones te tocan.

Indemnización por despido arbitrario (art. 38 LPCL)

AntigüedadRemuneraciones a indemnizar
1 año1,5 remuneraciones
3 años4,5 remuneraciones
5 años7,5 remuneraciones
8 años (tope)12 remuneraciones (tope)
10 años o más12 remuneraciones (tope)

Art. 38 LPCL: 1,5 remuneraciones por cada año completo de servicios, más dozavos y treintavos por fracción, con tope máximo de 12 remuneraciones. El tope se alcanza a los 8 años.

Derechos que crecen con la antigüedad

BeneficioCuántoNorma
Vacaciones30 días/añoD.Leg. 713
CTS≈ 1 remuneración/añoD.S. 001-97-TR
Indemnización despido arbitrario1,5 remuneraciones/año (tope 12)Art. 38 LPCL
Gratificaciones1 sueldo en julio + 1 en diciembreLey 27735

La CTS y la indemnización crecen con el tiempo de servicios; las gratificaciones se pagan proporcionalmente al semestre trabajado.

Cómo funciona

Cómo se calcula la antigüedad (tiempo de servicios) en Perú

La antigüedad es el tiempo transcurrido desde tu primer día de trabajo hasta hoy (o hasta la fecha de cese). Se descompone en años, meses y días:

Antigüedad = Fecha de cálculo − Fecha de ingreso
→ X años, Y meses, Z días

El período de prueba (3 meses en el régimen general) sí cuenta para el tiempo de servicios si continuás trabajando.

Qué derechos desbloquea la antigüedad

DerechoCómo depende de la antigüedad
Vacaciones (D.Leg. 713)30 días calendario por año completo de servicios.
CTS (D.S. 001-97-TR)≈ 1 remuneración por año, depositada en mayo y noviembre; crece con el tiempo.
Indemnización despido arbitrario (art. 38 LPCL)1,5 remuneraciones por año de servicios (dozavos y treintavos por fracción), tope 12.
GratificacionesJulio y diciembre; proporcionales al semestre trabajado.

Ejemplo resuelto

Datos: ingreso 1/3/2020, cálculo 6/7/2026, remuneración S/ 2.000.

  • Antigüedad = 6 años, 4 meses y 5 días.

  • Indemnización art. 38 = 1,5 × 6,35 ≈ 9,53 remuneraciones ≈ S/ 19.060.

  • Vacaciones: 30 días al año.

  • CTS acumulada ≈ 6,35 remuneraciones ≈ S/ 12.700.
  • Errores comunes

  • Olvidar el tope de 12 remuneraciones en la indemnización por despido arbitrario.

  • No contar los dozavos y treintavos: la fracción del último año también se indemniza.

  • Confundir CTS con indemnización: la CTS se paga siempre; la indemnización solo ante despido arbitrario.

  • No contar el período de prueba (3 meses): ese tiempo sí suma a la antigüedad.
  • Disclaimer

    Cálculo orientativo basado en la LPCL (D.S. 003-97-TR), el D.Leg. 713 y las normas de CTS. Los montos son estimaciones que no reemplazan una liquidación oficial ni asesoría legal. Para un cálculo exacto consultá con un abogado laboralista o tu área de planillas.

    Ejemplo: ingreso 1/3/2020, cálculo 6/7/2026, remuneración S/ 2.000

    Antigüedad: del 1/3/2020 al 6/7/2026 = 6 años, 4 meses y 5 días.
    Vacaciones: 30 días calendario por año.
    Indemnización art. 38: 1,5 × 6,35 años ≈ 9,53 remuneraciones.
    Monto: 9,53 × S/ 2.000 ≈ S/ 19.060 (por debajo del tope de 12 remuneraciones).
    Antigüedad de 6 años, 4 meses y 5 días; da 30 días de vacaciones/año e indemnización por despido arbitrario de ≈ 9,53 remuneraciones (≈ S/ 19.060).

    Preguntas frecuentes

    ¿Desde cuándo se cuenta la antigüedad laboral en Perú?
    Desde el primer día de trabajo efectivo, incluyendo el período de prueba de 3 meses. El tiempo de servicios se computa de forma continua mientras el vínculo laboral no se interrumpa.
    ¿Cuántos días de vacaciones me dan por año?
    30 días calendario por cada año completo de servicios en el régimen laboral privado general (D.Leg. 713). Se pueden fraccionar por acuerdo, respetando un bloque mínimo.
    ¿Cómo influye la antigüedad en la indemnización por despido arbitrario?
    La indemnización es de 1,5 remuneraciones por cada año completo de servicios, más dozavos y treintavos por los meses y días de fracción, con un tope de 12 remuneraciones (art. 38 LPCL). A más antigüedad, mayor indemnización hasta ese tope.
    ¿La CTS depende de mi antigüedad?
    Sí: la CTS crece con el tiempo de servicios. Equivale aproximadamente a 1 remuneración por año, depositada en dos cuotas (mayo y noviembre). Cuantos más años trabajás, mayor es el fondo acumulado.
    ¿El período de prueba cuenta para la antigüedad?
    Sí. Los 3 meses de período de prueba computan como tiempo de servicios si seguís trabajando. Durante ese lapso no hay protección contra el despido arbitrario, pero el tiempo no se pierde.
    ¿Qué pasa con mi antigüedad si cambio de empleador?
    Se reinicia con el nuevo empleador. La CTS acumulada con el anterior se te entrega (o queda depositada a tu nombre), pero el tiempo de servicios para vacaciones e indemnización empieza de nuevo.
    ¿La fracción del último año cuenta para la indemnización?
    Sí. Además de 1,5 remuneraciones por año completo, se suman dozavos por mes y treintavos por día de la fracción del último año, siempre dentro del tope de 12 remuneraciones.
    ¿Cómo verifico mi tiempo de servicios si no tengo boletas?
    Podés consultar tu historial de aportes en la AFP o la ONP y tu registro en SUNAT/T-Registro (con DNI), donde figura cada período trabajado. También sirve tu primera boleta de pago o el certificado de trabajo.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra D.S. 003-97-TR (LPCL) — Art. 38, indemnización por despido arbitrario, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de antigüedad laboral y derechos por tiempo de servicios. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/pe/calculadora-antiguedad-laboral-peru

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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