Calculadora de Indemnización por Despido Arbitrario — Perú 2026
Calculá tu indemnización por despido arbitrario en Perú 2026: 1,5 sueldos por año trabajado, con tope de 12 remuneraciones. Ingresá tu sueldo y antigüedad.
- Datos verificados · junio de 2026 · Martín Rodríguez
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Calculadora específica para Perú. Las leyes, escalas y valores son los vigentes en Perú.
La fórmula es directa: una remuneración y media (1,5 sueldos) por cada año completo de trabajo, hasta un tope de 12 sueldos. Las fracciones de año se pagan de forma proporcional: cada mes adicional vale un dozavo (1/12) de esa remuneración y media, y cada día suelto un treintavo. Como el tope son 12 sueldos y cada año aporta 1,5, el máximo se alcanza recién a los 8 años de antigüedad.
Esta calculadora te dice cuánto te corresponde según tu sueldo y tu antigüedad, aplicando el tope automáticamente. Ingresá tu remuneración mensual y los años (y meses) trabajados. Recordá que el reclamo judicial por despido arbitrario tiene un plazo de caducidad de 30 días hábiles, así que conviene calcular el monto cuanto antes para negociar o demandar a tiempo.
Cuándo usar esta calculadora
- Un trabajador con sueldo de S/ 3.000 y 3 años despedido sin causa calcula que le corresponden S/ 13.500 de indemnización.
- Alguien con 10 años de antigüedad comprueba que su indemnización quedó topeada en 12 sueldos (no en 15).
- Un empleado evalúa el monto antes de negociar una salida por mutuo acuerdo y mejorar la oferta de la empresa.
- Una persona verifica si la indemnización que le ofreció la empresa contempló bien los meses sueltos por dozavos.
- Un trabajador de S/ 2.000 con 4 años y 6 meses estima su indemnización (S/ 13.500) antes de consultar a un abogado.
- Alguien compara su caso del régimen general con el de microempresa, donde la indemnización es mucho menor.
- Un trabajador de S/ 4.500 con 8 años exactos confirma que su indemnización llegó justo al tope de 12 sueldos (S/ 54.000).
- Una empleada despedida con contrato a plazo fijo que aún no vencía calcula la indemnización especial por los meses que faltaban para terminar el contrato.
- Un trabajador con sueldo de S/ 1.500 y 1 año y 3 meses estima los S/ 2.812 que le corresponden por la fracción de año.
- Alguien que cobra asignación familiar (S/ 113) suma ese monto al sueldo de referencia para calcular su indemnización exacta.
Indemnización por despido arbitrario según años de servicio (régimen general, ejemplo con sueldo S/ 3.000)
El tope de 12 sueldos congela la indemnización a partir de los 8 años: alguien con 8 años y alguien con 15 cobran lo mismo.
| Años de servicio | Sueldos que corresponden (1,5 × años) | Indemnización (sueldo S/ 3.000) | ¿Topeada en 12 sueldos? |
|---|---|---|---|
| 1 año | 1,5 sueldos | S/ 4.500 | No |
| 2 años | 3 sueldos | S/ 9.000 | No |
| 3 años | 4,5 sueldos | S/ 13.500 | No |
| 5 años | 7,5 sueldos | S/ 22.500 | No |
| 8 años | 12 sueldos | S/ 36.000 | Justo en el tope |
| 10 años | 15 → 12 sueldos (tope) | S/ 36.000 | Sí (no sube) |
| 15 años | 22,5 → 12 sueldos (tope) | S/ 36.000 | Sí (no sube) |
Régimen general de la actividad privada (D.S. 003-97-TR, art. 38): 1,5 remuneraciones por año completo, con tope de 12 remuneraciones. Como cada año aporta 1,5 sueldos, el tope se alcanza a los 8 años (8 × 1,5 = 12); a partir de ahí trabajar más años no aumenta la indemnización. Las fracciones de año se pagan por dozavos (meses) y treintavos (días). Columna en S/ a modo de ejemplo con sueldo de S/ 3.000; para tu sueldo, multiplicá la columna de sueldos por tu remuneración mensual.
Indemnización por despido arbitrario según régimen laboral — Perú (D.S. 003-97-TR)
| Régimen laboral | Indemnización por año de servicio | Tope máximo |
|---|---|---|
| General (actividad privada) | 1,5 remuneraciones mensuales | 12 remuneraciones (se alcanza a los 8 años) |
| Pequeña empresa (REMYPE) | 20 remuneraciones diarias | 120 remuneraciones diarias |
| Microempresa (REMYPE) | 10 remuneraciones diarias | 90 remuneraciones diarias |
Fuente: D.S. N° 003-97-TR, art. 38 — Ley de Productividad y Competitividad Laboral (MTPE, Perú)
Cómo funciona
Cómo se calcula la indemnización por despido arbitrario
La norma (D.S. 003-97-TR, art. 38) fija una indemnización equivalente a una remuneración y media (1,5 sueldos) por cada año completo de servicios, con las fracciones pagadas de forma proporcional:
Indemnización por año = remuneración × 1,5
Total = (años completos × ind. por año)
+ (ind. por año ÷ 12 × meses sueltos)
+ (ind. por año ÷ 360 × días sueltos)
Tope máximo = 12 remuneracionesLa remuneración que se toma es la vigente al momento del cese (incluye conceptos remunerativos habituales; no entra la CTS ni conceptos no remunerativos).
Indemnización por antigüedad (con sueldo de referencia S/ 3.000)
La escala muestra cómo crece la indemnización y dónde se activa el tope:
| Años trabajados | Cálculo (× 1,5 sueldos) | Indemnización | ¿Topeada? |
|---|---|---|---|
| 1 año | 1 × S/ 4.500 | S/ 4.500 | No |
| 2 años | 2 × S/ 4.500 | S/ 9.000 | No |
| 3 años | 3 × S/ 4.500 | S/ 13.500 | No |
| 5 años | 5 × S/ 4.500 | S/ 22.500 | No |
| 8 años | 8 × S/ 4.500 = S/ 36.000 | S/ 36.000 (= 12 sueldos) | Justo en el tope |
| 12 años | 12 × S/ 4.500 = S/ 54.000 | S/ 36.000 (tope) | Sí |
El tope de 12 sueldos
La indemnización no puede superar las 12 remuneraciones. Como cada año aporta 1,5 sueldos, el tope se alcanza a los 8 años de antigüedad (8 × 1,5 = 12). A partir de ahí, trabajar más años no aumenta la indemnización: alguien con 8 años y alguien con 15 cobran lo mismo.
Qué se paga aparte
La indemnización es adicional a tu liquidación de beneficios sociales. Al cesar también te corresponden: