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Calculadora de antigüedad laboral y vacaciones por años de servicio

Calculá tu antigüedad laboral en Paraguay 2026 (años, meses y días) y qué te da: vacaciones escalonadas 12/18/30 días e indemnización por despido injustificado. Sin registro.

  • Datos Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social · julio de 2026
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En Paraguay, tu antigüedad laboral cambia directamente cuántas vacaciones te tocan. El Código del Trabajo (art. 218) fija una escala: 12 días hábiles hasta 5 años de antigüedad, 18 días de 5 a 10 años y 30 días con más de 10 años. La antigüedad también determina la indemnización por despido injustificado: 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses (art. 91). Esta calculadora te dice cuántos años, meses y días llevás y qué te corresponde.

Cuándo usar esta calculadora

  • Querés saber exactamente cuántos años, meses y días llevás en tu empleo.
  • Necesitás saber cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad.
  • Querés estimar tu indemnización por despido injustificado.
  • Vas a hacer una liquidación y necesitás el tiempo de servicio exacto.
  • Querés verificar que tu empleador computa bien tu antigüedad.

Días de vacaciones según antigüedad (art. 218)

AntigüedadDías hábiles de vacaciones
Hasta 5 años12 días
Más de 5 y hasta 10 años18 días
Más de 10 años30 días

Art. 218 del Código del Trabajo (Ley 213/93). El derecho a vacaciones se genera al cumplir el primer año de servicio; los días se cuentan hábiles y corridos.

Indemnización por despido injustificado (art. 91)

AntigüedadSalarios diarios a indemnizar
1 año15 salarios diarios
3 años45 salarios diarios
5 años75 salarios diarios
10 años150 salarios diarios
15 años225 salarios diarios

Art. 91: 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses. El salario diario se obtiene dividiendo el salario mensual entre 30. Es aparte del preaviso.

Cómo funciona

Cómo se calcula la antigüedad laboral en Paraguay

La antigüedad es el tiempo desde tu primer día de trabajo hasta hoy (o hasta la fecha de salida). Se descompone en años, meses y días:

Antigüedad = Fecha de cálculo − Fecha de ingreso
→ X años, Y meses, Z días

Vacaciones escalonadas por antigüedad (art. 218)

A diferencia de otros países, en Paraguay los días de vacaciones dan un salto por tramos de antigüedad:

El derecho a vacaciones se genera al cumplir el primer año de servicio.

Indemnización por despido injustificado (art. 91)

Es de 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses:

Indemnización = 15 × salario diario × años de servicio
(la fracción mayor a 6 meses cuenta como año completo)

Ejemplo resuelto

Datos: ingreso 1/3/2018, cálculo 6/7/2026, salario Gs. 4.000.000.

  • Antigüedad = 8 años, 4 meses y 5 días.

  • Vacaciones: tramo de 5 a 10 años → 18 días hábiles.

  • Indemnización art. 91: 15 × 8 años = 120 salarios diarios = 120 × (4.000.000 ÷ 30) = Gs. 16.000.000.
  • Errores comunes

  • Usar 12 días para todos: los días de vacaciones cambian por tramo de antigüedad (12/18/30).

  • No contar la fracción mayor a 6 meses como año completo en la indemnización.

  • Olvidar el preaviso: es un derecho aparte de la indemnización y también escala con la antigüedad.

  • Confundir salario mensual con salario diario: la indemnización se calcula sobre el salario diario (salario ÷ 30).
  • Disclaimer

    Cálculo orientativo basado en el Código del Trabajo (Ley 213/93). Los montos son estimaciones que no reemplazan una liquidación oficial ni asesoría legal. Para un cálculo exacto consultá con un profesional o el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

    Ejemplo: ingreso 1/3/2018, cálculo 6/7/2026, salario Gs. 4.000.000

    Antigüedad: del 1/3/2018 al 6/7/2026 = 8 años, 4 meses y 5 días.
    Vacaciones: tramo de 5 a 10 años → 18 días hábiles.
    Indemnización art. 91: 15 × 8 años = 120 salarios diarios.
    Monto: 120 × (Gs. 4.000.000 ÷ 30) = Gs. 16.000.000.
    Antigüedad de 8 años, 4 meses y 5 días; da 18 días hábiles de vacaciones e indemnización por despido injustificado de 120 salarios diarios (≈ Gs. 16.000.000).

    Preguntas frecuentes

    ¿Desde cuándo se cuenta la antigüedad laboral en Paraguay?
    Desde el primer día de trabajo efectivo, incluyendo el período de prueba. El derecho a vacaciones se genera al cumplir el primer año de servicio continuo con el mismo empleador.
    ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden según mi antigüedad?
    Según el art. 218: 12 días hábiles hasta 5 años de antigüedad, 18 días con más de 5 y hasta 10 años, y 30 días con más de 10 años de antigüedad.
    ¿Cómo influye la antigüedad en la indemnización por despido injustificado?
    La indemnización es de 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses (art. 91). A más antigüedad, mayor indemnización de forma proporcional.
    ¿La fracción de año cuenta para la indemnización?
    Sí, si es mayor a 6 meses se cuenta como un año completo. Por ejemplo, 3 años y 7 meses se indemnizan como 4 años (60 salarios diarios).
    ¿El período de prueba cuenta para la antigüedad?
    Sí. El período de prueba computa como antigüedad si continuás trabajando después. Durante ese lapso el contrato puede terminar sin indemnización, pero el tiempo no se pierde.
    ¿El aguinaldo depende de la antigüedad?
    El aguinaldo (art. 243) es la doceava parte de lo percibido en el año; no depende de los años de antigüedad, sino del tiempo trabajado en el año. Se paga proporcionalmente al egresar.
    ¿Qué pasa con mi antigüedad si cambio de empleador?
    Se reinicia con el nuevo empleador. Los tramos de vacaciones y la escala de indemnización empiezan de cero, salvo casos de continuidad de la relación laboral reconocida.
    ¿Cómo verifico mi antigüedad si no tengo el contrato?
    Podés consultar tus aportes en el IPS (con cédula), donde figura cada mes cotizado por el empleador. También sirve tu primer recibo de sueldo o el certificado de trabajo.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra Código del Trabajo (Ley 213/93) — Arts. 91 y 218, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de antigüedad laboral y vacaciones por años de servicio. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/py/calculadora-antiguedad-laboral-paraguay

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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