Calculadora de Recargo Nocturno — Paraguay 2026
Calculá tu recargo nocturno 2026 en Paraguay: 30% extra por cada hora entre las 20 y las 6 horas (art. 234 del Código del Trabajo). Ingresá tu sueldo y horas al instante.
- Datos Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social · julio de 2026
- Editado por Martín Rodríguez
- Fórmula verificada con pruebas automatizadas
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El valor de tu hora sale de dividir el salario mensual entre 240 (30 días × 8 horas). Con el salario mínimo 2026 de Gs. 3.044.000 la hora vale Gs. 12.683, así que el recargo nocturno son Gs. 3.805 extra por cada hora trabajada de noche, y la hora nocturna completa queda en Gs. 16.488.
Ojo con la jornada: la nocturna tiene un máximo de 7 horas diarias o 42 semanales (menor que las 8/48 diurnas). Esta calculadora te dice cuánto recargo nocturno te corresponde este mes, cuánto vale tu hora nocturna completa y cuánto sumás en total. Ingresá tu salario mensual y las horas que trabajás entre las 20 y las 6.
Cuándo usar esta calculadora
- Un sereno con turno de 22 a 6 calcula el 30% de recargo por sus horas nocturnas.
- Una enfermera de turno noche coteja el recargo del mes contra su recibo.
- Un operario de turno rotativo suma solo las horas entre las 20 y las 6 para su recargo.
- Un trabajador de una estación de servicio 24 horas verifica que le paguen el 30% sobre su hora.
- Un empleado de seguridad revisa cuánto extra le suma el mes de turnos nocturnos.
- Un empleador de un local gastronómico presupuesta el costo del personal del turno noche.
- Un trabajador con salario mínimo confirma cuánto vale su hora nocturna completa.
Recargo nocturno según el salario (jornada 20:00–06:00, valor hora ÷ 240)
| Salario mensual | Hora ordinaria (÷240) | Recargo 30% por hora | Hora nocturna completa |
|---|---|---|---|
| Gs. 3.044.000 (mínimo) | Gs. 12.683 | Gs. 3.805 | Gs. 16.488 |
| Gs. 3.500.000 | Gs. 14.583 | Gs. 4.375 | Gs. 18.958 |
| Gs. 4.500.000 | Gs. 18.750 | Gs. 5.625 | Gs. 24.375 |
| Gs. 6.000.000 | Gs. 25.000 | Gs. 7.500 | Gs. 32.500 |
| Gs. 8.000.000 | Gs. 33.333 | Gs. 10.000 | Gs. 43.333 |
Fuente: Código del Trabajo del Paraguay (Ley 213/93), art. 234 — recargo nocturno del 30% (2026).
Cómo funciona
Cómo se calcula el recargo nocturno en Paraguay
Valor hora ordinaria = Salario mensual ÷ 240 (30 días × 8 h)
Recargo nocturno = valor hora × 30%
Hora nocturna = valor hora × 1,30
Recargo del mes = horas nocturnas × recargo por horaEl art. 234 del Código del Trabajo (Ley N° 213/93) establece que el trabajo nocturno —el realizado entre las 20:00 y las 06:00— se paga con un recargo del 30% sobre el salario ordinario fijado para el trabajo diurno. Es un recargo obligatorio por la mayor penosidad del horario nocturno.
La jornada nocturna es más corta
La jornada máxima nocturna es de 7 horas diarias o 42 semanales, menor que las 8 horas diarias / 48 semanales de la jornada diurna. Esto compensa el desgaste del trabajo de noche.
Recargo nocturno vs. horas extra
Son conceptos distintos que se pueden sumar:
Si lo tuyo son extras, revisá el recargo correspondiente en tu recibo.
A quién le aplica
A todo trabajador bajo el Código del Trabajo cuya jornada ordinaria incluya horas entre las 20:00 y las 06:00: serenos, personal de salud, operarios de turnos rotativos, estaciones de servicio 24 horas, seguridad, gastronomía nocturna. El recargo se debe por cada hora nocturna trabajada.
Ejemplo completo: sereno con turno 22 a 6
Un sereno con salario mínimo hace 20 turnos al mes de 22 a 6 — 7 horas nocturnas por turno (máximo de jornada nocturna):
1. Hora ordinaria: Gs. 3.044.000 ÷ 240 = Gs. 12.683.
2. Recargo por hora: Gs. 12.683 × 30% = Gs. 3.805.
3. Recargo por turno: 7 × Gs. 3.805 = Gs. 26.635.
4. Recargo del mes: 20 turnos × Gs. 26.635 = Gs. 532.700 sobre su salario.
Errores comunes
Datos clave 2026
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Recargo nocturno | 30% (art. 234 Código del Trabajo) |
| Horario nocturno | 20:00 a 06:00 |
| Jornada nocturna máxima | 7 h diarias / 42 semanales |
| Valor hora | salario ÷ 240 (30 días × 8 h) |
| Salario mínimo 2026 | Gs. 3.044.000 |
| Recargo/hora con el mínimo | Gs. 3.805 |
Disclaimer
Cálculo orientativo según el art. 234 del Código del Trabajo (Ley 213/93). No incluye horas extra ni aportes al IPS. Para una liquidación exacta consultá con tu empleador o un profesional laboral. Si no te pagan el recargo, podés reclamar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).
Ejemplo: salario Gs. 3.044.000 (mínimo), 40 horas nocturnas al mes
Preguntas frecuentes
¿Desde qué hora se paga recargo nocturno en Paraguay en 2026?
¿Cuánto es el recargo nocturno?
¿Cuánto es el recargo nocturno con el salario mínimo 2026?
¿La jornada nocturna dura lo mismo que la diurna?
¿El recargo nocturno es lo mismo que las horas extra?
¿El recargo nocturno entra en el aguinaldo?
¿Cómo calculo mi recargo si trabajo 40 horas nocturnas al mes con salario de Gs. 4.500.000?
¿Se puede renunciar al recargo nocturno o pagar menos del 30%?
Fuentes y referencias
- Código del Trabajo del Paraguay — Ley N° 213/93, art. 234 (recargo nocturno 30%) — Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) (2026)
- MTESS — Salario mínimo legal vigente 2026 (Decreto N° 6225) — Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) (2026)
Metodología y confianza
Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra Código del Trabajo del Paraguay — Ley N° 213/93, art. 234 (recargo nocturno 30%), según nuestra política editorial y metodología.
Actualizado: julio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.
Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.
Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.
Rodríguez, M. (2026). Calculadora de Recargo Nocturno — Paraguay 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/py/calculadora-recargo-nocturno-paraguay
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