Finanzas

Calculadora de Recargo Nocturno — Colombia 2026

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: MinTrabajo / Función Pública
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Si trabajás después de las 7 de la noche, la ley te debe plata extra. La Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) adelantó el inicio de la jornada nocturna de las 9 p.m. a las 7 p.m. desde el 25 de diciembre de 2025: cada hora entre las 7 p.m. y las 6 a.m. dentro de tu jornada ordinaria paga un recargo del 35% sobre el valor de la hora. El cambio es plata contante para millones de trabajadores de comercio, restaurantes, vigilancia, salud y call centers: las horas entre las 7 y las 9 p.m. —que antes se pagaban como diurnas, sin un peso de más— ahora suman 35% cada una. Con el salario mínimo 2026 son $2.786 extra por hora: quien sale a las 9 p.m. gana unos $5.571 más por turno, alrededor de $122.563 al mes con 22 turnos. Esta calculadora te dice cuánto recargo nocturno te deben pagar este mes, cuánto vale tu hora nocturna completa y —si indicás cuántas de tus horas caen entre las 7 y las 9 p.m.— cuánta de esa plata es nueva gracias a la reforma. Usa el divisor legal correcto: 220 hasta el 14 de julio de 2026 y 210 después.

Última revisión: 9 de junio de 2026 Verificado por Fuente: Función Pública — Ley 2466 de 2025 (jornada nocturna desde las 7 p.m., recargo dominical progresivo), Secretaría del Senado — Código Sustantivo del Trabajo (art. 168, recargo por trabajo nocturno), Función Pública — Ley 2101 de 2021 (jornada de 42 horas desde el 15-jul-2026), Presidencia de la República — Decreto 1469 de 2025: SMLMV 2026 (29-dic-2025) 100% privado

Desde el 25 de diciembre de 2025 la jornada nocturna en Colombia empieza a las 7 p.m. (Ley 2466 de 2025) y cada hora trabajada hasta las 6 a.m. paga un recargo del 35% sobre la hora ordinaria. Con el salario mínimo 2026 ($1.750.905) son $2.786 extra por hora ($10.744 la hora nocturna completa). Quien trabaja hasta las 9 p.m. ganó 2 horas de recargo nuevas por turno: unos $5.571 por día y ~$122.563 al mes con 22 turnos. Ingresá tu salario y tus horas nocturnas para el cálculo exacto.

Cuándo usar esta calculadora

  • Una cajera de supermercado que sale a las 10 p.m. calcula el recargo de sus 3 horas nocturnas diarias (7 a 10 p.m.).
  • Un vigilante con turno de 10 p.m. a 6 a.m. verifica que sus 8 horas por noche traigan el 35% completo en la nómina.
  • Un mesero que trabaja hasta las 9 p.m. descubre que la reforma le dejó 2 horas nuevas con recargo: ~$122.563 al mes con el mínimo.
  • Una enfermera de turno nocturno coteja el plus del mes contra su desprendible de pago.
  • Un agente de call center con horario de 2 p.m. a 10 p.m. confirma que desde diciembre de 2025 le deben recargo por las horas de 7 a 10 p.m.
  • Un empleador de restaurante presupuesta cuánto le cuesta el personal del turno cena después de la Ley 2466.
  • Un trabajador revisa cuánto subirá su recargo desde el 15 de julio de 2026, cuando el divisor pase de 220 a 210.
  • Una operaria de planta con turno rotativo suma solo las horas entre 7 p.m. y 6 a.m. para liquidar su plus.
  • Un bartender compara su recargo nocturno ordinario (35%) contra lo que le pagarían si esas horas fueran extras nocturnas (75%).
  • Un trabajador dominical nocturno entiende que los recargos se suman: 35% + 80% en el mismo turno.

Ejemplo: salario $2.000.000, 40 horas nocturnas al mes (20 de ellas entre 7 y 9 p.m.)

  1. Valor hora ordinaria: $2.000.000 ÷ 220 = $9.091.
  2. Recargo nocturno por hora: $9.091 × 35% = $3.182.
  3. Plus del mes: 40 horas × $3.182 = $127.273.
  4. Hora nocturna completa: $9.091 + $3.182 = $12.273.
  5. Plata nueva de la Ley 2466: las 20 horas entre 7 y 9 p.m. (que antes no tenían recargo) × $3.182 = $63.636.
Resultado: Recargo nocturno del mes: $127.273 — de los cuales $63.636 son nuevos gracias a la reforma

Cómo funciona

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Cómo se calcula el recargo nocturno

Valor hora ordinaria = Salario mensual ÷ 220   (÷ 210 desde el 15-jul-2026)
Recargo nocturno     = hora ordinaria × 35%
Hora nocturna        = hora ordinaria × 1,35
Plus del mes         = horas nocturnas × recargo por hora

El recargo del 35% (art. 168 del CST) aplica a cada hora de tu jornada ordinaria trabajada entre las 7 p.m. (19:00) y las 6 a.m. No es un favor del empleador: es salario obligatorio, entra en el IBC y en la base de prestaciones, y no se puede "compensar" con descansos.

El cambio grande: la noche ahora empieza a las 7 p.m.

Hasta el 24 de diciembre de 2025, la jornada nocturna iba de 9 p.m. a 6 a.m. La Ley 2466 de 2025 la amplió: desde el 25 de diciembre de 2025 va de 7 p.m. a 6 a.m. Dos horas más de recargo por noche para cualquiera cuyo turno pase de las 7 p.m.:

TurnoHoras con recargo (régimen viejo, 9 p.m.)Horas con recargo (hoy, 7 p.m.)Horas nuevas
2 p.m. – 10 p.m.13+2
1 p.m. – 9 p.m.02+2
6 p.m. – 2 a.m.57+2
10 p.m. – 6 a.m.880

Con el salario mínimo 2026, cada hora nueva vale $2.786: un trabajador que sale a las 9 p.m. suma $5.571 por turno, unos $122.563 al mes con 22 turnos. Eso es lo que esta calculadora muestra como "plata nueva" si indicás cuántas de tus horas caen entre las 7 y las 9 p.m.

Cuánto vale tu recargo según el salario (hasta el 14-jul-2026, ÷220)

Salario mensualHora ordinariaRecargo 35% por horaHora nocturna completa
$1.750.905 (mínimo)$7.959$2.786$10.744
$2.000.000$9.091$3.182$12.273
$2.500.000$11.364$3.977$15.341
$3.000.000$13.636$4.773$18.409
$4.000.000$18.182$6.364$24.545

Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima baja a 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021) y el divisor pasa de 220 a 210: la misma hora nocturna del mínimo sube de $10.744 a $11.256, y el recargo por hora de $2.786 a $2.918 (+4,76%), sin que cambie tu salario.

Recargo nocturno vs. hora extra nocturna

Son dos conceptos distintos que se confunden todo el tiempo:

  • Recargo nocturno (35%): tu jornada ordinaria cae de noche. Turno fijo de 2 p.m. a 10 p.m. → las horas de 7 a 10 p.m. llevan 35%.

  • Hora extra nocturna (75%): trabajás de noche por fuera de tu jornada. Tu turno terminaba a las 7 p.m. y te quedaste hasta las 10 p.m. → esas 3 horas llevan 75%.
  • Si lo tuyo son extras, usá la calculadora de horas extras Colombia 2026. Y si trabajás de noche un domingo o festivo, los recargos se suman: 35% + 80% = 115% de recargo (hora × 2,15) hasta el 30 de junio de 2026, y 35% + 90% = 125% (hora × 2,25) desde el 1 de julio, cuando el dominical sube al 90%.

    A quién le aplica

    A todos los trabajadores del régimen del CST cuya jornada ordinaria incluya horas entre las 7 p.m. y las 6 a.m.: vigilantes, personal de salud, operarios de turnos rotativos, meseros, cajeros, call centers, domiciliarios con contrato laboral. Los empleados de dirección, confianza y manejo están excluidos de la jornada máxima (no cobran horas extras), pero el recargo nocturno se les debe, porque no depende de exceder la jornada sino del horario en que trabajan. Quien pactó salario integral (≥13 SMLMV = $22.761.765 en 2026) ya tiene los recargos incluidos en el factor prestacional.

    Para el empleador, este recargo es parte del costo real de un turno nocturno: sumalo al panorama completo con la calculadora de costo total de un empleado.

    Ejemplo completo: vigilante de turno 10 p.m. a 6 a.m.

    Un vigilante con salario mínimo hace 15 turnos al mes de 10 p.m. a 6 a.m. — las 8 horas de cada turno son nocturnas:

    1. Hora ordinaria: $1.750.905 ÷ 220 = $7.959.
    2. Recargo por hora: $7.959 × 35% = $2.786.
    3. Plus por turno: 8 × $2.786 = $22.284.
    4. Plus del mes: 15 turnos × $22.284 = $334.264 sobre su salario.

    Ese plus es casi un 19% adicional sobre el mínimo, todos los meses. Si los turnos caen en domingo, esas noches suman además el recargo dominical (80% hasta el 30-jun-2026, 90% después): la hora de un domingo nocturno del segundo semestre vale $7.959 × 2,25 con divisor 220, y más todavía cuando el divisor baje a 210.

    Dos detalles de borde que generan disputas: el recargo corre hasta las 6:00 a.m. exactas (la hora de 6 a 7 a.m. ya es diurna), y en los turnos que cruzan la medianoche cada hora se asigna al día calendario en que efectivamente se trabajó — importa para saber si esa hora era "domingo" o "lunes" al sumar el recargo dominical.

    El recargo es salario (y eso importa)

    El recargo nocturno habitual engorda todo lo demás: entra en el IBC de salud y pensión, y en la base de cesantías, intereses, prima de servicios y vacaciones. Si trabajás de noche todo el año y tu prima se liquidó solo con el básico, te están liquidando mal: el plus nocturno promedio del semestre debía estar adentro.

    Errores comunes

  • Seguir contando la noche desde las 9 p.m.: desde el 25-dic-2025 es desde las 7 p.m. Nóminas que no actualizaron el parámetro están pagando de menos 2 horas por turno.

  • Confundir recargo (35%) con extra nocturna (75%): si es tu turno normal, es 35%; si es tiempo adicional, 75%.

  • Dividir entre 240: el divisor 2026 es 220, y desde el 15 de julio, 210. Con 240 el recargo sale ~9% más barato de lo legal.

  • No sumar el dominical: la noche de domingo lleva 35% + 80% (90% desde julio-2026), no solo el 35%.

  • Excluir el recargo de prestaciones y aportes: es salario, no un bono volátil.

  • Creer que aplica a cualquier hora "tarde": el recargo arranca exacto a las 7 p.m.; de 6 a 7 p.m. la hora sigue siendo diurna.
  • Datos clave 2026

    ConceptoValor
    Recargo nocturno35% (art. 168 CST)
    Horario nocturno7 p.m. a 6 a.m. (Ley 2466/2025, desde 25-dic-2025)
    Régimen anterior9 p.m. a 6 a.m. (hasta 24-dic-2025)
    Recargo/hora con el mínimo$2.786 (÷220) → $2.918 (÷210, desde 15-jul-2026)
    Hora nocturna con el mínimo$10.744 → $11.256
    Horas nuevas típicas por turno2 (las de 7 a 9 p.m.) ≈ $5.571/día con el mínimo
    Nocturno dominical35% + 80% = ×2,15 (×2,25 desde 1-jul-2026)
    Extra nocturna (otro concepto)+75%

    Disclaimer

    Cálculo orientativo según el CST y la Ley 2466 de 2025. Convenciones colectivas pueden pactar recargos superiores. Si tu empleador no paga el recargo desde las 7 p.m., guardá los registros de turno y reclamá ante el Ministerio de Trabajo; el derecho prescribe a los 3 años.

    Preguntas frecuentes

    ¿Desde qué hora se paga recargo nocturno en Colombia en 2026?

    Desde las 7 p.m. (19:00) hasta las 6 a.m. La Ley 2466 de 2025 adelantó el inicio de la jornada nocturna desde el 25 de diciembre de 2025; antes era desde las 9 p.m. Las horas de 6 a 7 p.m. siguen siendo diurnas.

    ¿Cuánto es el recargo nocturno?

    35% sobre el valor de tu hora ordinaria (art. 168 del CST), por cada hora de jornada ordinaria entre las 7 p.m. y las 6 a.m. La hora nocturna completa vale tu hora × 1,35.

    ¿Cuánto es el recargo nocturno con el salario mínimo 2026?

    La hora ordinaria del mínimo ($1.750.905) vale $7.959 (÷220), así que el recargo es $2.786 por hora y la hora nocturna completa $10.744. Desde el 15 de julio de 2026 (divisor 210) suben a $2.918 y $11.256.

    ¿El recargo nocturno es lo mismo que la hora extra nocturna?

    No. El recargo (35%) es por trabajar de noche dentro de tu jornada ordinaria; la extra nocturna (75%) es por trabajar de noche por fuera de ella. Un vigilante de turno fijo nocturno cobra 35% por sus 8 horas; si además se queda una hora más, esa hora va al 75%.

    ¿Cuánta plata nueva me dejó la Ley 2466 si salgo a las 9 p.m.?

    Dos horas por turno (de 7 a 9 p.m.) que antes no tenían recargo. Con el mínimo son $5.571 por día y unos $122.563 al mes con 22 turnos. Con salario de $2.000.000, $6.364 por turno y ~$140.000 al mes.

    ¿Cómo se paga la noche de un domingo o festivo?

    Los recargos se suman: 35% nocturno + 80% dominical = 115% de recargo (hora × 2,15) hasta el 30 de junio de 2026. Desde el 1 de julio el dominical sube al 90%: 35% + 90% = 125% (hora × 2,25). Y en julio de 2027 el dominical llega al 100%.

    ¿Por qué mi recargo sube desde el 15 de julio de 2026?

    Porque la jornada máxima baja de 44 a 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021) y el divisor del valor hora pasa de 220 a 210: tu misma mensualidad dividida entre menos horas hace que cada hora —y su 35%— valga 4,76% más.

    ¿Los empleados de dirección y confianza cobran recargo nocturno?

    Sí. Están excluidos de la jornada máxima (por eso no cobran horas extras), pero el recargo nocturno no depende de exceder la jornada sino del horario trabajado, así que se les debe igual. La excepción real es el salario integral (≥$22.761.765 en 2026), que ya lo incluye en el factor.

    ¿El recargo nocturno entra en la prima, las cesantías y los aportes?

    Sí: es salario. El recargo habitual entra en el IBC de salud y pensión y en la base de cesantías, intereses, prima y vacaciones. Una prima liquidada solo con el básico, ignorando el plus nocturno del semestre, está mal liquidada.

    ¿Cuánto recibo si trabajo 40 horas nocturnas al mes con salario de $2.000.000?

    Tu hora vale $9.091 (÷220) y el recargo $3.182 por hora: 40 × $3.182 = $127.273 de plus en el mes. El pago total de esas 40 horas, recargo incluido, es de $490.909.

    ¿Qué hago si mi empleador sigue pagando la noche desde las 9 p.m.?

    Está incumpliendo la Ley 2466 de 2025, vigente desde el 25 de diciembre de 2025. Guardá tus registros de turno, pedí el reajuste por escrito y, si no corrige, denunciá ante el Ministerio de Trabajo. Podés reclamar lo adeudado hasta 3 años atrás.

    Fuentes y referencias

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