Costo total de un empleado para el empleador — Colombia 2026
Ver cálculo paso a paso
Cuando una empresa contrata a alguien por $3.000.000, ese empleado no cuesta $3.000.000: cuesta alrededor de $4.443.762 al mes. La diferencia son las cargas que la ley pone 100% en cabeza del empleador: seguridad social patronal (pensión 12%, salud 8,5% cuando no hay exoneración, ARL según el riesgo), parafiscales (caja de compensación 4%, y SENA 2% + ICBF 3% si no aplica la exoneración del art. 114-1 ET), las prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima y vacaciones, que suman ~21,8% del salario) y el auxilio de transporte de $249.095 para quien gana hasta 2 SMLMV. En 2026 esto pega más fuerte que nunca: el salario mínimo subió 23% a $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025), así que cada contratación nueva arranca con un costo real de $2.715.572 mensuales como piso. Esta calculadora arma el desglose completo —mensual y anual— y te dice el factor multiplicador sobre el salario, aplicando automáticamente la exoneración de aportes cuando corresponde. Ingresá el salario, elegí la clase de ARL y el tipo de empleador.
En Colombia 2026 un empleado le cuesta a la empresa entre 1,38 y 1,55 veces su salario. Con el salario mínimo ($1.750.905), el costo real mensual es de unos $2.715.572: auxilio de transporte ($249.095), pensión 12%, ARL, caja de compensación 4% y prestaciones sociales (~21,8%). Una persona jurídica exonerada por el art. 114-1 ET no paga salud 8,5%, SENA ni ICBF por salarios menores a 10 SMLMV ($17.509.050). Ingresá el salario, la clase de ARL y el tipo de empleador para el cálculo exacto.
Cuándo usar esta calculadora
- Una SAS que va a contratar su primer desarrollador por $5.000.000 descubre que el costo real es de unos $6.917.767 al mes ($83 millones al año).
- Un emprendedor calcula si le alcanza el flujo de caja para formalizar a su empleada con el mínimo: necesita $2.715.572 mensuales, no $1.750.905.
- Una pyme compara cuánto le cuesta el mismo salario en ARL clase I (oficina) vs clase V (alturas) antes de definir el cargo.
- Un contador verifica si su cliente persona jurídica aplica la exoneración del art. 114-1 ET y cuánto representa el ahorro.
- Una empresa familiar que es persona natural con un solo empleado entiende por qué paga salud 8,5%, SENA e ICBF completos.
- Un gerente presupuesta la nómina 2026 después del aumento del 23% del mínimo y recalcula el costo total de cada cargo.
- Una startup decide entre contratar laboral o por prestación de servicios comparando el costo total de cada figura.
- Un restaurante calcula el costo anual de un mesero con auxilio de transporte incluido para fijar precios de carta.
- Una constructora estima el sobrecosto del ARL clase V (6,96%) en una cuadrilla de 10 trabajadores.
- Un empleador revisa cuánto del costo va a prestaciones (cesantías + intereses + prima + vacaciones) para provisionarlo mes a mes.
Ejemplo: salario $3.000.000 en una SAS, ARL clase I
- Auxilio de transporte: el salario es menor a 2 SMLMV ($3.501.810) → +$249.095.
- Exoneración art. 114-1 ET: es persona jurídica y el salario es menor a 10 SMLMV → no paga salud 8,5%, SENA ni ICBF.
- Seguridad social: pensión 12% ($360.000) + ARL clase I 0,522% ($15.660) = $375.660.
- Parafiscales: caja de compensación 4% = $120.000 (la CCF nunca se exonera).
- Prestaciones sobre $3.249.095 (salario + auxilio): cesantías 8,33% ($270.758) + intereses 1% ($32.491) + prima 8,33% ($270.758); vacaciones 4,17% sobre el salario ($125.000) = $699.007.
- Costo total: $3.000.000 + $249.095 + $375.660 + $120.000 + $699.007 = $4.443.762 al mes.
Cómo funciona
5 min readCómo se calcula el costo total de un empleado
Costo = Salario + Auxilio de transporte (si gana hasta 2 SMLMV)
+ Seguridad social patronal (salud 8,5%* + pensión 12% + ARL 0,522%–6,96%)
+ Parafiscales (CCF 4% + ICBF 3%* + SENA 2%*)
+ Prestaciones (cesantías 8,33% + intereses 1% + prima 8,33% + vacaciones 4,17%)*Los conceptos marcados con asterisco se exoneran para personas jurídicas por los trabajadores que ganan menos de 10 SMLMV (art. 114-1 del Estatuto Tributario).
Qué paga el empleador además del salario (2026)
| Concepto | % sobre el salario | ¿Exonerable art. 114-1? |
|---|---|---|
| Salud (EPS) | 8,5% | Sí |
| Pensión | 12% | No |
| ARL (riesgos laborales) | 0,522% a 6,96% | No |
| Caja de compensación (CCF) | 4% | No, se paga siempre |
| ICBF | 3% | Sí |
| SENA | 2% | Sí |
| Cesantías | 8,33% | No |
| Intereses a las cesantías | 1% | No |
| Prima de servicios | 8,33% | No |
| Vacaciones (provisión) | 4,17% | No |
Sin exoneración, las cargas suman 51,3% + ARL sobre el salario. Con exoneración bajan a 37,8% + ARL. A eso se agrega el auxilio de transporte ($249.095) cuando el trabajador gana hasta 2 SMLMV, que además entra en la base de cesantías y prima (no en la de vacaciones ni en la de aportes).
El trabajador, por su parte, aporta su propio 4% de salud y 4% de pensión, que salen de su salario y no son costo del empleador: podés ver ese lado del recibo en la calculadora de aportes EPS y pensión del empleado.
La exoneración del artículo 114-1 ET
Desde la Ley 1607 de 2012, las personas jurídicas (SAS, Ltda., S.A. y asimiladas) no pagan salud 8,5%, SENA 2% ni ICBF 3% por los trabajadores que devenguen menos de 10 SMLMV — en 2026, menos de $17.509.050. Son 13,5 puntos porcentuales de ahorro, la diferencia entre un factor de ~1,38 y ~1,52 sobre el salario.
Puntos finos que generan errores:
Costo total según el salario (PJ exonerada, ARL clase I)
| Salario mensual | Auxilio | Costo total mensual | Factor |
|---|---|---|---|
| $1.750.905 (mínimo) | $249.095 | $2.715.572 | 1,55× |
| $2.500.000 | $249.095 | $3.751.985 | 1,50× |
| $3.000.000 | $249.095 | $4.443.762 | 1,48× |
| $5.000.000 | — | $6.917.767 | 1,38× |
| $10.000.000 | — | $13.835.533 | 1,38× |
| $20.000.000 (sin exoneración) | — | $30.371.067 | 1,52× |
Dos saltos explican la curva: al pasar de 2 SMLMV ($3.501.810) desaparece el auxilio de transporte y el factor baja; al llegar a 10 SMLMV ($17.509.050) se pierde la exoneración del 114-1 y el factor vuelve a subir a ~1,52.
ARL: el costo que depende del oficio
La ARL la paga 100% el empleador y la tarifa depende de la clase de riesgo de la actividad (Decreto 1772 de 1994). Sobre un salario de $3.000.000:
| Clase | Tarifa | Ejemplos | Costo mensual |
|---|---|---|---|
| I | 0,522% | Oficinas, comercio | $15.660 |
| II | 1,044% | Agrícola, manufactura liviana | $31.320 |
| III | 2,436% | Manufactura, transporte liviano | $73.080 |
| IV | 4,35% | Transporte pesado, vigilancia armada | $130.500 |
| V | 6,96% | Construcción, minería, trabajo en alturas | $208.800 |
Entre clase I y clase V hay 13× de diferencia: en una cuadrilla de construcción el ARL pesa casi tanto como la caja y el SENA juntos. El detalle por clase está en la calculadora de aportes ARL.
Prestaciones sociales: el 21,8% que muchos olvidan
Las prestaciones no se pagan cada mes, pero se causan cada mes y hay que provisionarlas:
Juntas suman ~21,8% del salario, el bloque más grande del sobrecosto después de la seguridad social.
Errores comunes
Cuándo aplica y excepciones
El cálculo aplica al contrato laboral ordinario (término fijo o indefinido) con salario común. Casos especiales:
Datos clave 2026
| Concepto | Valor |
|---|---|
| SMLMV 2026 | $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025) |
| Auxilio de transporte | $249.095 (hasta 2 SMLMV) |
| Tope exoneración art. 114-1 | 10 SMLMV = $17.509.050 |
| Pensión empleador | 12% |
| Salud empleador | 8,5% (exonerable) |
| ARL | 0,522% a 6,96% según clase |
| Parafiscales | CCF 4% + ICBF 3% + SENA 2% |
| Prestaciones | 21,83% (cesantías + intereses + prima + vacaciones) |
| Costo de un mínimo | $2.715.572/mes — $32.586.867/año |
Disclaimer
Cálculo orientativo para contrato laboral ordinario. No incluye dotación, horas extras, recargos, viáticos ni beneficios extralegales. La tarifa exacta de ARL depende de la actividad económica registrada y puede variar dentro de la clase. Para liquidaciones oficiales consultá a tu contador o revisá la normativa vigente de MinTrabajo y la DIAN.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un empleado con salario mínimo en Colombia 2026?
Unos $2.715.572 al mes ($32.586.867 al año) para una persona jurídica exonerada con ARL clase I: salario $1.750.905 + auxilio de transporte $249.095 + pensión 12% + ARL + caja 4% + prestaciones sobre base de $2.000.000. Es un factor de 1,55× el salario.
¿Qué paga el empleador además del salario?
Cuatro bloques: auxilio de transporte ($249.095 si gana hasta 2 SMLMV), seguridad social patronal (pensión 12% + salud 8,5% si no hay exoneración + ARL 0,522%–6,96%), parafiscales (caja 4% + ICBF 3% + SENA 2%, los dos últimos exonerables) y prestaciones sociales (~21,8%: cesantías, intereses, prima y vacaciones).
¿Qué es la exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario?
Las personas jurídicas no pagan salud 8,5%, SENA 2% ni ICBF 3% por los trabajadores que ganan menos de 10 SMLMV ($17.509.050 en 2026). Son 13,5 puntos de ahorro. Las personas naturales también acceden, pero solo si emplean dos o más trabajadores.
¿La caja de compensación también está exonerada?
No. La CCF del 4% se paga siempre, sin importar el tipo de empleador ni el salario. Es el único parafiscal que no entra en la exoneración del art. 114-1 ET. Tampoco se exoneran la pensión del 12% ni la ARL.
¿Cuánto cuesta la ARL y quién la paga?
La paga 100% el empleador, según la clase de riesgo: clase I 0,522% (oficinas), II 1,044%, III 2,436%, IV 4,35% y V 6,96% (construcción, alturas). Sobre $3.000.000 va de $15.660 (clase I) a $208.800 (clase V) al mes: 13 veces de diferencia.
¿El auxilio de transporte cuenta para prestaciones?
Sí para cesantías y prima: con un mínimo, la base prestacional es $2.000.000 ($1.750.905 + $249.095). No cuenta para vacaciones ni para los aportes a seguridad social y parafiscales, que se calculan solo sobre el salario.
¿Cuál es el factor de costo típico sobre el salario en 2026?
Entre 1,38× y 1,55×. Con el mínimo (auxilio incluido) es 1,55×; entre 2 y 10 SMLMV con exoneración ronda 1,38×; sobre 10 SMLMV ($17.509.050), al perderse la exoneración, sube a ~1,52×. Sin exoneración (persona natural con un empleado) agregá 13,5 puntos en todos los tramos.
¿Cómo cambia el cálculo con salario integral?
El salario integral (mínimo 13 SMLMV = $22.761.765 en 2026) ya incluye prestaciones y recargos en su factor prestacional del 30%, y la seguridad social se cotiza sobre el 70% del total. Este cálculo de costo no le aplica tal cual: el sobrecosto del integral es básicamente seguridad social + caja sobre el 70%.
¿Cuánto cuesta un aprendiz SENA en 2026?
En etapa lectiva el apoyo es del 75% del SMLMV ($1.313.179) y en etapa productiva del 100% ($1.750.905), más EPS y ARL desde el inicio (Ley 2466 de 2025 y Decreto 0223 de 2026). No paga parafiscales y es un contrato laboral especial, mucho más liviano que el ordinario.
¿Hay tope para los aportes a seguridad social?
Sí: el IBC máximo es de 25 SMLMV = $43.772.625 en 2026. Para salarios por encima de ese tope, salud, pensión y ARL se calculan sobre los $43,77 millones, no sobre el salario completo. Los parafiscales y prestaciones sí van sobre el salario real.
¿Las vacaciones son un costo extra real?
Sí: son 15 días hábiles remunerados por año (~4,17% mensual del salario) en los que el trabajador no produce pero cobra. Contablemente se provisionan cada mes; si el contrato termina sin disfrutarlas, se pagan en dinero en la liquidación.
Fuentes y referencias
- Presidencia de la República — Decretos 1469 y 1470 de 2025: SMLMV y auxilio de transporte 2026 (29-dic-2025)
- Actualícese — Exonerados de aportes parafiscales en 2026, art. 114-1 ET (consultado 10-jun-2026)
- Función Pública — Ley 2466 de 2025 (reforma laboral: aprendices SENA, jornada nocturna)
- Secretaría del Senado — Código Sustantivo del Trabajo (prestaciones sociales, vacaciones art. 186)