Sabé cuánto cobrarías y por cuánto tiempo.
Estimá la prestación de ANSES según tu mejor sueldo y aportes. También contempla construcción y embargo salarial.
Cuotas cobradas y pendientes
La duración depende de los meses aportados dentro de los últimos tres años.
Qué hacer ahora
No demores el trámite
La solicitud tiene plazo. Iniciarla tarde puede descontar días de prestación.
Mantenés otras coberturas
Durante la prestación continúan obra social y asignaciones familiares cuando corresponden.
Construcción es distinto
El fondo de cese laboral se suma al régimen específico y tiene reglas propias.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de seguro de desempleo en 2026?
La cuota es el 75% del promedio de las mejores remuneraciones netas de los últimos 6 meses, pero nunca baja de $181.500 ni supera $363.000. Como el techo es bajo, la mayoría de los sueldos formales cobra directamente el máximo.
¿Cuántos meses dura la prestación por desempleo?
Depende de tus aportes en los últimos 3 años: con 6 a 11 meses cobrás 2 cuotas, con 12 a 23 cobrás 4, con 24 a 35 cobrás 8 y con 36 meses o más llegás al máximo de 12 cuotas. Con menos de 6 meses de aportes no corresponde.
¿Quién puede cobrar el seguro de desempleo de ANSES?
Trabajadores registrados despedidos sin justa causa, con contrato a plazo vencido, con cese por quiebra o cierre del empleador, o despedidos por fuerza mayor. Quedan afuera quienes renunciaron, los del servicio doméstico, los del sector público y los monotributistas.
Renuncié a mi trabajo, ¿me corresponde algo?
La prestación por desempleo no, porque la ley 24.013 la reserva para ceses ajenos a la voluntad del trabajador. Sí te corresponde siempre la liquidación final: días trabajados, vacaciones proporcionales y SAC proporcional. En la construcción, además, el fondo de cese se cobra aunque renuncies.
¿En cuánto tiempo tengo que pedir la prestación?
Dentro de los 90 días corridos desde el cese. Pasado ese plazo la seguís pudiendo pedir, pero se te descuenta un día de prestación por cada día de demora, así que cada semana perdida es plata que no vuelve.
¿El seguro de desempleo se cobra junto con otro ingreso?
No es compatible con un trabajo registrado, con la jubilación ni con una pensión no contributiva. Sí es compatible con la Asignación Universal por Hijo en los casos previstos y con las asignaciones familiares, que se pagan mientras dure la prestación.
¿Cómo funciona el fondo de desempleo de la construcción?
En la construcción rige la ley 22.250: el empleador deposita mensualmente el 12% del sueldo durante el primer año y el 8% a partir del segundo en la libreta de fondo de cese. Esa plata es del trabajador y se retira al terminar la obra o el vínculo, cualquiera sea el motivo. Reemplaza a la indemnización por antigüedad.
¿Cuánto me pueden embargar del sueldo?
Por deudas comunes, el sueldo neto hasta 1 salario mínimo ($372.400) es inembargable. Sobre lo que exceda ese piso se retiene el 10% si el sueldo está entre 1 y 2 salarios mínimos, y el 20% si lo supera. Así lo fija el decreto 484/87 junto con el art. 120 de la LCT.
¿Y si el embargo es por cuota alimentaria?
Ahí no rige el mínimo inembargable: el tope es de hasta el 33% del sueldo neto, y el juez fija el monto concreto según las necesidades del alimentado. Es la única deuda que puede llegar a ese porcentaje.
¿Me pueden embargar el aguinaldo o la indemnización?
El aguinaldo sí, con los mismos porcentajes del decreto 484/87, porque es remuneración. La indemnización por despido tiene protección propia y no se embarga como sueldo común: si te la retuvieron, se reclama ante el juzgado que dictó la medida.
¿Cobro asignaciones familiares mientras estoy desocupado?
Sí. Mientras percibís la prestación por desempleo mantenés el derecho a las asignaciones familiares y a la cobertura de obra social, y el período computa como tiempo de servicio para la futura jubilación.