Finanzas

Calculadora de horas extra (recargo 50% y 100%)🇦🇷 Actualizado mayo de 2026

Calculadora Gratis · Privada
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Hora extra al 50% = (sueldo/200) × 1,5 (días hábiles y sábado hasta 13hs). Hora extra al 100% = (sueldo/200) × 2 (sábado tarde, domingo y feriados). Están exentas de Ganancias (Art. 81 bis Ley 20.628).

Cuando trabajás más horas que tu jornada habitual (48 h/semana LCT o menos según convenio), tu empleador está obligado a pagarte un recargo legal sobre el valor hora normal. La Ley 20.744 (LCT) Art. 201 establece dos recargos: 50% (tiempo y medio) en días hábiles (lunes a viernes después de la jornada, sábados hasta las 13:00) y 100% (doble) en días de descanso (sábado después de 13:00, domingos y feriados nacionales). Esta calculadora de Hacé Cuentas usa los valores actualizados y la normativa argentina vigente. Además, desde la Ley 27.346/2016 (incorporada como Art. 81 bis de la Ley 20.628), las horas extras al 50% y 100% están EXENTAS del Impuesto a las [Ganancias](/calculadora-ganancias-tramos-empleado-mensual-2026) — un beneficio fiscal importante para trabajadores que superan el MNI. Esta calculadora te pide tu [sueldo bruto](/calculadora-sueldo-bruto-desde-neto), las horas del mes (default 200 h, 48h × 4.33 semanas), las horas al 50% y las horas al 100%, y te devuelve el total a cobrar, el desglose, el valor hora normal y los valores recargados. Incluye el tope legal de 30 horas mensuales y 200 anuales (Decreto 484/2000).

Última revisión: 27 de mayo de 2026 Revisado por Fuente: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo (Art. 201-203), Decreto 484/2000 - Límites horas extra, Ley 27.346 - Exención Ganancias horas extras, Ley 11.544 - Jornada de Trabajo 100% privado

Cuándo usar esta calculadora

  • Trabajaste horas adicionales el mes pasado y querés verificar que tu liquidación las pague correctamente con el recargo del 50% o 100% según corresponda.
  • Vas a aceptar un turno extra el sábado a la tarde y querés saber cuánto te van a pagar por esas horas (recargo 100%, no 50%).
  • Sos empleador o líder de equipo y querés calcular el costo adicional real de un proyecto con horas extras programadas para sumarlo al presupuesto.
  • Estás en convenio colectivo con jornada de 40h y querés ver la diferencia en valor hora vs LCT 48h (cambia el divisor de 200 a 173,3).
  • Reclamás horas extras impagas (hasta 2 años atrás, Art. 256 LCT) y necesitás el monto exacto del recargo + intereses para la demanda en SECLO o el fuero laboral.
  • Evaluás si te conviene aceptar un esquema de overtime habitual: con la exención de Ganancias, el neto por hora extra es proporcionalmente mayor al de tu sueldo normal.
  • Querés verificar que las horas extras habituales se incluyan en el cálculo de tu aguinaldo (SAC) y de tu indemnización por antigüedad (Art. 245 LCT).
  • Tu CCT tiene un recargo distinto al de la LCT (algunos convenios pactan 100% en días hábiles) y necesitás simular ambos escenarios para comparar.

Ejemplo real: sueldo $2.000.000, 10 horas al 50% + 4 horas al 100%

  1. Sueldo bruto mensual: $2.000.000.
  2. Horas mensuales (jornada): 200 hs (48h × 4.33).
  3. Valor hora normal: 2.000.000 / 200 = $10.000.
  4. Valor hora al 50%: 10.000 × 1.5 = $15.000.
  5. Valor hora al 100%: 10.000 × 2 = $20.000.
  6. 10 horas al 50% (días hábiles): 10 × 15.000 = $150.000.
  7. 4 horas al 100% (domingo): 4 × 20.000 = $80.000.
  8. Total horas extra: 150.000 + 80.000 = $230.000.
  9. Sueldo total con extras: 2.000.000 + 230.000 = $2.230.000.
  10. Beneficio fiscal: esas $230.000 están EXENTAS de Ganancias (Art. 81 bis).
Resultado: Por las 14 horas extra cobrás $230.000 adicionales al sueldo mensual. Representa un 11.5% más de ingreso. Si tu sueldo pagara Ganancias, esas $230k no tributan impuesto (te quedan netas en mano, salvo aportes 17%). Impacto neto real: ~$191.000 extra.

Casos resueltos

Ejemplos numéricos completos con datos reales para que valides cómo funciona la calculadora.

Caso 1: Empleado de comercio con turno extra el feriado 25 de mayo

  1. Sueldo bruto: $1.300.000 con jornada legal de 48h/semana.
  2. Valor hora normal: 1.300.000 / 200 = $6.500.
  3. Valor hora al 100% (feriado): 6.500 × 2 = $13.000.
  4. Horas trabajadas en feriado: 8 horas (jornada completa).
  5. Total por el feriado: 8 × 13.000 = $104.000 (más el día normal si tenía derecho a percibirlo).
  6. Exención Ganancias: las 8 horas al 100% están exentas (Art. 81 bis Ley 20.628).
  7. Aportes: 17% sobre $104.000 = $17.680 → neto en mano $86.320.
Resultado: El recibo debe mostrar 8 horas al 100% por $104.000 discriminadas como 'remuneración exenta Ganancias'. Si el empleador las paga como bonificación no remunerativa, es ilegal: las horas extras son siempre remunerativas (sujetas a aportes pero exentas de Ganancias).

Cómo funciona

6 min de lectura

Qué son las horas extra y cómo se calculan

Las horas extra u horas suplementarias son las que trabajás por encima de la jornada habitual (48 h/semana LCT o lo que marque tu convenio colectivo). La Ley 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT) Art. 201 obliga al empleador a pagarlas con un recargo sobre el valor hora normal.

Fórmula base

Valor hora normal = [Sueldo bruto](/calculadora-sueldo-bruto-desde-neto) mensual / Horas del mes
                  = Sueldo / 200  (si jornada 48h/semana)
                  = Sueldo / 173.3  (si jornada 40h/semana)

Valor hora 50%  = Valor hora normal × 1.5
Valor hora 100% = Valor hora normal × 2

Total extras = (horas_50 × valor_hora_50) + (horas_100 × valor_hora_100)

Cuándo aplica cada recargo (LCT Art. 201)

Hora al 50% (tiempo y medio)

Aplican en:

  • Lunes a viernes después de la jornada normal.

  • Sábados hasta las 13:00 (antes del cierre de mediodía).

  • Días hábiles en general, excepto cuando se trabaje en descanso semanal.
  • Hora al 100% (doble)

    Aplican en:

  • Sábados después de las 13:00 (tarde del sábado).

  • Domingos completos.

  • Feriados nacionales obligatorios (ver listado en Ley 27.399).

  • Jornada de descanso semanal (aunque no sea domingo).

  • Tramo nocturno si es además día de descanso.
  • Límites legales a las horas extra

    El Decreto 484/2000 establece topes para proteger la salud del trabajador:

    LímiteCantidadExcepción
    Por día3 horas extraAutorización especial
    Por mes30 horas extraAutorización MTEySS
    Por año200 horas extraAutorización MTEySS
    Jornada total diaria12 horas máx.
    Descanso entre jornadas12 horas mín.

    Los topes pueden superarse con autorización expresa del Ministerio de Trabajo en casos excepcionales (emergencia, prevención de accidentes, tareas estacionales).

    Horas extra y Ganancias: exención (Ley 27.346)

    Desde 2017 (Ley 27.346, que incorporó el Art. 81 bis de la Ley 20.628), las horas extras al 50% y 100% están EXENTAS del Impuesto a las Ganancias para:

  • Empleados en relación de dependencia cuyo sueldo habitual supere el MNI.

  • Las horas habituales (parte de la jornada ordinaria) NO tienen el beneficio.

  • Las horas extra en exceso sobre el máximo mensual (30h) pierden la exención por la parte excedente.
  • Ejemplo del impacto fiscal

    ConceptoCon GananciasSin Ganancias (extras)
    Hora bruta$15.000$15.000
    Aportes 17%−$2.550−$2.550
    Ganancias (marginal 27%)−$3.364$0 (exento)
    Neto por hora extra$9.086$12.450

    La diferencia del 37% a favor del trabajador es un incentivo claro para aceptar horas extras cuando se requieren.

    Tabla de valores por hora según sueldo

    Para jornada de 48 h/semana (200 h/mes)

    Sueldo brutoValor hora normalHora al 50%Hora al 100%
    $500.000$2.500$3.750$5.000
    $1.000.000$5.000$7.500$10.000
    $1.500.000$7.500$11.250$15.000
    $2.000.000$10.000$15.000$20.000
    $3.000.000$15.000$22.500$30.000
    $5.000.000$25.000$37.500$50.000

    Para jornada de 40 h/semana (173.3 h/mes)

    Sueldo brutoValor hora normalHora al 50%Hora al 100%
    $500.000$2.885$4.328$5.770
    $1.000.000$5.769$8.654$11.538
    $1.500.000$8.654$12.981$17.308
    $2.000.000$11.538$17.307$23.076
    $3.000.000$17.308$25.962$34.616
    $5.000.000$28.846$43.269$57.692

    Horas extras en el aguinaldo

    Las horas extras habituales (las que hacés casi todos los meses) integran el SAC: cuando se calcula el "mejor sueldo del semestre" para el aguinaldo, se incluye el valor promedio de las horas extras habituales. Las ocasionales (un mes puntual) no se incluyen. Jurisprudencia de la CSJN: "Bagolini" (2007) y "Damico" (2011). Ver calculadora de aguinaldo.

    Horas extras en la indemnización por despido

    Las horas extras habituales también integran la "mejor remuneración normal y habitual del último año" usada para el cálculo de indemnización por antigüedad (Art. 245 LCT). Ver calculadora de indemnización.

    Descuentos que SÍ se aplican sobre horas extras

    Aunque estén exentas de Ganancias, las horas extra:

    Descuento¿Aplica?Alícuota
    Aportes SIPA11%
    Obra social3%
    PAMI3%
    Cuota sindicalSí (si CCT la prevé)2-3%
    Seguro vida colectivo0.5%
    Impuesto GananciasNo (exentas 81 bis)0%
    IIBBNo

    ¿Cuándo te pueden obligar a hacer horas extra?

    El empleador NO puede obligarte de manera general. La LCT solo autoriza casos excepcionales:

    1. Peligro grave e inminente (prevención o reparación de daño).
    2. Exigencias extraordinarias de la economía nacional o de la empresa.
    3. Fuerza mayor (inundación, incendio, emergencia).

    Fuera de estos casos, tenés derecho a negarte sin que sea causal de despido. Si te despiden por negarte, tenés derecho a indemnización.

    Categorías especiales sin horas extras

    CategoríaBase legalObservación
    Directores y personal jerárquicoArt. 8 Ley 11.544Jornada abierta
    Viajantes de comercioLey 14.546Régimen propio
    Choferes camioneros (larga distancia)CCT 40/89Régimen propio
    Trabajo ruralLey 26.727Tope 9h/día
    Personal domésticoLey 26.844Tope 9h/día, 48h/semana
    TeletrabajoLey 27.555Sí aplica, respetando desconexión

    Errores comunes

    1. No registrar las horas extras: si no hay registro, perdés derecho a reclamo. Exigí que las consten en el recibo.
    2. Pagar extras como 'bonificación no remunerativa': es ilegal. Las horas extras son siempre remunerativas.
    3. Confundir recargo con recargo sobre recargo: la hora al 100% es valor × 2, no valor × 1.5 × 2 = 3.
    4. Calcular con 160 h/mes (4 × 40): error clásico. Son 173.3 h/mes si jornada 40h, 200 h/mes si jornada 48h (usando 52/12 = 4.33 semanas).
    5. Perder la exención Ganancias: cargá SIRADIG correctamente para que tu empleador sepa que las extras van exentas.

    Calculadoras relacionadas

  • Sueldo por hora — el punto de partida del cálculo de horas extras.

  • Aguinaldo SAC — las extras habituales integran el aguinaldo.

  • Indemnización por despido — las extras habituales integran la base de indemnización.

  • Ganancias sobre sueldo — detalle de la exención del Art. 81 bis.
  • Revisión editorial

    Revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas. El contenido de esta calculadora se mantiene con criterios editoriales documentados en nuestra política editorial y metodología. Cada valor de referencia se contrasta contra las fuentes oficiales citadas al pie de esta página.

    Disclaimer: Los resultados son orientativos y no constituyen asesoramiento financiero. Para decisiones relevantes (préstamos, inversiones, impuestos), consultá con un contador público matriculado o asesor financiero registrado ante la CNV.

    Actualización: los datos se revisan periódicamente. La fecha de última revisión figura en el encabezado de esta página y en el sitemap XML de Hacé Cuentas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo sé si mis horas son al 50% o al 100%?

    Depende del momento en que las trabajás. Al 50% (tiempo y medio): lunes a viernes después de tu jornada normal, y sábados hasta las 13:00. Al 100% (doble): sábado después de las 13:00, domingos completos, feriados nacionales (ver Ley 27.399), y cualquier trabajo en tu día de descanso semanal (aunque no sea domingo). Las horas nocturnas (21:00-06:00) tienen además un adicional nocturno independiente.

    ¿El empleador puede obligarme a hacer horas extra?

    No, en general. La LCT Art. 203 solo autoriza obligar a horas extras en casos excepcionales: peligro grave e inminente, exigencias extraordinarias de la economía o empresa, y fuerza mayor (inundación, incendio, emergencia sanitaria). Fuera de esos casos, tenés derecho a negarte sin que sea causal válida de despido. Si te despiden por negarte, configuran despido sin causa con todas las indemnizaciones + Art. 2 Ley 25.323 (duplicación).

    ¿Hay límite de horas extra por mes?

    : 30 horas mensuales y 200 anuales (Decreto 484/2000). Además, máximo 3 horas extras por día. Estos topes pueden superarse con autorización expresa del Ministerio de Trabajo en casos especiales (tareas estacionales, prevención de accidentes). Si excedés los topes sin autorización: el empleador puede recibir multas, pero vos igual cobrás las horas (aunque podrían perder la exención de Ganancias en el exceso).

    ¿Las horas extra cuentan para el aguinaldo?

    Sí, si son habituales. El SAC se calcula sobre la mejor remuneración mensual del semestre (Ley 23.041). Las horas extras habituales (que hacés todos los meses o casi todos) integran esa mejor remuneración. Las ocasionales (un mes puntual) no. La jurisprudencia lo consolidó: CSJN Bagolini (2007). Ver calculadora de aguinaldo SAC.

    ¿Me descuentan aportes de las horas extra?

    Sí, como cualquier remuneración: 17% de aportes (11% SIPA jubilación + 3% obra social + 3% PAMI). Lo único que NO descuentan es Impuesto a las Ganancias (están exentas por Art. 81 bis Ley 20.628, incorporado por Ley 27.346 en 2017). Por eso las horas extras tienen un neto proporcionalmente mayor al de tu sueldo normal (si tu sueldo paga Ganancias).

    ¿Cómo me reclamo horas extra impagas?

    Plazo: hasta 2 años hacia atrás (prescripción laboral, Art. 256 LCT). Paso 1: reunir pruebas (registros de entrada/salida, mensajes, testigos, planillas). Paso 2: enviar telegrama laboral (CD24 o similar) intimando el pago. Paso 3: presentar denuncia ante el Ministerio de Trabajo (conciliación SECLO). Paso 4: demanda laboral en el fuero del trabajo. Al juicio sumás intereses (tasa activa BNA + 3% mensual aprox.) y eventuales multas (Art. 2 Ley 25.323: duplicación si el empleador rechaza el pago).

    ¿Las horas extras son exentas para todos?

    Solo para empleados en relación de dependencia cuyo sueldo habitual supere el MNI de Ganancias (Art. 81 bis Ley 20.628, introducido por Ley 27.346/2016). Si tu sueldo está debajo del MNI, vos ya no pagabas Ganancias (exención es irrelevante). Si sos monotributista o autónomo, no aplica porque no estás en régimen de 4ta categoría. La exención cubre las horas extras al 50% y 100%, no las horas habituales.

    ¿Qué pasa si trabajo en un feriado?

    Depende si es habitual o no. Si trabajás un feriado por primera vez o ocasionalmente: cobrás el día normal + 100% de recargo sobre ese día (hora × 2 para cada hora trabajada). Si trabajás feriados habitualmente (ej: comercio los domingos, servicios críticos), cobrás el recargo del 100% pero al integrarse a la habitualidad, puede tener tratamiento distinto en algunos convenios. Los feriados nacionales obligatorios están listados en la Ley 27.399 (unos 14 por año).

    ¿Cómo se calcula el valor hora si cobro con comisiones?

    Tomás el promedio mensual de tu remuneración. Si tu sueldo varía mes a mes (vendedor con comisiones, técnico con productividad), el valor hora se calcula con el promedio de los últimos 6 meses (criterio de habitualidad) dividido por las horas mensuales. Esto es especialmente relevante para horas extras cuando tu remuneración real es mayor al básico: las horas extras se calculan sobre la remuneración habitual total, no solo el básico de convenio. CSJN: "Pérez c/ Disco" (2009).

    ¿Las horas extra pagan Impuesto a las Ganancias en 2024+?

    No, las horas extras al 50% y 100% siguen exentas de Ganancias en 2024, 2025 y 2026. La exención fue establecida por la Ley 27.346/2016 (que incorporó el Art. 81 bis a la Ley 20.628 / Impuesto a las Ganancias), y NO fue derogada por las reformas posteriores (Ley de Bases 27.742/2024, ni los paquetes fiscales 2025-2026). Alcance vigente: la exención cubre las horas extras al 50% (días hábiles después de jornada) y al 100% (sábado tarde, domingos y feriados) para empleados en relación de dependencia bajo el régimen de 4ta categoría. No están exentas: horas habituales dentro de la jornada, monotributistas, autónomos, ni profesionales independientes. Cómo cargarlas en SiRADIG: el empleador las identifica como 'remuneración exenta' en el recibo y en la liquidación anual de Ganancias. Verificá tu recibo: deben figurar discriminadas y NO sumar a la base imponible de Ganancias. Si tu empleador no las exenta correctamente, podés reclamar en el período fiscal.

    ¿Cuál es el tope mensual de horas extra (30h/mes, 200h/año Dec. 484/00)?

    El Decreto 484/2000 fija topes legales para proteger la salud del trabajador: 30 horas extra por mes, 200 horas extra por año, y máximo 3 horas extra por día (con jornada total no superior a 12 horas diarias y descanso mínimo de 12 hs entre jornadas). Casos especiales con autorización: los topes pueden superarse con autorización expresa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) en situaciones de tareas estacionales (cosecha, turismo), prevención de accidentes, emergencia sanitaria o exigencias extraordinarias de la economía nacional. Qué pasa si exceden el tope sin autorización: (1) El empleador puede recibir multas del Ministerio de Trabajo (es infracción laboral grave). (2) Vos igual cobrás todas las horas trabajadas con el recargo correspondiente — el tope no anula tu derecho. (3) Las horas en exceso podrían perder la exención de Ganancias del Art. 81 bis (interpretación AFIP). Recomendación: si estás haciendo más de 30h/mes habitualmente, pedile a RRHH que regularice la situación con autorización formal del Ministerio, o exigí ser convocado a categoría/sueldo superior por la dedicación real.

    ¿Cómo se calcula la hora extra al 50% en Argentina?

    La fórmula es: Hora extra al 50% = (Sueldo bruto mensual / horas mensuales) × 1,5. Las horas mensuales son 200 hs si tu jornada es 48h/semana (régimen LCT general) o 173,3 hs si tu jornada es 40h/semana (algunos convenios). Ejemplo concreto: sueldo bruto $1.500.000 con jornada 48h → valor hora normal = 1.500.000 / 200 = $7.500. Valor hora al 50% = 7.500 × 1,5 = $11.250. Si hiciste 8 horas extra en días hábiles (lunes a viernes después de jornada, o sábado hasta 13hs), te corresponden 8 × $11.250 = $90.000. Esas horas están exentas de Ganancias (Art. 81 bis Ley 20.628) pero pagan aportes del 17% (jubilación + obra social + PAMI). Marco legal: Art. 201 LCT (Ley 20.744).

    ¿Cuándo se pagan las horas extras al 100% según la LCT?

    El recargo del 100% (hora doble) se aplica en cuatro situaciones según el Art. 201 LCT: (1) Sábado después de las 13:00 (la tarde del sábado es descanso semanal según costumbre argentina). (2) Domingos completos (de 00:00 a 24:00). (3) Feriados nacionales obligatorios listados en la Ley 27.399: 1 enero, lunes y martes de Carnaval, 24 marzo, 2 abril (Malvinas), 1 mayo, 25 mayo, 20 junio, 9 julio, 17 agosto, 12 octubre, 20 noviembre (Soberanía), 8 diciembre, 25 diciembre. (4) Día de descanso semanal del trabajador, aunque no sea domingo (ej.: si tu descanso es el martes y trabajás esa noche). En todos los casos, el cálculo es (Sueldo / 200) × 2 × horas trabajadas. Estas horas también están exentas de Ganancias por Art. 81 bis.

    ¿Las horas extras pagan IVA o solo Ganancias?

    Las horas extras no pagan IVA en ningún caso — el IVA es un impuesto al consumo, no al trabajo en relación de dependencia. Las horas extras al 50% y 100% están exentas de Impuesto a las Ganancias por el Art. 81 bis de la Ley 20.628 (incorporado por Ley 27.346/2016). Qué descuentos sí pagan: (1) Aportes al SIPA (jubilación) 11%. (2) Obra social 3%. (3) PAMI 3%. (4) Cuota sindical si tu CCT la prevé (típicamente 2-3%). (5) Seguro de vida colectivo obligatorio (~0,5%). Total descuentos: ~17-19% sobre el bruto de horas extras. El neto en mano queda en ~82% del bruto. Para sueldos que pagan Ganancias en el componente normal, las horas extras representan una ventaja fiscal directa de hasta 35% de neto adicional versus si esas horas se pagaran como sueldo normal.

    Fuentes y referencias

    Metodología y confianza

    Editorial

    Contenido revisado por el equipo editorial de Hacé Cuentas, con apego a nuestra política editorial y metodología de cálculo.

    Actualización

    Última revisión: 27 de mayo de 2026. Los parámetros fiscales, legales y datos se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

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    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones financieras, médicas o legales críticas, consultá con un profesional.