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Calculadora IMSS de Trabajadoras del Hogar — México 2026

Calculadora Gratis · Privada
Datos actualizados: · Fuente: IMSS / CONASAMI / INEGI
Revisado por: (política editorial ) · Última revisión:
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Si en tu casa trabaja una persona —de planta, de entrada por salida o unos días a la semana— asegurarla en el IMSS es una obligación legal, no una cortesía. Desde la reforma a la Ley del Seguro Social que siguió al fallo de la Suprema Corte (amparo 9/2018), las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los mismos seguros que cualquier otro trabajador: atención médica para ella y su familia, incapacidades pagadas, seguro de invalidez y vida, guardería y ahorro para el retiro. La buena noticia es que el trámite es más simple que el de una empresa: el IMSS tiene un esquema especial para personas empleadoras del hogar en el que no necesitas registro patronal y el propio instituto te genera una línea de captura mensual con la cuota completa. Además, en este esquema no hay aportación obligatoria al INFONAVIT, así que el costo es menor al de un empleado formal de empresa. La pregunta que todo el mundo se hace es la misma: ¿cuánto me va a costar al mes? Esta calculadora responde exactamente eso con las tasas y la UMA vigentes en 2026: captura el salario mensual que le pagas y cuántos días a la semana trabaja contigo, y te damos la cuota mensual total, cuánto es cuota patronal, cuánto es la parte obrera (que puedes absorber o descontarle) y tu costo total como empleador.

Última revisión: 9 de junio de 2026 Verificado por Fuente: IMSS — Personas trabajadoras del hogar (incorporación y pago), CONASAMI — Salarios mínimos 2026 (Resolución DOF 09-dic-2025), INEGI — UMA 2026 (Comunicado 1/26), Ley del Seguro Social (Arts. 25, 106, 107, 147, 168, 211 y 239-A) 100% privado

Inscribir al IMSS a una persona trabajadora del hogar es obligatorio y la cuota mensual 2026 depende del salario y los días trabajados: con el salario mínimo de planta (~$9,577 al mes) la cuota ronda $2,280; por $8,000 trabajando 5 días a la semana, unos $1,856; y por $4,000 dos días a la semana, cerca de $936. La cuota cubre atención médica, incapacidades, guardería, seguro de invalidez y ahorro para el retiro; INFONAVIT no es obligatorio en este esquema. Captura salario y días para tu cuota exacta.

Cuándo usar esta calculadora

  • Una familia que contrata a una trabajadora de planta con $9,600 al mes confirma que la cuota IMSS ronda $2,280 mensuales antes de darla de alta.
  • Un patrón que paga $8,000 por 5 días a la semana calcula la línea de captura (~$1,856) para presupuestar el costo real del año.
  • Alguien cuya trabajadora va 2 veces por semana por $4,000 al mes descubre que asegurarla cuesta menos de $1,000 mensuales.
  • Una persona empleadora decide si absorbe la cuota obrera (~$200 en un salario de $8,000) o se la descuenta del salario, viendo ambos números.
  • Una familia compara el costo total mensual (salario + IMSS) antes de subir el sueldo de su trabajadora en enero.
  • Un patrón verifica que el salario por día trabajado no quede debajo del mínimo 2026 ($315.04) y que el IMSS no le recalcule la cuota.
  • Una trabajadora del hogar que atiende tres casas le muestra a cada empleador cuánto le toca pagar por los días que trabaja en cada una.
  • Alguien que ya paga la línea de captura valida que el monto que le cobra el IMSS coincida con las tasas 2026.
  • Una familia con presupuesto ajustado evalúa cuánto baja la cuota si la trabajadora pasa de 5 a 3 días por semana.
  • Un contador le explica a su cliente por qué la cuota de la trabajadora del hogar no incluye 5% de INFONAVIT como la de un empleado de empresa.

Ejemplo: $8,000 al mes, 5 días a la semana

  1. Días cotizados al mes: 5 × (30.4 ÷ 7) ≈ 21.7 días.
  2. Salario por día trabajado: $8,000 ÷ 21.7 ≈ $368.42 (arriba del mínimo $315.04 ✓).
  3. Salario integrado: $368.42 × 1.0493 (aguinaldo + prima vacacional) ≈ $386.58 diarios → SBC mensual ≈ $8,394.
  4. Cuota patronal (cuota fija EyM 20.40% de la UMA por día + prestaciones + invalidez + guarderías + retiro + CEAV 6.361% + riesgo de trabajo): ≈ $1,653.
  5. Cuota obrera (2.375% del SBC + excedente): ≈ $202, que el patrón decide absorber.
  6. Cuota total: ≈ $1,856 al mes → costo total del patrón: $8,000 + $1,856 = $9,856.
Resultado: Cuota IMSS: ~$1,856 al mes (un 23% extra sobre el salario)

Cómo funciona

5 min read

Cómo se calcula la cuota del IMSS

Cuota mensual = Cuota patronal + Cuota obrera
Base = salario diario × 1.0493 (integrado), nunca menor al salario mínimo

Desde 2019 como programa piloto y de forma obligatoria tras la reforma a la Ley del Seguro Social publicada en noviembre de 2022, toda persona que emplea a una trabajadora o trabajador del hogar debe inscribirla al IMSS y pagar las cuotas obrero-patronales. El esquema usa los mismos ramos de aseguramiento de la LSS que cualquier empleo formal — con una diferencia importante: no incluye la aportación patronal del 5% al INFONAVIT, que en este régimen todavía no es obligatoria.

El cálculo parte del salario base de cotización (SBC): el salario diario se "integra" multiplicándolo por el factor 1.0493, que suma la parte proporcional del aguinaldo de 15 días y la prima vacacional del 25% sobre los 12 días de vacaciones del primer año. Si quieres ver ese paso en detalle, la calculadora de salario diario integrado (SDI) lo desglosa concepto por concepto. Dos límites legales: el SBC no puede ser menor al salario mínimo ($315.04 diarios en 2026) ni mayor a 25 UMA ($2,932.75 diarios).

Cuánto cuesta al mes en 2026

Salario mensualEsquemaCuota IMSS 2026 aprox.
$4,0002 días por semana~$936
$5,0002 días por semana~$1,129
$6,0003 días por semana~$1,403
$8,0005 días por semana~$1,856
$9,577 (mínimo)de planta (mes completo)~$2,280
$10,000de planta~$2,348
$12,000de planta~$2,775
$15,000de planta~$3,468

La cuota total suele rondar el 22%–24% del salario. No es un porcentaje fijo porque hay un componente que no depende del sueldo: la cuota fija de enfermedades y maternidad, que vale 20.40% de la UMA por cada día cotizado (unos $727 al mes si cotiza el mes completo) y pesa proporcionalmente más en salarios bajos.

Qué tasa paga quién

Concepto (LSS)PatrónTrabajadora
Enfermedad y maternidad — cuota fija20.40% de la UMA por día
EyM — excedente sobre 3 UMA ($351.93/día)1.10%0.40%
EyM — prestaciones en dinero0.70%0.25%
Gastos médicos de pensionados1.05%0.375%
Invalidez y vida1.75%0.625%
Guarderías y prestaciones sociales1.00%
Retiro (SAR)2.00%
Cesantía y vejez (CEAV, tabla 2026)3.150%–7.513% según salario1.125%
Riesgos de trabajo~0.54% (prima clase I)

En la práctica el IMSS emite una sola línea de captura con todo junto y la paga la persona empleadora. La parte obrera (2.375% del SBC más el excedente) legalmente puede descontarse del salario de la trabajadora, pero en el trabajo del hogar lo más común es que el patrón la absorba — en un salario de $8,000 son unos $200 al mes. La calculadora te muestra ambos escenarios.

Si quieres comparar contra lo que pagarías por un empleado de empresa (con INFONAVIT e impuesto sobre nómina), revisa la calculadora de cuotas IMSS obrero-patrón.

Qué cobertura recibe la trabajadora

Con la cuota pagada, la persona trabajadora del hogar queda protegida en los cinco seguros del régimen obligatorio:

  • Enfermedades y maternidad: atención médica, hospitalaria y medicinas para ella y sus beneficiarios (hijos, cónyuge, padres en su caso).

  • Riesgos de trabajo: si se accidenta trabajando, incapacidad pagada al 100% del SBC desde el día uno.

  • Invalidez y vida: pensión si una enfermedad general le impide trabajar, y protección para su familia si fallece.

  • Guarderías: acceso a guardería IMSS para sus hijos pequeños.

  • Retiro, cesantía y vejez: cada mes se abona a su AFORE y acumula semanas cotizadas que cuentan para su pensión.
  • Trabaja en varias casas: cada patrón paga su parte

    El esquema está pensado para el empleo por días: si la trabajadora atiende tres casas, cada empleador la registra por los días que trabaja con él y paga la cuota proporcional. Por eso la calculadora pide el salario que le pagas y los días por semana contigo: con 2 días a la semana cotiza unos 8.7 días al mes; con 5, unos 21.7; de planta, el mes completo (30.4 días). Las semanas cotizadas y los derechos se suman entre todos sus empleos.

    El alta y el pago, paso a paso

    1. Reúne los datos: tu CURP y RFC, y de la trabajadora su CURP y su Número de Seguridad Social (si no lo tiene, se genera en línea en unos minutos).
    2. Regístrala en el portal del IMSS para personas trabajadoras del hogar: capturas el salario mensual, los días que trabaja contigo y el domicilio donde labora. No necesitas registro patronal de empresa ni contador.
    3. Paga la línea de captura mensual: el sistema la genera cada mes y se paga en banco, tiendas de autoservicio o en línea. La cobertura corre por el periodo pagado.
    4. Actualiza cuando algo cambie: si le subes el sueldo o cambia los días, modifica el registro para que el SBC —y con él sus incapacidades y su pensión— queden correctos.

    El esquema está diseñado para que una familia lo resuelva sola: la primera vez toma menos de una hora y los meses siguientes solo es pagar la línea de captura.

    Errores comunes

  • Pagar el salario "libre" y no registrarla: además de dejarla sin servicio médico ni retiro, el empleador responde por accidentes y enfermedades (la atención de un parto o una cirugía puede costar cientos de miles de pesos) y se expone a multas.

  • Cotizar por debajo del salario real: es ilegal y le recorta a la trabajadora sus incapacidades y su pensión futura.

  • Pagar por día menos del mínimo: si el salario por día trabajado queda debajo de $315.04, el IMSS de todos modos calcula la cuota sobre el mínimo — y el salario estaría fuera de la ley.

  • Creer que incluye INFONAVIT: no; en este esquema no hay aportación obligatoria de vivienda. Tampoco sustituye el aguinaldo ni las vacaciones, que se pagan aparte.

  • Olvidar renovar el pago: la cobertura es mes a mes; si dejas de pagar la línea de captura, la trabajadora pierde la atención médica.
  • Datos clave 2026

    ConceptoValor
    Salario mínimo general$315.04 diarios (~$9,577 al mes)
    UMA$117.31 diaria
    Factor de integración (1er año)1.0493
    Cuota fija EyM (patrón)20.40% de la UMA por día (~$727/mes completo)
    Tope del SBC25 UMA = $2,932.75 diarios
    CEAV patronal3.150% a 7.513% según el salario (tabla 2026)
    INFONAVITNo obligatorio en este esquema

    Disclaimer

    Cálculo orientativo con las tasas de la LSS, la UMA y el salario mínimo vigentes en 2026, usando la prima media de riesgo de trabajo de la clase I y el factor de integración del primer año. El monto exacto de tu línea de captura lo determina el IMSS al registrar a la persona trabajadora (los días reales de cada mes pueden variar el total en algunos pesos). El alta se hace en línea en el portal del IMSS para personas trabajadoras del hogar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio asegurar en el IMSS a una trabajadora del hogar?

    Sí. Tras el fallo de la Suprema Corte (2018) y la reforma a la Ley del Seguro Social publicada en noviembre de 2022, la afiliación de las personas trabajadoras del hogar es obligatoria para quien las emplea, sin importar si trabajan de planta o por días. No registrarla expone al empleador a multas y a responder de su bolsillo por accidentes y gastos médicos.

    ¿Cuánto cuesta al mes asegurar a una trabajadora del hogar en 2026?

    Depende del salario y los días: con el salario mínimo de planta (~$9,577/mes) la cuota ronda $2,280; por $8,000 y 5 días a la semana, unos $1,856; por $4,000 y 2 días a la semana, cerca de $936. En general representa un 22%–24% extra sobre el salario.

    ¿Quién paga la cuota: el patrón o la trabajadora?

    El IMSS emite una sola línea de captura que paga la persona empleadora. La mayor parte es cuota patronal; la parte obrera (2.375% del SBC más excedente, unos $200 en un salario de $8,000) puede descontarse del salario de la trabajadora, aunque lo más común en el hogar es que el patrón la absorba.

    ¿Qué cobertura recibe la trabajadora con la cuota pagada?

    Los cinco seguros del régimen obligatorio: atención médica y medicinas para ella y sus beneficiarios, riesgos de trabajo (incapacidad al 100% desde el día 1), invalidez y vida, guardería para sus hijos y retiro (abonos a su AFORE y semanas cotizadas para pensión).

    ¿Qué pasa si trabaja en varias casas?

    Cada empleador la registra por los días que trabaja con él y paga la cuota proporcional: 2 días a la semana equivalen a ~8.7 días cotizados al mes; 5 días, a ~21.7. Las semanas cotizadas de todos sus empleos se suman para sus derechos y su pensión.

    ¿La cuota incluye INFONAVIT?

    No. En el esquema de personas trabajadoras del hogar la aportación patronal del 5% al INFONAVIT no es obligatoria (a diferencia de un empleado de empresa). Por eso la cuota es menor que la de un trabajador formal con el mismo salario.

    ¿Sobre qué salario se calcula la cuota?

    Sobre el salario base de cotización: el salario diario multiplicado por el factor de integración 1.0493 (que suma aguinaldo de 15 días y prima vacacional del 25% sobre 12 días). El SBC no puede ser menor al salario mínimo ($315.04 diarios en 2026) ni mayor a 25 UMA ($2,932.75).

    ¿Puedo pagarle menos del salario mínimo si solo va unos días?

    No. El mínimo aplica por día trabajado: en 2026 cada jornada debe pagarse con al menos $315.04. Si el salario por día queda debajo, el IMSS calcula la cuota sobre el mínimo de todos modos y el sueldo estaría fuera de la ley.

    ¿El aguinaldo y las vacaciones van aparte de la cuota del IMSS?

    Sí. La cuota solo cubre la seguridad social. Además debes pagar aguinaldo (mínimo 15 días de salario antes del 20 de diciembre), vacaciones (12 días el primer año) y prima vacacional del 25%, como a cualquier trabajador con derechos LFT.

    ¿Cómo doy de alta a mi trabajadora del hogar?

    En el portal del IMSS para personas trabajadoras del hogar (imss.gob.mx): capturas tus datos, los de la trabajadora (CURP, NSS), el salario y los días. No necesitas registro patronal de empresa; el sistema genera cada mes la línea de captura para pagar en banco o en línea.

    ¿La cuota le cuenta para pensionarse?

    Sí: cada mes pagado abona a su AFORE (retiro 2% + cesantía y vejez, que en 2026 va de 3.150% a 7.513% a cargo del patrón) y suma semanas cotizadas. Al llegar a los 60-65 años con las semanas que exige la Ley 97 (la reforma de pensiones las eleva gradualmente hasta 1,000 en 2031) podrá pensionarse por cesantía o vejez.

    Fuentes y referencias