Calculadora de Prima Dominical y Días Festivos — México 2026
Ver cálculo paso a paso
Si trabajas los domingos, los días festivos o tu día de descanso, la Ley Federal del Trabajo te garantiza pagos extra que muchos patrones "olvidan": la prima dominical y el pago triple. Son derechos irrenunciables y se calculan sobre tu salario diario, pero cada uno tiene su propia regla y es fácil confundirlos. La prima dominical (LFT Art. 71) es un 25% extra sobre tu salario por cada domingo que trabajes como parte de tu semana normal — es decir, cuando tu día de descanso cae otro día. No es pago doble: es un premio del 25% por prestar servicios el día que la ley considera de descanso preferente. El día festivo obligatorio trabajado (LFT Art. 75) es otra cosa: ahí te corresponde tu salario del día más un salario doble adicional — en total, el día se paga al triple. La misma regla aplica si trabajas tu día de descanso semanal (LFT Art. 73). Con el salario mínimo 2026 de $315.04, un festivo trabajado vale $945.12; con un salario de $500, son $1,500 por ese día. Esta calculadora suma los tres conceptos del periodo que elijas: domingos con prima del 25%, festivos al triple y descansos laborados al triple, y te dice exactamente cuánto extra te deben pagar.
Trabajar el domingo como día normal da derecho a una prima dominical mínima del 25% del salario diario (LFT Art. 71): con salario de $500 al día son $125 extra por domingo. Un día festivo obligatorio trabajado se paga al TRIPLE — tu salario del día más un doble adicional (LFT Art. 75): ese día de $500 se cobra $1,500. Lo mismo aplica si trabajas tu día de descanso semanal (LFT Art. 73). Con salario mínimo 2026 ($315.04), la prima dominical es $78.76 y un festivo trabajado vale $945.12. Ingresa tu salario y los días para ver tu pago.
Cuándo usar esta calculadora
- Un empleado de tienda que trabaja todos los domingos calcula la prima del 25% que debe aparecer en su recibo de cada semana.
- Una cajera que trabajó el 16 de septiembre verifica que ese día se le pague al triple: $945.12 con salario mínimo.
- Un guardia de seguridad que laboró su día de descanso comprueba que le deben el doble adicional, no solo el día normal.
- Un trabajador con salario mensual de $12,000 convierte a salario diario y calcula su prima dominical de $98.68 por domingo.
- Alguien que trabajó 4 domingos, 1 festivo y 1 descanso en el mes suma los $2,500 extra que le corresponden con salario de $500.
- Un mesero compara cuánto pierde al mes si su patrón no le paga la prima dominical de sus 4 domingos.
- Una enfermera de hospital privado que trabajó el 25 de diciembre estima el pago triple de ese festivo.
- Un empleado revisa antes de la quincena del 16 de noviembre (festivo por la Revolución) cuánto debe venir extra en su recibo.
- Un trabajador de la Zona Libre de la Frontera Norte calcula su prima dominical sobre el mínimo de $440.87: $110.22 por domingo.
- Un contador de nómina verifica los importes de prima dominical y festivos laborados antes de timbrar la nómina del mes.
Ejemplo: salario diario $500, 4 domingos, 1 festivo y 1 descanso trabajados en el mes
- Prima dominical: 4 domingos × $500 × 25% = $500 (LFT Art. 71).
- Festivo trabajado: 1 × $500 × 2 (doble adicional) = $1,000 extra; ese día se cobra $1,500 en total (LFT Art. 75).
- Descanso trabajado: 1 × $500 × 2 = $1,000 extra; el día vale $1,500 en total (LFT Art. 73).
- Total extra del mes: $500 + $1,000 + $1,000 = $2,500.
Cómo funciona
5 min readLas tres reglas de pago (y cuál te aplica)
Domingo como día normal → +25% del salario diario (LFT Art. 71)
Festivo obligatorio trabajado → +200% (total: triple) (LFT Art. 75)
Día de descanso trabajado → +200% (total: triple) (LFT Art. 73)La confusión más común es creer que el domingo "se paga doble". No: si el domingo es parte de tu semana normal de trabajo (porque descansas otro día), lo que te corresponde es la prima dominical del 25%. El pago triple se reserva para dos casos: trabajar un día festivo obligatorio o trabajar tu día de descanso semanal. En ambos, recibes tu salario del día más un salario doble adicional — por eso el día completo se cobra 3 veces.
Tabla 2026: cuánto vale cada concepto según tu salario
| Salario diario | Prima dominical (25%) | Festivo trabajado (total del día) | Extra por descanso laborado |
|---|---|---|---|
| $315.04 (mínimo general) | $78.76 | $945.12 | $630.08 |
| $440.87 (mínimo ZLFN) | $110.22 | $1,322.61 | $881.74 |
| $500 | $125.00 | $1,500.00 | $1,000.00 |
| $800 | $200.00 | $2,400.00 | $1,600.00 |
| $1,000 | $250.00 | $3,000.00 | $2,000.00 |
Si conoces tu salario mensual, divide entre 30.4 para obtener el diario (es el factor que usan IMSS y CONASAMI): $12,000 mensuales ≈ $394.74 diarios → prima dominical de $98.68 por domingo.
Los días festivos obligatorios de 2026
El Art. 74 de la LFT fija los días de descanso obligatorio. En 2026 son:
| Fecha | Motivo |
|---|---|
| Jueves 1 de enero | Año Nuevo |
| Lunes 2 de febrero | Día de la Constitución (primer lunes de febrero) |
| Lunes 16 de marzo | Natalicio de Benito Juárez (tercer lunes de marzo) |
| Viernes 1 de mayo | Día del Trabajo |
| Miércoles 16 de septiembre | Independencia |
| Lunes 16 de noviembre | Revolución Mexicana (tercer lunes de noviembre) |
| Viernes 25 de diciembre | Navidad |
Ojo: el 10 de mayo, el 12 de diciembre o el Jueves y Viernes Santo no son festivos de ley — si tu empresa los da, es prestación contractual y el pago por trabajarlos depende del contrato. El 1 de octubre solo es festivo cada 6 años (transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el próximo es en 2030), y los días de elecciones federales o locales también cuentan cuando la ley electoral los declare.
Cómo se combinan los conceptos
Estos pagos son independientes de las horas extra: si además de trabajar el festivo te quedaste más horas de tu jornada, esas horas se pagan aparte al doble o triple — calcula ese concepto con la calculadora de horas extras dobles y triples.
Prima dominical e ISR
La prima dominical está exenta de ISR hasta 1 UMA por cada domingo trabajado: $117.31 en 2026 (LISR Art. 93). Si tu prima por domingo es de $125, solo tributan $7.69; si ganas el mínimo ($78.76 de prima), está exenta completa. El excedente se suma a tu base gravable como cualquier ingreso — puedes ver el efecto en tu neto con la calculadora de sueldo neto en México.
Cómo verificarlo en tu recibo de nómina
En el CFDI de nómina, estos pagos deben aparecer como percepciones separadas del sueldo: busca los conceptos "prima dominical", "día festivo laborado" o "descanso trabajado" (claves 020, 019 y similares del catálogo del SAT). Tres señales de alerta:
1. Trabajas domingos todas las semanas y el concepto de prima dominical no existe en tu recibo.
2. El festivo trabajado aparece pagado como día sencillo o solo como "horas extra".
3. Te pagan estos conceptos en efectivo y fuera del recibo: ese dinero no integra tu salario para aguinaldo, vacaciones, Infonavit ni AFORE, y te perjudica a futuro.
Guarda tus recibos timbrados y tus registros de asistencia: son la evidencia central si reclamas ante la PROFEDET o en un juicio laboral.
Errores comunes
Cuándo aplica y excepciones
Aplica a trabajadores bajo la LFT (sector privado). Los porcentajes son mínimos de ley: tu contrato individual o colectivo puede fijar primas mayores (30%, 50% o más son comunes en comercio y hotelería), nunca menores. El trabajo en festivo o descanso requiere en principio tu consentimiento — el patrón no puede obligarte —, y los menores de edad no pueden laborar en domingos ni festivos. Para quienes cobran por comisión o a destajo, el salario diario base es el promedio de lo percibido. Estos extras forman parte del salario para efectos de aguinaldo e indemnizaciones cuando son percepciones regulares.
Datos clave 2026
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Prima dominical mínima | 25% del salario diario (LFT Art. 71) |
| Festivo obligatorio trabajado | Salario + doble adicional = triple (LFT Art. 75) |
| Descanso semanal trabajado | Salario + doble adicional = triple (LFT Art. 73) |
| Festivos de ley en 2026 | 7 días (Art. 74) |
| Salario mínimo general 2026 | $315.04/día |
| Salario mínimo ZLFN 2026 | $440.87/día |
| Exención ISR prima dominical | 1 UMA por domingo = $117.31 |
| Prescripción del reclamo | 1 año |
Disclaimer
Cálculo orientativo con los mínimos de la LFT. Tu contrato individual o colectivo puede establecer primas superiores, y la acumulación de conceptos (festivo + descanso + domingo) tiene matices de jurisprudencia. Para reclamos, conserva tus recibos y consulta a la PROFEDET (asesoría gratuita) o a un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pagan por trabajar un día festivo en México?
El triple: tu salario del día más un salario doble adicional (LFT Art. 75). Con salario diario de $500, el festivo trabajado se paga $1,500; con el mínimo 2026 ($315.04), son $945.12. Esto aplica a los festivos obligatorios del Art. 74, como el 16 de septiembre o el 25 de diciembre.
¿Cuánto es la prima dominical en 2026?
Mínimo el 25% de tu salario diario por cada domingo que trabajes como parte de tu semana normal (LFT Art. 71). Con salario de $500 son $125 por domingo; con el mínimo general ($315.04), $78.76. Tu contrato puede fijar un porcentaje mayor, nunca menor.
¿El domingo se paga doble o al 25%?
Depende de tu situación: si el domingo es día normal de tu semana (descansas otro día), te toca la prima del 25%. Si el domingo era tu día de descanso y lo trabajaste, te toca el doble adicional (total triple) y, según jurisprudencia, también la prima dominical del 25%.
¿Cuáles son los días festivos oficiales de 2026?
Siete: 1 de enero, lunes 2 de febrero (Constitución), lunes 16 de marzo (Juárez), 1 de mayo, 16 de septiembre, lunes 16 de noviembre (Revolución) y 25 de diciembre (LFT Art. 74). El 10 de mayo, el 12 de diciembre y la Semana Santa no son festivos de ley. El 1 de octubre solo aplica cada 6 años por el cambio de gobierno federal (próximo: 2030).
¿Me pueden obligar a trabajar en domingo o festivo?
En los festivos obligatorios y en tu día de descanso, en principio se requiere tu consentimiento; la LFT incluso prevé que si el patrón te exige trabajar tu descanso, debe pagarte el doble adicional. El domingo como día normal sí puede ser parte de tu jornada pactada (comercio, restaurantes, hospitales), y por eso existe la prima del 25%.
¿Cómo calculo mi salario diario si cobro mensual?
Divide tu sueldo mensual entre 30.4 (el factor promedio que usan IMSS y CONASAMI). Con $12,000 mensuales, tu salario diario es $394.74: la prima dominical sería $98.68 y un festivo trabajado se pagaría $1,184.21 en total.
¿La prima dominical paga ISR?
Está exenta hasta 1 UMA por domingo: $117.31 en 2026 (LISR Art. 93). Si tu prima es de $125 por domingo, solo $7.69 se suman a tu base gravable; las primas de salarios bajos quedan exentas por completo.
¿Qué pasa si trabajo un festivo que cae en domingo?
Si era tu día laboral normal, cobras el festivo al triple y se discute sumar la prima dominical — la postura mayoritaria es que sí se acumula el 25% cuando el domingo era tu día normal de labores. Si además era tu día de descanso, se acumulan descanso + festivo: es el escenario mejor pagado y conviene revisarlo con asesoría.
¿El medio día trabajado en festivo se paga proporcional?
Sí: el pago triple corresponde a las horas efectivamente trabajadas ese día. Si laboraste media jornada del festivo, te deben el salario del día (que ya es pago obligatorio aunque no trabajes) más el doble adicional proporcional a las horas trabajadas.
¿Las horas extra de un festivo se pagan aparte?
Sí. El triple del festivo cubre tu jornada normal de ese día; si además te excediste de la jornada, esas horas extra se pagan al doble (las primeras 9 de la semana) o al triple, como cualquier hora extra. Son conceptos independientes y se suman.
¿Qué hago si mi patrón no me paga estos conceptos?
Documenta con tus recibos de nómina y registros de asistencia, y reclama primero por escrito. Si no corrige, la PROFEDET da asesoría y representación gratuita, o puedes demandar ante los tribunales laborales. El plazo de prescripción es de 1 año desde que el pago fue exigible, así que no lo dejes pasar.