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Calculadora de Finiquito por Renuncia Paraguay 2026

Calculá tu finiquito por renuncia voluntaria en Paraguay 2026: aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas y salario pendiente. Por renuncia NO hay indemnización. Gratis y al instante.

  • Datos verificados · junio de 2026
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Cuando renunciás voluntariamente a tu trabajo en Paraguay, la liquidación es distinta a la del despido. No te corresponde indemnización por despido (art. 91 del Código del Trabajo): sólo cobrás los rubros que ya tenías ganados (devengados): aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas y el salario de los días trabajados del mes en curso. Esta calculadora te muestra el desglose completo de tu finiquito por renuncia.

Cuándo usar esta calculadora

  • Vas a renunciar y querés saber cuánto te corresponde cobrar en la liquidación final.
  • Querés diferenciar lo que cobrás por renuncia vs. lo que cobrarías por un despido sin causa.
  • Necesitás verificar que el finiquito que te ofrece la empresa incluye bien el aguinaldo y las vacaciones proporcionales.
  • Sos empleador y querés liquidar correctamente a un trabajador que presentó su renuncia.
  • Renunciás a mitad de año y querés calcular la parte proporcional de aguinaldo y vacaciones que ya ganaste.

Días de vacaciones según antigüedad en Paraguay (art. 218)

Días hábiles de vacaciones anuales que se usan de base para la parte proporcional del finiquito.

AntigüedadDías de vacaciones al añoProporcional por 6 mesesIndemnización por renuncia
Menos de 5 años12 días6 díasNo corresponde
De 5 a 10 años18 días9 díasNo corresponde
Más de 10 años30 días15 díasNo corresponde

Por renuncia voluntaria no hay indemnización por despido en ningún tramo de antigüedad (art. 91). El finiquito sólo incluye aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas y salario de los días trabajados. El valor día se calcula como salario mensual ÷ 30.

Cómo funciona

Qué cobrás cuando renunciás en Paraguay

La renuncia voluntaria tiene una liquidación más acotada que el despido. El art. 91 del Código del Trabajo sólo reconoce indemnización por despido injustificado, no por renuncia. Entonces, al renunciar, cobrás únicamente lo que ya tenías ganado:

Finiquito = Aguinaldo proporcional + Vacaciones no gozadas + Salario de días trabajados

1. Aguinaldo proporcional

El aguinaldo (art. 243) es 1/12 de lo percibido en el año calendario. Si renunciás a mitad de año, cobrás la parte proporcional a los meses trabajados:

Aguinaldo proporcional = (Salario mensual × meses trabajados en el año) ÷ 12

2. Vacaciones proporcionales no gozadas

Las vacaciones (art. 218) dependen de la antigüedad:

  • Menos de 5 años: 12 días hábiles.

  • De 5 a 10 años: 18 días.

  • Más de 10 años: 30 días.
  • Si no gozaste todos los días que te corresponden, cobrás la parte proporcional al tiempo trabajado en el período, valuada al salario diario (salario ÷ 30).

    3. Salario de los días trabajados

    Si renunciás a mitad de mes, te deben los días efectivamente trabajados de ese mes que todavía no se pagaron, a razón de salario ÷ 30 por día.

    Renuncia vs. despido: la diferencia clave

    La diferencia más importante es la indemnización. Por despido injustificado te corresponden 15 jornales por cada año de servicio (art. 91), y con 10 años o más de antigüedad la indemnización es doble (estabilidad, art. 94). Por renuncia voluntaria, en cambio, no cobrás indemnización alguna, sólo los rubros devengados. Por eso, antes de renunciar conviene evaluar si te conviene negociar un despido por mutuo acuerdo.

    Qué NO incluye este cálculo

    Esta calculadora estima el finiquito por renuncia con los rubros estándar. No incluye horas extras impagas, comisiones pendientes, bonificaciones especiales ni el aguinaldo del año anterior si quedó sin cobrar. Para el cálculo de un despido con indemnización usá la calculadora de liquidación final.

    Ejemplo: sueldo Gs. 3.500.000, 3 años de antigüedad, renuncia en julio (7 meses), 10 días trabajados

    Aguinaldo proporcional: (3.500.000 × 7) ÷ 12 = Gs. 2.041.667.
    Vacaciones proporcionales: con 3 años corresponden 12 días/año; proporcional a 7 meses = 12 × (7/12) = 7 días. Valor día = 3.500.000 ÷ 30 = Gs. 116.667. Vacaciones = 7 × 116.667 = Gs. 816.667.
    Salario por días trabajados: 10 días × Gs. 116.667 = Gs. 1.166.667.
    Indemnización por despido: No aplica, porque es una renuncia voluntaria.
    Total finiquito: 2.041.667 + 816.667 + 1.166.667 = Gs. 4.025.000.
    El finiquito por renuncia es Gs. 4.025.000. Incluye sólo rubros devengados (aguinaldo, vacaciones no gozadas y días trabajados); no hay indemnización por despido porque la salida fue voluntaria.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cobro indemnización si renuncio en Paraguay?
    No. La indemnización por despido (15 jornales por año, art. 91) sólo corresponde cuando el empleador te despide sin causa. Si renunciás voluntariamente, sólo cobrás los rubros devengados: aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas y días trabajados.
    ¿Qué incluye el finiquito por renuncia?
    Incluye el aguinaldo proporcional a los meses trabajados en el año, las vacaciones proporcionales no gozadas y el salario de los días efectivamente trabajados del mes en curso que aún no se pagaron.
    ¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
    Es 1/12 de lo percibido en el año: (salario mensual × meses trabajados en el año calendario) ÷ 12. Si trabajaste 7 meses con un sueldo de Gs. 3.500.000, el aguinaldo proporcional es Gs. 2.041.667.
    ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
    Según la antigüedad (art. 218): 12 días hábiles con menos de 5 años, 18 días entre 5 y 10 años, y 30 días con más de 10 años. Si no las gozaste, cobrás la parte proporcional al tiempo trabajado en el período.
    ¿Tengo que dar preaviso si renuncio?
    Sí. El trabajador que renuncia debe dar preaviso al empleador según su antigüedad (art. 87). Si no lo das, el empleador puede descontar el equivalente. El preaviso a favor del trabajador sólo corre en caso de despido, no de renuncia.
    ¿El finiquito por renuncia paga IPS?
    El aguinaldo y las indemnizaciones no pagan aporte al IPS. El salario de los días trabajados sí integra la base de aporte. Las vacaciones no gozadas que se pagan en dinero al finalizar la relación tampoco generan aporte.
    ¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?
    El empleador debe abonar la liquidación al finalizar la relación laboral, en el plazo y forma que establece el Código del Trabajo. Si no te pagan, podés reclamar ante la Autoridad Administrativa del Trabajo (MTESS) o la Justicia laboral.
    ¿Me conviene renunciar o que me despidan?
    Económicamente suele convenir el despido sin causa, porque suma la indemnización (15 jornales por año, doble con 10+ años de antigüedad) que la renuncia no paga. Por eso muchas salidas se negocian como despido por mutuo acuerdo. Evaluá tu caso antes de firmar la renuncia.

    Metodología y confianza

    Editorial

    Calculadora de laboral con fórmula verificada automáticamente contra MTESS — Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, según nuestra política editorial y metodología.

    Actualización

    Actualizado: junio de 2026. Los parámetros se verifican periódicamente con las fuentes citadas.

    Privacidad

    Los cálculos corren 100% en tu navegador. No guardamos ni transmitimos tus datos.

    Limitaciones

    Resultados orientativos. Para decisiones críticas, consultá con un profesional.

    📌 Cómo citar esta calculadora

    Rodríguez, M. (2026). Calculadora de Finiquito por Renuncia Paraguay 2026. Hacé Cuentas. https://hacecuentas.com/py/calculadora-finiquito-renuncia-paraguay

    Contenido bajo licencia CC-BY 4.0 — reutilizable citando la fuente con enlace a Hacé Cuentas.

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