Descartá antes de elegir

¿Qué régimen tributario encaja con tu negocio?

Ingresos, clientes y estructura eliminan opciones hasta dejar una recomendación explicable.

Cómo usar esta herramienta

Respuesta directa

Una cuota mensual fija que reemplaza al IGV y al Impuesto a la Renta: S/ 20 hasta S/ 5.000 de ingresos o compras, y S/ 50 hasta S/ 8.000.

Elegir régimen es la primera decisión tributaria de un negocio y la que más plata mueve, porque cada uno grava algo distinto: el Nuevo RUS cobra una cuota fija, el Régimen Especial grava los ingresos aunque pierdas plata, y el MYPE y el General gravan la utilidad. Con las mismas cifras, la diferencia entre el mejor y el peor puede ser de miles de soles al año. Acá corren los cuatro a la vez.

Qué entra en la respuesta

  • Categoría 1: ingresos y compras hasta S/ 5.000 al mes, cuota de S/ 20
  • Categoría 2: ingresos y compras hasta S/ 8.000 al mes, cuota de S/ 50
  • La categoría la define el mayor de los dos montos: si tus compras superan tus ingresos, mandan las compras
  • No hay declaración mensual de IGV ni declaración anual de renta: solo se paga la cuota
  • No se lleva contabilidad ni registro de compras y ventas: solo se archivan los comprobantes

Qué puede cambiarla

  • Estimación informativa basada en los parámetros indicados. Las normas y escalas pueden cambiar; verificá el organismo fiscal aplicable y consultá a un contador para una liquidación definitiva.
  • No puedes emitir facturas, solo boletas de venta y tickets: si tus clientes son empresas que necesitan crédito fiscal, el NRUS te deja fuera del mercado
  • Con ingresos o compras por encima de S/ 8.000 al mes, o S/ 96.000 al año, quedas fuera del régimen y tienes que cambiar
  • Las personas jurídicas no pueden acogerse: es solo para personas naturales y sucesiones indivisas, y hay actividades expresamente excluidas

Plazo o próximo paso: la cuota se paga mensualmente según el último dígito del RUC; el cambio de régimen se hace con la declaración de enero.

Respuesta sustentada en: SUNAT · SUNAT

Con estos datos se liquidan los cuatro regímenes en paralelo. El margen es lo que te queda después de costos y gastos: es el número que separa a los regímenes que gravan la venta de los que gravan la ganancia.

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Fórmula y fuentes verificadas. Herramienta educativa y orientativa. No reemplaza asesoramiento profesional cuando corresponda.

Política editorialMetodología

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el régimen tributario más barato en el Perú?

Depende de dos cosas: cuánto vendes y cuánto margen dejas. Para un negocio chico que vende al consumidor final, el Nuevo RUS es imbatible porque la cuota es fija. Para un negocio con margen alto y ventas moderadas, el Régimen Especial suele ganar, porque el 1.5% de la venta es poco frente a lo que pagaría por la utilidad. Para un negocio con margen bajo, el MYPE o el General salen mejor, porque gravan la ganancia y no la venta. Por eso la única forma de decidir es correr los cuatro con tus números.

¿Cuánto se paga en el Nuevo RUS?

Una cuota fija mensual: S/ 20 en la categoría 1, que cubre hasta S/ 5.000 de ingresos o compras al mes, y S/ 50 en la categoría 2, hasta S/ 8.000. La categoría la determina el mayor de los dos montos. Esa cuota reemplaza al IGV y al Impuesto a la Renta: no hay nada más que pagar ni que declarar.

¿Por qué el Régimen Especial puede ser una trampa?

Porque grava los ingresos y no la utilidad. Un 1.5% de la venta parece bajísimo, pero si tu margen es del 5%, ese 1,5% de la venta equivale al 30% de tu ganancia, más que la tasa máxima del Régimen General. La regla práctica es simple: mientras tu margen supere aproximadamente el 5%, el RER conviene frente al 29,5% sobre la utilidad; por debajo de eso, no.

¿Qué diferencia hay entre el Régimen MYPE y el General?

El MYPE tiene un tramo reducido: las primeras 15 UIT de renta neta (S/ 82.500) pagan 10% en vez de 29,5%. Ese descuento vale hasta S/ 16.087 al año. Además los pagos a cuenta arrancan en 1% en lugar de 1,5%. A cambio, el MYPE tiene un tope de 1700 UIT de ingresos anuales; el General no tiene ninguno.

¿Puedo emitir facturas en el Nuevo RUS?

No. En el Nuevo RUS solo se emiten boletas de venta y tickets, que no dan derecho a crédito fiscal ni permiten sustentar costo o gasto para el comprador. Por eso las empresas evitan comprarle a un proveedor del NRUS. Si tus clientes son negocios y no consumidores finales, el NRUS te deja fuera por más barato que sea.

¿Cuándo puedo cambiar de régimen tributario?

El cambio voluntario se hace una vez al año, con la declaración y pago del período de enero. La salida forzosa es distinta: si superas un tope, el cambio es obligatorio y opera desde el mes en que ocurre el hecho, sin esperar al año siguiente. Del NRUS se puede salir en cualquier mes hacia otro régimen; para volver al NRUS hay que esperar a enero.

¿Cuánto cuesta constituir una empresa en el Perú?

Por la vía notarial, entre S/ 458 y S/ 1.431 aproximadamente, según el capital y los honorarios que negocies. Lo que más pesa no son las tasas de Sunarp sino la minuta del abogado y la escritura notarial. Por la vía SACS 100% digital el costo baja mucho porque no hay minuta ni escritura. El RUC en SUNAT es gratuito en todos los casos.

¿El IGV cambia según el régimen?

No, salvo en el Nuevo RUS. La tasa es 18% en el RER, el MYPE y el General por igual, y en los tres se descuenta el crédito fiscal de las compras. En el Nuevo RUS no existe IGV: la cuota fija lo reemplaza, y como contrapartida tampoco hay crédito fiscal ni facturas. Por eso al comparar regímenes hay que sumar el IGV neto al Impuesto a la Renta: comparar solo la renta hace que el NRUS parezca peor de lo que es.

¿Qué pasa si supero el tope de mi régimen a mitad de año?

El cambio es obligatorio desde el mes en que ocurre el hecho. En el NRUS, si superas el límite de ingresos o compras, pasas al RER, al MYPE o al General desde ese mes. En el RER, si superas los ingresos, las compras, los trabajadores o los activos fijos, pasas al MYPE o al General. No declararlo genera reparos y multas, y SUNAT lo detecta cruzando los comprobantes electrónicos.

¿Los pagos a cuenta son un impuesto adicional?

No, son anticipos del impuesto anual. Al cierre del ejercicio se calcula el impuesto sobre la renta neta real y se le restan todos los pagos a cuenta hechos durante el año: si hubo de más, queda saldo a favor para devolución o compensación; si hubo de menos, se paga la diferencia con la declaración anual. En el RER es distinto: ahí el pago mensual es definitivo y no hay regularización.

¿Necesito constituir una empresa para tener RUC?

No. Una persona natural con negocio puede sacar RUC y acogerse al NRUS, al RER, al MYPE o al General sin constituir ninguna sociedad. Constituir una persona jurídica sirve para limitar la responsabilidad patrimonial, para incorporar socios y para dar imagen frente a clientes corporativos, pero no es requisito para formalizarse ni cambia las tasas de impuesto a la renta de tercera categoría.

¿Cuánto pago si distribuyo las utilidades a los socios?

Un 5% de retención definitiva sobre lo distribuido a personas naturales. Ese porcentaje se aplica sobre la utilidad que queda después del impuesto a la renta de la empresa, así que la carga combinada en el Régimen General llega a alrededor del 33,0% de la utilidad. Mientras la plata quede en la empresa como resultado acumulado, no se paga esa retención.

Ruta rápida · Perú

Elegí régimen por cómo vendés, no sólo por cuánto vendés.

El Nuevo RUS es simple, pero limita comprobantes y actividades. La ruta compara NRUS, RER, MYPE y General antes de recomendar el encuadre.

  1. 1
    Paso 1Identificá cliente y comprobante
  2. 2
    Paso 2Medí ingresos y compras
  3. 3
    Paso 3Compará cuota y obligaciones

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